Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme a la carta de invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la carta de invitación”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
BIENES ASEGURADOS |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
MOTO NIVELADORA |
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Moto Niveladora Marca Champion 720A CHSIS Nº X025666X - Color Amarillo - Diesel |
R.C. |
300.000.000 |
Sin franquicia |
Moto niveladora Marca Champion 720A Chasis 187162623811 - Color Amarillo - Diesel |
R.C. |
300.000.000 |
Sin franquicia |
Moto Niveladora Cowdin, Modelo CM-165H Serie Año 2011 Color Amarillo Motor Nº 87221354 Chasis CM165CH110010 - Diesel |
R.C. |
300.000.000 |
Sin franquicia |
Moto Niveladora de la Marca John Deere Modelo 670 G Chasis Nº 1DW670GXJEC660241, Motor Nº PE6068H942366 Año de Fabricación 2014 |
R.C. |
800.000.000 |
Sin franquicia |
Moto Niveladora KOMATSU |
R.C. |
700.000.000 |
Sin franquicia |
PALA CARGADORA |
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Pala Cargadora Marca Michigan 04247S827BRC |
R.C. |
200.000.000 |
Sin franquicia |
Pala cargadora Marca Michigan 42475*1381*BRC |
R.C. |
200.000.000 |
Sin franquicia |
Pala cargadora 1,8 M3 Chenh Gong Motor MWM Año 2011Chasis Nº 9000117 Modelo CG932H - Color Amarillo - Diesel |
R.C. |
200.000.000 |
Sin franquicia |
Pala Cargadora de la Marca JOHN DEEER - |
R.C. |
400.000.000 |
Sin franquicia |
MAQUINARIAS VIALES |
|
|
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Excabadora Doosan Mod. DX140W, color naranja Chasis Nº 7649 Motor Nº DB58TIS105769EJ - Diesel |
R.C. |
400.000.000 |
Sin franquicia |
Topadora Mod. 750J Cabinado de la Marca John Deere, Chasis Nº 1T0750JXKDD252338, Motor Nº PE6068L243136, Año de fabricación 2014 |
R.C. |
650.000.000 |
Sin franquicia |
Compactador Mod. SV 520 de la marca SAKAI - Chasis Nº 2SV31-10940 Motor Nº 105274, Año de fabricación 2014 |
R.C. |
650.000.000 |
Sin franquicia |
TRACTOR AGRICOLA |
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Tractor Agricola MOD 5090 E de la Marca John Deere, Chasis Nº 1P05090EPDH001090 motor Nº PE4045T921822, año de fabricacion 2014 |
R.C. |
350.000.000 |
Sin franquicia |
Tractor Agricola VALTRA A850 Chasis Nª AVTT2005TEM019283, Motor Nª ABE412025 |
R.C. |
200.000.000 |
Sin franquicia |
Tractor Agricola VALTRA A850 Chasis Nº AVTT2005TEMO19266, Motor Nº ABE411028 |
R.C. |
200.000.000 |
Sin franquicia |
Tractor Valmet 4x4 Chasis Nº 17804S24264 - Color Amarillo - Diesel |
R.C. |
250.000.000 |
Sin franquicia |
Tractor Agricola de la Marca Agritech - 0 Hora sin uso |
R.C. |
300.000.000 |
Sin franquicia |
Tractor Agrícola de la Marca Agritech - 0 Hora sin uso |
R.C. |
300.000.000 |
Sin franquicia |
VOLQUETES |
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Camión Scania - Sencillo |
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|
Camión SCANIA Modelo 113 Año 1996 Chassis Nº YSRH6X4Z01175801 - Color Blanco - Diesel |
R.C. |
170.000.000 |
Sin franquicia |
Camión SCANIA Modelo P93 Color Blanco, Chassis Nº YS2PM4X2A01224350 - Color Blanco - Diesel |
R.C. |
170.000.000 |
Sin franquicia |
Camión SCANIA Modelo 113 Color Blanco, Año 1996 Chassis Nº VLUPH4X2Z09004319 - Color Blanco - Diesel |
R.C. |
170.000.000 |
Sin franquicia |
Camión SCANIA Modelo 93 Color Blanco, Año 1996 Chassis Nº XLEPM4X2Z04317930 - Color Blanco - Diesel |
R.C. |
170.000.000 |
Sin franquicia |
Camión Scania - Doble Eje |
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|
Tracto Camión SCANIA Modelo P113 Modelo 1995 Chasis Nº XLEPH6X4Z04301127 - Color Blanco - Diesel |
R.C. |
200.000.000 |
Sin franquicia |
Tracto Camión SCANIA Modelo P113 Modelo 1995 Chasis Nº XLEPE6X4Z04341197 - Doble Eje - Color Blanco - Diesel |
R.C. |
200.000.000 |
Sin franquicia |
Tracto camión de la marca VOLVO |
R.C. |
250.000.000 |
Sin franquicia |
Tracto camión de la marca VOLVO |
R.C. |
250.000.000 |
Sin franquicia |
VEHICULOS |
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MAHINDRA |
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Camioneta Doble Cabina 4 x 2 marca MAHINDRA INDIA, CHASIS Nº MA1TZ2BKLD6B61004 MOTOR Nº BKC4M22354, MODELO PIK UP año2013, COLOR rojo |
C.T.R. |
50.000.000 |
Sin franquicia |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 PIK UP marca MAHINDRA INDIA, CHASIS Nº MA1TZ4BKLD6D62545, MOTOR Nº BKD4C92009 AÑO 2013, COLOR rojo |
C.T.R. |
50.000.000 |
Sin franquicia |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 PIK UP marca MAHINDRA INDIA, CHASIS Nº MA1TZ4BKLD6F63251, MOTOR Nº BKD4F91499 AÑO 2013, COLOR rojo |
C.T.R. |
50.000.000 |
Sin franquicia |
MINI BUSS - H1 |
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Minibus de la marca HYUNDAI Modelo H1, Motor Nº D4BHD036249, Chasis Nº KMJWA37HAEU602171, color Gris, Año de fabricacion 2013, 2,5 - Diesel, capacidad de 12 pasajeros |
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NISSAN |
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Camioneta Doble Cabina 4 x 4 marca NISSAN FRONTIER, CHASIS Nº 3N6PD23Y9ZK941076, MOTOR Nº YD25-619133P, año2015, COLOR PLATA |
C.T.R. |
70.000.000 |
Sin franquicia |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 marca NISSAN FRONTIER, CHASIS Nº 3N6PD23Y7ZK940914, MOTOR Nº YD25-619119P, año2015, COLOR PLATA |
C.T.R. |
70.000.000 |
Sin franquicia |
Camioneta Doble Cabina 4 x 2 marca NISSAN FRONTIER, CHASIS Nº 3N6PD237BZK940604 MOTOR Nº YD25-618382P, año2015, COLOR Blanco |
C.T.R. |
70.000.000 |
Sin franquicia |
Camioneta Doble Cabina 4 x 4 marca NISSAN FRONTIER, CHASIS Nº 3N6PD23Y9ZK941059, MOTOR Nº YD25-619124P, año2015, COLOR PLATA |
C.T.R. |
70.000.000 |
Sin franquicia |
TOYOTA |
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Camioneta Toyota Land Cruiser 4 X4 Turbo Diesel , CHASIS Nº JTEHC05J504031549, Año 2006, COLOR BLANCO |
C.T.R. |
300.000.000 |
Sin franquicia |
Camioneta cerrada tipo ambulancia de la marca TOYOTA LAND CRUIZER HZJ78 MOTOR Nº 0793777 CHASIS Nº JTGRB71JXE7018928, COLOR BLANCO estándar, con accesorios |
C.T.R. |
150.000.000 |
Sin franquicia |
Nissan ZN |
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|
Camioneta Nissan D/C 4x2 Mod. 2008 Chasis LNJTFU2S68N013443 - Color Blanco - Diesel |
C.T.R. |
45.000.000 |
Sin franquicia |
Camioneta Nissan D/C 4x2 Mod. 2008 Chasis LNJTFU2S68N013445 - Color Blanco - Diesel |
C.T.R. |
45.000.000 |
Sin franquicia |
Toyota |
|
|
|
Chasis camion Mercedes Benz Tipo 914c Industria Brasilera Chasis Nº 9BM688232YB252959 - Color Blanco - Diesel |
C.T.R. |
50.000.000 |
Sin franquicia |
Camioneta 4x4 Marca Toyota Mod 99 color verde CHASIS LN1660023200 - Diesel |
C.T.R. |
40.000.000 |
Sin franquicia |
EDIFICIOS DE LA GOBERNACION |
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PALACETE DEPARTAMENTAL |
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|
INCENDIO EDIFICIO |
|
2.500.000.000 |
Sin franquicia |
INCENDIO CONTENIDO |
|
1.250.000.000 |
Sin franquicia |
ROBO Y/O ASALTO CONTENIDO |
|
50.000.000 |
Sin franquicia |
ROBO DE VALORES EN CAJA FUERTE |
|
30.000.000 |
Sin franquicia |
EQUIPOS ELECTRONICOS |
|
50.000.000 |
Sin franquicia |
CRISTALES |
|
80.000.000 |
Sin franquicia |
RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA |
|
30.000.000 |
Sin franquicia |
COLISEO EL CERRITO |
|
|
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INCENDIO EDIFICIO |
|
2.350.000.000 |
Sin franquicia |
INCENDIO CONTENIDO |
|
235.000.000 |
Sin franquicia |
EQUIPOS ELECTRONICOS |
|
50.000.000 |
Sin franquicia |
RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA |
|
50.000.000 |
Sin franquicia |
RESIDENCIA UNIVERSITARIA |
|
|
|
INCENDIO EDIFICIO |
|
2.000.000.000 |
Sin franquicia |
INCENDIO CONTENIDO |
|
600.000.000 |
Sin franquicia |
ROBO Y/O ASALTO CONTENIDO |
|
30.000.000 |
Sin franquicia |
EQUIPOS ELECTRONICOS |
|
50.000.000 |
Sin franquicia |
CRISTALES |
|
80.000.000 |
Sin franquicia |
RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA |
|
50.000.000 |
Sin franquicia |
CENTRO CULTURAL CAAGUAZU |
|
|
|
INCENDIO EDIFICIO |
|
1.500.000.000 |
Sin franquicia |
INCENDIO CONTENIDO |
|
750.000.000 |
Sin franquicia |
ROBO Y/O ASALTO CONTENIDO |
|
50.000.000 |
Sin franquicia |
EQUIPOS ELECTRONICOS |
|
100.000.000 |
Sin franquicia |
CRISTALES |
|
80.000.000 |
Sin franquicia |
RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA |
|
50.000.000 |
Sin franquicia |
CAMPAMENTO DE OBRAS |
|
|
|
INCENDIO EDIFICIO |
|
300.000.000 |
Sin franquicia |
INCENDIO CONTENIDO |
|
150.000.000 |
Sin franquicia |
EQUIPOS ELECTRONICOS |
|
60.000.000 |
Sin franquicia |
CRISTALES |
|
20.000.000 |
Sin franquicia |
RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA |
|
30.000.000 |
Sin franquicia |
ROBO Y/O ASALTO DE CONTENIDO |
|
20.000.000 |
Sin franquicia |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
VEHICULOS INCENDIOS Y COBERTURAS
VIGENCIA: 12 (doce) meses.
Daños/Robos Contra Todo Riesgo:
1. Daños materiales (incendios y/o accidente) 100 % (cien por ciento) de cobertura 2.Daños materiales al amparo del robo total: 100 % (cien por ciento) del capital asegurado.
Responsabilidad Civil Únicamente
Incendio
Accidente
Daños materiales: parciales, hasta los valores de los daños para cada vehículo por: Huracán, vendaval, ciclón, o tornado, granizos, impacto de vehículos terrestres, caída de aeronave o de sus partes componentes, tumulto, alboroto popular o huela y/o total reposición de los vehículos similares conforme a los valores de mercado del bien asegurado.
COBERTURAS ADICIONALES
CAPACIDAD DE OCUPANTES
CAMIONETAS: 5 ocupantes.-
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
El señor Lucio Gamarra, Encargado del Departamento de Patrimonio y Suministros solicita la cobertura de seguros de los bienes institucionales.
Con la cobertura de seguros se pretende satisfacer la necesidad de contar con seguros contra todo tipo de siniestros.
La necesidad de la planificación es anual.
Las especificaciones técnicas solicitadas en cada ítem cumplen con los requerimientos de la institución gubernamental.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño No. |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
no aplica |
no aplica |
no aplica |
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La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta o Nota de recepción de póliza |
Acta o Nota de recepción de póliza |
No mayor a 5 día hábiles corridos contados a partir de la firma del contrato |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3.Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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