Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Declaración Jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado según formulario proforma. |
6. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
10. Documentos legales |
10.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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10.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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10.3. Oferentes en Consorcio. |
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4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Deberá cumplir con los siguientes parámetros.
Ratio de Liquidez (activo corriente / pasivo corriente): Deberá ser igual o mayor que 1,15, en promedio, en los años 2018, 2019 y 2020 Endeudamiento (pasivo total / activo total): No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años 2018, 2019 y 2020.-
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida no deberá ser negativo en promedio de los años 2018, 2019 y 2020.-
Capital Operativo (activo corriente pasivo corriente): Las empresas o sociedades privadas, deberán poseer un capital no inferior al 30 % (treinta por ciento) del monto total de la oferta, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2020), pudiendo completar dicho porcentaje con la presentación de certificado de una entidad financiera calificada que demuestre la disponibilidad de línea de crédito suficiente para justificar el porcentaje mencionado.
Deberá cumplir con los siguientes parámetros.
Eficiencia.( Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor del 1,15 el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos, 2018, 2019,2020.
Oferente en consorcio:
Requisitos Mínimos |
Socio Líder |
Cada Socio |
Todas las partes Combinadas |
Ratio de Liquidez (activo corriente / pasivo corriente): Deberá ser igual o mayor que 1,15 en promedio, en los años 2018, 2019,2020. |
Debe cumplir con el Requisito |
Debe cumplir con el Requisito |
No Aplica |
Endeudamiento (pasivo total / activo total): No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los años 2018, 2019,2020. |
Debe cumplir con el Requisito |
Debe cumplir con el Requisito |
No Aplica |
Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida no deberá ser negativo en promedio de los años 2018, 2019,2020 |
Debe cumplir con el Requisito |
Debe cumplir con el Requisito |
No Aplica |
Capital Operativo (activo corriente pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital positivo y no inferior al 30 % (treinta por ciento) del monto total de la oferta, lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2020) pudiendo completar dicho porcentaje con la presentación de certificado de una entidad financiera calificada que demuestre la disponibilidad de línea de crédito suficiente para justificar el porcentaje mencionado. |
40 % como mínimo del porcentaje solicitado |
10 % como mínimo del porcentaje solicitado |
El consorcio en su conjunto deberá cumplir con el 100 % del porcentaje solicitado. |
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Oferente en consorcio:
Requisitos Mínimos |
Socio Líder |
Cada Socio |
Todas las partes Combinadas |
Haber facturado en conjunto prestaciones de servicios de la misma naturaleza al objeto del llamado (servicios de limpieza general) a instituciones públicas o privadas durante los 3 (tres) últimos años (2.018, 2.019 y 2.020), un volumen de negocio equivalente en promedio al promedio al 50% (cincuenta por ciento) como mínimo del valor de su oferta (Presentar Fotocopia de contratos y/o facturas). | Debe cumplir con el Requisito | Debe cumplir con el Requisito |
El consorcio en su conjunto deberá cumplir con el 100 % del porcentaje solicitado. |
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1- Copias de Contratos y/o Facturas que avalen la experiencia requerida.
2- Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deben tener una antigüedad como mínimo de 36 (treinta y seis) meses en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza e higienización, demostrados en la Constancia del RUC (inscripción en el rubro de limpieza), Actas de Asambleas, Actas de Directorios, en el momento de la presentación de la oferta. Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deben tener una antigüedad como mínimo de 36 (treinta y seis) meses en el mercado nacional en la prestación remunerada de servicios de limpieza e higienización, demostrados en la Constancia del RUC (inscripción en el rubro de limpieza), Actas de Asambleas, Actas de Directorios, vigente a la fecha del inicio de la etapa competitiva.
3- Presentación como mínimo de 3 (tres) Certificados o Actas de Recepción Final de Servicios similares, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 05 (cinco) años, que avalen el buen desempeño del oferente en la prestación del servicio.
4- Para el Hospital Central, el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi, Hospital Regional de Ciudad del Este, Hospital Regional Concepción y el Hospital Regional de Encarnación, los oferentes deberán presentar certificados, por los menos 1 (uno) (dentro de los años 2019 2020) de haber realizado trabajos de limpieza e higienización en hospitales con servicios de Unidades de Cuidados Intensivos, Intermedios y quirófanos (la falta de dicho documento descalifica automáticamente al oferente para ese Lote especifico). Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el funcionario competente. (Lote N° 2 todos los Ítems, Lote 3 Ítem 3 y 9, Lote 4 Ítem 1, 3 y 4, Lote 5 Ítem 3 y 14, Lote 6 Ítem 2, Lote 7 Ítems 1 y 8).
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1- Las empresas o sociedades privadas de limpieza e higienización, deberán proveer de todas las facturas o documentos que demuestren la tenencia y/o propiedad de por los menos 50% de los equipos, herramientas y maquinarias indispensables para la limpieza del Hospital Central, el Hospital de Especialidades Quirúrgicas Ingavi y Hospital Regional de Ciudad del Este. (Lote N° 2 todos los Ítems, Lote 3 Ítem 9 y Lote 5 Ítem 14)
2- Constancia de Inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios, emitido por el Ministerio de Industria y Comercio. Conforme lo establece la ley 4558/11 y el Decreto Nº 9649/12 que reglamenta la aplicación del Margen de Preferencia.
3- Certificado de haber realizado la Visita Técnica, o en su defecto, todo Oferente que no efectué dicha visita, deberá presentar una declaración jurada en su oferta de que se hallan plenamente conformes de todo cuanto se relaciona con la naturaleza del servicio y la localización y zona, para preparar la oferta y celebrar el contrato.
4- La CONTRATISTA deberá incluir de carácter obligatorio y sin costo adicional para el Instituto de Previsión Social, para áreas críticas (Quirófanos) los servicios de robot móvil UVD con sistema de desinfección por radiación UltraVioleta de tipo C. de tecnología de irradiación UV-C de hasta 100 mJ/cm2, con un % de eficacia en la eliminación bacteriana de hasta el 99,99%. con sistema de configuración y memoria de accionamiento autónomo, programada mediante Tablet o a través de la aplicación móvil del teléfono, este servicio podrá ser subcontratada por la oferente.
Para el cumplimiento de lo requerido, será necesario:
- Catálogos y Anexos, del o los equipos ofrecidos, con certificación de Origen.
- Documentación respaldatoria de autorización suficiente, por parte de la Fábrica, Distribuidor o Representante, para ofertar el servicio y/o técnica solicitado.
- Despacho aduanero del equipo (Robot móvil UVD) y/o comprobante legal de adquisición.
5- La CONTRATISTA deberá incluir de carácter obligatorio y sin costo adicional para el Instituto de Previsión Social, los servicios de máquinas de Limpieza Criogénica industrial de alta resistencia para trabajos intensivos de larga duración, Con dimensiones de Longitud x Anchura x Altura: 99 cm x 48 cm x 114 cm. máximo, Peso de 114 Kg. máximo, de capacidad de tolva de 27 Kg. mínimo, con control de tamaño variable de las partículas de hielo seco de entre 3 mm y 0.3 mm, con dosificación variable, control de presión de chorreo, suministro de aire comprimido, y de sistema de chorro de una o dos mangueras para limpieza de grandes superficies.
Para el cumplimiento de lo requerido, será necesario:
- Catálogos y Anexos, del o los equipos ofrecidos, con certificación de Origen.
- Documentación respaldatoria de autorización suficiente, por parte de la Fábrica, Distribuidor o Representante, para ofertar el servicio y/o técnica solicitado.
- Despacho aduanero del equipo (máquinas de Limpieza Criogénica) y/o comprobante legal de adquisición.
6- El oferente deberá contar, sin costo adicional para el Instituto de Previsión Social, para Lote Nº 2 todos los Ítems, Lote Nº 3: Ítems 01, 02, 03, 04, 05, 06 y 09, Lote N° 4: Ítems 03.- Lote N° 5: Ítems 01, 10 y 14.- Lote N° 6: Ítems 25.- Lote N° 7: Ítems 01 y 03.- las técnicas de los Servicios de Limpieza y Esterilización Profunda de áreas críticas (Quirófanos) este servicio podrá ser subcontratada por la oferente, quien deberá contar con las siguientes exigencias:
La empresa prestadora del servicio de limpieza y esterilización deberá presentar como mínimo 02 (dos) contrato/s de prestación de servicios de esterilización en áreas críticas siempre y cuando dichos servicios hayan sido realizados (dentro de los años 2019 2020) respectivamente.
La empresa prestadora del servicio de limpieza y esterilización deberá demostrar a través de documentos que cumple con los requisitos de habilitación de los productos a ser utilizados emitidos por autoridad competentes (Registro Sanitario del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social).
La empresa prestadora del servicio de limpieza y esterilización deberá garantizar la eficiencia y seguridad sanitaria del servicio de limpieza y esterilización profunda, a cuyo efecto, se deberá presentar los catálogos y/o las certificaciones del producto a ser utilizado características y composición del producto.
La empresa prestadora del servicio de limpieza y esterilización deberá proveer de una lista de clientes quienes percibieron de los servicios de limpieza y esterilización profunda, acompañadas de referencias satisfactorias, como mínimo 5 (cinco), de Instituciones Públicas y/o Privadas, con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales.
La empresa prestadora del servicio de limpieza y esterilización deberá proveer la nómina de por lo menos 03 (tres) técnicos encargados y capacitados para el manejo de los productos a ser aplicados (Adjuntar Curriculum), los mismos deberán pertenecer al plantel de la empresa proveedora encargada de la esterilización.
El Servicios de Limpieza y Esterilización Profunda de Áreas Críticas, consiste en la destrucción de microorganismos (bacterias, virus y protozoos) presente en medio ambiente o en superficie determinados, que asegura la eliminación de las formas vegetativa pero no la eliminación de esporas bacterianas, este proceso se efectúa con la aplicación de agentes químicos utilizados en el proceso de desinfección de acción prolongada de objetos, superficies y ambiente.
La aplicación deberá ser realizada de forma inmediata, una vez iniciado los servicios de prestación en los locales indicados.
La aplicación deberá prevenir y controlar de manera efectiva y ecológica el crecimiento de moho, bacterias, virus y otros microorganismos nocivos para el ser humano con efecto residual prolongado 90 (noventa) días como mínimo demostrado por pruebas de muestreo en aplicaciones anteriores.
No toxico. No inflamable. Que no requiera enjuague. Incoloro. Inodoro. Que no manche ni destiña. No mutágeno. No Teratogénico. No alérgico. No debe generar corrosión en metales. No debe generar superbacterias. Debe ser capaz de eliminar bacterias que crean los malos olores y eviten la creación de ecosistema microbiano organizado (biofilms) ). Efectividad de 90% como mínimo.
La aplicación de los productos para los Servicios de Esterilización Profunda de Áreas Críticas deberán cumplir las siguientes características técnicas:
Las tareas de los Servicios de Esterilización Profunda de Áreas Críticas, deberá permitir una rápida y eficiente aplicación y serán realizadas según las normas de higiene hospitalaria.
Las tareas de los Servicios de Esterilización Profunda de Áreas Críticas, serán realizadas conforme a las indicaciones del Comité de Prevención y Control de Infecciones Asociadas a la Atención de la Salud del H.C., tanto en lo que refiera (productos, frecuencias, técnicas, etc.)
La empresa prestadora de los Servicios de Esterilización Profunda de Áreas Críticas deberán demostrar a través de documentos que cumple con los requisitos de habilitación de los productos a ser utilizados emitidos por autoridades competentes (Registro Sanitario del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (M.S.P y B.S.).
La empresa prestadora de los Servicios de Esterilización Profunda de Áreas Críticas deberán garantizar la eficiencia y seguridad sanitaria del servicio, a cuyo efecto, se deberá presentar.
Catálogos y Anexos (características y composición de los productos), de los productos ofrecidos, con certificación de Origen.
Documentación respaldatoria de autorización suficiente, por parte de la Fábrica, Distribuidor o Representante, para ofertar el servicio solicitado.
Habilitación (copia de carnets) de los técnicos fumigador habilitados por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (D.I.G.E.S.A.) dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (M.S.P y B.S.)
1- Presentar una Declaración jurada en la que garantice realizar la provisión de Equipos de protección personal para el personal (cascos, guantes, gafas, botas, zapatones, etc.) y uniforme adecuado e identificación visible.
2- Planilla de Asegurados en el Instituto de Previsión Social, donde conste que el contratista posee inscripto en el seguro social mínimamente el 25% de la cantidad trabajadores del o los lotes ofertados.
3- Declaración Jurada donde manifieste que la Empresa y sus Directivos, se encuentra plenamente habilitados a participar de este llamado, como así también que el desarrollo de sus actividades están plenamente ajustados a derecho, y dando estricto cumplimiento a las normas y leyes que regulan el funcionamiento del servicio ofertado.
4- Declaración jurada del Oferente de poseer la capacidad de suministrar equipamiento e insumos en tiempo y forma de lo solicitado.
5- Declaración Jurada de conocer y aceptar el Pliego de Bases y Condiciones y las Adendas.
6- Planilla de Precios en planilla Excel en medios magnéticos, versión 2003 o posterior.
7- Reglamento interno de la empresa de condiciones de trabajo, homologado, legalizado y registrado por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social
8- Certificado Laboral vigente a la fecha del inicio de la etapa competitiva expedida por la Dirección de Registro Obrero Patronal del MTESS.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
No aplica
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.