El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
Nombre y Apellido: Abg. Patricio Ortega.
Cargo: Director
Dependencia: Dirección General de la Marina Mercante
La presente contratación responde a la necesidad de contar con los bienes que puedan brindar al público en general mayor confort al momento de realizar sus gestiones ante la Institución y también a fin de brindar comodidad a los funcionarios que desempeñan las tareas diarias administrativas en la Institución. Con la adquisición de estos bienes se cubrirán de todas las oficinas, cocina salas de espera, etc.
JUSTIFICACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN: La Convocante realiza la presente contratación teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria prevista en el PGN y la planificación de los gastos estimada para el presente ejercicio, respetando los términos de economía y eficiencia para la gestión Institucional.
JUSTIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS: Las Especificaciones técnicas establecidas, son básicas o estándares según las verificaciones de los productos en páginas web, contratos adjudicados de manera a permitir la participación de varias empresas y principalmente responden a la necesidad de la Direccion General de la marina mercante
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
CONDICIONES DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO DE DESINFECCION GENERAL DEL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y DEPENDENCIAS
Todas las especificaciones técnicas indicadas, son las mínimas, pudiendo el oferente, presentar de igual o mayor parámetro según las características del producto.
ITEM 1. HELADERA CHICA.
Capacidad de 120 litros (Frigo bar). 1 Puerta, estantes en la puerta, patas ajustables, luz interior, 5 niveles de temperatura ajustable.
ITEM 2. HERVIDORA ELECTRICA
Hervidora eléctrica con base. Apagado automático. Capacidad de 1,7 litros como mínimo.
ITEM 3. LICUADORA
Licuadora con capacidad de 2 litros como mínimo, de 2 o más velocidades, potencia 600W.
ITEMS 4 - TELEVISOR LED SMART DE 60 como mínimo"
Televisor SMART de 60 pulgadas como mínimo, con soporte retráctil para pared incluye provisión e instalación. Tecnología: Smart TV. Resolución/panel: 4 k (uhd) o más. Interfaz de Conexión: Componente, Compuesto, HDMI, Scart. Cantidad de puertos HDMI: 2 como mínimo. Conectividad: WI-FI, LAN. puerto USB como mínimo. Control remoto: modo a distancia estándar.
ITEM 5. CAFETERA ELECTRICA
Capacidad para 24 tasas, filtro permanente, sistema anti goteo, jarra de vidrio refractaria, 915 W
ITEM 6. HORNO MICROONDAS
Panel touch con funciones de microondas, grill y combinadas. Potencia del microondas 1200W. Potencia del grill 900W. Ideal para cocinar y calentar en minutos. Capacidad 20 lts. Voltaje 220V/50Hz.
ITEM 7 - BEBEDERO ELECTRICO
Bebedero de pie a botellón. Dispenser de agua fría, caliente. Display LCD indicador de funciones. Selección de temperaturas del agua. Reloj digital. Bandeja anti goteo removible. Sistema STOP SPILL. Válvula de desagüe. Enfriamiento por compresor. Dimensiones mínimas: Alto: 80 cm. Ancho: 30 cm. Profundidad: 33cm. Mínimo.
ITEM 8. MIXTERA
4 (cuatro) panes sándwich. Antiadherente. Luz indicadora.
ITEM 09. ASPIRADORA:
Aspiradora agua y polvo para uso profesional con capacidad de 30 litros y 1600W de potencia como mínimo. Con manguera, cable de conexión de 3mts como mínimo y 2 extensiones rectas de plástico, boquilla, boquilla múltiple y cepillo. Tambor de acero inoxidable.
ITEM 10. HELADERA DE UNA PUERTA
Compuesta por refrigerador y congelador. Terminación interior en plástico ABS de alta calidad. Burlete magnético perimetral en la puerta. Estantes regulables con rejillas metálicas plastificadas o recubiertas con pintura epoxi blanca. Crispers para carnes y verduras. Anaqueles en contrapuerta del refrigerador. Bandeja de desagüe con volcado sobre vaso colector. Sistema de frío convencional y descongelamiento semiautomático. Termostato regulable. Iluminación automática en su interior. Capacidad: 300 lts. Como minimo. Clasificación por temperatura ambiente: Tropical (apta a 43°)
ITEM 11. TELEVISOR DE 55
Tipo Pantalla: LCD/LED. Resolución:3840*2160.Tamaño de pantalla:55". Procesador:4K UPS cale. Potencia:20W. SO (sistema operativo):webOS 3.5. HDMI:6G 3. USB 2.0: 2 Wifi:802.11ac. Conjunto (sin Base) (Ancho x alto x profundidad):1243x730x91.1. Soporte incluido
ITEM 12 - ACONDICIONADOR DE AIRE DE 12.000BTU TIPO SPLIT
Provisión e Instalación de equipo de aire acondicionado tipo Split de 18.000 BTU, con soporte para compresor y evaporador de pared de 220 V; de bajo nivel sonoro, de eficiencia energética tanto en modo refrigeración como en calefacción. Debe disponer de un sistema purificador en calefacción. Debe disponer de un sistema purificador de aire con filtro. Debe contar con Control a distancia y Garantía Escrita de 12 (doce) Meses. Gas ecológico R410A, conforme R410A, conforme las normativas de la SEAM
Cada equipo de aire acondicionado debe ser proveído y trasladado por la empresa adjudicada hasta la dirección General de la Marina Mercante, donde serán instalados por la empresa adjudicada, conforme a la orden de provisión a ser emanada. Al momento de cotizar los equipos solicitados, el oferente debe considerar: traslado, kit de instalación y accesorios para la instalación hasta una distancia de 5 metros como mínimo, soportes y alimentación eléctrica con cables de 4 mm y llaves termo magnéticas de 32 A, hasta una distancia de 20 metros como mínimo.
En consideración a la Circular DNCP 02/2015 de las normativas relativas a la Protección de la Capa de Ozono y De Calidad del Aire; en los procesos de contrataciones realizados al amparo de la Ley 2051/03, sus modificaciones y reglamentaciones, que tengan por objeto la adquisición y/o servicio de mantenimiento y reparación de equipos acondicionadores de aire, las especificaciones técnicas deberán ajustarse a las disposiciones legales contenidas en la Ley 5211/14 De Calidad del Aire, el Decreto N° 12685/08 Reglamento de Control de Sustancias agotadoras de la Capa de Ozono y el uso de Tecnologías Alternativas
ITEMS 13- ACONDICIONADOR DE AIRE DE 18.000 BTU TIPO SPLIT
Provisión e Instalación de equipo de aire acondicionado tipo Split de 18.000 BTU, con soporte para compresor y evaporador de pared de 220 V; de bajo nivel sonoro, de eficiencia energética tanto en modo refrigeración como en calefacción. Debe disponer de un sistema purificador en calefacción. Debe disponer de un sistema purificador de aire con filtro. Debe contar con Control a distancia y Garantía Escrita de 12 (doce) Meses. Gas ecológico R410A, conforme R410A, conforme las normativas de la SEAM
Cada equipo de aire acondicionado debe ser proveído y trasladado por la empresa adjudicada hasta la dirección General de la Marina Mercante, donde serán instalados por la empresa adjudicada, conforme a la orden de provisión a ser emanada. Al momento de cotizar los equipos solicitados, el oferente debe considerar: traslado, kit de instalación y accesorios para la instalación hasta una distancia de 5 metros como mínimo, soportes y alimentación eléctrica con cables de 4 mm y llaves termo magnéticas de 32 A, hasta una distancia de 20 metros como mínimo.
En consideración a la Circular DNCP 02/2015 de las normativas relativas a la Protección de la Capa de Ozono y De Calidad del Aire; en los procesos de contrataciones realizados al amparo de la Ley 2051/03, sus modificaciones y reglamentaciones, que tengan por objeto la adquisición y/o servicio de mantenimiento y reparación de equipos acondicionadores de aire, las especificaciones técnicas deberán ajustarse a las disposiciones legales contenidas en la Ley 5211/14 De Calidad del Aire, el Decreto N° 12685/08 Reglamento de Control de Sustancias agotadoras de la Capa de Ozono y el uso de Tecnologías Alternativas
ITEM 14- ACONDICIONADOR DE AIRE DE 36 BTU TIPO SPLIT
Provisión e Instalación de equipo de aire acondicionado tipo Split de 36.000 BTU, con soporte para compresor y evaporador de pared de 220 V; de bajo nivel sonoro, de eficiencia energética tanto en modo refrigeración como en calefacción. Debe disponer de un sistema purificador en calefacción. Debe disponer de un sistema purificador de aire con filtro. Debe contar con Control a distancia y Garantía Escrita de 12 (doce) Meses. Gas ecológico R410A, conforme R410A, conforme las normativas de la SEAM
Cada equipo de aire acondicionado debe ser proveído y trasladado por la empresa adjudicada hasta la dirección General de la Marina Mercante, donde serán instalados por la empresa adjudicada, conforme a la orden de provisión a ser emanada. Al momento de cotizar los equipos solicitados, el oferente debe considerar: traslado, kit de instalación y accesorios para la instalación hasta una distancia de 5 metros como mínimo, soportes y alimentación eléctrica con cables de 4 mm y llaves termo magnéticas de 32 A, hasta una distancia de 20 metros como mínimo.
En consideración a la Circular DNCP 02/2015 de las normativas relativas a la Protección de la Capa de Ozono y De Calidad del Aire; en los procesos de contrataciones realizados al amparo de la Ley 2051/03, sus modificaciones y reglamentaciones, que tengan por objeto la adquisición y/o servicio de mantenimiento y reparación de equipos acondicionadores de aire, las especificaciones técnicas deberán ajustarse a las disposiciones legales contenidas en la Ley 5211/14 De Calidad del Aire, el Decreto N° 12685/08 Reglamento de Control de Sustancias agotadoras de la Capa de Ozono y el uso de Tecnologías Alternativas.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Heladera chica
|
6 |
Unidad |
Direccion General de la Marina Mercante, Oliva casi hernandarias |
Desde la recepción de la orden de provisión, hasta el 8vo, dia hábil como máximo |
2 |
Hervidora electrica
|
8 |
Unidad |
||
3 |
Licuadora
|
6 |
Unidad |
||
4 |
Televisor de 60" con soporte para TV
|
1 |
Unidad |
||
5 |
Cafetera electrica
|
10 |
Unidad |
||
6 |
Horno Microonda
|
5 |
Unidad |
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7 |
Bebedero elecgtrico
|
9 |
Unidad |
||
8 |
Mixtera para 4 panes
|
12 |
Unidad |
||
9 |
Aspiradora
|
1 |
Unidad |
||
10 |
Heladera
|
2 |
Unidad |
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11 |
Televisor de 55" con soporte para TV
|
6 |
Unidad |
||
12 |
Acondicionador de aire 12000 BTU
|
5 |
Unidad |
||
13 |
Acondicionador de aire 18000 BTU
|
12 |
Unidad |
||
14 |
Acondicionador de aire 36000 BTU
|
2
|
Unidad |
No Aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Aplica
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción de bienes |
Nota de Remisión / Acta de recepción final de bienes |
Diciembre 2021 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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