Senores MOPC,
acaban de levantar hoy dia 06 de Junio una Nota Aclaratoria, indicando que la Visita Tecnica es manana 07 de Junio a las 9 AM.
Dado que nuestra emrpesa NO SE ENCUENTRA en Asuncion, es IMPOSIBLE organizar la Visitar Tecnica EN MENOS de 24 HORAS.
Solicitamos por este medios POSPONER LA VISITA TECNICA al menos 5 Dias Habiles.
Saludos Cordiales,
Ing. Gianinnoto
acaban de levantar hoy dia 06 de Junio una Nota Aclaratoria, indicando que la Visita Tecnica es manana 07 de Junio a las 9 AM.
Dado que nuestra emrpesa NO SE ENCUENTRA en Asuncion, es IMPOSIBLE organizar la Visitar Tecnica EN MENOS de 24 HORAS.
Solicitamos por este medios POSPONER LA VISITA TECNICA al menos 5 Dias Habiles.
Adecuarse al PBC. Se indica al oferente que, desde la publicación del presente llamado se encontraba establecido el plazo para la realización de la visita técnica, y que, el mismo no ha sido modificado ni alterado. Esta institución Convocante ha considerado, para mejor organización y garantizar la igualdad de condiciones de participación para los oferentes, establecer un horario único para que los interesados asistan.
2
VISITA TECNICA
En la Aclaratoria de la VISITA TECNICA menciona que las personas deberen estar debidamente acreditadas. A que se refieren con Debidamente Acreditadas ? Consulta: Cual es la Documentacion necesaria que Acredite que una persona representa a una empresa para la Visita Tecnica ?
En la Aclaratoria de la VISITA TECNICA menciona que las personas deberen estar debidamente acreditadas. A que se refieren con Debidamente Acreditadas ? Consulta: Cual es la Documentacion necesaria que Acredite que una persona representa a una empresa para la Visita Tecnica ?
Se requiere que el representante presente cualquier documento que demuestre que está participando de la visita técnica en representación de un interesado en ofertar, sea una carta de autorización, una credencial o algún otro documento de similares características.
En la ocasión no se juzgará la idoneidad ni la capacidad para ofertar.
3
Sistema de Adjudicación por Ítems
En atención al Principio de Economía y Eficiencia, establecido en el Artículo 4 de la Ley 2051/03, solicitamos respetuosamente que la Adjudicación del presente llamado sea realizada por Ítems a fin de que la Convocante pueda acceder a las mejores condiciones de precio, calidad y de contratación lo cual solo puede garantizarse con la mayor concurrencia posible de oferentes.-
En atención al Principio de Economía y Eficiencia, establecido en el Artículo 4 de la Ley 2051/03, solicitamos respetuosamente que la Adjudicación del presente llamado sea realizada por Ítems a fin de que la Convocante pueda acceder a las mejores condiciones de precio, calidad y de contratación lo cual solo puede garantizarse con la mayor concurrencia posible de oferentes.-
El oferente debe considerar que los bienes, obras y servicios agrupados en el presente llamado son conexos entre sí, por lo tanto, resultaría inapropiado separarlos. Se debe de considerar además que, todos los bienes objeto del presente llamado hacen a una solución global, por lo que es imperante contar con un mismo contratista para la ejecución, a fin de evitar vacíos de responsabilidad y esfuerzos adicionales de integración, que dificulten el cumplimiento de plazos u obligaciones relacionadas a la ejecución del contrato.
Además, se debe considerar lo dispuesto por el Art. 16 del Decreto 2992/19, que en su inciso a) reza: "Un contrato se considera fraccionado cuando con la intención de eludir los tipos de procedimiento establecidos en la Ley: a) Los bienes, obras o servicios objetos del contrato se adquieran o ejecuten separadamente en parcelas, etapas, tramos o lotes de menor valor, habiendo sido susceptibles de entrega o ejecución programada por un monto mayor."
4
Robo de Camaras
Consulta: Que sucede en caso de robo de algunas de las cámaras en los 2000 buses? Ya que es un bien del estado Paraguayo eso puede configurar daño patrimonial. Quien es el responsable en caso de robo de los elementos instalados el Vice Ministerio de Transporte o el Proveedor ? Favor especificar.
Consulta: Que sucede en caso de robo de algunas de las cámaras en los 2000 buses? Ya que es un bien del estado Paraguayo eso puede configurar daño patrimonial. Quien es el responsable en caso de robo de los elementos instalados el Vice Ministerio de Transporte o el Proveedor ? Favor especificar.
El Viceministerio de Transporte diseñará políticas institucionales para la prevención y toma de acciones en caso de robo de las cámaras dentro de los buses. El oferente, conforme se expresa en las EE.TT del presente llamado, deberá garantizar daños de fábrica.
5
Integración
Integración
En el item 15.8 Software de Gestion de Moviles se exige de forma muy generica: “Se deberá contemplar los Servicios necesarios para realizar la integración (traspaso de datos) del Software de Gestion de Equipos Moviles, o del sistema descrito en el ITEM 8 con sistemas pertenecientes al “Centro de Seguridad y Emergencias de la Policía Nacional” Consulta: Que pasa si la empresa que instalo dichos sistemas es la dueña del código fuente y exige una suma muy alta para la integración en sus sistemas ? favor aclarar.
Integración
En el item 15.8 Software de Gestion de Moviles se exige de forma muy generica: “Se deberá contemplar los Servicios necesarios para realizar la integración (traspaso de datos) del Software de Gestion de Equipos Moviles, o del sistema descrito en el ITEM 8 con sistemas pertenecientes al “Centro de Seguridad y Emergencias de la Policía Nacional” Consulta: Que pasa si la empresa que instalo dichos sistemas es la dueña del código fuente y exige una suma muy alta para la integración en sus sistemas ? favor aclarar.
Se aclara que los Oferentes interesados no deberán hacerse cargo de ningún tipo de compromiso técnico ni económico con relación a los sistemas pertenecientes a la Policía Nacional, no obstante, lo que se requiere asegurar con lo especificado, es que los sistemas a ser ofertados cuenten con interfaces estándar para la integración con sistemas de terceros (API), sean estos propios o desarrolladas, las cuales deberán estar debidamente documentadas, y además, que la empresa interesada en ofertar considere los servicios para el acompañamiento técnico correspondiente para llevar a cabo la integración durante la ejecución del contrato.
Adicionalmente, se aclara que, en caso de ser requeridos costos adicionales en concepto de licencias de software o servicios de desarrollo con relación a los sistemas mencionados y a ser ofertados y/o desarrollados por el Oferente para permitir las integraciones requeridas o establecer la API, quedara a cargo de la empresa adjudicada el costo adicional y las gestiones correspondientes para su ejecución técnica efectiva en relación a lo que corresponde a su provisión.
En resumen, es responsabilidad del Oferente, definir una API bien documentada que permita el intercambio de información requerido, y además, realice el acompañamiento técnico para permitir que el o los sistemas de la Policía Nacional y el requerido en el Ítem 8, pueda hacer uso correctamente de la API. Remitirse a la Adenda N° 3.
6
Prórroga
Debido a la envergadura del proyecto, solicitamos una prórroga en los plazos de la licitación para la presentación de consultas y consecuentemente la presentación de Ofertas.
Debido a la envergadura del proyecto, solicitamos una prórroga en los plazos de la licitación para la presentación de consultas y consecuentemente la presentación de Ofertas.
Mediante las adendas se han prorrogado los plazos correspondientes, remitirse a las mismas. Cabe mencionar que los plazos son los establecidos por la normativa vigente y los entes de control velan por el cumplimiento de los mismos, por lo que todo el proceso se realiza en tiempo y forma.
7
Criterios de Calificación- Experiencia Requerida
Solicitamos a la convocante reformular requerimiento exigido en el PBC donde dice: Se deberá demostrar experiencia en la construcción o acondicionamiento de paradas de buses con implementación de equipamiento tecnológico para información del sistema de transporte basado en indicadores variables y de control centralizado (no se aceptarán experiencias que tengan que ver únicamente con implementación de tecnologías para publicidad) en los últimos cinco años (2017, 2018, 2019, 2020, 2021).
Considerando la envergadura de este proyecto y que dentro del mercado local paraguayo y la diversidad de soluciones e integración solicitada pueda ser aceptadas experiencia en construcción o acondicionamiento de obras civiles con implementación de soluciones de Tics. de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del sector cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la provisión de los suministros y ejecución de los servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Solicitamos a la convocante reformular requerimiento exigido en el PBC donde dice: Se deberá demostrar experiencia en la construcción o acondicionamiento de paradas de buses con implementación de equipamiento tecnológico para información del sistema de transporte basado en indicadores variables y de control centralizado (no se aceptarán experiencias que tengan que ver únicamente con implementación de tecnologías para publicidad) en los últimos cinco años (2017, 2018, 2019, 2020, 2021).
Considerando la envergadura de este proyecto y que dentro del mercado local paraguayo y la diversidad de soluciones e integración solicitada pueda ser aceptadas experiencia en construcción o acondicionamiento de obras civiles con implementación de soluciones de Tics. de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del sector cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la provisión de los suministros y ejecución de los servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En concordancia con la complejidad de la contratación esta Convocante ha determinado que la experiencia comprobable del oferente en provisiones de la misma envergadura es esencial para garantizarla correcta ejecución del contrato, rigiéndose por el Principio de Economía y Eficiencia establecido en el Art. 4 de la ley 2051 que reza: "Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones..." , de esta manera, se asegura la calidad en la contratación.
8
Datos de la Licitacion
Solicitamos a la convocante ampliar los plazos de consultas a por lo menos 8 días hábiles y fecha de apertura de ofertas considerando el nivel de criticidad del proyecto y la diversidad de componentes a integrar desde el área de tecnología, seguridad, ingeniería civil , solución en sistema de Detección de Incendios y alarmas. entre otros A fin de contar un mayor plazo para el análisis pormenorizado de los requisitos para los items de la solución requerida tomando en cuenta el importante volumen de inversión que el estado tiene previsto destinar para obtener los resultados esperados de acuerdo a la descripción del alcance.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Solicitamos a la convocante ampliar los plazos de consultas a por lo menos 8 días hábiles y fecha de apertura de ofertas considerando el nivel de criticidad del proyecto y la diversidad de componentes a integrar desde el área de tecnología, seguridad, ingeniería civil , solución en sistema de Detección de Incendios y alarmas. entre otros A fin de contar un mayor plazo para el análisis pormenorizado de los requisitos para los items de la solución requerida tomando en cuenta el importante volumen de inversión que el estado tiene previsto destinar para obtener los resultados esperados de acuerdo a la descripción del alcance.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Mediante las adendas se han prorrogado los plazos correspondientes, remitirse a las mismas. Cabe mencionar que los plazos son los establecidos por la normativa vigente y los entes de control velan por el cumplimiento de los mismos, por lo que todo el proceso se realiza en tiempo y forma.
9
Sistema de Adjudicacion
En el PBC, RESUMEN DEL LLAMADO - ADJUDICACIÓN Y CONTRATO, se establece:
“SISTEMA DE ADJUDICACIÓN: POR EL TOTAL”
Al respecto se solicita a la Convocante que el sistema de adjudicación del presente llamado sea modificado y sean redistribuidos “POR ÍTEM”, esto considerando que los insumos requeridos son diversos, no tienen independencia tecnológica entre sí, y que tampoco hay en nuestro país una amplia cantidad de empresas que tengan la comercialización, distribución o posibilidad de ofertar en conjunto los bienes solicitados en el proceso licitatorio, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes y una afectación a los intereses de la convocante que no tendrá acceso a los precios y ofertas más convenientes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, previsto en el inciso a) y el de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, RESUMEN DEL LLAMADO - ADJUDICACIÓN Y CONTRATO, se establece:
“SISTEMA DE ADJUDICACIÓN: POR EL TOTAL”
Al respecto se solicita a la Convocante que el sistema de adjudicación del presente llamado sea modificado y sean redistribuidos “POR ÍTEM”, esto considerando que los insumos requeridos son diversos, no tienen independencia tecnológica entre sí, y que tampoco hay en nuestro país una amplia cantidad de empresas que tengan la comercialización, distribución o posibilidad de ofertar en conjunto los bienes solicitados en el proceso licitatorio, lo cual representa una limitante para potenciales oferentes y una afectación a los intereses de la convocante que no tendrá acceso a los precios y ofertas más convenientes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, previsto en el inciso a) y el de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
El oferente debe considerar que los bienes, obras y servicios agrupados en el presente llamado son conexos entre sí, por lo tanto, resultaría inapropiado separarlos. Se debe de considerar además que, todos los bienes objeto del presente llamado hacen a una solución global, por lo que es imperante contar con un mismo contratista para la ejecución, a fin de evitar vacíos de responsabilidad y esfuerzos adicionales de integración, que dificulten el cumplimiento de plazos u obligaciones relacionadas a la ejecución del contrato.
Además, se debe considerar lo dispuesto por el Art. 16 del Decreto 2992/19, que en su inciso a) reza: "Un contrato se considera fraccionado cuando con la intención de eludir los tipos de procedimiento establecidos en la Ley: a) Los bienes, obras o servicios objetos del contrato se adquieran o ejecuten separadamente en parcelas, etapas, tramos o lotes de menor valor, habiendo sido susceptibles de entrega o ejecución programada por un monto mayor."
10
Imagenes
No Hay Imágenes, ni planos de ubicacoin exacta de los Botones de Control de Pánico según lo establecen las Especificaciones Técnicas. Favor incluir en las Especificaciones y las Medidas del tamaño.
Favor incluir la ubicacion y plano donde deben ser colocados y cual es la altura estandar ?
Favor incluir estas especificaciones ya que el Pliego NO DETALLA esto en forma profesional, mas que vagamente.
No Hay Imágenes, ni planos de ubicacoin exacta de los Botones de Control de Pánico según lo establecen las Especificaciones Técnicas. Favor incluir en las Especificaciones y las Medidas del tamaño.
Favor incluir la ubicacion y plano donde deben ser colocados y cual es la altura estandar ?
Favor incluir estas especificaciones ya que el Pliego NO DETALLA esto en forma profesional, mas que vagamente.
Tal cual es indicado en el plan de entregas del presente llamado, es responsabilidad del oferente adjudicado el relevamiento de datos, elaboración de planos e informe técnico que contemplan las adecuaciones necesarias para la implementación de tecnologías. Remitirse al PBC ITEM 1.1