Datos de la Verificación
Usuario Verificador
nocampos
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
20-09-2022 - 13:50
Fecha de Fin
23-09-2022 - 14:53
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Los Subitems no fueron cargados en el SICP
Descripción
Observamos que adjunto al PBC/Carta de Invitación, remiten una planilla auxiliar con sub-ítems, sin embargo los mismos no fueron cargados en el SICP.
Solicitamos a la convocante, realizar los ajustes correspondientes
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
El Sistema de Adjudicación previsto en el PBC, no coincide con el establecido en el SICP
Descripción
Se verifica que la forma de cotización establecida en el Pliego de Bases y Condiciones/Carta de invitación,
no se coincide con el sistema de adjudicación indicado en el SICP, en consecuencia se solicita la modificación correspondiente a los efectos de aclarar la discrepancia existente
Comentario
En el SICP se observa que la adjuidcación será por el total pero en las especificaciones técnicas se observan lotes.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Comentario
Observamos que en las especificaciones técnicas se encuentra desglosado por lotes, ítems y sub ítems mientras que en el SICP se encuentran cargados solo ítems con sub ítems.
Tema
DEFICIENCIAS O ERRORES EN FORMULARIOS
Sección
Formularios del PBC
Situación
Falta remisión de formularios editables para que sean completados por los oferentes
Descripción
Solicitamos la remisión de los Formularios del Pliego de Bases y Condiciones que deban
ser completados por los potenciales oferentes, en archivos editables por procesadores de
texto o en formato de hojas de cálculo cuando los datos lo requieran.
Comentario
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.