El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITMS |
DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO |
Cantidad |
UNIDAD |
1 |
Recarga de extintor tipo PQS de 1 (un) kilogramo |
90 |
Unidad |
2 |
Recarga de extintor tipo PQS de 4 (cuatro) kilogramo |
75 |
Unidad |
3 |
Recarga de extintor tipo PQS de 6 (Seis) kilogramo |
170 |
Unidad |
4 |
Recarga de extintor tipo PQS de 10 (Diez) kilogramo |
18 |
Unidad |
5 |
Recarga de extintor tipo PQS de 20 (veinte) kilogramo |
4 |
Unidad |
6 |
Recarga de extintor tipo CO2 de 2 (dos) kilogramo |
5 |
Unidad |
7 |
Recarga de extintor tipo CO2 de 5(cinco) kilogramo |
75 |
Unidad |
8 |
Recarga de extintor tipo CO2 de 10 (diez) kilogramo |
4 |
Unidad |
9 |
Recarga de extintor tipo CO2 de 20 (Veinte) kilogramo |
2 |
Unidad |
10 |
Recarga de extintor tipo Gas Ecológico de 4 (cuatro) kilogramo |
15 |
Unidad |
11 |
Recarga de extintor tipo Gas Ecológico de 6 (seis) kilogramo |
20 |
Unidad |
Especificaciones técnicas
Todos los Servicios que hacen relación a la Contratación deben adecuarse a lo estipulado en la norma paraguaya del Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN).
Garantía del Servicio: Luego de la ejecución del Servicio, todos los extintores deben llevar etiquetas, mediante las cuales, la empresa responsable del servicio garantiza el buen funcionamiento del extintor por el tiempo de 12 meses, según las normativas vigentes
CONDICIONES GENERALES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS RECARGAS
En todos los casos será aplicables a todos los tipos de extintores por corresponden a características comunes.
La firma ejecutora del servicio no puede realizar la recarga del extintor sin antes hacer el mantenimiento general, conforme a las condiciones específicas de cada extintor, como:
El mantenimiento general debe ejecutarse teniendo en cuenta las condiciones específicas. Dicho mantenimiento incluye la verificación del estado de conservación de todos los componentes del extintor, sustitución de los mismos cuando se encontraron dañados, peso del extintor, prueba hidrostática del recipiente y recarga del extintor.
La empresa ejecutora del mantenimiento, es la responsable por el perfecto estado de funcionamiento del extintor, mientras dure el tiempo de garantía, salvo uso indebido o violación después de la entrega a la institución.
En caso de que la fecha de fabricación no se encuentre acuñada en el recipiente, el encargado se hará responsable de colocar la fecha de la prueba hidrostática en el cilindro, previa realización de la misma.
El precinto o sello de seguridad será de un material de fácil remoción y se colocará convenientemente junto a la etiqueta correspondiente al vencimiento.
La prueba hidrostática se debe realizar de acuerdo a las condiciones específicas de cada tipo de extintor. Las juntas en general deberán ser cambiadas en cada mantenimiento, Antes del procedimiento de mantenimiento deberá asegurarse de que toda la presión del extintor está descargada, antes de intentar el mecanismo de impulsión o válvula, o el mecanismo de cierre.
Es de responsabilidad de la empresa adjudicada, el retiro de los equipos extintores de las dependencias del institución (Oficina de la Unidad en la planta de Viñas kue) y su posterior devolución al mismo lugar de origen con la recarga correspondiente.
Todos los cilindros recargados deberán indefectiblemente contar con los anillos de seguridad, con el color que corresponde al 2022.
La empresa adjudicada deberá presentar su planilla de las pruebas hidráulicas, así como las condiciones físicas del cilindro que posee algún deterioro a esta dependencia (Unidad de Seguridad Industrial)
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
ÍTEMS |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de Entrega del Bien/Servicio |
Fecha(s) final(es) de entrega del bien. |
1 |
recarga de extintor-tipo polvo químico seco de 1 Kg |
90 |
UNIDAD |
En la oficina de la Unidad de Seguridad Industrial, sito en la Cnel. Bóveda esquina Tte. Alejandro Monges - Planta de tratamiento de Viñas Kue. |
90 días hábiles posterior a la recepción de la Orden de Compra/Servicio. |
2 |
recarga de extintor-tipo polvo químico seco de 4 Kg |
75 |
|||
3 |
recarga de extintor-tipo polvo químico seco de 6 Kg |
170 |
|||
4 |
recarga de extintor-tipo polvo químico seco de 10 Kg |
18 |
|||
5 |
recarga de extintor-tipo polvo químico seco de 20 Kg |
4 |
|||
6 |
recarga de extintor-tipo anhídrido carbónico de 2 Kg |
5 |
|||
7 |
recarga de extintor-tipo anhídrido carbónico de 5 Kg |
75 |
|||
8 |
recarga de extintor-tipo anhídrido carbónico de 10 Kg |
4 |
|||
9 |
recarga de extintor-tipo anhídrido carbónico de 20 Kg |
2 |
|||
10 |
recarga de extintor-ECO de 4 Kg |
15 |
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11 |
recarga de extintor-ECO de 6 Kg |
20 |
NO APLICA.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión |
Servicio |
Junio 2022 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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