Buenas tardes, por la presente solicitamos a la convocante donde Dice Autorización del Fabricante: Si Aplica, para todos los lotes, Modificar esa solicitud ya sea Parcial o totalmente ,considerando que seria no todas las Tasorerias solicitantes podrian necesitar esto como un Requerimiento indispensable , ya que con esto no se asegura ninguna ventaja significativa ,de precio ni de calidad de los productos ,ademas solicitando Autorización del Fabricante estarían limitando a potenciales oferentes. y así evitando la monopolización por ciertas empresas que solo ellos pueden vender ciertas marcas y aumentado el precio de ventas en Licitaciones Públicas con el Estado Paraguayo, mencionando el Art, 4 de la ley 2051/03 inciso b donde dice; Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. ya que estos insumos son de libre importación y comercialización en el mercado nacional.
Buenas tardes, por la presente solicitamos a la convocante donde Dice Autorización del Fabricante: Si Aplica, para todos los lotes, Modificar esa solicitud ya sea Parcial o totalmente ,considerando que seria no todas las Tasorerias solicitantes podrian necesitar esto como un Requerimiento indispensable , ya que con esto no se asegura ninguna ventaja significativa ,de precio ni de calidad de los productos ,ademas solicitando Autorización del Fabricante estarían limitando a potenciales oferentes. y así evitando la monopolización por ciertas empresas que solo ellos pueden vender ciertas marcas y aumentado el precio de ventas en Licitaciones Públicas con el Estado Paraguayo, mencionando el Art, 4 de la ley 2051/03 inciso b donde dice; Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. ya que estos insumos son de libre importación y comercialización en el mercado nacional.
Teniendo en cuenta la LEY N° 2.051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS concordada con el Decreto Reglamentario 2992/19, en su Artículo 52. Autorización del fabricante o productor, Cuando la Convocante lo requiera en el pliego de bases y condiciones, el oferente que ofrezca suministrar en virtud del Contrato, bienes que no ha fabricado ni producido, deberá demostrar que es representante o distribuidor autorizado por el fabricante o productor de la marca del bien ofertado. En todos los casos deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante o productor, en este punto cabe destacar que la Autorización del fabricante o distribuidor" tiene carácter opcional; es potestad de la convocante el solicitarlo o no, así mismo la Policía Nacional precisa productos los cuales estén debidamente documentados mediante la Autorización del fabricante.
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Autorizacion del Fabricante
Solicitamos , respetuosamente a la Convocante ,considerar la posibilidad de eliminar la Solicitud de Autorizacion del Fabricante , a fin de dar participación a las ¨Pymes que muy difícilmente contamos con la capacidad de contar con este documento de los Fabricantes por los volúmenes de ventas solicitados para emitir dichas autorizaciones . Considerando que la Adjudicación es por lotes y este requisito no es algo que afecte en la calidad de las pinturas y no limitaría atribuciones de la convocante . Pero contribuiría a dar mayor participación a posibles oferentes que no podemos participar en todos los lotes pero si en los que nuestra capacidad y volúmenes de negocios nos permite
Solicitamos , respetuosamente a la Convocante ,considerar la posibilidad de eliminar la Solicitud de Autorizacion del Fabricante , a fin de dar participación a las ¨Pymes que muy difícilmente contamos con la capacidad de contar con este documento de los Fabricantes por los volúmenes de ventas solicitados para emitir dichas autorizaciones . Considerando que la Adjudicación es por lotes y este requisito no es algo que afecte en la calidad de las pinturas y no limitaría atribuciones de la convocante . Pero contribuiría a dar mayor participación a posibles oferentes que no podemos participar en todos los lotes pero si en los que nuestra capacidad y volúmenes de negocios nos permite
Teniendo en cuenta la LEY N° 2.051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS concordada con el Decreto Reglamentario 2992/19, en su Artículo 52. Autorización del fabricante o productor, Cuando la Convocante lo requiera en el pliego de bases y condiciones, el oferenteque ofrezca suministrar en virtud del Contrato, bienes que no ha fabricado ni producido, deberá demostrar que es representante o distribuidor autorizado por el fabricante o productor de la marca del bien ofertado. En todos los casos deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante o productor, en este punto cabe destacar que la Autorización del fabricante o distribuidor" tiene carácter opcional; es potestad de la convocante el solicitarlo o no, así mismo la Policía Nacional precisa productos los cuales estén debidamente documentados mediante la Autorización del fabricante.