Entre la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PARAGUARÍ, domiciliada en Avda. Mcal. Estigarribia esq. Tte. Herrero, República del Paraguay, representada para este acto por el DR. JAVIER DEJESÚS ESQUIVEL GONZÁLEZ, con cédula de identidad N° 1.155.881, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ______________________________ domiciliada en ______________________________, República del Paraguay, representada para este acto por ______________________________, con cédula de identidad N° ______________________________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente Contrato de "SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIONES MENORES DEL PALACIO JUDICIAL DE PARAGUARÍ Y JUZGADOS DE LOS DISTRITOS DE CABALLERO Y MBUYAPEY", el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El Contrato tiene por objeto establecer las obligaciones que asumen LAS PARTES contratantes con relación al llamado a Contratación Directa (CD) PAC Nº 05/2022 "SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIONES MENORES DEL PALACIO JUDICIAL DE PARAGUARÍ Y JUZGADOS DE LOS DISTRITOS DE CABALLERO Y MBUYAPEY" - ID Nº 406126, convocado por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PARAGUARÍ, según Resolución Nº 06/2022, de fecha 24 de febrero de 2022 "POR LA QUE SE APRUEBA EL PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES (PAC) CONSOLIDADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE PARAGUARÍ CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2022".
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº 406126.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de Contratación Directa (CD) N° 05/2022, convocado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) - Circunscripción Judicial de Paraguarí. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N° __________.
[Formato de Tabla para Contrato Abierto - cantidades mínimas y máximas].
Nro. De Orden |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad mínima |
Cantidad máxima |
Precio Unitario |
Monto mínimo |
Monto máximo |
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Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos].
MONTO MÍNIMO | Gs. |
MONTO MÁXIMO | Gs. |
Total: [sumatoria de columna de montos mínimos y sumatoria de columna de montos máximos].
El monto mínimo del presente Contrato asciende a la suma de Gs. 75.000.000 (Guaraníes Setenta y Cinco Millones) y el monto máximo es de Gs. 150.000.000 (Guaraníes Ciento Cincuenta Millones).
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes y/o prestar los servicios a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en esta Carta de Invitación.
La vigencia del presente contrato será:
La vigencia del Contrato será de 24 meses, computada desde la fecha de su suscripción.
La validez o continuidad del Contrato para el/los siguiente/s periodo/s, queda sujeta a la aprobación de las partidas presupuestarias correspondientes. Art. 14 de la Ley Nº 2051/2003 "DE CONTRATACIONES PÚBLICAS".
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La sección de Obras Civiles de la Circunscripción Judicial de Paraguarí.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de ______________________________ República del Paraguay al día __________ mes ____________________ y año __________.
Firmado por: ______________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: ______________________________ en nombre del Proveedor.