El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
El ámbito institucional requirente de esta contratación es la sección de Obras Civiles de la Circunscripción Judicial de Paraguarí, cuya Jefatura está a cargo de la Arq. María Sol Moreno.
La contratación de este servicio responde a la necesidad temporal de acometer labores de mantenimiento y reparación del edificio sede del Palacio Judicial de Paraguarí y Juzgados de los distritos de Caballero y Mbuyapey.
Las especificaciones técnicas fueron elaboradas por el ámbito requirente de la contratación; y son las que a criterio de la misma satisfarían la presente necesidad institucional pertinente.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y REPARACIONES MENORES DEL PALACIO JUDICIAL DE PARAGUARÍ Y JUZGADOS DE LOS DISTRITOS DE CABALLERO Y MBUYAPEY.
Características de los materiales.
A efectos de determinar el grado de calidad de los materiales, para su aprobación se tendrán en cuenta las siguientes cualidades:
Resistencia:
Esta condición será verificada en materiales como piedras para el revestimiento, tejas y tejuelones, ladrillos, pisos y zócalos, etc.
Normas generales de ejecución.
Preparación de las superficies:
Las zonas donde se realizará la colocación de revestidos faltantes, deberá ser liberada de materiales restantes o anteriores, la limpieza deberá ser prolija y la superficie deberá ser preparada de acuerdo a cada necesidad en particular, es decir según cada caso, en base a las respectivas especificaciones de cada material.
Reparaciones:
Las reparaciones solicitadas por la Contratante deberán ser realizadas por personal calificado. Los materiales a ser utilizados en las reparaciones deberán ser idénticos a los ya existentes, por ejemplo en el caso de azulejados, piedras de canteros, granitos, zócalos, pisos, etc.
La ejecución de las labores se realizará tomando todas las precauciones para no dañar materiales existentes o alguna otra superficie próxima a la zona de trabajo. Todas las labores se deberán realizar basándose en el buen oficio, exigiendo a la Contratista la intervención de personal capacitado en los rubros afectados.
Así mismo, se deberá efectuar las correcciones necesarias y retoques sobre superficies revocadas, muros y cielorrasos.
Protecciones:
El Contratista tomará todas las precauciones indispensables a fin de preservar las obras del polvo, la lluvia, etc.
No se llevarán a cabo los trabajos exteriores en días con estado de tiempo o condiciones atmosféricas que pudieran hacer peligrar el resultado final satisfactorio de los trabajos.
Se tomarán rigurosas precauciones, para impedir el deterioro de cualquier otra estructura o material existente en las zonas de trabajo; y si se produjere algún daño, la reparación, los materiales y la mano de obra, correrán por cuenta de la Contratista.
Deberá realizarse la limpieza diaria de cada zona, antes de dar inicio a cualquier labor y luego de finalizada la misma.
Los elementos de protección para las zonas como lonas, plástico, papeles y cinta o cualquier otro material que sirva de resguardo, deberán ser suministrados por la Contratista, de acuerdo a las exigencias que requiera cada caso y a criterio del Administrador del Contrato.
Materiales Inflamables:
Esta clase de materiales serán resguardados en sitios especiales, para que en caso de accidentes, no se originen incendios u otros perjuicios mayores.
Empleo de materiales de fábrica:
El empleo de toda clase de materiales que se prescriben de preparación en fabrica, se ajustará estrictamente a las recomendaciones de las respectivas firmas proveedoras, las que deberán garantizar su empleo, sin que ello signifique eximición alguna de las responsabilidades de la Contratista.
Materiales:
Todos los materiales a incorporar y a utilizar en los trabajos deberán ser de primera calidad y de primer uso. Los materiales perecederos deberán llegar a la obra en envases de fábrica y cerrados.
Colores y muestras:
Antes de comenzar cualquier trabajo, si el Administrador del Contrato considera necesario solicitar muestras antes de la ejecución final del trabajo, la Contratista tendrá que presentar las muestras necesarias, a fin de obtener la aprobación para la realización del trabajo final.
Terminación de los trabajos:
Será condición indispensable para la aceptación de los trabajos, que éstos tengan un acabado perfecto, no admitiéndose que presenten señales de defectos de cualquier naturaleza.
Los materiales deberán encontrarse bien colocados, fijados correctamente y sellados. En cuanto a la colocación de azulejos, no se aceptarán trabajos donde se observen colocaciones irregulares produciendo desniveles entre cada pieza. Los materiales a colocar deberán ser de la misma medida de los existentes.
Con respecto a los revestidos de granito, estos serán de la misma calidad, espesor y características de los existentes. No deberán presentar manchas, rajaduras o grietas en todas las superficies y las aristas deberán ser iguales a las existentes, así como los bordes.
Terminados los trabajos se llevará a cabo una limpieza profunda de las zonas intervenidas.
Garantía:
Sin perjuicio de la más rigurosa comprobación que realizará el Administrador del Contrato, en cuanto a la calidad y procedencia de los materiales y de los métodos empleados por la Contratista; ésta permanecerá enteramente responsable de la calidad, del aspecto y de la duración de los trabajos por ella ejecutados.
Protecciones y normas complementarias:
Los defectos que pudiera presentar cualquier estructura antes de la ejecución de los trabajos deberán ser corregidos antes de proceder, para lo cual la Contratista deberá informar al Administrador del Contrato con la anticipación necesaria.
La Contratista tomará todas las precauciones para preservar los trabajos a ser ejecutados, de todo elemento que pueda dañar o alterar los mismos, hasta tanto hayan finalizado.
La Contratista deberá entregar al Administrador del Contrato un cronograma de ejecución de los trabajos, antes del inicio de los mismos; y una vez aprobado el cronograma se podrán iniciar los trabajos correspondientes.
Están considerados en este concepto, los reclamos planteados por la Contratante a causa de problemas advertidos en los edificios. Según la gravedad de los reclamos realizados, puede surgir la necesidad de realizar acciones inmediatas, para lo cual la Contratista deberá atender lo que la Contratante reclame, a más tardar dentro de las 24 (veinticuatro) horas de haber sido notificada, en situaciones que a criterio de la Contratante constituyan emergencia. Se deberá contar con una atención preferencial de emergencia con servicios de comunicación telefónica, celulares las 24 horas del día, incluyendo fines de semana y feriados. La falta de respuesta de la Contratista en el plazo señalado, constituirá al mismo en mora y pasible de las sanciones previstas en las Bases Concursales.
En casos que una acción no prevista se considere no urgente, podrá ser derivada la solución a los días normales de trabajo. La determinación del grado de urgencia o rapidez con la cual deban ser realizadas las acciones, así como la autorización para el cambio de materiales, piezas o repuestos a ser utilizados en las intervenciones, corresponderá a la Contratante.
El Oferente deberá contemplar en su Oferta, los medios, herramientas, mano de obra e insumos necesarios para la realización de los trabajos de mantenimiento, el cambio de materiales, piezas, componentes deberán estar incluidos dentro de la oferta.
Los trabajos, así como los materiales y repuestos deberán contar con una Garantía de Funcionamiento de 6 (seis) meses, mínimamente, contados a partir de la recepción de cada trabajo de reparación. Se responderá por la garantía del servicio prestado en dicho periodo, sin cargo alguno para la institución. Se prestará asistencia técnica in situ por cuenta de la garantía del servicio, en un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas, contado desde la correspondiente notificación.
La Contratista elevará el informe referente a los trabajos realizados sobre la condición general de los edificios, además de describir las acciones realizadas y las que deberán ser ejecutadas para garantizar su buen funcionamiento. La aprobación de este informe por la Contratante es condición necesaria para el inicio del proceso de pago correspondiente.
A los efectos de su validez, el Informe posterior a los trabajos realizados deberá contar con la aprobación del Administrador del Contrato.
D. Responsabilidades, Coordinación, Supervisión, Lugar de Trabajo:
E. Plan de Entrega (Servicios)
La Orden de Servicio será emitida por la Contratante y enviada a la Contratista, la que deberá iniciar la ejecución de las labores dentro del plazo máximo de 3 días hábiles de haber recibido la solicitud pertinente; y en el caso de que la Contratante solicitara el requerimiento de manera urgente, la Contratista deberá iniciar las labores en un plazo no mayor a 24 horas posteriores a la solicitud. Una vez verificada la situación, el técnico informará a la Contratante sobre la situación detectada.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
[NO APLICA].
En casos de intervenciones de carácter urgente, la Contratista deberá iniciar los trabajos dentro del plazo máximo de 24 horas de haber recibido la Orden de Servicio correspondiente.
En casos de intervenciones de carácter no urgente, la Contratista deberá iniciar los trabajos dentro del plazo máximo de 3 días hábiles de haber recibido la Orden de Servicio correspondiente.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Conformidad |
Nota de Conformidad |
Tras la conclusión de los servicios requeridos en cada Orden de Servicio; y a entera satisfacción de la Contratante. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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