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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
jediaz
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
01-04-2022 - 14:10
Fecha de Fin
04-04-2022 - 17:30
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1. Se señala que queda bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, la legalidad o no de las modificaciones realizadas respecto a los puntos 1, 2, 3, respectivamente para el proceso de la referencia. Difundiéndose el presente proceso, recordando a la convocante la absoluta responsabilidad de la misma ante eventuales consecuencias del procedimiento licitatorio en las condiciones establecidas. // 2. Con respecto, a los puntos N°6 y 7 no se observa respuesta alguna por parte de la convocante, no obstante, se sugiere a la misma, adecuarse a lo establecido en las normativas y documentaciones estándares, dejando asentado que la regularización o no del mismo queda bajo la estricta responsabilidad de la convocante.

Observaciones

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.