En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, se solicita:
Demostrar la experiencia en la provisión e implementación de SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA IP en varios sitios distribuidos a nivel país (5 sitios como mínimo), asimismo deberá contar con experiencia en la PROVISIÓN E IMPLEMENTACIÓN Y MONITOREO SISTEMAS DE ALARMAS, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 5 años. [2017-2018-2019-2020-2021].
El presente llamado es para la provisión de Sistema de Circuito Cerrado de Vigilancia; y considerando lo específico del requerimiento en cuanto a haber proveído en varios sitios distribuidos a nivel país y tener experiencia en Monitoreo de Alarmas, que dicho sea no tiene congruencia alguna con el objetivo del llamado; y que los mismos en los términos expuestos en el pliego de bases y condiciones implican una arbitraria exclusión de participación de otros potenciales oferentes con experiencia en el tipo de servicios licitados, motivo por el cual SOLICITAMOS a la convocante que se modifique este requisito y que se acepte como experiencia SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA Y/O SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA y /o Equipos de Tics y/o Cámaras y/o Sistema de CCTV y/o Sistemas de Seguridad Electrónica con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas por un monto equivalente al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) años(2017-2018-2019-2020-2021), a fin de dar cumplimiento al principio de igualdad y libre competencia y evitar la imposición de un monopolio constitucionalmente prohibido.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, se solicita:
Demostrar la experiencia en la provisión e implementación de SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA IP en varios sitios distribuidos a nivel país (5 sitios como mínimo), asimismo deberá contar con experiencia en la PROVISIÓN E IMPLEMENTACIÓN Y MONITOREO SISTEMAS DE ALARMAS, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 5 años. [2017-2018-2019-2020-2021].
El presente llamado es para la provisión de Sistema de Circuito Cerrado de Vigilancia; y considerando lo específico del requerimiento en cuanto a haber proveído en varios sitios distribuidos a nivel país y tener experiencia en Monitoreo de Alarmas, que dicho sea no tiene congruencia alguna con el objetivo del llamado; y que los mismos en los términos expuestos en el pliego de bases y condiciones implican una arbitraria exclusión de participación de otros potenciales oferentes con experiencia en el tipo de servicios licitados, motivo por el cual SOLICITAMOS a la convocante que se modifique este requisito y que se acepte como experiencia SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA Y/O SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA y /o Equipos de Tics y/o Cámaras y/o Sistema de CCTV y/o Sistemas de Seguridad Electrónica con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas por un monto equivalente al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) años(2017-2018-2019-2020-2021), a fin de dar cumplimiento al principio de igualdad y libre competencia y evitar la imposición de un monopolio constitucionalmente prohibido.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el mercado existen varias empresas que proveen ambos sistemas. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
2
*- Experiencia requerida
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice:
Demostrar la experiencia en la provisión e implementación de SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA IP en varios sitios distribuidos a nivel país (5 sitios como mínimo), asimismo deberá contar con experiencia en la PROVISIÓN E IMPLEMENTACIÓN Y MONITOREO SISTEMAS DE ALARMAS, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 5 años. [2017-2018-2019-2020-2021].
Al respecto, se solicita a la convocante que se acepte como experiencia haber proveído SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA Y/O SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA y /o Equipos de Tics y/o Cámaras y/o Sistema de CCTV y/o Sistemas de Seguridad Electrónica con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas por un monto equivalente al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) años(2017-2018-2019-2020-2021); de esta manera podrán participar otros potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice:
Demostrar la experiencia en la provisión e implementación de SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA IP en varios sitios distribuidos a nivel país (5 sitios como mínimo), asimismo deberá contar con experiencia en la PROVISIÓN E IMPLEMENTACIÓN Y MONITOREO SISTEMAS DE ALARMAS, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 5 años. [2017-2018-2019-2020-2021].
Al respecto, se solicita a la convocante que se acepte como experiencia haber proveído SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA Y/O SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA y /o Equipos de Tics y/o Cámaras y/o Sistema de CCTV y/o Sistemas de Seguridad Electrónica con Contratos y/o Facturas a instituciones públicas o privadas por un monto equivalente al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación, dentro de los últimos: 5 (cinco) años(2017-2018-2019-2020-2021); de esta manera podrán participar otros potenciales oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Es Potestad de la Convocante pedir y exigir equipos y servicio que garanticen la seguridad del personal y de los bienes a ser custodiados. Se exige el servicio de monitoreo, mantenimiento de los equipos ofertados, siendo así parte integral de la solución requerida del llamado sin atentar contra las leyes de libre competencia, debido a la naturaleza del llamado así lo requiere. La convocante busca una solución integral de todos los sistemas de seguridad electrónica. Remitirse al pliego de base y condiciones.
El presente llamado incluye provisión de Sistema de Circuito Cerrado de Vigilancia y Sistema de Alarma con Monitoreo. En el mercado existen varias empresas que proveen ambos sistemas. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
3
*- Plazo de Entrega
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS, Plan de Entrega de los Bienes. Punto b, dice:
b. El plazo de entrega de los bienes no podrá exceder el plazo de quince (15) días calendarios, contados desde el día siguiente de la fecha de recepción de la respectiva orden de compra por parte de la empresa adjudicada, dicha solicitud se hará efectiva a través de una Orden de Compra, debidamente firmada por el responsable de la línea presupuestaria, y enviada a la empresa adjudicada.
Al respecto, se solicita a la convocante que se amplíe el plazo de entrega considerando de que el plazo indicado por la convocante es tan solo de 15 (quince) días, que es insuficiente debido a los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco, se solicita a la convocante que los plazos de entrega sean de 180 (ciento ochenta) días hábiles como mínimo. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS, Plan de Entrega de los Bienes. Punto b, dice:
b. El plazo de entrega de los bienes no podrá exceder el plazo de quince (15) días calendarios, contados desde el día siguiente de la fecha de recepción de la respectiva orden de compra por parte de la empresa adjudicada, dicha solicitud se hará efectiva a través de una Orden de Compra, debidamente firmada por el responsable de la línea presupuestaria, y enviada a la empresa adjudicada.
Al respecto, se solicita a la convocante que se amplíe el plazo de entrega considerando de que el plazo indicado por la convocante es tan solo de 15 (quince) días, que es insuficiente debido a los prolongados períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la fabricación e importación de estos equipos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, lo que como consecuencia, ocasiona sensibles retrasos en la disponibilidad de componentes en el mercado mundial, y que los períodos de tiempo necesarios normalmente para las importaciones y despachos aduaneros se están viendo significativamente afectados por las dificultades en fábrica, transporte, disponibilidad de vuelos, etc., de lo cual la prensa internacional viene desde hace semanas haciéndose eco, se solicita a la convocante que los plazos de entrega sean de 180 (ciento ochenta) días hábiles como mínimo. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
La Convocante establecerá el cambio a 90 días como máximo para la implementación completa del sistema. El mismo será establecido mediante una ADENDA una vez que sea sustanciada la protesta realizada.
4
*-Visita Técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LICITACIÓN. Visita al sitio de ejecución del Contrato, dice:
Visita al sitio de ejecución del contrato. La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica.
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Ítem 34. Conexión de Fibra Óptica. Descripción, dice:
Descripción: El Oferente deberá prever la instalación de un tendido de fibra óptica a ser utilizado para la conexión entre los diferentes Switches. Switch de distribución estarán distribuidas dentro e previo de la Dimabel se adjunta imagen del recorrido de la fibra óptica. ( ) La provisión de los equipos es en modalidad ¨llave en mano¨ por lo que se deberá contemplar todos los materiales necesarios para la instalación y la puesta en funcionamiento de todos los equipos. El Proveedor deberá suministrar todos los dispositivos, software, accesorios, herramientas, y mano de obra calificada para el montaje y puesta en servicio del sistema. Es responsabilidad del Oferente reconocer los puntos de instalación e identificar la cantidad de los materiales y accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los equipos. El Oferente deberá contemplar en su oferta todos los materiales necesarios para la instalación y el montaje del sistema, tales como ductos de PVC rígido para alojar los cables, soportes, conectores, etc.; así como la mano de obra general para la puesta en funcionamiento del sistema, y la capacitación correspondiente. Se deberá contemplar, para las instalaciones internas: ductos rígidos de PVC; para las instalaciones externas: ductos de PVC en tramos largos; y para las terminaciones: ductos metálicos galvanizados. Se deberá contemplar a su vez la alimentación eléctrica de los racks a ser instalados y de todos los equipos.
Cabe destacar de que la convocante exige que al proveedor (sic) La provisión de los equipos es en modalidad ¨llave en mano¨ por lo que se deberá contemplar todos los materiales necesarios para la instalación y la puesta en funcionamiento de todos los equipos, y además la convocante indica que Es responsabilidad del Oferente reconocer los puntos de instalación e identificar la cantidad de los materiales y accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los equipos.
Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante que se indique una fecha y horario a fin de que se pueda realizar la visita técnica guiada por el/los encargados del proyecto a fin de poder realizar el relevamiento técnico de lo que implicará el trabajo a realizarse en ambos sitios, ya que NO FUE proveída ninguna imagen del recorrido de fibra, ni de la ubicación final que tendrán las cámaras como reza el pliego de bases y condiciones.
Esto se requiera de manera a que los potenciales oferentes puedan preparar sus ofertas acordes a lo requerido por la convocante en igualdad de condiciones.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de DATOS DE LICITACIÓN. Visita al sitio de ejecución del Contrato, dice:
Visita al sitio de ejecución del contrato. La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones:
No Aplica.
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Ítem 34. Conexión de Fibra Óptica. Descripción, dice:
Descripción: El Oferente deberá prever la instalación de un tendido de fibra óptica a ser utilizado para la conexión entre los diferentes Switches. Switch de distribución estarán distribuidas dentro e previo de la Dimabel se adjunta imagen del recorrido de la fibra óptica. ( ) La provisión de los equipos es en modalidad ¨llave en mano¨ por lo que se deberá contemplar todos los materiales necesarios para la instalación y la puesta en funcionamiento de todos los equipos. El Proveedor deberá suministrar todos los dispositivos, software, accesorios, herramientas, y mano de obra calificada para el montaje y puesta en servicio del sistema. Es responsabilidad del Oferente reconocer los puntos de instalación e identificar la cantidad de los materiales y accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los equipos. El Oferente deberá contemplar en su oferta todos los materiales necesarios para la instalación y el montaje del sistema, tales como ductos de PVC rígido para alojar los cables, soportes, conectores, etc.; así como la mano de obra general para la puesta en funcionamiento del sistema, y la capacitación correspondiente. Se deberá contemplar, para las instalaciones internas: ductos rígidos de PVC; para las instalaciones externas: ductos de PVC en tramos largos; y para las terminaciones: ductos metálicos galvanizados. Se deberá contemplar a su vez la alimentación eléctrica de los racks a ser instalados y de todos los equipos.
Cabe destacar de que la convocante exige que al proveedor (sic) La provisión de los equipos es en modalidad ¨llave en mano¨ por lo que se deberá contemplar todos los materiales necesarios para la instalación y la puesta en funcionamiento de todos los equipos, y además la convocante indica que Es responsabilidad del Oferente reconocer los puntos de instalación e identificar la cantidad de los materiales y accesorios necesarios para la correcta instalación y funcionamiento de los equipos.
Al respecto, SOLICITAMOS a la convocante que se indique una fecha y horario a fin de que se pueda realizar la visita técnica guiada por el/los encargados del proyecto a fin de poder realizar el relevamiento técnico de lo que implicará el trabajo a realizarse en ambos sitios, ya que NO FUE proveída ninguna imagen del recorrido de fibra, ni de la ubicación final que tendrán las cámaras como reza el pliego de bases y condiciones.
Esto se requiera de manera a que los potenciales oferentes puedan preparar sus ofertas acordes a lo requerido por la convocante en igualdad de condiciones.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Se establecerá una visita técnica en coordinación con el CF N° 01 UOC y la DIMABEL para definir un fecha y hora, la visita será en el previo de la DIMABEL PIRIBEBUY, donde serán entregados los planos del proyecto de forma confidencial.
El mismo será establecido mediante una ADENDA una vez que sea sustanciada la protesta realizada.
5
*-Alarma Kit
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Ítem 21. ALARMA KIT, dice:
Servicio de monitoreo de alarmas 24 horas para los depósitos de armamentos mayores Deposito 1, Deposito 2 y depósito judicial.
Servicio de Monitoreo de los equipos de seguridad, alarmas en funcionamiento en las instalaciones de la Dimabel y Central de monitoreo de la empresa ofertante
El presente llamado es para la provisión de Sistema de Circuito Cerrado de Vigilancia; considerando lo específico del requerimiento del ítem 21 respecto a la instalación de un sistema de alarma y al monitoreo de dichos sistemas por la empresa oferente implican una arbitraria exclusión de participación de otros potenciales oferentes con experiencia en el tipo de servicios licitados para la provisión del Sistema de Circuito Cerrado de Vigilancia, motivo por el cual SOLICITAMOS a la convocante que se modifique el Pliego de Bases y Condiciones en Lotes y que el Ítem 21 pase a ser otro Lote del presente llamado, con esto se dará mayor participación a otros potenciales oferentes, dando cumplimiento al principio de igualdad y libre competencia y evitar la imposición de un monopolio constitucionalmente prohibido.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrá exigir a los participantes requisitos distintos señalados a esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables , si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores y contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Ítem 21. ALARMA KIT, dice:
Servicio de monitoreo de alarmas 24 horas para los depósitos de armamentos mayores Deposito 1, Deposito 2 y depósito judicial.
Servicio de Monitoreo de los equipos de seguridad, alarmas en funcionamiento en las instalaciones de la Dimabel y Central de monitoreo de la empresa ofertante
El presente llamado es para la provisión de Sistema de Circuito Cerrado de Vigilancia; considerando lo específico del requerimiento del ítem 21 respecto a la instalación de un sistema de alarma y al monitoreo de dichos sistemas por la empresa oferente implican una arbitraria exclusión de participación de otros potenciales oferentes con experiencia en el tipo de servicios licitados para la provisión del Sistema de Circuito Cerrado de Vigilancia, motivo por el cual SOLICITAMOS a la convocante que se modifique el Pliego de Bases y Condiciones en Lotes y que el Ítem 21 pase a ser otro Lote del presente llamado, con esto se dará mayor participación a otros potenciales oferentes, dando cumplimiento al principio de igualdad y libre competencia y evitar la imposición de un monopolio constitucionalmente prohibido.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrá exigir a los participantes requisitos distintos señalados a esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables , si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores y contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Es Potestad de la Convocante pedir y exigir equipos y servicio que garanticen la seguridad del personal y los bienes a ser custodiados. Se exige el servicio de monitoreo, mantenimiento de los equipos ofertados, siendo así parte integral de la solución requerida del llamado sin atentar contra las leyes de libre competencia, debido a la naturaleza del llamado así lo requiere. La convocante busca una solución integral de todos los sistemas de seguridad electrónica. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
6
Periodo de Validez de los Bienes
En la sección que hace referencia al Periodo de Validez de los Bienes, en donde dice:
PARA SOFTWARE: El oferente deberá presentar una carta de garantía del fabricante por una duración de 5 años, donde referencie el presente llamado y manifieste la duración, tipo, modalidad de garantía y reposición de parte ofertado por el oferente.
Para los equipos que componen el Sistema: La garantía deberá cubrir 12 meses como mínimo para desperfectos de fábrica. La garantía debe considerar la reparación de cualquier equipo ofertado, durante el periodo de garantía.
Para Dispositivos de Gestión y Administración de Imágenes: La oferta deberá incluir una garantía de 3 (Tres) años como mínimo, y la misma deberá incluir reposición de partes avanzadas en modalidad 27x7x4. Se solicita carta del fabricante de la solución ofertada dirigida a la convocante donde referencie el presente llamado y manifieste la duración, tipo, modalidad de garantía y reposición de parte ofertado por el oferente.
Se solicita encarecidamente a la convocante el emparejamiento del periodo de garantía, sea el mismo a 24 meses o 36 meses, luego del periodo de implementación para todos los bienes por igual. De esta manera la convocante llevara a cabo un mejor control parejo y ordenado del inventario de los bienes, evitando así confusiones o ambigüedades en base a futuros percances que puedan sufrir tanto los componentes de hardware y software, a su vez, facilitara el discernimiento concreto sobre si el fallo es producto ya sea por parte el sistema operativo (software) o por parte del componente (Hardware). Cabe recordar también que, además del software de GESTION de la infraestructura de seguridad, cada componente como por ejemplo las cámaras IP, contienen un sistema operativo que lo gestiona, al igual que los dispositivos de GESTION y Administración de Imágenes.
En la sección que hace referencia al Periodo de Validez de los Bienes, en donde dice:
PARA SOFTWARE: El oferente deberá presentar una carta de garantía del fabricante por una duración de 5 años, donde referencie el presente llamado y manifieste la duración, tipo, modalidad de garantía y reposición de parte ofertado por el oferente.
Para los equipos que componen el Sistema: La garantía deberá cubrir 12 meses como mínimo para desperfectos de fábrica. La garantía debe considerar la reparación de cualquier equipo ofertado, durante el periodo de garantía.
Para Dispositivos de Gestión y Administración de Imágenes: La oferta deberá incluir una garantía de 3 (Tres) años como mínimo, y la misma deberá incluir reposición de partes avanzadas en modalidad 27x7x4. Se solicita carta del fabricante de la solución ofertada dirigida a la convocante donde referencie el presente llamado y manifieste la duración, tipo, modalidad de garantía y reposición de parte ofertado por el oferente.
Se solicita encarecidamente a la convocante el emparejamiento del periodo de garantía, sea el mismo a 24 meses o 36 meses, luego del periodo de implementación para todos los bienes por igual. De esta manera la convocante llevara a cabo un mejor control parejo y ordenado del inventario de los bienes, evitando así confusiones o ambigüedades en base a futuros percances que puedan sufrir tanto los componentes de hardware y software, a su vez, facilitara el discernimiento concreto sobre si el fallo es producto ya sea por parte el sistema operativo (software) o por parte del componente (Hardware). Cabe recordar también que, además del software de GESTION de la infraestructura de seguridad, cada componente como por ejemplo las cámaras IP, contienen un sistema operativo que lo gestiona, al igual que los dispositivos de GESTION y Administración de Imágenes.
Las garantías solicitadas corresponden a la complejidad de cada componente de la solución requerida. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Plazo de Reposición de los Bienes
En la sección que hace referencia al Plazo de Reposición de los Bienes, en donde dice:
El plazo de reposición de los bienes para reparar o reemplazar será: Cinco (5) días calendarios contados desde la fecha de rechazo y comunicada al proveedor.
Se solicita encarecidamente a la convocante extender este plazo a por lo menos 20 días Hábiles, en vista a la gestión técnica para el agendamiento que debe realizar el oferente para el retiro del equipo, posterior envío al representante o distribuidor autorizado y finalmente la revisión para el reparo o reposición del bien averiado.
En la sección que hace referencia al Plazo de Reposición de los Bienes, en donde dice:
El plazo de reposición de los bienes para reparar o reemplazar será: Cinco (5) días calendarios contados desde la fecha de rechazo y comunicada al proveedor.
Se solicita encarecidamente a la convocante extender este plazo a por lo menos 20 días Hábiles, en vista a la gestión técnica para el agendamiento que debe realizar el oferente para el retiro del equipo, posterior envío al representante o distribuidor autorizado y finalmente la revisión para el reparo o reposición del bien averiado.
Los componentes de la solución requeridos serán destinados para uso crítico, no habiendo lugar a prolongar el tiempo de reposición, existen diversidades de marcas en el mercado que cumplen con dicho requisito. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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ITEM 16
Para el ITEM 16, Software de Gestión de video Profesional, en donde dice: Streaming gateway: Servidor de streaming incluido para forwards y distribución de audio y video
Se solicita encarecidamente especificar este requerimiento de manera OPCIONAL, debido a que los dispositivos para seguridad generalmente operan sin necesidad de esta funcionalidad, adicionalmente, se daría oportunidad a la mayor cantidad de oferentes a presentar sus ofertas al llamado.
Para el ITEM 16, Software de Gestión de video Profesional, en donde dice: Streaming gateway: Servidor de streaming incluido para forwards y distribución de audio y video
Se solicita encarecidamente especificar este requerimiento de manera OPCIONAL, debido a que los dispositivos para seguridad generalmente operan sin necesidad de esta funcionalidad, adicionalmente, se daría oportunidad a la mayor cantidad de oferentes a presentar sus ofertas al llamado.
La solución requerida junto con sus componentes forma parte de un sistema integral, necesario para el cumplimiento de todas las necesidades del llamado. Este tipo de soluciones lo cumplen marcas orientadas a soluciones de proyectos de gama alta suficientemente respaldadas en cumplimientos y garantías solicitados. Favor remitirse pliego de bases y condiciones.
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ITEM 16
Para el ITEM 16, Software de Gestión de video Profesional, en donde dice: Múltiples dispositivos pueden ser añadidos: cámaras de red, cámaras domo de red, codificadores de vídeo, NVR, controladores de acceso.
Se solicita encarecidamente especificar este requerimiento NVR y controladores de acceso-OPCIONAL, debido a que los dispositivos para seguridad generalmente operan sin necesidad de esta funcionalidad, adicionalmente, se daría oportunidad a la mayor cantidad de oferentes a presentar sus ofertas al llamado.
Para el ITEM 16, Software de Gestión de video Profesional, en donde dice: Múltiples dispositivos pueden ser añadidos: cámaras de red, cámaras domo de red, codificadores de vídeo, NVR, controladores de acceso.
Se solicita encarecidamente especificar este requerimiento NVR y controladores de acceso-OPCIONAL, debido a que los dispositivos para seguridad generalmente operan sin necesidad de esta funcionalidad, adicionalmente, se daría oportunidad a la mayor cantidad de oferentes a presentar sus ofertas al llamado.
La solución requerida junto con sus componentes forma parte de un sistema integral, necesario para el cumplimiento de todas las necesidades del llamado. Este tipo de soluciones lo cumplen marcas orientadas a soluciones de proyectos de gama alta suficientemente respaldadas en cumplimientos y garantías solicitados. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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ITEM 16
Para el ITEM 16, Software de Gestión de video Profesional, en donde dice: Configurar remotamente el servidor SAN o Cloud Storage Server añadido a través de un navegador web.
Se solicita encarecidamente a la convocante solicitar que este requerimiento de manera OPCIONAL tomando en consideración que los equipamientos SAN o Cloud Storage son equipos independientes y estos ya cuentan con su sistema de gestión independiente. Adicionalmente, se daría oportunidad a la mayor cantidad de oferentes a presentar sus ofertas al llamado.
Para el ITEM 16, Software de Gestión de video Profesional, en donde dice: Configurar remotamente el servidor SAN o Cloud Storage Server añadido a través de un navegador web.
Se solicita encarecidamente a la convocante solicitar que este requerimiento de manera OPCIONAL tomando en consideración que los equipamientos SAN o Cloud Storage son equipos independientes y estos ya cuentan con su sistema de gestión independiente. Adicionalmente, se daría oportunidad a la mayor cantidad de oferentes a presentar sus ofertas al llamado.
La solución requerida junto con sus componentes forma parte de un sistema integral, necesario para el cumplimiento de todas las necesidades del llamado. Este tipo de soluciones lo cumplen marcas orientadas a soluciones de proyectos de gama alta suficientemente respaldadas en cumplimientos y garantías solicitados. Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.