El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
N° de Orden |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Unidad de medida |
Cantidad mínima |
Cantidad máxima |
1 |
Centro de Cuidado Infantil (Servicio de Guardería para bebés y niños) Cotización por 24 meses de servicio por cada niño/a. |
Unidad |
10 |
20 |
La cotización del precio unitario se establece por niño, considerando, educación, alimentación, albergue, etc.; de acuerdo a lo establecido en estas especificaciones.
El servicio tendrá una duración de 24 meses
Contrato abierto, por cantidades mínimas y máximas, conforme al siguiente detalle:
Las siguientes especificaciones comprenden las condiciones básicas a ser contempladas por el potencial oferente, para la prestación de los servicios custodia integral y formación educativa inicial bajo la modalidad virtual y/o presencial, de acuerdo a los protocolos adoptados por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) con infraestructura y herramientas adecuada para el cuidado, la enseñanza y el esparcimiento, con profesionales responsables, capacitados y con experiencia para los hijos de funcionarios (permanente y contratado) que prestan servicio en la Dirección Nacional de Aduanas del Paraguay, desde la edad de 4 meses de vida como mínimo, hasta los 5 años, con vigencia de 24 (veinticuatro) meses a partir de la emisión de la orden de servicio correspondiente.
La Organización Mundial de la Salud, declaró el 30 de enero de 2020 que la situación en relación con el Coronavirus (COVID-19), constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional, por lo que el Poder Ejecutivo dispuso una serie de medidas orientadas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, en el intento de contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. Entre las medidas obligatorias podemos citar:
Se deben tener garantizada la infraestructura para brindar a los niños un ambiente seguro y que el retorno a clases presencial debe ser programado y gradual, contemplando el cumplimiento de las normas sanitarias vigentes y el compromiso de los padres, a través de un consentimiento escrito.
El retorno a clases presenciales se implementará en dos fases: la primera, o fase preparatoria, establecerá las condiciones de infraestructura y equipamiento que deberán a ser cumplidas para el retorno seguro, así como la organización de los grupos de estudiantes y docentes que adopten la modalidad presencial como opción para el desarrollo de las clases. La segunda fase, o de retorno efectivo, establece las sugerencias, recomendaciones y especificaciones de cumplimiento obligatorio que regirán el acceso, la permanencia y la salida de los estudiantes y docentes del local educativo, en esta fase también, se definen las acciones a desarrollar para dar respuesta a un eventual caso positivo de COVID-19 en la comunidad educativa, de manera a mitigar la propagación del virus entre sus integrantes.
Para niños de Maternal 1, 2 y 3 (4 meses a 3 años): El límite máximo será de 10 niños por burbuja, independientemente al tiempo que permanezcan en la sala.
Para niños de Pre-jardín, Jardín y Preescolar (3, 4 y 5 años): Si permanecen en el recinto por más de 4 horas, el límite máximo será de 10 niños por burbuja. Si permanecen en el recinto hasta 4 horas, el límite máximo será de 15 niños por burbuja.
En los meses de enero y febrero se desarrollarán actividades que corresponderán a Colonia de Vacaciones y durante los demás meses, actividades relacionadas al desarrollo de planes educativos en conformidad a disposiciones emanadas por Ministerio de Educación y Ciencias en cuanto a Educación Inicial.
El objetivo es obtener por parte del Proveedor los servicios profesionales del Centro de Cuidado Infantil para hijas e hijos de funcionarios/as (permanente y contratado) que prestan servicio en la DNA.
Los niños serán agrupados por edades:
ETAPA 1 |
ETAPA 2 |
|
Grupo 1 |
Maternal 1: Desde las 18 semanas hasta cumplir 12 meses. |
Pre jardín: 3 años cumplidos. |
Grupo 2 |
Maternal 2: Desde los 13 meses hasta los 24 meses. |
Jardín: 4 años cumplidos. |
Grupo 3 |
Maternal 3: Desde los 25 meses hasta los 36 meses. |
Pre Escolar: 5 años cumplidos |
Cantidad de Niños/as por Profesor/a
ETAPA 1 |
ETAPA 2 |
|
Grupo 1 |
Maternal 1: 5 (cinco) niños/as por profesor/a. |
Pre jardín: 8 (ocho) niños/as por profesor/a. |
Grupo 2 |
Maternal 2: 5 (cinco) niños/as por profesor/a. |
Jardín: 15 (quince) niños/as por profesor/a. |
Grupo 3 |
Maternal 3: 5 (cinco) niños/as por profesor/a. |
Pre Escolar: 25 (veinticinco) niños/as por profesor/a. |
Cantidad de Niños/as por Sala
ETAPA 1 |
ETAPA 2 |
|
Grupo 1 |
Maternal 1: 10 (diez) niños/as por sala. |
Pre jardín: 18 (diez y ocho) niños/as por sala |
Grupo 2 |
Maternal 2: 12 (doce) niños/as por sala. |
Jardín: 20 (veinte) niños/as por sala |
Grupo 3 |
Maternal 3: 15 (quince) niños/as por sala. |
Pre Escolar: 20 (veinte) niños/as por sala |
Horario: Lunes a viernes, desde las 06:30 horas hasta las 17:00 horas, sin incluir sábado, domingos y feriados.
Cumplir el programa y normas establecidas dentro del PROTOCOLO Y GUÍA OPERATIVA PARA EL RETORNO SEGURO A INSTITUCIONES EDUCATIVAS 2021 ante los momentos críticos: Entrada al local escolar, Permanencia en el aula, Servicio de cantina, Salida del local escolar, Transporte escolar y Manifestación de posibles síntomas de COVID-19 y/o otras enfermedades de contagio masivo y otras según indicaciones del Ministerio de educación y ciencias y el MSPYBS, vigentes en el momento.
Requisitos para el personal a prestar servicios:
-Coordinadora del Centro de Cuidado infantil: Título Profesional en Educación Inicial o Educación Parvularia, Trabajo Social o alguna carrera a fin al objeto de este llamado, de las cuales deben estar preparadas para el cuidado de los niños con discapacidad acorde a lo establecido con la Ley N° 5.136/2013 DE EDUCACIÓN INCLUSIVA en su Art. 2, con experiencia mínima 5 años de haber trabajado con niños comprobables con certificados de trabajo. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la Cultura institucional y de la comunidad.
Maestras Parvularias: Título Profesional en Educación inicial o Educación Parvularia, preparadas/os para el cuidado de los niños con discapacidad acorde a Ley N° 5.136/2013 DE EDUCACIÓN INCLUSIVA, experiencia mínima de 5 años de haber trabajado con niños/as comprobables con certificados de trabajo. Conocimiento sobre lo propiamente pedagógico didáctico y el desarrollo infantil, desde un enfoque integral, de la cultura institucional y de la comunidad.
Asistentes Parvularias: Estudiantes de Ciencias de la Educación, cursando el segundo año como mínimo. Certificado de Trabajo que avale su conocimiento en el manejo de niños/as, con una experiencia mínima de 2 (dos) año como tal.
Enfermera: Título Profesional Licenciado/a en Enfermería, con experiencia mínima de 5 años (de preferencia en trabajo con pediatras o de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial), llevando a cabo un control del aspecto médico y todas las actividades relacionadas a primeros auxilios y salud. Deberá cumplir el horario de lunes a viernes de 06:30 a 17:00 hs.
Nutricionista: Título Profesional, experiencia laboral mínima 2 años, de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial, con capacidades, conocimientos, habilidades, con sólidos principios éticos, bases científicas y actitud que le permiten actuar con responsabilidad social, en el que la alimentación y la nutrición sean necesarios para la promoción y protección de la salud, prevención de enfermedades contribuyendo a la mejoría y mantenimiento de la calidad de vida.
Psicólogo: Título Profesional, experiencia laboral mínima 2 años, de haber trabajado con niños/as en la atención de educación inicial, con capacidades, conocimientos, habilidades, con sólidos principios éticos, bases científicas y actitud que le permiten actuar con responsabilidad social. Encargado del monitoreo continuo del desarrollo psicomotriz de los niños y niñas a fin de prevenir o detectar el desarrollo de enfermedades o necesidades de estimulación dentro del desarrollo.
Cocinera: Certificado laboral y experiencia mínima de 2 años en trabajos similares.
Pediatra: Registro Profesional habilitante, experiencia mínima de 2 años, deberá realizar un chequeo en forma mensual a todos los niños y llevar un historial médico de cada niño. Su presencia es obligatoria dos días al mes y en los casos de que se le necesite.
Personal de Limpieza: Certificado laboral y experiencia mínima de 2 años en trabajos de la misma naturaleza o similar.
OBSERVACIÓN: con la oferta se deberá presentar el currículum de cada uno de los profesionales con sus respectivas documentaciones a fin de comprobar la experiencia requerida, además de una Carta de Compromiso donde acepte trabajar con la oferente en caso que la misma sea adjudicada. Dichos documentos serán evaluados por el Comité de Evaluación.
Responsabilidades del Contratista
-Prestador: El personal deberá estar vestido acorde al tipo de servicio que prestará, con la identificación correspondiente a cada uno. Es responsabilidad del adjudicado velar por la seguridad de los niños, previendo y evitando que los mismos se expongan a situaciones de peligro, durante el periodo de horas que los niños se encuentren bajo su custodia. El prestador será civilmente responsable por cualquier daño, físico o psicológico, que pudieren sufrir los niños/as durante el tiempo que se encuentren bajo su custodia y /o guarda, eximiendo a la contratante de la obligación de indemnizar por el mismo.
-Recepción: El recibimiento de los niños, en la hora de entrada de los mismos deberá ser realizado por sus respectivas profesoras y/o asistentes de cada área, al igual que la salida de los mismos encargándose de que estos sean retirados por sus padres o responsables.
-Recreación: Los responsables de cada área deberán custodiar permanentemente las zonas de juegos, parque, durante este periodo, así mismo durante la hora de descanso.
-Salas: El Proveedor será responsable del arreglo (mantenimiento) de las salas, estimulación, limpieza de los juguetes, y decoración de las mismas.
-Higiene: La asistencia a los niños, por niveles, como el de cambio de ropas, pañales y aseo del/la niño/a, según necesidad, corre por cuenta del Proveedor, además de ser responsables de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño provistos por los padres o responsables.
-Limpieza: El proveedor será responsable de las fumigaciones y desinfecciones, especialmente luego de los problemas de salud y enfermedades contagiosas, asimismo como el mantenimiento del patio/jardín. Los insumos de limpieza para la correcta higiene y desinfección diaria de todas las Áreas del lugar correrán por cuenta del proveedor del servicio adjudicado.
REQUISITOS PARA EL PERSONAL OFRECIDO POR LA EMPRESA CONTRATISTA:
El oferente contratado deberá cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones
En cuanto al personal asignado al servicio:
Detalles de funciones mínimas del personal:
Coordinadora:
Maestras Parvularias:
Asistentes de Parvularia:
SALUD
Enfermera:
Pediatra:
Psicólogo/a:
Secretaria Administrativa:
EDUCACIÓN ALIMENTARIA
MONITOREO NUTRICIONAL
Nutricionista:
Cocinera:
Personal de limpieza: Son responsables de la limpieza, higiene del lugar y desinfección del local escolar. Deberán tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
Observaciones según Protocolo y Guía operativa para el retorno seguro a instituciones educativas 2021:
Por recomendación del MSPYBS, los docentes deberán utilizar de manera obligatoria el protector facial y la mascarilla, siendo estas, condiciones imprescindibles para su adecuada protección.
Los roles a ser asignados temporalmente al plantel docente y administrativo, para apoyar los momentos de apertura, desarrollo y cierre de la jornada escolar son los siguientes:
Toda persona que no integre el cuadro de personal o la cuadrilla de estudiantes, y que circunstancialmente deba ingresar al recinto educativo, deberá solicitar autorización al Director/a de la institución, quien tendrá la facultad de dar curso favorable o rechazar su ingreso. En caso de serle permitido el acceso, deberá cumplir con todos los procedimientos de higienización estipulados y respetar las orientaciones para la circulación de personas dentro del local escolar.
Una vez definidos los grupos burbuja, la planificación de los horarios de ingreso y salida del local escolar, así como los procesos de interacción dentro del mismo, deberá ser comunicada a los padres o tutores de los estudiantes. Para el efecto, el CEIGR (Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo) utilizará los mecanismos de comunicación ya establecidos con los grupos de padres o tutores, tales como correo electrónico, mensajería instantánea "WhatsApp", llamadas telefónicas o convocatorias presenciales en grupos de hasta 15 personas (un representante padre, madre o tutor por cada estudiante de un grupo burbuja). La comunicación deberá ser precisa y brindar información suficiente para evitar interpretaciones que erróneamente conduzcan a alterar el ordenamiento de ingreso de cuadrillas ya planificado.
De igual manera, se mantendrá un contacto permanente con los núcleos familiares de los estudiantes, a fin de identificar posibles casos positivos de COVID 19 en los grupos familiares que pudieran obligar al aislamiento de estudiante o de la totalidad de los integrantes del grupo burbuja, y su retorno temporal a las clases en la modalidad virtual
DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS
La enseñanza debe ser acorde a la edad, debe incluir estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de cuentos, actividades educativas tendientes a desarrollar todas las dimensiones de la personalidad de los infantes, desarrollo de valores y habilidades que ayuden a los niños a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad.
Estimulación Temprana: para el efecto el proveedor del servicio utilizará medios, técnicas y actividades, con el objetivo de desarrollar y potenciar al máximo las capacidades cognitivas, físicas, emocionales y sociales.
Recreación: Enseñanza acorde a la edad, además incluye; estimulación, custodia permanente, juegos recreativos, lectura de cuentos, y otras actividades que le ayuden a convivir y desarrollarse en forma armónica dentro de la sociedad.
Educación en valores: Es muy importante que los niños aprendan a través de valores y hábitos, a ser ordenados, educados, obedientes y responsables. Estas son las virtudes que ayudaran a los niños a ser personas maduras y auténticamente felices, siempre respetando los hitos de adquisición de los mismos dentro del desarrollo de cada menor.
El proveedor del servicio proporcionará
Educación Física: Deberán realizar actividades que estimulen el desenvolvimiento físico de los niños, como ser: correr, saltar, jugar a la pelota y cualquier tipo de actividad física que la adjudicada considere acorde a la edad de cada niño.
Salud: Durante la estadía de los niños en el recinto de prestación de los servicios se deberá vigilar permanentemente su estado de salud y se contará indefectiblemente con un servicio ya sea tercerizado o no, de ambulancia y respuesta inmediata en caso de emergencias.
Servicio de emergencias: La Prestadora de Servicios deberá contar con algún seguro de servicio de emergencias para el traslado inmediato de los niños en caso de accidentes, al Centro Asistencial que será determinado previa consulta a los padres o encargados.
Así también, deberá contar con un Botiquín para Primeros Auxilios el cual estará a disposición de la Enfermería para los casos de emergencia, el mismo deberá contener básicamente lo siguiente: Manual de primeros auxilios, gasa estéril, leucoplast, curitas de varios tamaños, venda elástica, toallas antisépticas, IOP, cabestrillo, algodón estéril, una pera de goma, tijera, termómetro, pinza, alcohol al 70%, guantes quirúrgicos, tapa boca, agua oxigenada, cuchara de medida, rifocina, anti diarreico, antiespasmódico, antihistamínico, analgésico antifebril, descongestionante nasal, repelente, crema para picadura de insectos y quemaduras como mínimo. Se deberá comunicar a los padres cualquier síntoma de enfermedad en la brevedad posible.
El Pediatra designado deberá establecer una ficha para cada niño, es su obligación la realización de un chequeo mensual, y su asistencia al menos dos veces al mes al recinto de prestación de servicios.
Materiales: La Prestadora de Servicios, se compromete a elaborar antes del inicio de las actividades, el listado de los materiales y elementos personales que los niños necesitarán durante el año lectivo el cual deberá ser entregado a los padres junto con una ficha médica a ser llenada por los mismos conjuntamente con el pediatra de cada niño, la cual tendrá carácter de Declaración Jurada y deberá ser entregada a la Responsable del Proveedor al inicio de la prestación de los servicios.
La Prestadora de Servicios deberá además realizar los siguientes servicios: Cambio de pañales, y ropas de los niños. El Proveedor es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño a su cargo, quedando totalmente prohibidas la utilización de elementos de uso personal de un niño en la atención de otro. La provisión de los materiales de uso personal de los niños, así como los útiles y uniformes es de exclusiva responsabilidad de los Padres.
Organización del Centro de Cuidado Infantil: La asignación de los niños se hará considerando la edad y el desarrollo evolutivo de cada niño pudiendo promover a los mismos a otra sala en cualquier época del año. Los grupos de niños previstos estarán dispuestos conforme a la edad y las indicaciones específicas del MEC sobre el tema.
La infraestructura de la institución educativa deberá ser zonificada y demarcada, para permitir una circulación fluida y segura de estudiantes y docentes en cualquier momento de su permanencia en el recinto educativo.
Las siguientes zonas que se definen a continuación:
Adicionalmente a la identificación de las diferentes zonas, el Centro de Cuidado Infantil, a través del CEIGR (Comité Educativo Institucional para la Gestión del Riesgo) realizará una verificación de las instalaciones complementarias (tanques de agua, vallado perimetral, etc.) que pudiera incidir en las condiciones de seguridad o de operación de las clases presenciales y remitirá informe sobre las mejoras realizadas conforme al Protocolo y Guía Operativa para el retorno seguro a instituciones educativas.
CONSIDERACIONES GENERALES
Sustitución: en caso de que el PROVEEDOR quiera sustituir a sus empleados/funcionarios durante la vigencia del contrato, deberá contar con la aprobación del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, a quien expondrá la justificación debida. Una vez aprobada la justificación, se podrá sustituir el personal, no obstante el currículum propuesto deberá cumplir con las exigencias originales del Pliego de Bases y Condiciones.
Reemplazantes: durante la vigencia del contrato, en caso de que el personal deba ausentarse por motivos de fuerza mayor, el o los profesionales y empleados reemplazantes, deberán reunir los mismos requisitos del o los titulares a quienes van a reemplazar. Ante esta situación, la contratista deberá comunicar lo ocurrido indicando el cambio temporal o definitivo, y duración del cambio temporal, acompañado de los documentos que certifiquen su aptitud para el cargo.
Observación: el cambio de maestra o ayudante solo podrá darse por razones justificadas y excepcionales.
Responsabilidades: Es responsabilidad del adjudicado velar por la seguridad de los niños, previendo y evitando que los mismos se expongan a situaciones de peligro, durante el periodo de horas que los niños se encuentren bajo su custodia.
Es obligatorio para el Proveedor presentar semanalmente al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO la planilla de control de asistencia de los niños/as que estuvieron presentes la semana anterior, al igual que la planilla de asistencia del personal que presta los servicios, la que deberá llevar la firma de los afectados. Ambas planillas deberán ser rubricadas y selladas por el/la Responsable de la Firma Adjudicada. Así también, a los efectos del pago, mensualmente se deberá presentar un informe final de asistencia de los niños/as, informe mensual de evaluación del desempeño docente conforme a los parámetros establecidos, informe mensual de cumplimiento del calendario de actividades, informe sobre el estado de nutricional de los niños/as y presentación del plan alimenticio de los niños del mes entrante. Los informes serán verificados por el Administrador de contrato, quien emitirá un Informe de Conformidad Mensual, confirmando o rechazando la prosecución de pago conforme a la cantidad de niños/as.
El Oferente se responsabiliza de las consecuencias emergentes del desarrollo del servicio en relación a su plantel de profesionales (en caso de enfermedad, accidentes y otros), así como también de los costos de los beneficios sociales (salario mínimo, bonificación familiar, reposo, vacaciones, aguinaldo, etc.), por lo que deberá prever los recaudos necesarios para cumplir con las leyes laborales vigentes.
En caso de ausencia del personal asignado a cualquiera de las tareas, la prestadora de servicios deberá inmediatamente cubrir esas ausencias conforme a lo establecido anteriormente. De no reemplazarse el personal por inasistencia, será motivo de observación en el Informe de Conformidad Mensual que derivará en sanciones pecuniarias.
Objetivos y metas del servicio Educación:
La Prestadora de Servicios se obliga a dar cumplimiento a todas las disposiciones, requisitos, reglamentaciones vigentes o futuras del Ministerio de Educación y Ciencias, Ordenanzas Municipales, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y cualquier otro organismo relacionado con la actividad.
Todas las dependencias deberán estar ambientadas acorde a crear un espacio placentero y estimulante para los niños, así como deberán estar debidamente equipadas para el correcto desempeño de las actividades.
Durante la permanencia de los niños, estos recibirán un trato afectuoso, equitativo e integrador con el fin de fomentar las condiciones de respeto, convivencia y sociabilidad de los mismos. Se fomentará una comunicación constante, abierta y respetuosa con el núcleo familiar para lograr un servicio coordinado y continuo en la educación de los niños.
El niño debe ir aprendiendo reglas de sociabilidad, higiene y otras pautas de comportamiento que ayuden a su desarrollo integral.
Se promoverá la educación cívica e identidad nacional, respetando las costumbres, símbolos patrios y festividades nacionales.
Bajo ningún concepto, el prestador del servicio podrá inculcar ideologías políticas a los niños. Se debe fomentar en los niños el autoconocimiento y la autovaloración potenciando el desarrollo de la autonomía e identidad. La política de aprendizaje debe ser de calidad en forma activa, creativa, placentera y participativa, utilizando el juego como metodología básica.
La alimentación de los niños será elaborada y provista por la prestadora de los servicios, e indefectiblemente debe incluir Desayuno, Media Mañana, Almuerzo completo (Comida, bebida y postre) y Merienda. Las dietas alimenticias serán elaboradas por la Nutricionista designada, en base al historial médico de cada niño, priorizando siempre que el niño comparta con sus demás compañeros el momento de las comidas.
En caso de niños con necesidades alimenticias especiales que cuenten con certificación médica correspondiente, el prestador por medio de su nutricionista designada, establecerá un régimen especial para el mismo. El objetivo principal de la alimentación de los niños es, a más de su desarrollo físico, que los mismos al terminar el año lectivo, puedan consumir cualquier tipo de alimento sano, es decir que vayan adquiriendo una pauta de alimentación adecuada.
Prestación del servicio
El oferente, deberá contar con herramientas informáticas diseñados para la enseñanza y acompañamiento del aprendizaje según la edad de cada niño, así como también sesiones personalizadas para reforzar la enseñanza aprendizaje dependiendo de la necesidad de cada niño.
El Proveedor, deberá habilitar el lugar para Centro de Cuidado Infantil, en un radio que no sobrepase de 4.000 metros, alrededor de la sede de la DNA, situada en Presidente Franco N° 982 casi Colón, Asunción. En caso de no contar con el inmueble y pretenda instalarse dentro del rango establecido; o el contrato de alquiler de la Prestadora de Servicios fenezca en este año, deberá presentar con su oferta, al menos una carta compromiso del arrendador del inmueble a favor del mismo, en el cual se exprese, que el mismo se encuentra comprometido a otorgar el alquiler del inmueble de su propiedad, cual debe estar debidamente identificado.
El radio de distancia fue establecido en 4.000 metros de la Institución a modo de que puedan presentarse la mayor cantidad de oferentes interesados, este radio es lo máximo que esta Convocante estima conveniente debido al horario de ingreso en la Institución como en el Centro Educativo Infantil, debido también a que existen bebes en edad de lactancia y la posibilidad de que los padres puedan estar cerca de sus hijos por cualquier eventualidad.
Infraestructura Edilicia (La lista mencionada más abajo deberá entenderse como requerimientos mínimos que deberán cumplirse, pudiendo los Oferentes proponer instalaciones con mejores condiciones a las establecidas)
El Espacio de Desarrollo Infantil deberá disponer de áreas diferenciadas:
En el caso de 0 a 3 años:
En el caso de 3, 4 y 5 años de edad:
Así también, deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
Equipamiento del Local (La lista mencionada más abajo deberá entenderse como requerimientos mínimos que deberán cumplirse, pudiendo los Oferentes proponer equipamientos con mejores condiciones a las establecidas)
Obs: La instalación debe contar con señales identificadoras y carteles informativos en lugares estratégicos y visibles para cualquier persona. De igual manera, el CEIGR (COMITÉ EDUCATIVO INSTITUCIONAL PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO) deberá dimensionar la capacidad de las diferentes zonas para la permanencia segura de personas en las mismas.
El banco de uso compartido sólo podrá ser utilizado por un único estudiante y la ubicación de estos mobiliarios estará identificada mediante figuras (líneas, círculos, etc.), fijas en el piso del aula. Para ello se podrá utilizar bandas adhesivas, pinturas, o cualquier otro elemento que permita la rápida identificación del lugar específico en el que deba ubicarse el pupitre o banco.
Se recomienda limitar la distribución de bancos o pupitres a una cantidad máxima de 15 unidades (1 sería equivalente al docente), dependiendo de las dimensiones del aula.
El Comité Educativo Departamental para la Gestión del Riesgo es el encargado de apoyar y monitorear, a través de las supervisiones educativas, la implementación del Protocolo y guía operativa para el retorno seguro a instituciones educativas - 2021" y tomar decisiones oportunas respecto a la continuidad de las actividades presenciales en las instituciones educativas, conforme a las condiciones epidemiológicas observadas en el territorio.
Admisión
La Dirección de Talento Humano proporcionará a la empresa adjudicada la lista de beneficiarios en un plazo no mayor a 10 días corridos, posterior a la firma del contrato respectivo; y quedaría a cargo de la empresa adjudicada, la provisión de las informaciones relacionadas al listado de útiles, uniformes a ser utilizado y cualquier dato en relación a actividades educativas que impliquen erogaciones adicionales a cargo de los padres, para que los mismos puedan conocer las condiciones para acceder al servicio. Además, la Dirección de Talento Humano comunicará las altas y bajas de beneficiarios y podrán realizarse incorporaciones o exclusiones de beneficiarios en cualquier momento, para el efecto el área de Talento Humano comunicará entre el
Las incorporaciones y exclusiones para la prestación de servicios serán únicamente comunicadas por el área de Dirección de Talento Humano.
El Proceso de Admisión consta de los siguientes pasos:
Padres o tutores (en caso de ser tutores presentar las documentaciones correspondientes emitidas por las autoridades competentes).
Observación: Los documentos arriba mencionados deberán ser presentados a más tardar dentro de los 15 (Quince) días hábiles de haber completado la Solicitud de Inscripción.
Otras exigencias que se consideran para el correcto funcionamiento del servicio:
Se sugiere la promoción de juegos didácticos y lúdicos que fomenten el aprendizaje y desarrollo infantil acorde a las edades, abarcando la mayor cantidad de áreas posibles, ya sean, música, arte, expresión corporal, idiomas, etc.
Materiales
La contratada deberá proveer todos los materiales necesarios para el correcto desenvolvimiento de las tareas asignadas a cada niño/a dentro del espacio del desarrollo infantil. Deberá además contar con 1 (una) radio y USB, para cada salita y 1 (una) recepción, de buena calidad y funcionamiento.
Otros servicios que debe realizar:
Cambio de pañales, y ropas de las niñas/os. El proveedor es responsable de la correcta utilización de los elementos personales de cada niño/a a su cargo, quedando totalmente prohibidas la utilización de elementos de uso personal de un niño/a en la atención del otro. La provisión de los materiales de uso personal de los niños/as, así como los útiles escolares es de exclusiva responsabilidad de los padres.
Recepción
Recibimiento de los niños/as, por parte del plantel, de manera respetuosa y afectiva, debiendo cuidar que los padres o encargados firmen el libro de registros diario de asistencia de los niños/as. La maestra se encargará de recibir diariamente los bolsos de los niños/as en cuanto a los elementos de uso diario. Igual tarea deberá realizar en el horario de salida, encargándose de que sus alumnos sean retirados por sus padres o responsables.
Reglamento Interno
Deberán presentar un Reglamento Interno del Centro de Cuidado Infantil para su correspondiente aprobación por parte de la Contratante. El reglamento Interno no podrá contraponerse a lo establecido en estas Especificaciones Técnicas.
Observación: El Administrador del contrato contará con 15 días corridos para expresar por escrito su aprobación al Reglamento Interno del Centro de Cuidado Infantil.
Libro de novedades
Para el registro de situaciones, indicaciones y eventos, asi como de los diferentes aspectos sobre las fortalezas y las debilidades del servicio durante el periodo que dure el contrato y otros puntos que consideren, sean necesarios incluir.
Observación: Toda publicación relacionado a los niños/as del MINNA, por las vías de redes sociales (internet, whasapp u otros) deberán ser autorizados previamente por los padres y/o tutores legales.
Permisos, Licencias y habilitaciones
Todos los permisos, licencias y habilitaciones necesarias para el normal desarrollo de las actividades, deberán estar vigentes y ser presentadas con la oferta.
OBS: Considerando la situación actual generada por la pandemia de Covid-19, el servicio a ser prestado deberá adecuarse a las medidas sanitarias (actuales y futuras) establecidas por el gobierno, y a las disposiciones que pudiera emitir el Ministerio de Educación y Ciencias, en lo que afecte específicamente los espacios del Centro de Cuidado Infantil. En caso que el Poder Ejecutivo y el MEC resuelvan la suspensión de las clases presenciales, y se dicten sólo por modalidad virtual, se aplicará un ajuste de precios del -30% (menos treinta por ciento) del monto unitario.
La empresa que resulte adjudicada contará con un máximo 15 (quince) días corridos a partir de la firma del contrato para la puesta a punto del local donde funcionara el centro de cuidado infantil, registro de los niños/as, presentación del personal a prestar los servicios, el esquema y metodología de prestación del servicio, calendario de eventos a ser desarrollado durante el año, entrevistas y evacuación de consultas a los padres o responsables, y cualquier otra actividad relacionada con la ejecución del contrato.
Como máximo 6 (seis) días antes de que se venza el plazo especificado precedentemente, se realizará una visita a las instalaciones edilicias propuesta por la Empresa Adjudicada, la que será aprobada conforme a los requerimientos del PBC, la que será aprobada por la Administradora del Contrato de la Contratante. En caso de que existan observaciones por parte de estos a las Instalaciones, la adjudicada deberá realizar las correcciones correspondientes en el plazo no mayor a 2 días calendarios de haber recibido la nota de reclamo.
El funcionamiento del Espacio de Desarrollo Infantil deberá iniciar el día hábil siguiente posterior a la fecha de recepción por parte de la Contratista de la Constancia de Aprobación de las Instalaciones, en caso de que resulte un día inhábil, lo será el día hábil inmediato, salvo causas debidamente justificadas por la adjudicada y debidamente autorizada por la DNA.
Mensualmente se debe presentar un informe que contenga: Nombre, Apellido y Número de Cédula de cada niño/a que ha recibido los cuidados del Espacio de Desarrollo Infantil y cualquier observación que sea pertinente. El listado debe ser cotejado por el Administrador de Contrato con las planillas semanales tras lo cual debe emitir un Informe de Conformidad en el que debe confirmar el monto que debe ser abonado conforme a la cantidad de niños. En caso de no ser satisfactorio el informe, se debe solicitar la rectificación del mismo en un plazo de 5 (cinco) días hábiles, para posterior emisión del Informe de Conformidad.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
|
no aplica |
|
|
|
|
Item |
Descripción del servicio |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
Unidad de Medida |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
1 |
Servicio de Centro de Cuidado Infantil
|
10 |
20 |
Unidad |
Local establecido por la Contratante
|
La prestación de los servicios se iniciará dentro de los 5 días calendarios de la recepción de la orden de servicio de inicio, por 24 meses. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
El Comité de Evaluación podrá visitar las instalaciones propuestas por las firmas oferentes a fin de verificar su infraestructura, de acuerdo a lo requerido en el presente PBC
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de remisión |
Nota de remisión |
5 (cinco) días calendarios de la recepción de la orden de servicio. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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