Sres. Oferentes por este medio el Hospital Psiquiátrico se dirige a Ustedes a fin de dar responder a la consulta recibida.
Aclarando cuanto sigue:
LAS ENTREGAS DE LOS PRODUCTOS Y/O BIENES SOLICITADOS EN LA LPN N.° 02/2022 "ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA PACIENTES Y EL PERSONAL DE GUARDIA DEL HOSPITAL PSIQUIÁTRICO" ID N.° 407.449, SERA DE LA SIGUIENTE MANERA:
- LOS PRODUCTOS NO PERECEDEROS: ENTREGA MENSUAL
- LOS PRODUCTOS PERECEDEROS: ENTREGA SEMANAL
- ACLARAR ESPECIALMENTE QUE EN CUANTO AL ÍTEM N.° 25 - GALLETA CON GRASA LA ENTREGA DEBERÁ REALIZARSE DE MANERA DIARIA (DIARIAMENTE)
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Requisito Capacidad Técnica
La convocante estipula en el PBC la presentación de Actas de Recepción de los últimos 5 años, se solicita que la misma elimine dicho requisito, en cumplimiento del Artículo 20.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA de la Ley de Contrataciones, ya que el mismo limita la cantidad de oferentes.
La convocante estipula en el PBC la presentación de Actas de Recepción de los últimos 5 años, se solicita que la misma elimine dicho requisito, en cumplimiento del Artículo 20.- BASES O PLIEGOS DE REQUISITOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA de la Ley de Contrataciones, ya que el mismo limita la cantidad de oferentes.
Sres. Oferentes, el Hospital Psiquiátrico se dirige a Ustedes en referencia a la consulta realizada en el marco de la LPN N.° 02/2022 "ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA PACIENTES Y EL PERSONAL DE GAURDIA DEL HOSPITAL PSIQUIÁTRICO" ID N.° 407.449
En cuanto a los Requisitos Documentales solicitados en el PBC para demostrar la Capacidad Técnica de los oferentes, la cual se encuentra establecida según se cita textualmente: "9.1 Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:
a) Presentación como mínimo de 3 (tres) copias de Certificados o Actas de Recepción de provisión de productos alimenticios donde conste el desempeño satisfactorio del Oferente, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 5 (cinco) años. Dicho documento deberá estar debidamente sellado y firmado por el responsable que lo emitió..."
Aclarando que la misma establece que la documentación solicitada y la cual debe ser presentada por los potenciales oferentes DEBE SER EXPEDIDA DENTRO DE LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS, lo que cual indica que los Certificados pueden ser expedidos en cualquiera de los años dentro de los últimos 5 años. Y no se refiere como se expresa en la consulta que deben ser exclusivamente de los últimos 5 (cinco) años.
Entonces la Convocante considera que corresponde aclarar que la documentación solicitada (Certificado o Actas de Recepción de provisión de productos alimenticios) y a ser presentada por los potenciales oferentes pueden ser expedidos DENTRO de los últimos cinco años, siendo el único requisito la presentación de un mínimo de 3 (tres) Certificados y pudiendo presentar todos los que el oferente considere o que la empresa posea siempre que se cumpla con el numero mínimo solicitado.
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CONSULTA
BUEN DIA QUISIERA CONSULTAR EL SIGUIENTE PUNTO:
PARA EL PRODUCTO ITEM Nº 25 GALLETA CON GRASA Y ANIS, LA CONVOCANTE HACE ENTERDER QUE LO REQUERIDO ES GALLETA CON GRASA Y ANIS PERO EN LA DESCRIPCION DEL PRODUCTO LA CONVOCANTE DESCRIBE LOS SIGUIENTE:
SE ENTIENDEN LOS PRODUCTOS OBTENIDOS POR LA COCCION DE UNA MASA NO FERMENTADA O CON ESCASA FERMENTACION, CONSTITUIDOS POR UNA MEZCLA DE HARINA Y AGUA, CON O SIN SAL, CON O SIN MANTECA Y/O GRASAS ALIMENTICIAS, CON O SIN ADICION DE ANIS.
EN ESTE PUNTO SE PUEDE APRECIAR QUE PUEDE SER SIN ANIS EL PANIFICADO.
QUISIERAMOS SABER SI EL PRODUCTO ES GALLETA CON ANIS O SIN ANIS
BUEN DIA QUISIERA CONSULTAR EL SIGUIENTE PUNTO:
PARA EL PRODUCTO ITEM Nº 25 GALLETA CON GRASA Y ANIS, LA CONVOCANTE HACE ENTERDER QUE LO REQUERIDO ES GALLETA CON GRASA Y ANIS PERO EN LA DESCRIPCION DEL PRODUCTO LA CONVOCANTE DESCRIBE LOS SIGUIENTE:
SE ENTIENDEN LOS PRODUCTOS OBTENIDOS POR LA COCCION DE UNA MASA NO FERMENTADA O CON ESCASA FERMENTACION, CONSTITUIDOS POR UNA MEZCLA DE HARINA Y AGUA, CON O SIN SAL, CON O SIN MANTECA Y/O GRASAS ALIMENTICIAS, CON O SIN ADICION DE ANIS.
EN ESTE PUNTO SE PUEDE APRECIAR QUE PUEDE SER SIN ANIS EL PANIFICADO.
QUISIERAMOS SABER SI EL PRODUCTO ES GALLETA CON ANIS O SIN ANIS
Sres. Oferentes, el Hospital Psiquiátrico se dirige a ustedes a fin de aclarar la consulta recibida en el marco de la convocatoria a la LPN N.° 02/2022 "ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA PACIENTES Y EL PERSONAL DE GUARDIA DEL HOSPITAL PSIQUIÁTRICO" ID N.° 407.449
En cuanto a la consulta realizada referente a las especificaciones técnicas del ITEM 25: GALLETA CON GRASA Y ANIS queremos aclarar que si bien en el texto descrito en el PBC se expresa cuanto sigue:
"ITEM 25: GALLETA CON GRASA Y ANIS
1. DESCRIPCIÓN DEL ALIMENTO
Con la denominación de Galleta, se entienden los productos obtenidos por la cocción de una masa no fermentada o con escasa fermentación, constituidos por una mezcla de harina y agua, con o sin sal, con o sin manteca y/o grasas alimenticias, con o sin la adición de anís. Se presentarán en forma de bollos de diversos tamaños oscuros por tostación en su parte externa y de color blanco en su interior. El contenido en agua no será superior a 30,0% a 100 -105 °C y las cenizas a 500 -550 °C no mayor de 2,30%. Presentación de Entrega: Bolsa por 5 kilogramos. COTIZAR POR 1 KILOGRAMO"
Queremos aclarar que el Hospital Psiquiátrico como convocante del proceso licitatorio mencionado anteriormente, considera que corresponde expresar que: Según lo manifestado por el Departamento de Nutrición y Cocina del Hospital Psiquiátrico, se solicita que la GALLETA sea con GRASA y ANÍS debido a las necesidades alimenticias de los usuarios internados en nuestro Servicio y para su mejor nutrición.
Por lo tanto cabe aclarar que en cuanto al Ítem N.° 25 - GALLETA CON GRASA Y ANÏS debe contener la adición de anís.
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Consulta - Respuesta Consulta 2
Estimada Convocante, al solicitar documentos de Certificado o Acta de Recepción, solamente da lugar que se presenten empresas que trabajan directamente con el Estado hace mínimamente 3 años, ya que en el sector privado no se manejan esos documentos, sino contratos y facturaciones/ remisiones (capacidad suficiente para participar de un llamado) por lo que nuevamente se solicita la eliminación de dicha cláusula dando lugar también a oferentes nuevos, sino nos veremos obligados a presentar una protesta contra el PBC.
Estimada Convocante, al solicitar documentos de Certificado o Acta de Recepción, solamente da lugar que se presenten empresas que trabajan directamente con el Estado hace mínimamente 3 años, ya que en el sector privado no se manejan esos documentos, sino contratos y facturaciones/ remisiones (capacidad suficiente para participar de un llamado) por lo que nuevamente se solicita la eliminación de dicha cláusula dando lugar también a oferentes nuevos, sino nos veremos obligados a presentar una protesta contra el PBC.
Estimado Oferente, en referencia a la consulta realizada, manifestamos cuanto sigue:
Lo requerido en el Numeral 9. CAPACIDAD TÉCNICA, no restringe la participación de empresas que se desempeñan en el sector privado, pues los Certificados o Actas de Recepción solicitados, son los comprobantes de recepción efectiva de los bienes entregados según Contrato o Factura, que pueden ser emitidas por instituciones públicas o privadas dentro de los últimos 5 años, por lo que dicho requerimiento es de vital importancia para evaluar el presente criterio.
Así también, resulta necesario manifestar que los Contratos o Facturaciones son requeridos en otro apartado del Pliego de Bases y Condiciones, específicamente para evaluar el criterio de Experiencia Requerida, es por ello, que la Contratante a los efectos de determinar la CAPACIDAD TÉCNICA DE LOS OFERENTES, requiere saber si los bienes acordados según Contratos/Facturas por el oferente, fueron entregados efectivamente en su oportunidad, esto debido a que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, cuenta con antecedentes de firmas de Contratos que finalmente no fueron ejecutados, es decir, las empresas proveedores no han hecho entrega de los bienes adjudicados, lo que conllevó a la rescisión de los mismos.