Entre la FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION, domiciliada en Avda. Mcal. López y Cnel. Cazal, San Lorenzo, República del Paraguay, representada para este acto por el Señor MG. PROF. DR. OSMAR MANUEL CUENCA TORRES, con Cédula de Identidad N° 751.071, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, con RUC N°_________ domiciliada en _______________________, ____________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con Cédula de Identidad N° ________________, denominada en adelante el proveedor, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente contrato de la Contratación Directa 35/2022 para ADQUISICIÓN DE SERVICIOS LABORATORIALES- SEGUNDO LLAMADO ID N° 407.910, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El presente contrato tiene por objeto regular los derechos y obligaciones de las partes con relación a la ADQUISICIÓN DE SERVICIOS LABORATORIALES- SEGUNDO LLAMADO
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
Documentos adicionales del contrato
7. Adendas y/o modificaciones al contrato;
9. Documentos presentados por la firma en el marco del proceso de formalización del contrato.
Identificación del crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del contrato
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 407.910
El contrato es el resultado del procedimiento de la CONTRATACIÓN DIRECTA N° 35/ 2022 ADQUISICIÓN DE SERVICIOS LABORATORIALES- SEGUNDO LLAMADO - ID N° 407.910, convocado por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS. La adjudicación fue realizada según acto administrativo Resolución D. N° __/2022
6. Precio unitario y el importe total a pagar por los bienes y/o servicios
El monto mínimo del presente contrato asciende a la suma de Gs. ____ (guaraníes ____) y el monto máximo es de Gs. _______ (guaraníes _____)
El Proveedor se compromete a proveer los servicios a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en esta carta de invitación.
La vigencia del presente contrato será:
La vigencia del presente contrato será hasta el 31/12/2022.-
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración de éste contrato estará a cargo de la Administración del Hospital de ClÍnicas.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Lorenzo, República del Paraguay, a la fecha .
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MG. PROF. DR. OSMAR MANUEL CUENCA TORRES |
PROVEEDOR |
DECANO - F.C.M. U.N.A. |