El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Item | Codigo del catalogo | Descripción del bien | Especificaciones Tecnicas | Unidad de Medida | Presentacion |
1 | 12141904-002 | OXIGENO LIQUIDO | Pureza mín. requerida para el oxígeno líquido será de 99,5 %, =/< 6 ppm de H2O. Impurezas CO2 <= 300 ppm y CO<5ppm. Humedad < 67 ppm y deberá ser corroborado con un certificado de análisis que deberá presentar el proveedor para cada entrega del producto, emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. | M3 | UNIDAD |
2 | 12141904-003 | OXIGENO GASEOSO | La pureza mínima para el OXÍGENO Gaseoso Medicinal será de 99,5%, =/<200ppm de humedad. Los productos en fase gaseosa de grado medicinal deben ser proveídos con certificado de análisis por lote. Para cada caso el proveedor deberá presentar certificado de pureza de los gases anteriormente mencionados emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. | M3 | UNIDAD |
3 | 12142104-002 | GAS CARBONICO | LA PUREZA MINIMA REQUERIDA ES DE 99,8% IMPUREZAS DE CO =< 10 PPM, HUMEDAD <= 200 PPM, AMONIACO <= 25 PPM, NOX =< 2,5 PPM, SO2 <= 5 PPM. | KGR | UNIDAD |
4 | 42191711-001 | AIRE COMPRIMIDO MEDICINAL | Pureza mínima en O2: 19,9% V/V M3 |
UNIDAD |
|
5 | 12141903-003 | NITROGENO LIQUIDO | PUREZA MINIMA REQUERIDA 99,0 % | M3 | UNIDAD |
6 | 12142004-006 | OXIDO NITROSO | Gas licuado comprimido con menos del 98% V/V de pureza, Humedad < 67 ppm. Impurezas: CO2< 300ppm, CO< 5 ppm, ÓXIDO de Nitrógeno <2ppm y deberá ser corroborado con un certificado de análisis que deberá presentar el proveedor para cada entrega del producto emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. | M3 | UNIDAD |
7 | 12141903-005 | NITROGENO GASEOSO | Pureza mínima requerida : > 99.5%, Impureza máxima de CO2: < 300 ppm, CO < 5 ppm, O2 :< 50 ppm, Humedad: < 60ppm y deberá ser corroborado con un certificado de análisis que deberá presentar el proveedor para cada entrega del producto emitido por el Químico Farmacéutico Regente o Director Técnico de la empresa proveedora. | M3 | UNIDAD |
La Empresa Adjudicada Debera proveer en condicion de Comodato | |||||
2 | 3,000 m3 c/ minimo | ||||
33 | 1m3 | ||||
40 | 8m3 | ||||
5 | 20kg. | ||||
40 | 8m3 | ||||
5 | 33m3 | ||||
1 | 6m3 | ||||
2 | 30lts. |
OBS: | |||||
Procedimiento para entrega de Oxigeno gaseoso en Cilindros | |||||
La empresa deberá retirar todos los días los cilindros vacíos y devolver el día siguiente cargado con el fin de garantizar el suministro del producto en la institución. |
OBS: | |||||
OTRAS ESPECIFICACIONES TECNICAS | |||||
1.- La empresa adjudicada debera instalar a la salida de cada tanque , mantener en perfecto funcionamiento y reponer por daños un caudalimetro en carácter de comodato por cada dependencia que sea adjudicada con el oxigeno liquido medicinal. El tipo y modelo de caudalimetro queda a criterio del proveedor, siempre y cuando garantice su correcto funcionamiento a fin de cumplir su proposito, la cual es, la medicion de suministro de Oxigeno Liquido. En caso que el Caudalimetro sufriera algun daño la empresa proveedora debera mantener en stock, al menos, 2 (dos) unidades de caudalimetros, a fin de hacer la reposicion respectiva, en carácter de comodato, en un lapso no mayor a 48 hs a cualquier problema suscitado con el equipo citado en cualquiera de los servicios beneficiados. Ademas el oferente adjudicado debera realizar una capacitacion (demostracion) al responsable y/o encargado por el servicio, para la correcta lectura e interpretacion del caudalimetro. | |||||
2.- Las ordenes de compra seran emitidas al cierre de cada mes | |||||
3.- La carga de los tanques criogenicos deberan realizarse como minimo 2 (dos) veces por semana en el horario de 07:00 a 13:00 hs. |
Unidad: ADMINISTRACION DEL HOSPITAL DE CLINICAS
El Insumo de este llamado es de vital importancia, por las características presentadas el llamado se realiza con frecuencia
- La Planificación del mismo se detalla en las planillas anexas
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Item | Codigo del catalogo | Descripción del bien | Unidad de Medida | Presentacion | Cantidad | Lugar de entrega de los bienes | Fecha de entrega de los bienes |
1 | 12141904-002 | OXIGENO LIQUIDO | M3 | UNIDAD | 375,163 | HOSPITAL DE CLINICAS - SAN LORENZO | LA PROVISON DEL BIEN SERA A PARTIR DE LAS 24HS. POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LA INSTITUCION. |
2 | 12141904-003 | OXIGENO GASEOSO | M3 | UNIDAD | 2,500 | HOSPITAL DE CLINICAS - SAN LORENZO | LA PROVISON DEL BIEN SERA A PARTIR DE LAS 24HS. POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LA INSTITUCION. |
3 | 12142104-002 | GAS CARBONICO | KGR | UNIDAD | 1,500 | HOSPITAL DE CLINICAS - SAN LORENZO | LA PROVISON DEL BIEN SERA A PARTIR DE LAS 24HS. POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LA INSTITUCION. |
4 | 42191711-001 | AIRE COMPRIMIDO MEDICINAL | M3 | UNIDAD | 1,000 | HOSPITAL DE CLINICAS - SAN LORENZO | LA PROVISON DEL BIEN SERA A PARTIR DE LAS 24HS. POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LA INSTITUCION. |
5 | 12141903-003 | NITROGENO LIQUIDO | M3 | UNIDAD | 600 | HOSPITAL DE CLINICAS - SAN LORENZO | LA PROVISON DEL BIEN SERA A PARTIR DE LAS 24HS. POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LA INSTITUCION. |
6 | 12142004-006 | OXIDO NITROSO | M3 | UNIDAD | 300 | HOSPITAL DE CLINICAS - SAN LORENZO | LA PROVISON DEL BIEN SERA A PARTIR DE LAS 24HS. POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LA INSTITUCION. |
7 | 12141903-005 | NITROGENO GASEOSO | M3 | UNIDAD | 200 | HOSPITAL DE CLINICAS - SAN LORENZO | LA PROVISON DEL BIEN SERA A PARTIR DE LAS 24HS. POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO, DE ACUERDO A LA NECESIDAD DE LA INSTITUCION. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
NOTA DE REMISION N° 1 |
NOTA DE REMISION |
JULIO-22 |
NOTA DE REMISION N° 2 |
NOTA DE REMISION |
AGOSTO-22 |
NOTA DE REMISION N° 3 |
NOTA DE REMISION |
SETIEMBRE-22 |
NOTA DE REMISION N° 4 |
NOTA DE REMISION |
OCTUBRE-22 |
NOTA DE REMISION N° 5 |
NOTA DE REMISION |
NOVIEMBRE-22 |
NOTA DE REMISION N° 6 |
NOTA DE REMISION |
DICIEMBRE-22 |
NOTA DE REMISION N° 7 |
NOTA DE REMISION |
ENERO-23 |
NOTA DE REMISION N° 8 |
NOTA DE REMISION |
FEBRERO-23 |
NOTA DE REMISION N° 9 |
NOTA DE REMISION |
MARZO-23 |
NOTA DE REMISION N° 10 |
NOTA DE REMISION |
ABRIL-23 |
NOTA DE REMISION N° 11 |
NOTA DE REMISION |
MAYO-23 |
NOTA DE REMISION N° 12 |
NOTA DE REMISION |
JUNIO-23 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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