El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Nuestra Institución actualmente necesita proseguir con la contratación del servicio de telefonía corporativa para la conexión diaria de todos los Centros de Investigación y Campos Experimentales del IPTA, como ser IPTA-Centro de Investigación "Hernando Bertoni" con sede en la ciudad de Caacupé; IPTA-Centro de Investigación - Capitán Miranda, con sede en el Departamento de Itapúa; IPTA-Campo Experimental - Chaco Central 412, IPTA Eusebio Ayala - Campo Experimental de Arroz; con sede en el Departamento de Cordillera, IPTA-Natalicio Talavera - Campo Experimental de Caña de Azúcar; con sede en el Departamento del Guairá; IPTA- Centro de Investigación de Choré, con sede en el Departamento de San Pedro, IPTA- Campo Experimental de San Juan Bautista, con sede en el Departamento de Misiones, IPTA-Campo Experimental de Tomás Romero Pereira, con sede en el Departamento de Itapúa, IPTA - Campo Experimental de Yhovy, con sede en el Departamento de Canindeyú, IPTA-Centro de Investigación Ganadero Barrerito, con sede en la ciudad de Caapucú; IPTA - Campo Experimental Ganadero - Chaco 312, IPTA.; igualmente con las Oficina de Gestión Central sede en Asunción, Oficina de Gestión San Lorenzo, distribuidos por todo el país; que cumplen actividades institucionales, para poder así cumplir con las funciones establecidas en la Ley Nº 3.788/2010 que crea el Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA).
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
ITEM |
Codigo de Catalogo |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACION |
CANTIDAD |
1 |
83111603-001 |
Servicio de Telefonía Móvil Corporativa. Cantidad de 1 (un) Número |
Mes |
Evento |
1 |
Periodo
2022/2023/2024
Monto Mínimo
60.000.000
Monto Máximo
120.000.000
Servicios de Telefonía Móvil Corporativa
El servicio será destinado al uso de comunicaciones o transmisiones relativas a las actividades institucionales del Instituto Paraguayo de Tecnología Agraria (IPTA)
Los teléfonos corporativos serán asignados exclusivamente a los funcionarios que por la naturaleza de sus funciones requieran de una comunicación rápida y eficiente en el marco de las actividades institucionales entre los distintos Campos Experimentales y Centros de Investigación, cuyo monto global no podrá sobrepasar la suma mensual de guaraníes cinco millones (G. 5.000.000) de conformidad con lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 6581/2022, Art. 423° Servicio de Comunicaciones.
El Sistema de Adjudicación de la presente contratación es: Por el Total. La contratación será celebrada a través de un Contrato abierto por Montos, en base al siguiente detalle:
Detalle de los Servicios
Nivel de cobertura nacional, y especificar por Departamento los Distritos que abarcan, con Declaración Jurada de que dichos distritos tengan cobertura; con pena de nulidad si se comprobase que la información suministrada es falsa.
Cantidad de Usuarios del Servicio: Serán determinados en la Nota de Pedido emitida por la Dirección Administrativa del IPTA. El servicio de telefonía consiste en la provisión de un grupo corporativo, con opción a ampliaciones según necesidad de la Institución.
La Duración de la Contratación será de 24 meses desde la suscripción del mismo.
Servicios de Telefonía Móvil Corporativa
El servicio solicitado deberá incluir las siguientes coberturas.
1. Provisión del servicio de telefonía celular de voz y datos con conexión a internet según las categorías, con la tecnología de última generación disponible en Paraguay.
2. Provisión del servicio de acuerdo a los estándares de calidad y seguridad nacional internacionalmente aplicados reglados por las instituciones competentes.
3. Provisión de terminales (en comodato) con el costo incluido en el precio unitario cotizado de acuerdo a los tipos según planes y jerarquías indicados a continuación:
Para las líneas se deberá proveer:
- Línea con un plan de llamadas FULL ILIMITADO de MINUTOS con todas las líneas incluyendo COPACO.
- Línea con un plan de llamadas FULL ILIMITADO y COMUNICACIÓN GRATUITA con las líneas del grupo.
- Servicio de Datos móviles con una capacidad de 8Gb mensual.
- Servicio de Roaming a activar bajo demanda de la Entidad para llamadas y Datos según se requiera.
- Los terminales a ser proveídos en comodato para las líneas deberán ser de la clase SMARTPHONE de última generación con sistema operativo ANDROID con los siguientes requerimientos como mínimos:
• Sistema Operativo : Android 11 (edición Go) como mínimo
• Tecnología: G/M/HSPA/LTE como mínimo
• Resolución: 720 x 1600 píxeles, relación 20:9 (~270 ppi de densidad) como mínimo
• Memoria: Interna: 32GB 2GB RAM como mínimo
• Bateria: Li-Po 4000 mAh, no extraíble como mínimo
• Procesador: Octa-core (2x1.6 GHz Cortex-A75 y 6x1.6 GHz Cortex-A55) como mínimo
• Cámara: Como minimo 13 MP, f/2.2, 26 mm (gran angular), PDAF
2 MP, f/2.4, (macro).
La empresa adjudicada deberá contar con un soporte técnico a fin de configurar los nuevos equipos en comodato según requiera la convocante.
4. Licencias requeridas: Todas las licencias, derechos de utilización y/o cualquier otra aplicación, software o componente de la naturaleza que fuere, necesarios para la utilización normal diaria deberán estar incluido en el precio unitario cotizado.
5. Todas las terminales entregadas deben contar con seguro con cobertura del 100% en casos de siniestro, hurto o extravió, como también en caso de contar con fallos de fábrica el proveedor deberá reconocer el 100% del costo de reposición.
6. La empresa adjudicada será la única responsable por el buen funcionamiento de todos los servicios conexos necesarios para la utilización de la telefonía celular contratada. LA CONATEL no contratará ni se hará cargo de ninguna otra relación de servicio de mantenimiento y/o reparación, ajuste, etc.
7. El servicio deberá incluir Discado Directo Nacional (DDN) y Discado Directo Internacional (DDI) a activar bajo demanda de la CONATEL en las líneas que lo requieran.
8. También deberá tener la opción de Roaming Internacional de voz y datos con tarifas de facturación diarias para todos los países que tengan instalada la tecnología de telefonía celular.
9. Los precios de las llamadas internacionales, las llamadas, mensajes y transmisión de datos en Roaming Internacional deberán ser detallados y facturados de acuerdo a los precios y padrones usuales previamente indicados y/o de conocimiento público y de acuerdo a la reglamentación específica de las instituciones reguladoras. Las llamadas serán computadas y/o facturadas redondeadas a segundo como unidad de medida.
10. Las llamadas entre las líneas del grupo de LA CONATEL deberán ser libres, es decir no se deberá utilizar los minutos de los planes contratados ni ser facturados aparte. En caso que estas llamadas dentro del grupo corporativo deban ser por intervalos definidos, el tiempo mínimo será de diez minutos, sin límite en la cantidad de llamadas.
11. La operadora que preste el servicio deberá contar con licencia para operar con tecnología 4G LTE Expedida por el ente regulador CONATEL, la presentación de la misma con la oferte será considerada de carácter sustancial y la falta de la misma será motivo de descalificación de la oferta.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Descripción del Servicio |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Servicios |
Servicios de Telefonía Móvil Corporativa _ Plurianual |
En las Instalaciones de la oficina de gestión del IPTA sedes en la ciudad de Asunción y San Lorenzo; además de los siguientes Campos Experimentales y Centros de Investigación: : IPTA-Centro de Investigación "Hernando Bertoni" con sede en la ciudad de Caacupé; IPTA-Centro de Investigación - Capitán Miranda, con sede en el Departamento de Itapúa; IPTA-Campo Experimental - Chaco Central 412, con sede en el Departamento de Presidente Hayes, zona Cruce Pioneros, IPTA Eusebio Ayala - Campo Experimental de Arroz; con sede en el Departamento de Cordillera, IPTA-Natalicio Talavera - Campo Experimental de Caña de Azúcar; con sede en el Departamento del Guairá; IPTA- Centro de Investigación de Choré, con sede en el Departamento de San Pedro, IPTA- Campo Experimental de San Juan Bautista, con sede en el Departamento de Misiones, IPTA-Campo Experimental de Tomás Romero Pereira, con sede en el Departamento de Itapúa, IPTA - Campo Experimental de Yhovy, con sede en el Departamento de Canindeyú, IPTA-Centro de Investigación Ganadero Barrerito, con sede en la ciudad de Caapucú; IPTA - Campo Experimental Ganadero - Chaco 312, IPTA, con sede en el Departamento de Presidente Hayes, zona Río Verde.. |
El Servicio deberá realizarse con entrega de los equipos telefónicos en las oficinas del Departamento de Almacenes de la Dirección Administrativa del IPTA, sito en la ciudad de Asunción, Avda Aviadores del Chaco y Tte 1º Carlos Rocholl, de lunes a viernes de 7:00 a 15:00 horas, dentro de los 5 días hábiles de haber recibido el Proveedor la Nota de Pedido emitida por la Dirección Administrativa del IPTA. El IPTA mediante las Notas de Pedido emitidas por la Dirección Administrativa, determinará las cantidades de los Usuarios del Servicio Corporativo requeridos y los Equipos o Terminales, de manera que el Proveedor active el servicio en consecuencia de los pedidos realizados por el IPTA. El Proveedor comunicará a la Dirección Administrativa del IPTA, los datos (Nombre, Dirección, Número de teléfono (fijo y móvil) y correo electrónico) del Oficial de Cuenta del Servicio Corporativo que gestionará las prestaciones del Servicio entre el Proveedor y el IPTA. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
SEGÚN NECESIDAD DE LA CONVOCANTE, la validez de la contratación para el año 2023 y 2024, quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 14 de la Ley N° 2051/03] |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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