En el PBC, las Condiciones de Pago dicen: Para Bienes No proveídos desde el Territorio Nacional (a ser importados): Por medio de una carta de crédito irrevocable, que será abierta por la contratante a favor del Proveedor o Fabricante, o a una firma beneficiaria del exterior designada por el Proveedor, por el 99,5% del valor del precio total CIP de la Lista de precios, por medio de un Banco Local (Banco Emisor). Consulta: ¿La firma beneficiaria del exterior puede indicar sus preferencias y condiciones a la convocante para la emisión de la carta de crédito? En caso de que no ¿Cuál sería el borrador de las condiciones establecidas en la carta de crédito por la convocante y el Banco Emisor? Favor indicar todos los puntos que van a ser establecidos en la carta de crédito.
En el PBC, las Condiciones de Pago dicen: Para Bienes No proveídos desde el Territorio Nacional (a ser importados): Por medio de una carta de crédito irrevocable, que será abierta por la contratante a favor del Proveedor o Fabricante, o a una firma beneficiaria del exterior designada por el Proveedor, por el 99,5% del valor del precio total CIP de la Lista de precios, por medio de un Banco Local (Banco Emisor). Consulta: ¿La firma beneficiaria del exterior puede indicar sus preferencias y condiciones a la convocante para la emisión de la carta de crédito? En caso de que no ¿Cuál sería el borrador de las condiciones establecidas en la carta de crédito por la convocante y el Banco Emisor? Favor indicar todos los puntos que van a ser establecidos en la carta de crédito.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, que al momento en que la ANDE solicite los datos para la Apertura de Carta de Crédito podrán indicar las preferencias y condiciones que deberán encontrarse acorde a las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, Contrato suscrito y las Reglas y usos Uniformes Relativos a los Crédito Documentarios - UCP 600.
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Documentos de Embarque
En el PBC para Bienes No proveídos desde el Territorio Nacional (a ser importados) se establecen los detalles de los documentos de Embarque: En los documentos de Embarque y en la carta de crédito se indica que los bienes deben ser entregados en condición CIP ASUNCIÓN - PARAGUAY.
No obstante, los bienes (que ingresan al país vía marítima-fluvial por ejemplo) son entregados en el puerto de VILLETA - Paraguay, para luego ir al depósito de Boggiani en Asunción. Como los documentos de embarque tienen como ÚNICO destino CIP VILLETA - PARAGUAY (en caso de tránsito marítimo), se generan discrepancias con la carta de crédito emitida por la ANDE.
Solicitamos a la convocante que puedan corregir estos puntos o a la unidad administradora del contrato que estos detalles puedan ser definidos antes de la emisión de la carta de crédito a la firma beneficiaria y dependiendo del modo de transporte como así el puerto elegido
En el PBC para Bienes No proveídos desde el Territorio Nacional (a ser importados) se establecen los detalles de los documentos de Embarque: En los documentos de Embarque y en la carta de crédito se indica que los bienes deben ser entregados en condición CIP ASUNCIÓN - PARAGUAY.
No obstante, los bienes (que ingresan al país vía marítima-fluvial por ejemplo) son entregados en el puerto de VILLETA - Paraguay, para luego ir al depósito de Boggiani en Asunción. Como los documentos de embarque tienen como ÚNICO destino CIP VILLETA - PARAGUAY (en caso de tránsito marítimo), se generan discrepancias con la carta de crédito emitida por la ANDE.
Solicitamos a la convocante que puedan corregir estos puntos o a la unidad administradora del contrato que estos detalles puedan ser definidos antes de la emisión de la carta de crédito a la firma beneficiaria y dependiendo del modo de transporte como así el puerto elegido
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, que la Convocante requiere asegurar que las provisiones lleguen al destino final que es el depósito de ésta. Por tal motivo favor considerar para la elaboración de sus Ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, cuya copia obra en su poder.
Tener en cuenta lo siguiente:
- Lugar de Descarga: Puerto ANNP - Villeta
- Lugar de Entrega: Depósito de la ANDE - Asunción (Sito en la Avda. Boggiani y Dr. Facundo Machain) o alrededores según lo indique la Unidad Administradora del Contrato; hasta un radio de 30 km contados a partir de los límites de la ciudad de Asunción
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Ley Nº 6355/19 - Oferentes Extranjeros
Los oferentes domiciliados en el Paraguay deben presentar la Constancia de presentación de la "Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley Nº 6355/19 y según lo establecido por la DNCP. ¿Qué documento deberá presentar un oferente extranjero para realizar el mismo análisis de transparencia y para que la participación de todos los oferentes en esta licitación se realice en igualdad de condiciones?
Los oferentes domiciliados en el Paraguay deben presentar la Constancia de presentación de la "Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley Nº 6355/19 y según lo establecido por la DNCP. ¿Qué documento deberá presentar un oferente extranjero para realizar el mismo análisis de transparencia y para que la participación de todos los oferentes en esta licitación se realice en igualdad de condiciones?
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, que el requerimiento tiene su origen en la Ley N° 6355/2019 "Que modifica los artículos 1°, 3°; 4° 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/2013 "Que reglamenta el Artículo 104° de la Constitución Nacional.
En ese sentido, las Convocantes deberán solicitar en los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen los procedimientos de Contrataciones Públicas, la remisión de la Constancia que acredita la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos, al momento de la presentación de sus ofertas. Asimismo, deberán incluir en sus contratos la obligación de presentar la mencionada constancia dentro de los quince 15 (quince) días de su suscripción y en el mismo plazo una vez finalizada la ejecución de los mismos.
Así también, cabe señalar que la disposición legal no hace distinción entre oferentes nacionales y extranjeros, ni del origen de los fondos, de lo cual se puede inferir que la exigencia de la presentación de la DJBR debe ser cumplida independientemente a si el oferente es una empresa nacional o extranjera y del origen de los fondos con que se financie la contratación de bienes, servicios y/o la obra pública.
Las documentaciones que un oferente extranjero deberá presentar se encuentran publicadas en el Portal de la Contraloría General de la República en el siguiente link:
INSTRUCTIVO PARA PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS (DJBR), para los sujetos obligados según el Art. 1 Num. 2 Incs. a) y b) de la Ley Nº 6355/19 "Que modifica los artículos 1º, 3º, 4º, 7º,13 y 21 de la Ley Nº 5033 'Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, De la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos', y amplía las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias".
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Detalles de los documentos de embarque - PBC
Condiciones Contractuales 22. Detalles de los documentos de embarque:
Dice que: El proveedor enviará vía correo electrónico a la contratante 1 juego de copias simples de los documentos solicitados diez (10) días antes de la fecha del embarque programado de la carga en origen. También dice que proveedor deberá gestionar la documentación y remitir vía Courier al departamento de Importaciones de la ANDE y que la misma debe disponer de estos documentos ocho (8) días antes de la fecha prevista para la llegada del suministro en los puertos y Aduanas del Paraguay.
Consulta: Esto puede ser cumplido sin inconvenientes con los productos y equipos que vienen por tránsito marítimo y multimodal, ya que los tiempos de tránsito y elaboraciones de las documentaciones son extensos y los tiempo indicados por la ANDE son acordes a las gestiones que se pueden realizar con antelación. Pero estos tiempos no pueden ser cumplidos con cargas que vienen por tránsito aéreo o terrestre, ya que una vez realizados los ensayos en fábrica y liberados los embarques por el inspector técnico y la unidad administradora del contrato, las cargas ya llegan en los puertos y Aduanas del Paraguay en tres (3) a cinco (5) días como máximo. ¿Qué consideraciones se tendrá a los productos y equipos que serán con transporte aéreo o terrestre? Como mencionamos anteriormente, los plazos establecidos son impracticables para estas modalidades y solamente se pueden cumplir para los de tránsito marítimo.
Condiciones Contractuales 22. Detalles de los documentos de embarque:
Dice que: El proveedor enviará vía correo electrónico a la contratante 1 juego de copias simples de los documentos solicitados diez (10) días antes de la fecha del embarque programado de la carga en origen. También dice que proveedor deberá gestionar la documentación y remitir vía Courier al departamento de Importaciones de la ANDE y que la misma debe disponer de estos documentos ocho (8) días antes de la fecha prevista para la llegada del suministro en los puertos y Aduanas del Paraguay.
Consulta: Esto puede ser cumplido sin inconvenientes con los productos y equipos que vienen por tránsito marítimo y multimodal, ya que los tiempos de tránsito y elaboraciones de las documentaciones son extensos y los tiempo indicados por la ANDE son acordes a las gestiones que se pueden realizar con antelación. Pero estos tiempos no pueden ser cumplidos con cargas que vienen por tránsito aéreo o terrestre, ya que una vez realizados los ensayos en fábrica y liberados los embarques por el inspector técnico y la unidad administradora del contrato, las cargas ya llegan en los puertos y Aduanas del Paraguay en tres (3) a cinco (5) días como máximo. ¿Qué consideraciones se tendrá a los productos y equipos que serán con transporte aéreo o terrestre? Como mencionamos anteriormente, los plazos establecidos son impracticables para estas modalidades y solamente se pueden cumplir para los de tránsito marítimo.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Plazo de entrega - 1
En el plazo de entrega dice:
“El Plazo para la Entrega será computado del siguiente modo:
a) Para bienes No proveídos desde el territorio nacional (a ser importados): A partir de la Apertura de la Carta de Crédito Irrevocable hasta la entrega del bien en el lugar de entrega establecido.
b) Para bienes Proveídos desde el territorio nacional: A partir de la firma del Contrato hasta la entrega del bien en el lugar de entrega establecido.”
Favor aclarar si el plazo de entrega empieza a contarse desde la NOTIFICACIÓN por parte de la convocante de que se encuentra listo el contrato firmado o de que se realizó la apertura de la carta de crédito o desde la fecha que se encuentra impresa en los documentos mencionados. Esta consulta la realizamos teniendo en cuenta que una vez firmado el contrato por el presidente de ANDE y con una fecha fija, días después recién los proveedores reciben los contratos firmados, por lo que se pierden varios días en las que no se tiene conocimiento desde la firma hasta la notificación de retiro, que luego son computados como multas. Lo mismo ocurre con las cartas de crédito, ya que la misma sale con una fecha pero las notificaciones las recibimos días después y esos días ya son tomados en cuenta como parte del plazo de entrega, por lo que el plazo del PBC resulta menor a lo establecido.
“El Plazo para la Entrega será computado del siguiente modo:
a) Para bienes No proveídos desde el territorio nacional (a ser importados): A partir de la Apertura de la Carta de Crédito Irrevocable hasta la entrega del bien en el lugar de entrega establecido.
b) Para bienes Proveídos desde el territorio nacional: A partir de la firma del Contrato hasta la entrega del bien en el lugar de entrega establecido.”
Favor aclarar si el plazo de entrega empieza a contarse desde la NOTIFICACIÓN por parte de la convocante de que se encuentra listo el contrato firmado o de que se realizó la apertura de la carta de crédito o desde la fecha que se encuentra impresa en los documentos mencionados. Esta consulta la realizamos teniendo en cuenta que una vez firmado el contrato por el presidente de ANDE y con una fecha fija, días después recién los proveedores reciben los contratos firmados, por lo que se pierden varios días en las que no se tiene conocimiento desde la firma hasta la notificación de retiro, que luego son computados como multas. Lo mismo ocurre con las cartas de crédito, ya que la misma sale con una fecha pero las notificaciones las recibimos días después y esos días ya son tomados en cuenta como parte del plazo de entrega, por lo que el plazo del PBC resulta menor a lo establecido.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Plazo de entrega 2
En el plazo de entrega dice:
“El Plazo para la Entrega será computado del siguiente modo:
a) Para bienes No proveídos desde el territorio nacional (a ser importados): A partir de la Apertura de la Carta de Crédito Irrevocable hasta la entrega del bien en el lugar de entrega establecido.
b) Para bienes Proveídos desde el territorio nacional: A partir de la firma del Contrato hasta la entrega del bien en el lugar de entrega establecido.”
Solicitamos que el plazo de entrega empiece a contarse a los quince (15) días desde la firma del contrato o la apertura de carta de crédito, considerando los procesos internos de ANDE para la comunicación de estos documentos debidamente a los proveedores como así también, para poder realizar la comunicación a los fabricantes en tiempo y forma para la correcta ejecución contractual, ya que las comunicaciones suelen darse en días previos a días no hábiles en los países de origen de los suministros.
“El Plazo para la Entrega será computado del siguiente modo:
a) Para bienes No proveídos desde el territorio nacional (a ser importados): A partir de la Apertura de la Carta de Crédito Irrevocable hasta la entrega del bien en el lugar de entrega establecido.
b) Para bienes Proveídos desde el territorio nacional: A partir de la firma del Contrato hasta la entrega del bien en el lugar de entrega establecido.”
Solicitamos que el plazo de entrega empiece a contarse a los quince (15) días desde la firma del contrato o la apertura de carta de crédito, considerando los procesos internos de ANDE para la comunicación de estos documentos debidamente a los proveedores como así también, para poder realizar la comunicación a los fabricantes en tiempo y forma para la correcta ejecución contractual, ya que las comunicaciones suelen darse en días previos a días no hábiles en los países de origen de los suministros.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones.
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PDG
Buenas tardes, solicitamos a la convocante amablemente la Planilla de Datos Garantizados en formato editable, para poder realizar un llenado correcto de los datos garantizados, evitando así errores de tipeo o de algún otro tipo que pudiesen perjudicar a la convocante
Buenas tardes, solicitamos a la convocante amablemente la Planilla de Datos Garantizados en formato editable, para poder realizar un llenado correcto de los datos garantizados, evitando así errores de tipeo o de algún otro tipo que pudiesen perjudicar a la convocante
Buenas, considerando el corto plazo de entrega de oferta, favor aclarar si serán aceptadas las marcaciones (puntos 4.4.1) estándares de los fabricantes y que cumplen con las normas citadas en la EE.TT. para las muestras solicitadas por la convocante, considerando esto SOLO para la muestra presentada y, de ser adjudicado el espaciador será presentado con la marcación CORRESPONDIENTE según EE.TT. ANDE N° 03.40.15 - Rev. 2.
Buenas, considerando el corto plazo de entrega de oferta, favor aclarar si serán aceptadas las marcaciones (puntos 4.4.1) estándares de los fabricantes y que cumplen con las normas citadas en la EE.TT. para las muestras solicitadas por la convocante, considerando esto SOLO para la muestra presentada y, de ser adjudicado el espaciador será presentado con la marcación CORRESPONDIENTE según EE.TT. ANDE N° 03.40.15 - Rev. 2.
Marcación: Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, serán aceptadas las tecnologías de marcaciones del cables admitidas en las Especificaciones Técnicas, siendo así la información que contiene dichas marcaciones podrán ser las propias del fabricante al sólo efecto de analizar las características técnicas y constructivas del cable.