Entre la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, con RUC N° 80009124-8, domiciliada en Bruselas Nº 1880 de la Ciudad de Asunción, República del Paraguay, representada para este acto por el Contralor General de la República el Dr. Camilo D. Benítez Aldana, con Cédula de Identidad N° 1.338.365, nombrado en el cargo por Resolución 2.794 de fecha 03 de setiembre de 2.021, denominado en adelante la CONTRATANTE, por una parte, y por la otra, la firma .,domiciliada en.., República del Paraguay, representada para este acto por .., con cédula de identidad N° , denominada en adelante el PROVEEDOR, identificadas en conjunto como LAS PARTES e, individualmente, PARTE, acuerdan celebrar el presente contrato de SERVICIO DE PROVISIÓN DE FIRMA DIGITAL, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.
El objeto del contrato es:
El presente contrato tiene por objeto establecer los derechos y obligaciones que asumen LA CONTRATANTE Y EL PROVEEDOR con relación al Servicio de Provisión de Firma Digital.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
Orden de Compra
Observación expuesta en el SICP que establece: Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato, para la Resolución de conflictos, las partes se someterán, a la jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Asunción, el cual pasará a formar parte integrante del Contrato.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N° 409.353.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de Contratación Directa N° /22 con ID N° 409.353, convocado por la Contraloría General de la República. La adjudicación fue realizada según Resolución CGR N° . de fecha .. de.. de 2022.
Nro. de Orden |
Nro. De ítem |
Descripción del Servicio* |
Unidad de Medida* |
Cantidad * |
Presentación * |
Precio Unitario (Iva incluido) |
Precio Total (Iva incluido) |
1 |
1 |
CERTIFICADOS DIGITALES emitidos utilizando dispositivos criptográficos de hardware seguro aprobados por el prestador de servicio de certificación del Paraguay, del tipo TOKEN criptográfico |
Unidad |
67 |
Unidad |
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2 |
2 |
Servicio de asignación de certificados a los funcionarios en las oficinas de la Contraloría General de la República |
Unidad |
3 |
Unidad |
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PRECIO TOTAL |
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El monto total del presente contrato asciende a la suma total de Guaraníes IVA (Gs. ) incluido.
El Proveedor se compromete a proveer los Servicios/Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en la Carta Invitación.
El Banco y Número de Cuenta del Proveedor en el que se realizará el pago, vía acreditación en Cuenta Banco .
La vigencia del presente contrato será:
Este contrato tendrá plazo de vigencia desde la recepción de la Orden de Compra suscripta por ambas partes, hasta el cumplimiento total de las obligaciones.
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo de la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicación TICs de la Contraloría General de la República.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
En testimonio de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Asunción, República del Paraguay a los días ___ del mes de _____________del año 2022.
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DR. CAMILO BENITEZ ALDANA Proveedor CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA |