El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
INTRODUCCIÓN
De conformidad con el contrato entre la Organización Deportiva Suramericana, la Republica del Paraguay y el Comité Olímpico Paraguayo en el marco de los próximos XII Juegos Suramericanos Asunción 2022 ASU2022, en virtud del Decreto Nº 1480 del 21 de marzo de 2019, la Organización de los Juegos ASU2022 deberá proporcionar un servicio de lavandería: lavado y secado de ropas deportivas de atletas, oficiales, jueces y DTI.
La empresa adjudicada deberá presentar un manual para el manejo y disposición de la ropa sucia / limpia, como también para la organización y los procesos del servicio de lavandería, la aplicación de técnicas de lavado, equipos adecuados y en buen estado, complementados con personal capacitado, posibilitando un correcto servicio.
A parte de servicio de lavado y secado, la empresa adjudicada deberá proveer la cantidad necesaria de bolsa de malla para el lavado, secado y traslado de las prendas deportivas, como también de precinto numerado para lacrar dichas bolsas. El servicio de lavado de las prendas se realizará con la bolsa (las prendas no deben salir de la bolsa).
Bolsa de Malla: se deberá proveer 2 (dos) bolsas para los atletas, oficiales, jueces y DTI de las cuales 1(una) debe ser blanca y 1 (una) debe ser negra, para ropa blanca y ropa de color respectivamente.
Cantidad mínima: 7.000 (3.500 blancas y 3.500 negras)
Cantidad máxima: 14.000 (7.000 blancas y 7.000 negras)
Se deberá contar con un stock para su reposición para casos excepcionales (extravío)
Precinto Numerado: Se deberá proveer 1 (un) precinto por bolsa por lavado durante 15 días para cada participante.
Cantidad mínima: 14.000 precintos
Cantidad máxima: 28.000 precintos
Se deberá contar con un stock para su reposición para casos excepcionales (extravío)
ITEM |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACION |
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1 |
BOLSA BLANCA |
Bolsa blanca de malla blanca con precinto numerado conteniendo ropa deportiva blanca (remera o similar, short o similar, medias, top deportivo). |
1 kg |
40cmx50cm cerrado con precinto ennumerado |
2 |
BOLSA NEGRA |
Bolsa negra de malla con precinto numerado conteniendo ropa deportiva de color (remera o similar, short o similar, medias, top deportivo). |
1 kg |
40cmx50cm cerrado con precinto ennumerado |
MONTO MINIMO: Gs. 350.000.000
MONTO MAXIMO: Gs. 700.000.000
ESTABLECIMIENTOS BENEFICIARIOS:
Los hoteles ubicados en las zonas hoteleras que designe el Administrador del Contrato: Zona Corporativa que comprende desde la Av. Madame Lynch hasta la Av. San Martín, y desde Eusebio Lillo hasta Av. Santísima Trinidad de la ciudad de Asunción, Paraguay (10 hoteles aproximadamente); Zona Microcentro que comprende desde la Av. Perú hasta Cristóbal Colón, y desde la Av. España hasta la Av. Rodríguez de Francia de la ciudad de Asunción, Paraguay (20 hoteles aproximadamente); Zona Villa Morra que comprende toda la zona de Villa Morra (5 hoteles aproximadamente); Zona Lambaré que comprende toda la ciudad de Lambaré (2 hoteles aproximadamente); Zona Luque que comprende toda la ciudad de Luque (cantidad de hoteles a confirmar); Zona Encarnación que comprende 2 hoteles (a confirmar) en la zona Playa San José de la ciudad de Encarnación; Zona CDE que comprende 2 hoteles (a confirmar) en la zona Saltos del Monday de Ciudad del Este.
LISTA DE SERVICIOS PARA LOS ESTABLECIMIENTOS
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ITEM |
CÓDIGO DE CATÁLOGO |
DESCRIPCION |
UNIDAD DE MEDIDA |
PRESENTACION |
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1 |
91111502-001 |
SERVICIO INTEGRAL DE LAVANDERÍA PARA ROPAS DEPORTIVAS DE ATLETAS, JUECES, OFICIALES Y DTI |
Kilogramos |
Evento |
DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS:
Proporcionar el servicio integral de lavado y secado de las ropas deportivas para los atletas, oficiales, jueces y DTI quienes participan de los XII Juegos Suramericanos Asunción 2022, debiendo cumplir el circuito de funcionalidad de: recolección, transporte, clasificación, lavado, secado, acabado, almacenaje y entrega, para lo cual la empresa adjudicada deberá estar disponible a prestar sus servicios en los horarios establecidos de lunes a domingo, inclusive feriados y asuetos. Las bolsas con las ropas serán retiradas del establecimiento hotelero hasta en 2 (dos) turnos por día. Los horarios de los turnos para el retiro y la entrega serán confirmadas por el Administrador del Contrato.
GENERALIDADES
Ítems |
Descripción de máquinas y equipo industrial Requerimientos mínimos |
Cantidad inicial |
(marca, modelo, estado y certificación) |
Imágenes |
1 |
LAVARROPAS: Requerimientos mínimos: * Equipamiento para lavado y centrifugado de ropas. * Construido en acero inoxidable de alta calidad como mínimo, todas las partes en contacto con las telas. * Con ciclos programables. * Equipos con entrada y salida de las prendas separadas por medio de una barrera sanitaria. * Sistema de seguridad de puertas o de los compartimientos de entrada y salida de las prendas. * Sistemas de tracción de velocidad de motor ,con Embrague centrífugo. * Freno de seguridad para el cesto. * Caja tablero de FEM, programable para ciclos de Lavado. * Inversor de giro para lavado. * Alarma sonora para aviso de fin de proceso. * Válvulas de desagües.
Observación: Todos estos requisitos deben estar contenidos en información técnica emitida por el fabricante o representante. |
de manera a cumplir con las cantidades del contrato, la empresa deberá poder demostrar con declaración jurada una capacidad instalada de 950 kg/hr. |
Marca: Modelo Estado: Certificación: |
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2 |
SECARROPAS INDUSTRIAL : Requerimiento mínimo * Equipo secarropas eléctrico o a vapor. * Cesto interno fabricado en acero inoxidable * Gabinete externo fabricado en acero al carbono. * Sistema de tracción de motor y reducción de velocidad Puerta frontal en Fibra de vidrio y visor de vidrio templado. * Caja tablero de FEM con Timer programable para ciclos de Secado. * Alarma sonora para fin de ciclo. |
de manera a cumplir con las cantidades del contrato, la empresa deberá poder demostrar con declaración jurada una capacidad instalada de 950 kg/hr. |
Marca: Modelo Estado: Certificación: |
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Observación: La convocante se reserva el derecho de verificar las instalaciones en la etapa de evaluación, de manera a certificar lo declarado en la DDJJ, en cuanto a capacidad de procesamiento de lavado y secado de prendas.
4. Los insumos mínimos que deberán utilizar para el lavado de las ropas por parte de la adjudicataria será de:
5. El retiro de ropas sucias y entrega de ropas limpias en los lugares designados por el Administrador del Contrato, estará a cuenta y costo de la empresa adjudicada, quien deberá contar para el efecto con vehículos cerrados, debidamente identificados y apropiados para cumplir con las normas de higiene.
6. La empresa adjudicada proporcionará de personal capacitado, quien procederá al retiro y entrega de las bolsas de ropas desde el área que se establezca para la misma.
7. El Administrador del Contrato designará las áreas de retiro y entrega de las bolsas de ropas deportivas en el establecimiento hotelero.
8. La empresa adjudicada retirará las ropas sucias en bolsas cerradas, junto al responsable del establecimiento hotelero designado por el Administrador del Contrato, quien deberá controlar y clasificar las bolsas:
9. La empresa adjudicada entregará las bolsas con las ropas limpias en el establecimiento hotelero al personal asignado por el Administrador del Contrato.
10. La empresa adjudicada deberá contar con el personal suficiente para la entrega diaria de los servicios terminados conforme al cronograma de retiro y entrega de prendas que deberá ser presentado por el Administrador del Contrato.
11. Conforme a la normativa los insumos serán de preferencia de fabricación nacional, el cual deberá presentar una declaración jurada conteniendo los insumos a ser utilizados, deberá acompañar en la presentación de oferta, o cuando el comité evaluador lo considere necesario, solicitara la misma.
12. La empresa adjudicada a la presentación del manual de procedimientos deberá informar al administrador del contrato la marca, representante, país de origen del insumo principal y en caso de contingencia el insumo a ser utilizado.
13. El circuito de funcionalidad es de forma externa; es decir; cumplir con el servicio integral de lavandería en la planta de la empresa Adjudicada.
14. La empresa adjudicada deberá contar como mínimo con 4 (cuatro) vehículos tipo furgón cerrado apropiado para cumplir con las normas de recolección y entrega de las bolsas. Dicho vehículo deberá ser con año de fabricación desde el 2010 en adelante. En caso que el vehículo sea de la empresa adjudicada, deberá presentar las documentaciones del servicio de transporte a nombre de la empresa. En caso de subcontratación del vehículo, deberá adjuntar el contrato de servicio y las demás documentaciones correspondientes.
15. La implementación de todos los procesos (circuito de funcionalidad) no constituirá costo adicional. Ante cualquiera de las circunstancias (estado de emergencia, catástrofe, epidemia pandemia u otro factor externo) debiendo la empresa adjudica ajustarse a las recomendaciones internacionales, nacionales y lo que el Administrador del Contrato establezca por escrito.
16. El servicio de lavandería no se resentirá, ni suspenderá sus actividades por ninguna circunstancia interna o externa.
17. El Administrador del Contrato designará un coordinador para ambos turnos diarios y de manera consecutiva, el cual deberá ser informado por escrito a la empresa adjudicada.
DE LA EMPRESA:
DEL TRANSPORTE DE ROPAS:
A.- DE LOS VEHÍCULOS:
B.- DE LOS RECURSOS HUMANOS:
3. La cantidad del personal deberá ser demostrada por medio de la Planilla de pagos del IPS y deberán contar como mínimo una antigüedad de 3 meses.
C.-DE LAS ROPAS
OBSERVACIÓN: La empresa adjudicada podrá optar por otro mueble o similar para el traslado de ropas que ofrezca características superiores o similares a las solicitadas.
Estos serán de uso exclusivo de la empresa, por consiguiente, las mismas serán resguardadas por la empresa adjudicada y transportadas en los vehículos de traslado.
2. En caso que fuese necesario, la empresa adjudicada deberá realizar el servicio de costura de prendas,
3. El Administrador del Contrato o a quien este designe por resolución interna, verificará las prendas acabadas, a fin de determinar el estado de las mismas y la necesidad o no de dar de baja a las mismas conforme al formulario para el efecto.
DE LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA:
DE LA HIGIENE DEL PERSONAL:
De los Instrumentos y Otros a cargo de la Empresa ADJUDICADA:
DE LOS UNIFORMES:
PROCEDIMIENTO BÁSICO DEL CIRCUITO DEL SERVICIO:
a) RECOLECCIÓN
b) MANEJO DE ROPA SUCIA EN LOS ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS
c) TRANSPORTE
d) CLASIFICACIÓN
e) LAVADO
f) SECADO
g) ACABADO
h) MANEJO DE LA ROPA LIMPIA
i) ALMACENAJE
j) REGISTROS DEL SERVICIO
Todos los registros deberán ser enviados diariamente al Administrador del Contrato en formato digital vía correo electrónico y en copia impresa en forma semanal para su verificación correspondiente. El correo deberá ser proveído por el Administrador del Contrato.
DE LA SUPERVISIÓN:
DE LA LIMPIEZA DE LAS INSTALACIONES
DE LA CAPACIDAD TÉCNICA, OPERATIVA Y DE INFRAESTRUCTURA
1. Consideraciones Generales:
El lavado de la ropa deportiva es un aspecto de importancia, cuya función primordial es mantener limpia las prendas deportivas de atletas, oficiales, jueces y DTI. Tanto el servicio de lavado y secado deben realizarse cumpliendo pautas que se ajusten a un control estricto.
Para un buen servicio son esenciales los procedimientos adecuados para la recogida, transporte, procesamiento y almacenamiento de las bolsas de ropas deportivas.
El personal que trabaja en las lavanderías deberá seguir con el procesamiento básico estipulado. La organización funcional en estos servicios es de suma importancia, para la adecuada capacitación y coordinación de todo el personal que interviene en la manipulación y tratamiento de la ropa. Muy importante también es el cuidado de la infraestructura, las tecnologías, la maquinaria y los equipos que intervienen en el proceso para un certero funcionamiento, en concordancia con las medidas de protección ambiental y de la salud ocupacional. Cada proceso ha de realizarse procurando que se minimice todo impacto ambiental de la zona y sus alrededores.
2. Verificación de la Capacidad Operativa y de Infraestructura:
Según lo antes expuesto, resulta de elevada importancia realizar visita previa al establecimiento de los oferentes a fin de corroborar la capacidad de lavado y la tecnología a ser utilizada. Por lo que los miembros del Comité de Evaluación procederán a verificar in situ la instalación de la lavandería del oferente con mejor oferta, y en los sucesivos que siguen con el monto de las ofertas, a los efectos de comprobar la capacidad de operativa, de procesamiento y de la infraestructura, con el fin de asegurar que la empresa adjudicada tenga la capacidad técnica-operativa para asegurar la ejecución del contrato en las cantidades licitadas.
En cada visita se emitirá un acta en el que se deberá dejar constancia de la verificación realizada de los cuatros puntos antes mencionados y que deberá estar firmado por el Oferente y por los Inspectores. Posteriormente, en función a dicha acta el Comité de Evaluación dictaminará si el oferente cumple o no cumple la Capacidad Técnica, Operativa y de Infraestructura.
La Coordinación General de los Juegos Sudamericanos Asunción 2022 a través de la Dirección General de Administración Finanzas de la Secretaría Nacional de Deportes, solicitó a la Unidad Operativa de Contrataciones, el inicio de los trámites para el llamado a LICITACIÓN POR CONCURSO DE OFERTAS SBE N° 11/2022 SERVICIO INTEGRAL DE LAVANDERIA PARA ROPAS DEPORTIVAS DE ATLETAS, JUECES, OFICIALES Y DTI PARA LOS XII JUEGOS SURAMERICANOS ASUNCION 2022
Este proceso se encuentra identificado en el PAC Institucional con el ID 409.438, la misma es una planificación que la Secretaría Nacional de Deportes la realiza de manera temporal y lo que se pretende es la Contratación de una Empresa que deberá proporcionar un Servicio de Lavandería que consiste en el lavado y secado de ropas deportivas de atletas, oficiales, jueces y DTI, todo esto, a través de la aplicación de técnicas de lavado, equipos adecuados y en buen estado, complementados con personal capacitado, posibilitando un correcto servicio.
Este proceso cuya forma de adjudicación es POR EL TOTAL contiene Especificaciones Técnicas que mínimamente debe reunir el servicio a ser adquiridos y cuya provisión estará a cargo de una empresa del rubro que abarca el proceso. Dichas especificaciones fueron proveídas por la unidad solicitante mencionada más arriba.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
NO APLICA
INICIO DEL SERVICIO Y CRONOGRAMA DE RETIRO Y ENTREGA
Lugar de Recepción y Entrega: en los establecimientos hoteleros
Inicio de la Contratación: Se emitirá una Orden de inicio del Servicio según necesidades de la contratante
DÍAS |
RETIRO DE ROPAS SUCIAS |
ENTREGA DE ROPAS LIMPIAS |
Del 1 al 15 de octubre Turno Mañana |
12:00 a 13:00 a definir |
20:00 a 21:00 a definir |
Del 1 al 15 de octubre Turno Tarde |
20:00 a 21:00 a definir |
12:00 a 13:00 a definir |
Las prendas que no estén debidamente clasificadas según los colores NO serán entregadas para el servicio de lavandería. El servicio es exclusivo para prendas deportivas (remera o similar, short o similar, media o similar) para los atletas, oficiales, jueces y DTI que participen de los Juegos Asu2022.
INICIO DEL SERVICIO Y PROCESO DE PRESTACION DEL SERVICIO
Se emitirá una Orden de Inicio del Servicio según necesidades de la contratante.
Para el retiro de las bolsas con prendas deportivas sucias, el Administrador del Contrato definirá y dará a conocer por escrito a la empresa adjudicada los hoteles asignados a cada delegación según zonas hoteleras indicadas en el apartado de ESTABLECIMIENTO BENEFICIARIO.
El Administrador del Contrato definirá y dará a conocer por escrito a la empresa adjudicada el área que deberá ser utilizada para la clasificación de las bolsas con prendas deportivas.
La entrega de las bolsas con prendas deportivas limpias, será en el mismo hotel asignado de donde se realizó el retiro de la bolsa.
El cronograma a ser implementados para el retiro y entrega de bolsas con ropas deportivas, deberá ser contemplado en el manual de procedimientos, y podrá ser ajustado de acuerdo a las necesidades.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
Se verificará que las ropas se encuentren limpias, secas y sin manchas; caso contrario, se deberá dejar registro del caso y vuelto a entregar a la empresa adjudicada como devolución por no estar en las condiciones requeridas.
INSPECCIONES Y PRUEBAS DE CALIDAD DEL SERVICIO:
El personal asignado por el Administrador del Contrato en el establecimiento hotelero verificará que las ropas se encuentren limpias, secas y sin manchas antes de entregar al propietario, debiendo la empresa adjudicada proceder a su retiro en la búsqueda inmediata siguiente, para volver a procesar el servicio en las condiciones requeridas. Se utilizará para el efecto la planilla de devolución de ropas.
El manual de procedimientos contemplará los mecanismos de inspección y fiscalización, debiendo los mismos contar con planillas que identifiquen el circuito de procesos y la calidad del servicio. Se utilizará la planilla de devolución de ropas.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Serán presentadas Órdenes de Servicio
Frecuencia: Según necesidad de la convocante.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
N° |
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACION |
1 |
Orden de servicio |
Orden con membrete institucional firmada por los administradores de contrato y representantes de la empresa |
La primera Orden de Servicio será emitida a los 15 días de la firma del contrato, las demás órdenes serán emitidas según necesidad de la convocante |
2 |
Acta de recepción de servicios |
Acta con membrete institucional firmada por los administradores de contrato y representantes de la empresa |
Será presentada una vez culminado cada Servicio |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |