El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Estas VPNs son propiedad de la empresa TEISA por lo que no se puede solicitar a esta empresa que permita el acceso a su red a otro proveedor del ramo para realizar el servicio de monitoreo y verificación.
Se pretende mantener operativas, contar con monitoreo constante, atención urgente a percances de conectividad y supervisión del rendimiento de las conexiones de Redes Privadas Virtuales (VPN) que el INCOOP posee con diversas Cooperativas del país, siendo las mismas el medio utilizado para acceder a los Sistemas y Servicios que la Institución brinda al sector cooperativo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Servicios de Supervisión y Gestión del tráfico de las VPN existentes en el INCOOP con las Cooperativas y con el BCP
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Estado de recursos |
Se debe incluir la supervisión y gestión del tráfico a través de una conexión VPN de 20Mbps en el datacenter del INCOOP, así como también una conexión VPN de 6 Mbps entre el BCP (Banco Central del Paraguay ) y el INCOOP (Instituto Nacional de Cooperativismo). Estos enlaces deben estar dentro de la misma red del operador de conectividad contratado por las cooperativas y BCP. Este enlace debe ser por Fibra Óptica, la fibra óptica debe ir instalada directamente al equipo delimitador de red a ser instalado por el proveedor por medio del transductor óptico SFP. No se admitirán soluciones con la utilización de medios conversores externos. El o los pelos de fibra óptica utilizadas deberán ser de uso exclusivo para el enlace, no se administran tramos compartidos física y/o lógicamente por medio de divisores ópticos entre la central de comunicaciones del oferente y su equipo delimitador de Red a ser instalado en el lugar indicado por la convocante. Los servicios deberán ser entregados en un Puerto Ethernet de 1Gbps, del Equipo delimitador de RED. La conexión de acceso debe utilizar como medio Fibra Óptica en la totalidad de los enlaces. No se permitirá ninguna tecnología que sea FTTH sino que deben ser tecnologías que garanticen exclusividad de capacidad total en cada enlace entre los puntos solicitados y el proveedor. |
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El oferente deberá entregar el servicio a través de un equipo delimitador de red que reúna por lo menos las siguientes especificaciones técnicas mínimas:
Este equipo es responsabilidad del proveedor; una vez culminado el periodo del contrato el oferente deberá retirarlo de las oficinas. La terminación óptica de los enlaces deberá ser por medio de SFP instalados directamente en este equipo delimitador de red. No se aceptan soluciones donde implica el uso de conversores de medios ópticos externos. |
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Se debe incluir para este servicio la configuración inicial del equipo así como también el mantenimiento y soporte del mismo durante la vigencia del Contrato. |
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El proveedor deberá contar con la Autorización y deberá contar con CAS local para la marca del equipo delimitador de red. El proveedor deberá ser partner Autorizado de la marca |
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El proveedor deberá contar en su staff con al menos 2 técnicos certificados del fabricante |
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El proveedor deberá contar con un centro de atención al cliente disponible las 24hs para dar soporte al servicio. Los canales habilitados para realizar reclamos deberán ser al menos:
Para la Línea Baja deberá contar con un servicio digital E1, garantizando una mayor disponibilidad.
El Proveedor deberá proveer un Portal Web con acceso a los sistemas de soporte que componen los módulos de gerenciamiento, como gráficos de desempeño de los enlaces, eventos de fallas, rendimiento de los dispositivos de borde (ancho de banda en uso) , y otros datos útiles para la convocante.
El Portal debe estar disponible vía internet publica, mediante protocolo https, con certificado digital (siguiendo el estándar X509), el acceso a la página debe estar protegida con usuario y contraseña El Proveedor deberá mantener un control de modificaciones realizadas en el ambiente, debiendo proveer informes según demanda de la Convocante. Ante la ocurrencia de incidentes el Proveedor deberá elaborar en hasta 72 horas un informe analítico del problema, que deberá detallar como mínimo la causa, efecto y solución adoptada. En la oferta se deberá proveer toda esta información además de la matriz de contactos de escalamiento con datos de contacto y procedimiento de contactos Se deberá comprobar este requerimiento anexando modelos de reportes a ser presentados de manera mensual durante la vigencia del contrato. En los reportes se debe comprobar la disponibilidad mensual del enlace y si estos valores llegaron los parámetros mínimos exigidos en el presente requerimiento. |
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Se deberán entregar informes mensuales del estado de conexión de los enlaces, indicando mínimamente si el enlace está activo. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
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Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Servicios de Supervisión y Gestión del tráfico de las VPN existentes en el INCOOP con las Cooperativas y con el BCP |
12 |
Unidad |
Data Center del INCOOP, Sitio en Avda. Fernando de la Mora N° 988 c/ Amancio González |
12 meses desde la adjudicación de Lunes a Viernes de 07:00 hs a 17:00 hs |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento: Frecuencia: mensual y conforme a la Nota de inicio de los trabajos para servicios solicitados, emitido por la Dirección de Tecnología
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según la carta de invitación) |
Acta de recepción 1 |
Acta de recepción |
Conforme a la Nota de inicio de los trabajos para los servicios solicitados, emitido por la Dirección de Tecnología. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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