Especificaciones Técnicas - Lote 3 - ITEM 14 Gabinete para exteriores - "Rango de temperatura de operación"
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE 3 - ITEM 14 Gabinete para exteriores, exige un rango de temperatura de operación de -20 a 70 grados celcius. Solicitamos a la convocante aclarar que dicho rango de temperatura de operación se refiere a la temperatura de operación del gabinete o del sistema de alimentación. En caso de que se refiera al gabinete, solicitamos que se acepten gabinetes con rango de temperatura de -20 a 60 grados, ya que los mismo no se encontrarán expuestos a ambientes industriales o bruscos.
15-08-2022
18-08-2022
Especificaciones Técnicas - Lote 3 - ITEM 14 Gabinete para exteriores - "Rango de temperatura de operación"
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE 3 - ITEM 14 Gabinete para exteriores, exige un rango de temperatura de operación de -20 a 70 grados celcius. Solicitamos a la convocante aclarar que dicho rango de temperatura de operación se refiere a la temperatura de operación del gabinete o del sistema de alimentación. En caso de que se refiera al gabinete, solicitamos que se acepten gabinetes con rango de temperatura de -20 a 60 grados, ya que los mismo no se encontrarán expuestos a ambientes industriales o bruscos.
Especificaciones Técnicas - Lote 3 - ITEM 4 Switch de 24 puertos POE - "Version Cisco prime V3.4.0"
Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
15-08-2022
18-08-2022
Especificaciones Técnicas - Lote 3 - ITEM 4 Switch de 24 puertos POE - "Version Cisco prime V3.4.0"
Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE 3 - ITEM 15 Switch industrial de 8 puertos POE, exige arquitectura Layer3, administrable. Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con funcionalidades en Layer2/4, administrables, ya que dichos equipos servirán para comunicar las cámaras a nivel de capa 2 y no se realizará ningún enrutamiento desde dichos switches, además de que en las especificaciones técnicas del presente llamado no se describieron características mínimas requeridas para capa 3, entendiéndose que la característica mencionada solo busca agregar complejidad al llamado sin agregar valor al bien solicitado.
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE 3 - ITEM 15 Switch industrial de 8 puertos POE, exige arquitectura Layer3, administrable. Solicitamos a la convocante que sean aceptados equipos con funcionalidades en Layer2/4, administrables, ya que dichos equipos servirán para comunicar las cámaras a nivel de capa 2 y no se realizará ningún enrutamiento desde dichos switches, además de que en las especificaciones técnicas del presente llamado no se describieron características mínimas requeridas para capa 3, entendiéndose que la característica mencionada solo busca agregar complejidad al llamado sin agregar valor al bien solicitado.
En el pliego de bases y condiciones, sección CAPACIDAD TÉCNICA, INCISO F, cita lo siguiente: Para los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 16. Nota en carácter de declaración jurada en virtud de la cual el Oferente manifieste contar con un mínimo de 2 (dos) Técnicos Certificados por el fabricante y/o representante para la instalación de la marca ofertada. Se deberán adjuntar fotocopia simple de los certificados vigentes de los mismos. Solicitamos a la convocante que no se requieran certificados técnicos en los ítems 5, 6, 8 y 16, ya que los mismos son bienes que no requieren certificaciones técnicas del fabricante o representante para su correcta implementación.
En el pliego de bases y condiciones, sección CAPACIDAD TÉCNICA, INCISO F, cita lo siguiente: Para los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 16. Nota en carácter de declaración jurada en virtud de la cual el Oferente manifieste contar con un mínimo de 2 (dos) Técnicos Certificados por el fabricante y/o representante para la instalación de la marca ofertada. Se deberán adjuntar fotocopia simple de los certificados vigentes de los mismos. Solicitamos a la convocante que no se requieran certificados técnicos en los ítems 5, 6, 8 y 16, ya que los mismos son bienes que no requieren certificaciones técnicas del fabricante o representante para su correcta implementación.
Especificaciones Técnicas - Lote 3 - ITEM 4 Switch de 24 puertos POE - "Version Cisco prime V3.4.0"
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE 3 - ITEM 4 Switch de 24 puertos POE, Compatibilidad, cita lo siguiente: Se deberá asegurar la compatibilidad completa con protocolos y soluciones CISCO ISE 802.1x y CISCO Prime Insfrastructure v3.4.0 que ya se encuentran en funcionamiento en la Red
Institucional del BCP, por lo cual es imprescindible la compatibilidad con estos, debido a que el equipo solicitado estará conectado lógicamente a la misma. Solicitamos eliminar dicha característica ya que el fabricante declara que los equipos nuevos de Cisco ya no son compatible con la version Prime V3.4.0 requerida en el presente llamado, asi como solamente es posible proveer soporte 8x5 NBD a equipos de gama antigua que si son compatibles con la versión V3.4.0 siempre y cuando el producto ya se ha adquirido por algún canal o cliente, delimitando la competencia solamente a ese proveedor.
Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
16-08-2022
18-08-2022
Especificaciones Técnicas - Lote 3 - ITEM 4 Switch de 24 puertos POE - "Version Cisco prime V3.4.0"
En el pliego de bases y condiciones, sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, LOTE 3 - ITEM 4 Switch de 24 puertos POE, Compatibilidad, cita lo siguiente: Se deberá asegurar la compatibilidad completa con protocolos y soluciones CISCO ISE 802.1x y CISCO Prime Insfrastructure v3.4.0 que ya se encuentran en funcionamiento en la Red
Institucional del BCP, por lo cual es imprescindible la compatibilidad con estos, debido a que el equipo solicitado estará conectado lógicamente a la misma. Solicitamos eliminar dicha característica ya que el fabricante declara que los equipos nuevos de Cisco ya no son compatible con la version Prime V3.4.0 requerida en el presente llamado, asi como solamente es posible proveer soporte 8x5 NBD a equipos de gama antigua que si son compatibles con la versión V3.4.0 siempre y cuando el producto ya se ha adquirido por algún canal o cliente, delimitando la competencia solamente a ese proveedor.
Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Resolución: BLC / HLC / WDR (120dB). “
Al respecto, hacemos notar que dicho requerimiento NO corresponde a valores de Resolución; por lo que más bien debe ser “Compensación: BLC / HLC / WDR (120dB) “. SOLICITAMOS que la convocante realice la modificación de esta descripción a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
22-08-2022
29-08-2022
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Resolución: BLC / HLC / WDR (120dB). “
Al respecto, hacemos notar que dicho requerimiento NO corresponde a valores de Resolución; por lo que más bien debe ser “Compensación: BLC / HLC / WDR (120dB) “. SOLICITAMOS que la convocante realice la modificación de esta descripción a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Detección de movimiento: 1080P (1920×1080) / 720P (1280×720) / D1 (704×576/704×480) / CIF (352×288/352×240). “
Al respecto, hacemos notar que dicho requerimiento NO corresponde a valores de Detección de Movimiento; por lo que más bien debe ser “Resolución: 1080P(1920×1080) / 720P(1280×720) / D1(704×576/704×480) / CIF(352×288/352×240) “. SOLICITAMOS que la convocante realice la modificación de esta descripción a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
22-08-2022
29-08-2022
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
Al respecto, hacemos notar que dicho requerimiento NO corresponde a valores de Detección de Movimiento; por lo que más bien debe ser “Resolución: 1080P(1920×1080) / 720P(1280×720) / D1(704×576/704×480) / CIF(352×288/352×240) “. SOLICITAMOS que la convocante realice la modificación de esta descripción a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Control de ganancias / Balance de blancos / Defog / Regulación Automática día y noche / Estabilizador Electrónico de Imágenes: Exigido. “
La función Estabilizador Electrónico de Imágenes NO es una función típica en camaras del tipo PTZ solicitado, siendo ésta una función propia en cámaras PTZ de mayor porte con electrónica y mecánica integrada para cumplir con esta función. Al respecto, SOLICITAMOS que ésta función sea considerada como opcional; de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada y conforme al precio referencial del ítem.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
22-08-2022
29-08-2022
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Control de ganancias / Balance de blancos / Defog / Regulación Automática día y noche / Estabilizador Electrónico de Imágenes: Exigido. “
La función Estabilizador Electrónico de Imágenes NO es una función típica en camaras del tipo PTZ solicitado, siendo ésta una función propia en cámaras PTZ de mayor porte con electrónica y mecánica integrada para cumplir con esta función. Al respecto, SOLICITAMOS que ésta función sea considerada como opcional; de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada y conforme al precio referencial del ítem.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Grado de Protección: IP 67 – IK 10. “
El Grado de protección IP67 corresponde a cámaras Exteriores que requieren de protección completa contra polvo e Inmersión completa en agua. Siendo que la convocante solicita que éstas cámaras PTZ serán instaladas en interiores o exteriores según la necesidad de la convocante, SOLICITAMOS que sean aceptadas también cámaras PTZ con certificación IP66 (con protección completa contra polvo y contra chorros de agua de alta presión segun dicta la norma); de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada y conforme el precio referencial del Item.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
22-08-2022
29-08-2022
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Grado de Protección: IP 67 – IK 10. “
El Grado de protección IP67 corresponde a cámaras Exteriores que requieren de protección completa contra polvo e Inmersión completa en agua. Siendo que la convocante solicita que éstas cámaras PTZ serán instaladas en interiores o exteriores según la necesidad de la convocante, SOLICITAMOS que sean aceptadas también cámaras PTZ con certificación IP66 (con protección completa contra polvo y contra chorros de agua de alta presión segun dicta la norma); de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada y conforme el precio referencial del Item.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Alimentación 24V CA; PoE+(802.3af). “
El requerimiento de Alimentación de 24VAC (corriente alterna ) corresponde a Cámaras PTZ de mayor porte a lo solicitado por la convocante, la convocante solicita la provisión de Cámaras PTZ tipo domo para uso Interior o Exterior según la necesidad de la convocante. Estas cámaras solicitadas por la típicamente operan con tensiones continuas de 12VDC y potencia mínima según la norma 802.3af; y no necesariamente con potencias 802.3at (PoE +).
Al respecto, SOLICITAMOS que también sean aceptadas cámaras con “Alimentación 12VDC, PoE (802.3af) “; de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
22-08-2022
29-08-2022
*-ESPECIFICACIONES TECNICAS - ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES:
En la Adenda 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 18/08/2022 en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Lote N° 3 - AMPLIACIÓN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA CCTV IP. ÍTEM N° 3: CÁMARA IP PTZ PARA INTERIORES, se solicita:
“Alimentación 24V CA; PoE+(802.3af). “
El requerimiento de Alimentación de 24VAC (corriente alterna ) corresponde a Cámaras PTZ de mayor porte a lo solicitado por la convocante, la convocante solicita la provisión de Cámaras PTZ tipo domo para uso Interior o Exterior según la necesidad de la convocante. Estas cámaras solicitadas por la típicamente operan con tensiones continuas de 12VDC y potencia mínima según la norma 802.3af; y no necesariamente con potencias 802.3at (PoE +).
Al respecto, SOLICITAMOS que también sean aceptadas cámaras con “Alimentación 12VDC, PoE (802.3af) “; de esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”