El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Los servicios incluyen:
La revista deberá contener: Doctrinas de destacados Juristas paraguayos y extranjeros. Nota a fallo; consiste en análisis con mayor profundidad a una sentencia emanada de un Tribunal Judicial. El abordaje se lleva a cabo por juristas que conocen la temática de la que indaga, lo que conduce a verter una opinión que puede adquirir relevancia jurídica, pues por la calidad, el rigor científico e importancia de esta, formara parte de la doctrina que realiza críticas a las decisiones de los jueces. Jurisprudencia de todos los fueros de la corte suprema de justicia y de los Tribunales de Apelaciones. Novedades de Legislación.
SUSCRIPCIÓN AL SERVICIO ONLINE DE LEYES DEL PARAGUAY: la base de datos debe ofrecer una amplia información y asistencia sobre disposiciones legales, doctrinales y jurisprudenciales, así como otros temas de interés general en nuestro país, debiendo otorgar acceso, entre otros, a lo siguiente:
a. Leyes
b. Decretos
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e. Proyectos de Ley
f. Doctrina
g. Jurisprudencia
h. Antecedentes Administrativos.
i. Modelos.
j. Herramientas
k. Biblioteca Digital.
l. Colecciones.
m. Normativas Tributarias
n. Fiscalidad internacional.
Revista Jurídica Anuario formato papel 5 (cinco) ejemplares.
Revista Jurídica formato papel Mensual 5 (cinco) ejemplares.
Capacitaciones trimestrales, presenciales u/ online para un buen manejo de la herramienta.
Por otra parte, se solicita legislación, jurisprudencia y doctrina extranjera.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
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Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Suscripción al Servicio de Información Online de Leyes del Paraguay para la SET del M.H |
18 |
Mes | Departamento de Servicios dependiente de la Coordinación Administrativa de la Dirección de Apoyo y de Administración y Finanzas | 48 horas a partir de la Recepción de la Orden de Servicio. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de Conformidad. |
Acta de Conformidad. |
Agosto 2022 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Septiembre 2022 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Octubre 2022 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Noviembre 2022 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. | Diciembre 2022 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Enero 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Febrero 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Marzo 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Abril 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Mayo 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Junio 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Julio 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Agosto 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Septiembre 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Octubre 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Noviembre 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Diciembre 2023 |
Acta de Conformidad. | Acta de Conformidad. |
Enero 2024 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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