MODELO DE CONTRATO N°
Entre LA cOMISIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (CONATEL) CON RUC N° 80014036-2, representada por el ing. juan carlos duarte duré, EN carácter DE PRESIDENTE DEL DIRECTORIO, SEGÚN DECRETO N° 2427/2019 DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, domiciliada en LAS CALLES preSIDENTE FRANCO N° 780 Y AYOLAS, PISO N° 14 EDIFICIO AYFRA BLOQUE B, DE ESTA CIUDAD CAPITAL, TELÉFONO N° (595-21) 4382400/01 denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con cédula de identidad N° ________________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como LAS PARTES e, individualmente, PARTE, acuerdan celebrar el presente contrato de _______________________________, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El Presente contrato tiene por objeto establecer los derechos y las obligaciones que asumen la CONTRATANTE y el PROVEEDOR, en relación a la AMPLIACIÓN DE SISTEMA DE MEDICIÓN DE CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS RNI que será prestado por el PROVEEDOR a la CONTRATANTE, de acuerdo a los documentos del presente Contrato. Como Así también, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
Los documentos adicionales del contrato son: Garantía de Anticipo según Póliza N°_____, Garantía contra todo riesgo de los equipos según Póliza N°_____ y Garantía de Fiel Cumplimiento según Póliza N°________
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°410.121. Esta contratación es con ejecución plurianual.
El contrato es el resultado del procedimiento de Licitación Pública Nacional N° 04/SBE/2022 AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE MEDICIÓN DE CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS RNI, convocado por la Gerencia Operativa de Contratación y la Gerencia de Supervisión y Control de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______. [En este apartado se debería indicar en los espacios en blanco el nombre de la licitación, la convocante, y el número de resolución por la cual se da la adjudicación]
[Formato de Tabla]
N° de Orden |
N° de Ítem |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario |
Monto Total |
1 |
1 |
Ampliación Equipo portátil para medición en banda Selectiva |
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Unidad |
1 |
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2 |
2 |
Ampliación Equipo Portátil para medición en banda ancha. |
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Unidad |
3 |
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3 |
3 |
Estación Fija de Banda Ancha |
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Unidad |
61 |
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4 |
4 |
Estación Fija de Banda Selectiva |
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Unidad |
5 |
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Total: [sumatoria]
El monto total del presente contrato asciende a la suma de: __________________________
El proveedor se compromete a proveer los bienes a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del contrato.
La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las condiciones contractuales.
La vigencia del presente contrato será:
Este contrato tendrá de vigencia hasta el cumplimiento total de las obligaciones.
La validez de la contratación para los Ejercicios Fiscales 2023 y 2024, quedará sujeta a la aprobación de la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 14 de la Ley N° 2051/03].
Los bienes y/o los servicios deberán ser entregados y/o prestados, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas del pliego de bases y condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo de: [GERENCIA DE SUPERVISIÓN Y CONTROL]
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo Nº 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
DONDE DICE: MODELO DE CONTRATO PUNTO 11. CONSTANCIA DE DECLARACIÓN JURADA
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
DEBE DECIR: MODELO DE CONTRATO PUNTO 11. CONSTANCIA DE DECLARACIÓN JURADA
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19. DEROGADA POR LEY N° 6919/2022.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato. DEROGADA POR LEY N° 6919/2022.
POR LEY N° 6919/2022 Que modifica varios artículos de la Ley N° 5033/2013 Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos y deroga la Ley N° 6355/2019, y conforme a lo señalado por Circular DNCP N° 10/2022, Consecuentemente, los sujetos individualizados en los incisos a) y b) del numeral 2 art. 1 de la Ley N° 6335/19 ahora derogada, ya no se encuentran obligados a la presentación de la constancia que acredita la presentación de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos en los procedimientos de contrataciones públicas. Asimismo, las convocantes no deberán exigir la presentación de dicha constancia.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.