El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
Ampliación Equipo portátil para medición en banda selectiva |
Los bienes a ser ofertados deberán ser nuevos y de última tecnología, con fecha de fabricación no mayor a un año al momento de la entrega, no pudiendo cotizarse bienes usados o remanufacturados. |
2 |
Ampliación Equipo portátil para medición en banda ancha |
Los bienes a ser ofertados deberán ser nuevos y de última tecnología, con fecha de fabricación no mayor a un año al momento de la entrega, no pudiendo cotizarse bienes usados o remanufacturados. |
3 |
Estación Fija de Banda Ancha |
Los bienes a ser ofertados deberán ser nuevos y de última tecnología, con fecha de fabricación no mayor a un año al momento de la entrega, no pudiendo cotizarse bienes usados o remanufacturados. |
4 |
Estación de Banda Selectiva |
Los bienes a ser ofertados deberán ser nuevos y de última tecnología, con fecha de fabricación no mayor a un año al momento de la entrega, no pudiendo cotizarse bienes usados o remanufacturados. |
Todos los Ítems deberán Integrarse con el actual Sistema de Mediciones de Campos Electromagnéticos de la CONATEL |
ADQUISICIÓN DE ESTACIONES PARA LA MEDICIÓN DE CAMPOS ELECTROMAGNÉTICOS
Especificaciones Técnicas
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones, ente Regulador de las Telecomunicaciones en la República del Paraguay tiene por objeto adquirir bienes necesarios para su Sistema de Medición de Campos Electromagnéticos.
Con este proyecto se pretende principalmente,
Promover el desarrollo de las telecomunicaciones y su penetración a nivel nacional, velando por el entorno social, ofreciendo garantías de salubridad a la población involucrada e información que mejore su percepción frente al avance de la tecnología.
Promover el desarrollo de las telecomunicaciones en la sociedad.
Apoyar a la operativa de control de cumplimiento de normativas, contando con una plataforma que realice el control continuo de la intensidad de campo emitida por los distintos prestadores de servicio en puntos seleccionados. Ofrecer información continua y en tiempo real sobre el nivel de exposición a radiaciones en zonas de interés público. Contar con información de los niveles de exposición a campos electromagnéticos desde varias perspectivas cubriendo un trayecto determinado.
Garantizar la continuidad operativa del sistema de monitoreo ya implementado.
"Los campos electromagnéticos son imperceptibles y desconocidos para el público en general. Este desconocimiento imperceptible genera desconfianza y rechazo entre la población, lo que puede dar lugar a conflictos sociales y provocar retrasos en el despliegue de nuevas tecnologías inalámbricas"- UIT
La CONATEL (Comisión Nacional de Telecomunicaciones), Institución encargada de la Promoción, Regulación del Uso del Espectro Radioeléctrico y en definitiva en el control de su uso, con ansias de colaborar con el desarrollo de las Telecomunicaciones a nivel país y lograr una mayor penetración de las Tecnologías de Información y Comunicación, propone el siguiente proyecto.
Usualmente, la ciudadanía reacciona negativamente con la instalación de estaciones base de telecomunicaciones, preocupada por los efectos que las emisiones de radio podrían tener en la salud de la población cercana. Esto es, en definitiva, una fuerza de resistencia importante para la implementación de proyectos de ampliación de cobertura de servicios de telecomunicaciones, generando retrasos en el desarrollo de la industria de telecomunicaciones, escasa penetración de las mismas en áreas donde podrían promover un mayor crecimiento social y cultural, pérdidas económicas para los prestadores de servicios por la mudanza de sus estaciones, o bien, por procesos legales que deben subsanarse ante la población.
Por lo tanto, es primordial apoyar a la Industria de las Telecomunicaciones y a la vez, ofrecer las garantías que la ciudadanía busca, resguardando la relación entre Prestadores de Servicios Habitantes. Es fundamental Crear Confianza y Transparencia frente a la población.
El Sistema actual de Mediciones de Campos Electromagnéticos (EMF, por sus siglas en inglés) instalado en la CONATEL, está compuesto por 68 estaciones Fijas de Banda Ancha, 3 Estaciones Fijas de Banda Selectiva, 7 equipos portátiles de banda ancha, un equipo portátil de banda selectiva y una estación de banda ancha móvil para Medición de Campos Electromagnéticos de la Marca Narda STS. Las mismas están distribuidas a nivel nacional, en puntos seleccionados estratégicamente, las cuales se muestran en la Página Web institucional de la CONATEL.
Se requiere de la mejora de la infraestructura actual mediante la ampliación de los espectros que pueden medir y el suministro, instalación y puesta en servicio de Estaciones para Medición de Campos Electromagnéticos:
El Portal Web de información es parte del Sistema de Medición de Campos Electromagnético, implementado y disponible al público, desde el Portal Institucional de la CONATEL, para visualización de datos en línea y en tiempo real desde las distintas localidades. También es parte fundamental el Sistema Gestión y Control de las Estaciones de Medición de Campos Electromagnéticos
A través del presente proyecto se pretende ampliar el actual Sistema de Mediciones de Campos Electromagnéticos, incorporando 61 Estaciones fijas de Banda Ancha y cinco estaciones fijas de Banda Selectiva, adicionales.
Se requiere el suministro, instalación y puesta en servicio de Estaciones para Medición de Campos Electromagnéticos:
Los campos electromagnéticos son imperceptibles y desconocidos para el público en general. Este desconocimiento imperceptible genera desconfianza y rechazo entre la población, lo que puede dar lugar a conflictos sociales y provocar retrasos en el despliegue de nuevas tecnologías inalámbricas"- UIT
La CONATEL (Comisión Nacional de Telecomunicaciones), Institución encargada de la Promoción, Regulación del Uso del Espectro Radioeléctrico y en definitiva en el control de su uso, con ansias de colaborar con el desarrollo de las Telecomunicaciones a nivel país y lograr una mayor penetración de las Tecnologías de Información y Comunicación, propone el siguiente proyecto.
Usualmente, la ciudadanía reacciona negativamente con la instalación de estaciones base de telecomunicaciones, preocupada por los efectos que las emisiones de radio podrían tener en la salud de la población cercana. Esto es, en definitiva, una fuerza de resistencia importante para la implementación de proyectos de ampliación de cobertura de servicios de telecomunicaciones, generando retrasos en el desarrollo de la industria de telecomunicaciones, escasa penetración de las mismas en áreas donde podrían promover un mayor crecimiento social y cultural, pérdidas económicas para los prestadores de servicios por la mudanza de sus estaciones, o bien, por procesos legales que deben subsanarse ante la población.
Por lo tanto, es primordial apoyar a la Industria de las Telecomunicaciones y a la vez, ofrecer las garantías que la ciudadanía busca, resguardando la relación entre Prestadores de Servicios Habitantes. Es fundamental Crear Confianza y Transparencia frente a la población.
El Sistema actual de Mediciones de Campos Electromagnéticos (EMF, por sus siglas en inglés), está compuesto por 49 estaciones Fijas de Banda Ancha y 2 Estaciones Fijas de Banda Selectiva para Medición de Campo Electromagnético de la Marca Narda STS. Las mismas están distribuidas a nivel nacional, en puntos seleccionados estratégicamente, las cuales se muestran en la Página Web institucional de la CONATEL.
El Portal Web de información es parte del Sistema de Medición de Campos Electromagnético, implementado y disponible al público, desde el Portal Institucional de la CONATEL, para visualización de datos en línea y en tiempo real desde las distintas localidades. También es parte fundamental el Sistema Gestión y Control de las Estaciones de Medición de Campos Electromagnéticos.
A través del presente proyecto se pretende ampliar el actual Sistema de Mediciones de Campos Electromagnéticos, incorporando 19 Estaciones de Banda Ancha y una Estación de Banda Selectiva, adicionales.
Las Estaciones indicadas deberán ser fabricados por el mismo fabricante para garantizar el uso, manejo y operación de la medición en campo y facilitando el entrenamiento.
Seguidamente se establecen las Especificaciones y características mínimas y máximas que deben reunir los Equipos y Sistemas requeridos, según correspondan.
OBSERVACIONES GENERALES:
GARANTÍA DE LOS BIENES: Todos los bienes correspondientes de la presente licitación deberán poseer Garantía por un período de 12 (doce) meses contados a partir de la Recepción Provisoria.
Deben cubrir los costos y gastos de reemplazo de equipos y sistemas desde el retiro en las instalaciones de la CONATEL hasta su entrega en el mismo lugar.
Los oferentes deberán indicar las condiciones de la garantía. Entre otras el máximo tiempo de reparación de un equipo o parte, los mecanismos de envío y recepción de piezas en garantía, responsabilidades del contratista, el personal del contratista residente en el Paraguay, etc.
La garantía del contratista cubrirá el buen funcionamiento de las Estaciones hasta que se produzca la Recepción Definitiva de las mismas.
En caso de que alguna falla se presentara, antes de la recepción definitiva, de alguno de los equipos proveídos, y que no pueda ser reparada en el país, el proveedor deberá encargarse de todos los gastos e impuestos (aduaneros, otros) de transporte y reparación completa, o en su defecto el total reemplazo, del (los) equipo(s) con falla(s).
SOPORTE TECNICO: Todos los bienes correspondientes de la presente licitación deberán contar con la asistencia técnica permanente en el Paraguay ya sea por un proveedor del sistema o su representante local, mantenimiento preventivo y correctivo de cada uno de los equipos de medición adquiridos desde la entrega hasta la recepción definitiva. Posterior a la Recepción Provisoria, el oferente adjudicado deberá brindar el soporte técnico por 12 meses contados a partir de la misma.
La contratista deberá presentar de manera semanal, un reporte de las mediciones de la red actual y de los equipos adquiridos, de manera a dar un seguimiento de toda la Red de Medición de Campos electromagnéticos de la CONATEL. Estos reportes semanales deberán tener características y campos predefinidos para agilizar la evaluación de los resultados, para lo cual se deberá presentar un modelo de reporte a consideración de la CONATEL por lo menos 1 mes antes de la entrega de los equipos para su recepción provisoria.
SEGURO CONTRA TODO RIESGO: Para todos los bienes correspondientes de la presente licitación deberán contemplarse el SEGURO CONTRA TODO RIESGO desde la entrega de los bienes hasta la RECEPCION DEFINITIVA de los mismos.
ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: La administración del contrato estará a cargo de la Gerencia de Supervisión y Control de CONATEL, quien se encargará de velar por la correcta ejecución de los términos del Contrato, las verificaciones técnicas al momento de la recepción y de la correcta ejecución del mismo según las especificaciones técnicas, así como reclamos de Garantía de los bienes y control del soporte técnico.
PLAZOS DE ENTREGA:
Será conforme al plan de entregas establecido en el cuadro precedente.
En caso de necesidad para realizar reemplazos, ajustes o reparar bienes con defectos, estos deberán estar enmarcados dentro de los plazos establecidos en el Plan de entrega, en caso de superar dicho plazo será multada conforme lo establecido en el PBC.
FECHA DE ENTREGA DE LOS BIENES: El proveedor deberá poner a disposición de la Contratante en el lugar de entrega, los bienes, incluido el entrenamiento según lo requiera el ítem, en un periodo máximo de hasta 12 (doce) meses contados a partir del recibo de cobro del anticipo.
RECEPCIÓN PROVISORIA: Implica la verificación técnica cualitativa y cuantitativa por parte de los técnicos de la CONATEL que serán designados por la Gerencia de Supervisión y Control, Administrador del Contrato, se efectuará luego de la puesta en servicio de los equipos o sistemas, incluido el entrenamiento. Para las pruebas de recepción provisoria, la Contratista deberá presentar para la aprobación de la CONATEL los Protocolos de Recepción, elaborados conforme a lo requerido en las especificaciones técnicas. El Administrador del contrato destinará a los técnicos encargados de realizar las verificaciones correspondientes, las cuales durarán a lo máximo 3 (tres) días hábiles, contados a partir de la recepción en el lugar de entrega e instalación.
Una vez certificado por los técnicos de la Gerencia de Supervisión y Control que los bienes adquiridos cumplen con las especificaciones técnicas, se labrará Acta de Recepción Provisoria con el acompañamiento de un Representante de la División de Patrimonio que será designado por la Gerencia Administrativa Financiera y un Representante de la Auditoría Interna que será designado por el Auditor Interno. Posteriormente el Directorio aprobará dicha Acta y emitirá la Resolución de Recepción Provisoria, la cual habilitará al Proveedor a Presentar Factura.
RECEPCIÓN DEFINITIVA: Equivale a la aceptación de los bienes entregados a la convocante a total satisfacción, se efectuará luego de 12 (doce) meses de la Resolución de Recepción Provisoria, siempre que los equipos o sistemas funcionen correctamente y que el Proveedor haya cumplido a satisfacción sus obligaciones contractuales.
Una vez certificado por los técnicos de la Gerencia de Supervisión y Control que los bienes adquiridos cumplen con las especificaciones técnicas, se labrará Acta de Recepción Definitiva. Dicha Acta será aprobada por el Directorio mediante Resolución, y habilitará al proveedor a presentar la factura de cobro.
DISPOSICIONES GENERALES:
Se considerarán recibidos los suministros (excepto las obligaciones contractuales aplicables durante un año y las garantías), establecidos en las Especificaciones Técnicas, por parte de la CONATEL, a la emisión del Acta de Recepción Provisoria de los Equipos o Sistemas, que será emitida toda vez que la verificación técnica resulte satisfactoria y sin observaciones que deban ser subsanadas.
La Gerencia de Supervisión y Control, a través de sus dependencias afectadas, es la encargada de la supervisión del avance del proyecto y de su recepción.
La Gerencia de Supervisión y Control designará uno (1) o más funcionarios encargados de la supervisión y seguimiento de los bienes y servicios conexos, objetos de la presente Licitación, y de la recepción de las mismas.
Las pruebas de recepción serán realizadas y rubricadas por funcionarios de la Contratista y por el personal de la CONATEL designado para el efecto. La Contratista deberá proveer toda la información requerida por la CONATEL para la correcta ejecución de dicha supervisión.
De encontrarse defectos en el funcionamiento de los equipos, posterior a la recepción, la CONATEL comunicará a la Contratista, indicándole los defectos que deben ser subsanados.
La CONATEL se reserva el derecho de rechazar los bienes si los mismos no cumplen con las especificaciones técnicas establecidas en este Pliego de Bases y Condiciones.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Item |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fechas finales de entrega de los bienes |
Recepción provisoria |
Recepción definitiva |
1 |
Ampliación Equipo portátil para medición en banda selectiva |
1 |
Unidad |
En las instalaciones de la CONATEL |
Hasta 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de pago del anticipo |
La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) Meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
2 |
Ampliación Equipo portátil para medición en banda ancha |
3 |
Unidad |
En las instalaciones de la CONATEL |
Hasta 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de pago del anticipo |
La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) Meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
3 |
Estación Fija de Banda Ancha |
61 |
Unidad |
En la ubicación de la estación, determinada por la CONATEL |
Hasta 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de pago del anticipo |
La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) Meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
4 |
Estación Fija de Banda Selectiva |
5 |
Unidad |
En la ubicación de la estación determinada por la CONATEL |
Hasta 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de pago del anticipo |
La CONATEL verificará los bienes adquiridos en un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción en el lugar de entrega y previa conformidad se dará la Recepción Provisoria. |
Luego de 12 (doce) Meses contados a partir de la Resolución de Recepción Provisoria |
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los servicios) |
(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
NO APLICA |
NO APLICA |
no aplica |
no aplica |
no aplica |
|
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
CONFORME A LO INDICADO EN LA SECCIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SERVICIOS REQUERIDOS
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
será: Acta N° 1 de Recepción Provisoria y Acta N° 2 de Recepción Final.
Frecuencia: a plazos.
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Solicitud de anticipo del 20% por parte del Proveedor |
Nota de Remisión / Garantía de anticipo Financiero. |
Agosto 2022. (A la firma del contrato). |
Acta 1 |
Acta 1 de Recepción Provisoria |
12 (doce) meses del pago del anticipo. Setiembre/2023 |
Acta 2 |
Acta 2 de Recepción Final |
12 (doce) meses contados a partir de la fecha de recepción provisoria. Setiembre 2024. |
OBSERVACIÓN: ESTAS COLUMNAS PRESUPONEN EL INICIO DE VIGENCIA DEL CONTRATO, PERO PODRÁN SUFRIR MODIFICACIONES AL MOMENTO DE LA SUSCRIPCIÓN DEL MISMO. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |