El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
MEDICAMENTOS ONCOLÓGICOS Y GENERALES
Por Ítems: Cantidades Mínimas y Cantidades Máximas.
Nro. de Ítem |
Descripción |
Especificaciones Técnicas |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
1 |
CETUXIMAB 100 MG INYECTABLE |
FCO. AMPOLLA X 20 ML |
Unidad |
AMPOLLA |
74 |
148 |
2 |
LENVATINIB 4MG CAPSULA DURA |
CAJA POR 30 CAPSULAS DURAS |
Unidad |
CAJA |
8 |
15 |
3 |
LENVATINIB 10 MG CAPSULA DURA |
CAJA POR 30 CAPSULAS DURAS |
Unidad |
CAJA |
12 |
23 |
4 |
INFLIXIMAB 100 MG INYECTABLE |
VIAL (FRASCO AMP C/POLVO LIOF P/ SOL INY) |
Unidad |
VIAL |
125 |
250 |
5 |
TRASTUZUMAB 440 MG. INYECTABLE |
CAJA CONTENIENDO 1 VIAL CON POLVO LIOFILIZADO + 2 VIALES CON AGUA BACTERIOSTÁTICA PARA INYECCIÓN |
Unidad |
KIT |
175 |
350 |
6 |
BICALUTAMIDA 50 MG COMPRIMIDO |
UNIDAD (COMPRIMIDO) |
Unidad |
UNIDAD |
3.425 |
6.850 |
7 |
ERLOTINIB 150 MG COMPRIMIDO |
CAJA X 30 COMPRIMIDOS RECUBIERTOS, COMO MÍNIMO |
Unidad |
CAJA |
10 |
20 |
8 |
SUNITINIB 25 MG CAPSULA |
UNIDAD (CÁPSULA) |
Unidad |
UNIDAD |
1.425 |
2.850 |
9 |
ENZALUTAMIDA 40 MG CÁPSULA |
CAJA X 120 CÁPSULAS COMO MÍNIMO |
Unidad |
CAJA |
10 |
20 |
10 |
ANFOTERICINA LIPOSOMAL 50 MG. |
VIAL (FRASCO AMPOLLA) |
Unidad |
CAJA |
13 |
25 |
11 |
CABAZITAXEL 60 MG INYECTABLE |
CAJA CONTENIENDO 1 FCO.AMPOLLA 1,5 ML + 1 Fco. AMPOLLA DILUYENTE |
Unidad |
KIT |
5 |
10 |
12 |
ABIRATERONA 250 MG COMPRIMIDO |
CAJA X 120 COMPRIMIDOS |
Unidad |
CAJA |
9 |
17 |
13 |
PIRFENIDONA 267 MG CAPSULA |
CAJA X 270 CÁPSULAS |
Unidad |
CAJA |
15 |
30 |
14 |
DEGARELIX ACETATO 80 MG |
VIAL (1 FRASCO AMPOLLA MÁS SOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE) |
Unidad |
CAJA |
192 |
384 |
15 |
DEGARELIX ACETATO 120 MG |
VIAL (2 FRASCOS AMPOLLA MÁS SOLVENTE PARA SOLUCION INYECTABLE) |
Unidad |
CAJA |
19 |
37 |
16 |
PANCREATINA (25.000UI) 300 MG CAPSULA |
CAJA DE 50 CAPSULAS CON MICROGRANULOS DE LIBERACION RETARDADA, COMO MÍNIMO. |
Unidad |
CAJA |
50 |
100 |
17 |
FACTOR VIII COAGULACIÓN 500 UI. PLASMÁTICO. EL PRODUCTO DEBERÁ CONTAR CON UNA ACTIVIDAD ESPECÍFICA MEDIA DE 400 UI +/- (más/menos) 20% DE FACTOR VIII; C/MG DE PROTEÍNA |
VIAL (FRASCO AMP C/POLVO LIOF P/ SOL. INY) |
Unidad |
VIAL |
286 |
572 |
18 |
INMUNOGLOBULINA G HUMANA 5g. AL 10%, INYECTABLE |
VIAL (FCO. AMP. 50 ML I/V) |
Unidad |
VIAL |
64 |
128 |
19 |
FORMULA POLIMERICA COMPLETA PARA ADULTOS |
FORMULA COMPLETA Y BALANCEADA. CON CaHMB: 1 A 1,5 GR. LIBRE LACTOSA Y GLUTEN. LATA DE 850 GRAMOS, CON CUCHARA DOSIFICADORA. |
Unidad |
LATA |
1.892 |
3.784 |
20 |
ADALIMUMAB 40 MG / 0.4 ML INYECTABLE LAPICERA PRELLENADA PEN |
INYECTOR (Lapicera Prellenada) |
Unidad |
INYECTOR |
15 |
30 |
21 |
UPADACITINIB COMPRIMIDO 15MG |
FRASCO DE 30 COMPRIMIDOS |
Unidad |
FRASCO |
30 |
60 |
22 |
SOLUCIÓN DE NUTRICIÓN PARENTERAL |
NUTRICIÓN PARENTERAL TOTAL DE 1.400 Kcal/1.540 ml. BOLSA DE 3 CÁMARAS SISTEMA CERRADO. ADMINISTRACIÓN CENTRAL. |
Unidad |
Unidad |
19 |
37 |
23 |
SOLUCIÓN DE NUTRICIÓN PARENTERAL |
NUTRICIÓN PARENTERAL TOTAL DE 1.900 Kcal/2.053 ml. BOLSA DE 3 CÁMARAS SISTEMA CERRADO. ADMINISTRACIÓN CENTRAL. |
Unidad |
Unidad |
80 |
159 |
24 |
SOLUCIÓN DE NUTRICIÓN PARENTERAL |
NUTRICIÓN PARENTERAL TOTAL DE 1.400 Kcal/1.920 ml. BOLSA DE 3 CÁMARAS SISTEMA CERRADO. ADMINISTRACIÓN PERIFERICO. |
Unidad |
Unidad |
63 |
125 |
25 |
SOLUCIÓN DE NUTRICIÓN PARENTERAL |
NUTRICIÓN PARENTERAL TOTAL DE 1.700 Kcal/2.400 ml. BOLSA DE 3 CÁMARAS SISTEMA CERRADO. ADMINISTRACIÓN PERIFERICO. |
Unidad |
Unidad |
31 |
61 |
No. de Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas Vencimientos |
--- |
MEDICAMENTOS ONCOLÓGICOS |
Mínimo de 15 (quince) meses posteriores, contados a partir de la fecha de recepción efectiva por la Convocante |
--- |
MEDICAMENTOS GENERALES |
Mínimo de 24 (veinticuatro) meses a partir de la fecha de recepción efectiva de los mismos por la Convocante |
|
|
Obligación de los proveedores: Al tiempo de entrega de los bienes que se describen en la Tabla precedente, los proveedores deberán presentar mediante Acta Notarial una DDJJ de Compromiso de Canje firmada por el Representante Legal o Apoderado de la firma adjudicada, para los casos de bienes cuyos vencimientos sean menor al plazo establecido anteriormente. La Contratante comunicará, con un plazo no menor a treinta (30) días hábiles previos al vencimiento de los mismos, a los proveedores, el vencimiento de los productos a ser canjeados. El canje de los bienes se hará efectivo como máximo, Quince (15) días hábiles anteriores a la fecha de VENCIMIENTO DE LOS MISMOS. |
- Identificación del nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
Dirección de Beneficencia y Ayuda Social DIBEN
Dirección de Acción Social DIBEN
Lic. Aydee Insfrán - Directora de la Dirección de Acción Social
- Justificación de la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
La DIBEN tiene por objeto principal la de satisfacer las necesidades humanas de los sectores de la población carentes de medios económicos suficientes, a cuyo efecto queda facultada a obtener y administrar bienes y servicios por mandato de su ley orgánica.
Para en este caso en particular lograr el acceso a la salud de toda la población, en condiciones de igualdad y sin ningún tipo de dificultades allanando las mismas si los hubiere es un imperativo para la sociedad y el Estado. La pobreza, y todos los factores que actúan detrás de ella, constituyen uno de los principales problemas para dicho acceso.
En ese tren de ideas y fundamentos, la presente contratación de Adquisición de Medicamentos Oncológicos y Generales, tiene por objeto destinar estos bienes a favor de la ciudadanía de escasos recursos y en estado de vulnerabilidad de manera tal de coadyubar y hacer frente a las necesidades médicas de los/las recurrentes/beneficiarios/as, de acuerdo a lo fines de nuestra institución.
Los solicitantes acuden a nuestra Institución como última opción cuando el sistema de salud no cuenta con los bienes requeridos por los pacientes para el tratamiento de sus enfermedades, los mismos se encuentran en la franja de personas de escasos recursos y en situación de vulnerabilidad y como resultado de la gran demanda los bienes y servicios que adquirimos son entregados con premura.
Además, en ese escenario, es válido concluir que no se pueden precisar las cantidades y montos que se utilizarán durante la vigencia del contrato pues la cantidad de solicitantes de ayuda es muy variada, por lo que se opta por la modalidad de Contrato Abierto para este proceso. Por último, reiterando, y a sabiendas de la alta demanda reinante por la ciudadanía que precisan de los bienes y/o servicios con que presta la DIBEN, en tal sentido, vale acotar que el presente llamado no solo goza de sobrados fundamentos misionales, legales y fácticos, sino por todo lo escuetamente manifestado el presente llamado es más bien una apremiante necesidad que urge a favor de los solicitantes (Beneficiarios/as) que esperan confiados una respuesta efectiva por parte del Estado en materia de salud y por el cual la DIBEN está facultada en proveerla.
- Justificación de la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
La adquisición de Medicamentos Oncológicos y Generales es un proceso programado anualmente conforme a la disponibilidad presupuestaria, y que en esta ocasión se recurre a la plurianualidad del llamado para dar un continuo abastecimiento de los mismos, buscando evitar el corte de suministro entre un ejercicio y otro.
Con esta Licitación se podrá dar respuesta a los requerimientos de los pacientes para el tratamiento de sus enfermedades, que se encuentran en la franja de personas de escasos recursos y en situación de vulnerabilidad, y así poder seguir brindando el servicio social que forma parte de la Misión Institucional de la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social DIBEN.
- Justificación de las especificaciones técnicas establecidas
La Unidad Médica Institucional conjuntamente con Dirección de Acción Social, son las instancias especializadas en confeccionar y elaborar las "Especificaciones Técnicas" conforme a las solicitudes, que son verificables en forma cuantitativa y cualitativa en las recetas médicas (indicadores objetivos), correspondientes a los/las beneficiarios/as-recurrentes que acuden a nuestra institución. Así también, vale mencionar que las mencionadas instancias especializadas realizan una valoración sobre el cumplimiento de los criterios técnicos estandarizados de calidad, en su afán de velar por la salud de sus beneficiarios que recibirán posteriormente como donación.
Así mismo, se ha establecido la modalidad de Contrato Abierto, por Lotes de montos mínimos y máximos, a ejecutarse según necesidad, debido a que es imposible anticipar que tipo de ayuda o cantidad exacta será requerido por los beneficiarios de la DIBEN, considerando la diversidad de recurrentes que acuden a la institución a fin de solicitar la donación de medicamentos de alto costo.
En ese contexto no sería beneficioso para la institución ni sus beneficiarios restringir, el presupuesto asignado, a cada ítem licitado hasta finalizar la vigencia del contrato sin tener garantía plena que dichos medicamentos serán solicitados en un periodo de tiempo.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
La provisión de los bienes adjudicados deberá iniciarse dentro de los tres días hábiles posteriores a la recepción de la Orden de compra, salvo motivos de fuerza mayor debidamente justificada.
Plan de Entrega
Una vez firmado el Contrato, la DIBEN, emitirá la mencionada orden de compra y remitirá a la firma proveedora adjudicada para dar inicio al plazo de entrega de los bienes.
En caso de fuerza mayor, el Proveedor notificará por escrito a la Convocante dentro de los 3 días corridos de ocurrido el hecho, condición y causa debidamente justificada y demostrada. Para definir si un evento se considera fuerza mayor y el modo de proceder ante tal eventualidad, se deberá ceñir a lo estipulado en el numeral Fuerza Mayor de la Sección Condiciones Contractuales del presente PBC.
El horario establecido para la entrega y recepción de los bienes es el siguiente: de 08:30 horas a 12:00 horas, de lunes a viernes.
La recepción de los productos en Parque Sanitario Institucional, estará a cargo del funcionario responsable de la misma Unidad, conjuntamente con el funcionario responsable de la Dirección de Auditoría Interna y/o la Dirección de Anti Corrupción, debiendo llevar la nota de recepción de los bienes, la firma de al menos 2 (dos) de las personas mencionadas anteriormente, para ser tomada como válida.
La obligación de la Convocante es hasta el cumplimiento de las cantidades mínimas que correspondan en todos los ítems del presente llamado.
Todos los bienes adjudicados, que sean solicitados por la CONTRATANTE mediante las ÓRDENES DE COMPRA, deberán entregarse y facturarse antes del cierre contable del Ejercicio Fiscal 2021, determinado por el Ministerio de Hacienda y la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. El conocimiento de dichos plazos es responsabilidad de los adjudicatarios.
El monitoreo y control de la entrega de los bienes estará a cargo de la División de Administración de Contratos, dependiente del Departamento Administrativo de la Dirección de Administración y Finanzas
Ítem |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
Todos |
Todos los Ítems |
De acuerdo a requerimiento |
Unidad | Parque Sanitario Institucional |
Deberá iniciarse dentro de los tres días hábiles posteriores a la recepción e la Orden de Compra |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Los productos de medicamentos oncológicos y generales, llevarán impreso en su envase secundario DONADO POR LA DIBEN - PROHIBIDA SU COMERCIALIZACION, y en su envase primario DONADO POR LA DIBEN.
La impresión deberá ser visible a simple vista y ser realizada con tinta indeleble. No se aceptarán etiquetas adhesivas en substitución de la impresión. El incumplimiento de este requisito obligará a la Contratista a retirar los bienes, hasta que el mismo sea regularizado, sin perjuicio de los plazos de entrega estipulados.
A los efectos de una correcta interpretación del significado del término envase, señalamos lo establecido en la ley 1119/97 DE PRODUCTOS PARA LA SALUD Y OTROS, CAPITULO II. DEFINICIONES. ARTICULO 5°.- A los efectos de la presente ley se entenderá por:
Embalaje/envase/empaque: el utilizado para contener un producto en su presentación definitiva, excluyendo el material de transporte. Este podrá ser primario o secundario según esté o no en contacto directo con la forma farmacéutica.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Dentro de los 10 días siguientes a la entrega de los bienes a satisfacción de la convocante. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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