Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1 . Para contribuyentes de IRACIS/IRE GENERAL deberá cumplir con el siguiente parámetro de los años (2018, 2019, 2020)
a) Ratio de Liquidez= activo corriente/pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor a 1, en promedio, en los 3 últimos años
b) Ratio de Endeudamiento= pasivo total/ activo total. No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 últimos años
c) Rentabilidad= Porcentaje de utilidad después del impuesto con respecto al Capital. El promedio de los últimos tres años,
no deberá ser negativo.
2. Oferentes contribuyentes del IRPC/ IRE SIM PLE, deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso) deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2018, 2019, 2020
3. Oferentes contribuyentes del IRP/ IRP-RSP, deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingreso/Egreso) deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los años 2018, 2019, 2020
4. Oferentes contribuyentes exclusivamente del IVA GENERAL, deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia (Ingresos/Egresos), deberá ser igual o mayor a 1, el promedio de los últimos (6) seis meses contados desde el mes anterior a la fecha de apertura de ofertas.
Observación:
Metodología para la obtención del promedio de los 3 años: se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años.
En caso de empresas que tengan menos años de antigüedad: el promedio se realizará teniendo en cuenta la cantidad de años de existencia. En todos los casos se utilizarán dos decimales.
Los oferentes con menos de 3 (tres) años de antigüedad: podrán presentar sus Balances Generales y Estados Financieros desde su existencia como empresa.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: se evaluará a todos los integrantes del mismo debiendo cumplir cada uno de ellos los requisitos exigidos de capacidad en forma individual. Todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los criterios de capacidad financiera.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente al inicio de la etapa competitiva. |
b. Balance General y Estados de Resultados de los años 2018, 2019, 2020 para contribuyentes de IRACIS/IRE GENERAL |
c. Formulario 106 años 2018, 2019 y Formulario 501 año 2020 para los contribuyentes IRPC/ IRE SIMPLE |
d. Formulario 104 año 2018, 2019 y Formulario 515 año 2020 para los contribuyentes de IRP/IRP-RSP |
e. Formularios IVA General de los 6 últimos meses. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en SEGURO MEDICO con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en los últimos: 3 de años. [2019, 2020, 2021].
Deberán contar con al menos 4 (cuatro) contratos de prestación de servicio de MEDICINA PRE-PAGA con entidades públicas o privadas con organizaciones de al menos 200 (doscientos) asegurados y sus respectivas constancias de servicio satisfactorio en los años 2019/2020/2021.
Los proveedores y contratistas participantes de este proceso, no podrán estar en mora en la prestación de los servicios, por causas imputables a los mismos, respecto de otro u otros contratos celebrados con la propia Contratista, siempre que ésta haya resultado perjudicada. Caso contrario, las ofertas serán desestimadas y dicha situación será comunicada al órgano pertinente.
Se estudiará la antigüedad en el ramo que acredita su experiencia (fecha de Certificado de Registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social). Art. 245, Ley 836/80 Código Sanitario; y la cartera de clientes corporativos públicos y privados. La experiencia mínima en la prestación de servicio a lo solicitado en el PBC deberá ser de 5 años.
Deberá presentar constancias de auditoría jurídica y contable de los últimos 3 (tres) años, emitida por la Superintendencia de Salud.
EN CASO DE CONSORCIOS, el líder deberá demostrar el cumplimiento del 60% de los requisitos de este punto, pudiendo el porcentaje restante ser cumplido por los demás miembros del Consorcio. Todos los centros que requieran habilitación del MSP y BS, deben contar con ella.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Constancia de RUC emitida por la SET. |
2. Patente comercial vigente al inicio de la etapa competitiva, del municipio donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. |
3. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. |
4. Constancia de Servicio Satisfactorio. |
5. Certificado de Registro y autorización expedido por el M.S.P y B.S. |
6. Constancia de auditoria jurídica y contable emitida por la Superintendencia de Salud ( de los últimos 3 años) |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Los Oferentes deberán presentar, autorización y habilitación actualizada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y la Superintendencia de Salud para funcionar en el ramo de Prestación de los Servicios objeto del presente llamado (Pre-pago).
Declaración Jurada en que conste el número total de asegurados (Titulares y Adherentes) con los que cuenta actualmente. (El cual no deberá ser menor a la cantidad solicitada para este contrato).
Una carta de compromiso en la que se compromete a proveer todo documento e información en relación al servicio contratado al profesional propuesto como asesor médico del servicio, por parte del Servicio Nacional del Saneamiento Ambiental, salvo aquellos restringidos por Ley.
Los Oferentes deberán presentar contratos vigentes, y/o pre-acuerdos con cada uno de los prestadores propuestos (sanatoriales, laboratoriales, urgencias, emergencias, imágenes y médicos de las distintas especialidades) descriptas en las especificaciones técnicas.
Los Oferentes deberán presentar un plan de cobertura con cadenas de farmacias para descuentos del 30% en la compra de medicamentos nacionales, 20% en la compra de medicamentos importados, 15% en preparados magistrales cubriendo las localidades con cobertura de centros asistenciales.
Los Oferentes deberán presentar copia autenticada de contratos vigentes y/o preacuerdos con cada uno de los prestadoras propuestos (sanatoriales, laboratoriales, imágenes y médicos), en reemplazo de las cartas de compromisos.
Copia de la planilla de especificaciones técnicas. (Con carácter de declaración jurada).
La evaluación de las ofertas se realizará por la totalidad de lo ofertado de acuerdo al Programa de Suministros descriptas en el presente P.B.C No se considerará ninguna oferta de bienes sustitutos o que difieran en uno o más de los parámetros mencionados. Las ofertas deberán ser en las formas de presentación solicitada o en el rango si corresponde.
Por lo menos 2 (dos) sanatorios deberán tener categoría 3 (tres) otorgada por la Superintendencia de Salud, para el caso de Asunción.
De la cantidad requerida en la localidad de Asunción, se deberá de presentar al menos 1 (un) CENTRO ESPECIALIZADO EN PEDIATRA PARA URGENCIA E INTERNACION, o (1) un centro asistencial general, para prestar los servicios de Urgencias, Consultas e Internación en forma pediátrica.
Por lo menos 8 (ocho) sanatorios deben tener la categorización 1 (uno), 2 (dos) o 3 (tres), otorgada por la Superintendencia de Salud, y estar distribuidos en Asunción y en el Dpto. Central.
Los Oferentes deberán presentar el listado de los Centros Asistenciales ordenados según la tabla de localidades señala más arriba, detallando los siguientes datos: Razón Social, dirección y número telefónico.
Los Oferentes deberán presentar el listado de los Centros de Diagnóstico, Fisioterapia, Estudios Laboratoriales y Estudios Especializados, ordenados según la tabla de localidades señalada más arriba, detallando los siguientes datos: Razón Social, dirección, número, telefónico. (Se aclara que para el interior del país podrán presentar centros de diagnóstico, fisioterapia, estudios laboratoriales y estudios especializados, dentro de un centro asistencial general).
Para Centros Asistenciales, Laboratorio, Diagnósticos, Centro de Rehabilitación: Los Sanatorios y/o Clínicas y/o Laboratorios Y/ Centros de diagnósticos y/o centros de rehabilitación a fin de la presentación de la lista detallada más arriba deberán estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y bienestar Social o en proceso de renovación a la fecha de la apertura de ofertas de su certificado constatado con la presentación de la constancia en trámite y para el momento de la firma del Contrato deberá tener vigente la acreditación y habilitación para el funcionamiento por parte del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
La prestadora deberá contar con infraestructura propia o de terceros para la prestación del servicio servicios de urgencias, Centros ESPECIALIZADOS en pediatría para URGENCIAS e INTERNACION, Centros de diagnóstico, medicina por imágenes, servicios laboratoriales; Centros de fisioterapia y rehabilitación, indicando cantidad de salas de internación (camas-comodidades), quirófanos, U.T.I. (para niños y adultos), consultorios, otras dependencias médicas y oficinas administrativas con sus respectivas direcciones y números de teléfonos. Con sus correspondientes categorías establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, separados por Asunción, Gran Asunción e Interior del país por Departamentos, que permanecerán durante la vigencia del contrato, pudiendo ésta ser ampliada durante dicho periodo.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
Remitirse a las documentaciones solicitadas en el punto que antecede.
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.