Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

PLANILLA DE PRECIOS - INSTRUCTIVO CARGA

Costo por Titular: 1.000.000. *Cantidad de meses del servicio: 24. *Precio total por funcionario por 24 meses: (Precio a cargar como precio unitario en el sistema de subasta). 24.000.000. *Cantidad máxima de funcionarios del contrato abierto: 400 (Precio a competir en la etapa competitiva) 9.600.000.000.-

N° de Item

Código Catalogo*

Descripción del Bien *

Precio Unitario mensual por beneficiario titular

Cant. de meses

Unid. de Med.

Cant. Mín.  Beneficiarios Titulares

Cant. Máx.  Beneficiarios Titulares

Monto Mínimo (Precio Unitario x Cant. Min. de Beneficiarios)

Monto Máximo (Precio Unitario x Cant. Min. de Beneficiarios)

Precio Total del Servicio por 24 meses (IVA incluido)**

1

84131602-001

Seguro Médico Corporativo

        

24

UNIDAD

300

400

 

 

 

Total General

    

Los bienes deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas:

ITEM

CODIGO DE CATALAGO

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

CANTIDAD DE MESES

UNIDAD DE MEDIDA

CANTIDAD MINIMA DE BENEFICIARIOS TITULARES

CANTIDAD MAXIMA DE BENEFICIARIOS TITULARES

1

84131602-001

SEGURO MEDICO CORPORATIVO

24

UNIDAD

300

400

 DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.

 BENEFICIARIOS: Funcionarios permanentes y contratados del SENASA. 

 La cantidad mínima de titulares es de TRESCIENTOS (300) funcionarios, con sus grupos familiares, pudiendo variar según la ejecución del contrato. La Cantidad máxima es de CUATROCIENTOS (400) funcionarios con sus grupos familiares.

 Se entenderá por grupos familiares, al titular casado/a, su cónyuge (ya sea por matrimonio formal o por matrimonio de hecho), sus hijos hasta los 21 años de edad, e hijos con capacidades diferentes sin límite de edad. El divorcio vincular declarado podrá extinguir la calidad de BENEFICIARIO/A, a decisión del titular. Se estima la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA (250) titulares casados.

 En casos de funcionario/a casado/a también con funcionario/a de la Institución, podrán incluir como beneficiario a su/s hijo/s hasta los 21 años, hijos con capacidades diferentes sin límite de edad, y el cónyuge a sus padres sin límite de edad.

Asimismo, para los titular solteros/as o divorciados o que no cuente con cónyuge como beneficiario/a, serán tomados como miembros y/o grupo familiar a su padre, madre; en ambos casos sin límite de edad y con los mismos privilegios, e hijos hasta los 21 años de edad, hijos con capacidades diferentes sin límite de edad. La cantidad estimada de titulares en las citadas condiciones es de CIENTO CINCUENTA (150).

En este mismo contexto, se informa que el promedio de edad de los titulares es de 35 años, y el promedio de hijos por cada matrimonio es de (2) dos hijos menores de 21 años.

 En el caso que el titular soltero no cuente con padre, madre e hijos, podrá incluir hasta 2 (dos) familiares de su círculo familiar más cercano, no mayor a 80 años.

 Además, se deberá contemplar como Beneficiarios/as Adherentes a los padres; hermanos/as y otros en relación directa de dependencia del titular, que no fuesen mencionados en los párrafos anteriores, con los mismos derechos y sin límite de edad. 

Estos beneficiarios adherentes estarán a cargo de cada titular, y su incorporación al sistema será bajo las siguientes condiciones:  

  • Personas mayores: se entenderá taxativamente a los Padres, Madres; Hijos mayores de 21 años, quienes abonarán directamente al contratista una prima de hasta el 25% (veinticinco por ciento) por persona, del valor abonado por cada titular, en todos los casos sin límites de edad. 
  • Los Recién Nacidos tienen cobertura inmediata desde que fuera comunicado el advenimiento a la prestadora del servicio. Será suficiente prueba el Certificado de Nacido Vivo o Certificado del Acta de Nacimiento, para el efecto.
  • Hermanos: se entenderá los hermanos/as del titular, quienes abonarán directamente al contratista una prima de hasta el 35% (treinta y cinco por ciento) por persona, del valor abonado por cada titular, sin límites de edad.
  • Otros: se entenderá como otros beneficiarios a quienes tengan una relación directa de dependencia del titular, como ser, hijastros y abuelos,  sin límites de edad, para cuyo caso abonarán directamente al contratista una prima de hasta el 50% (cincuenta por ciento) por persona, del valor abonado por cada titular. Este porcentaje también regirá para los menores cuya tutoría legal se encuentra a cargo del beneficiario titular.

Para todos los casos, la unión de hecho se deberá acreditar por medio de Declaración Jurada ya sea ante el encargado del Registro del Estado Civil o el Juez de Paz respectivo.

El plazo para las incorporaciones de adherentes es de 30 (treinta) días desde la inclusión del beneficiario titular. A los 12 meses desde la entrada en vigencia del contrato, se abrirá nuevamente un plazo de 30 días para la inclusión y/o exclusión de adherentes.

No podrá ser sustituido el Beneficiario declarado inicialmente.

La empresa adjudicada deberá otorgar a los asegurados titulares, adherentes (pagos y no) un carnet de identificación, copia del contrato con el detalle de los profesionales y centros asistenciales sin costo alguno. Para ello, la contratante remitirá el listado respectivo el cual será actualizado en forma semestral; ínterin se cuenten con los carnets será suficiente la presentación de la Cédula de Identidad para acceder a todos los servicios.  Las tarjetas de identificación deberán entregarse en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la firma del contrato.

El titular podrá acreditar documentalmente sus adherentes, de la siguiente manera:  

  • Documento de Identidad o Pasaporte.
  • Certificado de Nacimiento.
  • Certificado de Matrimonio.
  • Declaración Jurada Formulada del encargado del registro del estado civil o el juez de Paz respectivo.

Se aclara que la prestadora de servicio podrá acreditar documentalmente la inclusión del adherente, mediante el acuerdo firmado entre el titular y la prestadora de servicios.

La distribución geográfica de los funcionarios es en: TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY.

VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:

Se concede la VIGENCIA INMEDIATA, en todos los servicios detallados en la presente cobertura médica, a partir de la firma del contrato. Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para las coberturas requeridas en la presente Licitación.

COBERTURA:

Se entenderá por cobertura total, la inclusión de los honorarios profesionales, paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones), sin límite de veces. No está permitido que los oferentes apliquen ningún tipo de reglamento interno o medidas administrativas con sus prestadores médicos que restrinjan o dificulten el libre acceso a los servicios por parte de los beneficiarios.

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos y descartables se aplica o se computa desde cero, por cada vez que el paciente se interne sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina, es decir, serán: por EVENTO.

En cumplimiento de la Ley Nº 836/80 "Código sanitario" específicamente lo previsto en el TÍTULO II DE LOS RECURSOS FÍSICOS Y TERAPÉUTICOS, CAPÍTULO I DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD Artículo 239 y  245, los oferentes que prestan servicios de salud mediante el sistema de atención médica prepaga y los establecimientos de salud deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y Registrados en la Superintendencia de Salud. Así también en caso de no existir centro asistenciales habilitados en las localidades requeridas, se tendrá en cuenta la habilitada más cercana al Departamento respectivo. Se considerará como valido las constancias de renovación en trámite ante el ente regulador.

INTERNACIÓN:

Para las internaciones, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas, incluidos todos los servicios, en los siguientes lugares:

Localidad

Cantidad de Centros Asistenciales Habilitados.

ASUNCIÓN, como mínimo debe ofertar un (1) centro asistencial con el servicio UTI Adultos y Niños, en un solo centro o en diferentes centros.

8 (Ocho)

SAN LORENZO

2 (Dos)

FERNANDO DE LA MORA

2 (Dos)

LUQUE

1 (Uno)  

MARIANO ROQUE ALONSO

1 (Uno)

LIMPIO

1 (Uno)

LAMBARE 

1 (Uno)

ÑEMBY ( o proximidades)

1 (Uno)

ITAUGUA ( o proximidades)

1 (Uno)

ITA ( o proximidades)

1 (Uno)

CAPIATA ( o proximidades)

1 (Uno)

YPACARAI ( o proximidades)

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE CONCEPCION

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO

  Distribuidos indistintamente entre:

-      San Estanislao

  • San Pedro del Ycuamandyju
  • Santa Rosa de Aguaray
  • Itacurubí del Rosario

 

2 (dos)

DEPARTAMENTO DE CORDILLERA

- Distribuidos indistintamente entre: Caacupé, Eusebio Ayala, Piribebuy

   Arroyos y Esteros.

3 (Tres)

DEPARTAMENTO DE GUAIRA

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE CAAGUAZU

  • Cnel. Oviedo
  • Caaguazú 

 

2 (Dos)

1 (Uno)

 

DEPARTAMENTO DE CAAZAPA

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE ITAPUA

  • Encarnación
  • Distribuidos indistintamente entre: Hohenau, Obligado, Edelira, Cnel. Bogado, Maria Auxiliadora

 

1 (Uno)

      3 (tres)

Localidad

Cantidad de Centros Asistenciales Habilitados.

DEPARTAMENTO DE MISIONES 

 

1 (Uno)

 

DEPARTAMENTO DE PARAGUARI:

Distribuidos indistintamente entre:

  • Paraguarí
  • Carapeguá -          Yaguaron.

2 (Dos)

 

DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA

-      Ciudad del Este.

Distribuidos indistintamente entre: 

  • Santa Rita
  • Minga Guazú
  • Hernandarias
  1. (Dos)

 

  1. (Tres)

 

DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU 

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE CANINDEYU (o proximidades)

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE PTE HAYES

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE AMAMBAY

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE BOQUERON 

1 (Uno)

 

  • Por lo menos 2 (dos) sanatorios, de este listado, deberán tener categoría 3 (tres) otorgada por la Superintendencia de Salud, para el caso de Asunción.  
  • De la cantidad requerida en la localidad de Asunción, se deberá de presentar al menos 1(un) centro especializado en pediatría para urgencias e internación, o (1) un centro asistencial general, para prestar los servicios de Urgencias, Consultas e Internación en forma pediátrica.  
  • Por lo menos 8 (ocho) sanatorios deben tener la categorización 1 (uno), 2 (dos) o 3 (tres), otorgada por la Superintendencia de Salud, y estar distribuidos en Asunción y en el Dpto. Central.  
  • Se deberá presentar listado de los Centros Asistenciales ordenados según la tabla de localidades señalada más arriba, detallando los siguientes datos: Razón Social, dirección y número telefónico, y documentos que acrediten convenio vigente y/o efectivo con el oferente. 
  • Para el caso de Luque, el sanatorio debe contar con categoría 3.
  • En caso que la prestadora de servicio no cuente con sanatorios propios o tercerizados en la Ciudad de Boquerón, la misma podrá optar por el sistema de reintegro o reembolso de todos los gastos incurridos por el beneficiario y su grupo familiar de acuerdo a la cobertura establecida con el contrato. La prestadora de servicios deberá realizar el reembolso de gastos al beneficiario en un plazo no mayor a 24 horas.
  • También se dispondrá, en la ciudad de Boquerón, de ambulancias para todo tipo de traslado, incluyendo Unidad coronaria móvil, estos servicios incluirán los honorarios médicos y derechos de urgencia con cargo a la prestadora de servicios.
  • Para todos los casos en que la prestadora de servicios adjudicada, durante la ejecución del contrato no renueve contrato con los centros asistenciales habilitados en las ciudades de los diferentes departamentos, requeridos por el PBC deberá acogerse al sistema de reintegro o reembolso de gastos al beneficiario y su grupo familiar respecto a la cobertura establecida en el contrato.

CENTROS DE DIAGNÓSTICO, FISIOTERAPIA, REHABILITACIÓN, ESTUDIOS LABORATORIALES, ESTUDIOS ESPECIALIZADOS Y OTROS.  

Para la prestación del servicio de estudios laboratoriales, diagnósticos por imágenes, fisioterapia, rehabilitación, estudios especializados y otros, la contratista deberá habilitar los mismos con las coberturas respectivas en los siguientes lugares, con las cantidades señaladas como mínimo y la utilización de los mismos estará a libre elección del asegurado.  

Localidad

Locales habilitados para todos los servicios señalados

1. ASUNCIÓN

3 (Tres)

2. DEPARTAMENTO CENTRAL

 

2.1 SAN LORENZO

1 (Uno)

2.2 FERNANDO DE LA MORA

1 (Uno)

2.3 LUQUE

1 (Uno)

2.4 LAMBARE.

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE CORDILLERA

1 (Uno)

Localidad

Locales habilitados para todos los servicios señalados

DEPARTAMENTO DE PARAGUARI

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE CAAGUAZU

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE GUAIRA

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE ITAPUA

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE ALTO PARANA

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE CONCEPCION

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE SAN PEDRO

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE CANINDEYU (o proximidades).

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE ÑEEMBUCU

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE PTE HAYES

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE AMAMBAY

1 (Uno)

DEPARTAMENTO DE BOQUERON 

1 (Uno)

 

  • Se deberá presentar el listado de los Centros de Diagnóstico, Fisioterapia, Rehabilitación, Estudios Laboratoriales, Estudios Especializados y otros ordenados según la tabla de localidades señalada más arriba, detallando los siguientes datos: Razón Social, dirección, número telefónico, documento que acredite convenio efectivo con el oferente.-  
  • Se aclara que para Asunción, Gran Asunción e interior del país podrán presentar centros de diagnóstico, fisioterapia, estudios laboratoriales y estudios especializados, dentro de un centro asistencial general.
  • En caso que la prestadora de servicio no cuente con sanatorios propios o tercerizados en la Ciudad de Boquerón, la misma podrá optar por el sistema de reintegro o reembolso de todos los gastos incurridos por el beneficiario y su grupo familiar de acuerdo a la cobertura establecida con el contrato. La prestadora de servicios deberá realizar el reembolso de gastos al beneficiario en un plazo no mayor a 24 horas.
  • También se dispondrá, en la ciudad de Boquerón, de ambulancias para todo tipo de traslado, incluyendo Unidad coronaria móvil, estos servicios incluirán los honorarios médicos y derechos de urgencia con cargo a la prestadora de servicios.
  • Para todos los casos en que la prestadora de servicios adjudicada, durante la ejecución del contrato no renueve contrato con los locales habilitados para todos los servicios señalados en las ciudades de los diferentes departamentos, requeridos por el PBC deberá acogerse al sistema de reintegro o reembolso de gastos al beneficiario y su grupo familiar respecto a la cobertura establecida en el contrato.

 PROGRAMA DE SUMINISTROS

 ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL INTEGRAL

 A) INTERNACIONES:

Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en todos los centros asistenciales habilitados por el oferente adjudicado, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. En habitación individual con sala de estar, baño privado, teléfono, televisión, dieta del paciente, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica y de enfermería. Deberán estar cubiertos: todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes) por un periodo de 20 (veinte) días por cada evento, sin límites de evento al año. Se entenderá por evento a todos los sucesos relacionados a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se haya resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico-quirúrgicos. 

Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna para la prestación de los servicios.

Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 48 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente. 

En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO.  

La cantidad de días requeridos para internaciones lo determinara el médico tratante.  

  1. HONORARIOS PROFESIONALES:

Cobertura total e inmediata, a partir de la firma del contrato, en consultorios, tratamientos, internaciones (clínicas y quirúrgicas) y servicios de urgencias en todas las especialidades: sean accidentales o no, incluyendo los derivados de actividades deportivos a excepción de aquellos de alto riesgo como: competencia automovilística, motociclista y boxeo.  

    1. Clínica Médica
    2. Cirugía general menor y mayor
    3. Cardiología Clínica (adulta y pediátrica)
    4. Cardiocirugía (incluyendo Cateterismo cardíaco y Angioplastia)
    5. Cirugía videolaparoscópica, histeroscopica, con laser
    1. Pediatría y Neonatología. 
    2. Ginecología y Obstetricia
    3. Otorrinolaringología
    4. Traumatología y Ortopedia
    5. Kinesioterapia (hasta 45 sesiones por año, por beneficiario)
    6. Fisioterapia (hasta 50 sesiones por año, por beneficiario)
    7. Fisioterapia Pulmonar (hasta 45 sesiones por año, por beneficiario)
    8. Hepatología
    9. Urología
    10. Mastología
    11. Nefrología (incluyendo hemodiálisis en los casos agudos, hasta diez por año por beneficiario y su grupo familiar)
    12. Neurología
    13. Neurocirugía 
    14. Neumología fisioterapia pulmonar (sin límites).
    15. Gastroenterología (pediátrica y adulta) 
    16. Coloproctología
    17. Anestesiología
    18. Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo)
    19. Geriatría
    20. Analgésias en partos
    21. Psiquiatría, consultorio (hasta 6 por año, por beneficiario)
    22. Psicología clínica y laboral (hasta 6 por año, por beneficiario)
    23. Psicología Pediátrica (hasta 6 por año, por beneficiario)
    24. Psicopedagogía. (hasta 6 por año, por beneficiario)
    25. Oncología (primer y segundo evento quirúrgico por año de contrato, luego arancel preferencial, Quimioterapia: hasta diez (10) sesiones por eventos por beneficiario).
    26. Infectología
    27. Oftalmología (incluye ejercicios ortópticos, curva de presión, dilatación de pupila, cataratas y fondo de ojo, fotocoagulación)
    28. Dermatología
    29. Hematología
    1. Hemoterapia 
    2. Reumatología
    3. Radiología
    4. Transfusionista (la cantidad de transfusiones o volumen de transfusión, serán de 10 (diez) al año)
    5. Endocrinología (Adulto y Pedriatico)
    1. Dietología Nutrición (Incluye Consultas y tratamiento o dieta, con fines médicos) (hasta 6 por año, por beneficiario)
    2. Toxicología
    3. Alergiología + Test alérgicos
    4. Cirugía plástica reparadora (no estética)
    5. Flebología
    6. Fonoaudiología. (sin límites)
    7. Reparación de ligamento cruzado por artroscopia.
    8. Reparación de ligamento cruzado por artroscopia, que incluya menicectomia.
    9. Hidroterapia. (sin límites)
    10. Infiltración (en todos los casos).
    11. Proctología.

El beneficiario y su grupo familiar, podrán consultar, si el caso lo ameritase, con un profesional que no se encuentre en el listado de médicos del seguro, no más de 3 (tres) veces por mes por cada uno, y la cobertura se realizará por el sistema de rembolsos hasta Gs. 250.000 (Guaraníes doscientos cincuenta mil) por consulta. El rembolso deberá realizarse a más tardar en 10 (diez) días hábiles posteriores a la solicitud. (El asegurado deberá presentar constancia).  

Para acceder a los servicios de: Psiquiatría (consultorio), Psicología clínica y laboral, Psicología Pediátrica, Psicopedagogía, Dietóloga Nutrición (Incluye Consultas y tratamiento o dieta, con fines médicos), se requerirá la visación previa correspondiente.  

  1. TERAPIA INTENSIVA: (adultos y niños)

Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en todos los centros asistenciales habilitados por el oferente adjudicado, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.   

Tiempo de internación por 30 (treinta) días, con cobertura total en pensión sanatorial, honorarios profesionales, equipos, cuidado de enfermería, y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).  

Cobertura hasta Gs. 30.000.000.- (guaraníes treinta millones) de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, oxígeno, insumos personales imprescindibles y materiales para transfusión, inclusive para las cirugías de alta complejidad.  

En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio. Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada miembro del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus Adherentes.  

Así mismo, el tiempo de internación es de 30 (treinta) días por cada vez que el paciente ingrese al sanatorio (POR EVENTO), sin límites de cantidades en el año, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica, o por una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica, es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.  

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, oxígeno y materiales para transfusión se aplica o se computa desde cero (POR EVENTO), por cada vez que el paciente se interne sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina.  

Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de los medicamentos, consultas, descartables o cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.  

En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO.  

D) TERAPIA INTERMEDIA

Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en todos los centros asistenciales habilitados por el oferente adjudicado, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.   

Tiempo de internación por 25 (veinte y cinco) días, con cobertura total en pensión sanatorial, honorarios profesionales, equipos, cuidado de enfermería, y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).  

Cobertura hasta Gs. 30.000.000.- (guaraníes treinta millones) de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, oxígeno, insumos personales imprescindibles y materiales para transfusión, inclusive para las cirugías de alta complejidad.  

En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intermedia, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio.

Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada miembro del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus Adherentes.  

Así mismo, el tiempo de internación es de 25 (veinte y cinco) días por cada vez que el paciente ingrese al sanatorio (POR EVENTO), sin límites de cantidades en el año, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica, o por una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica, es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.  

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, oxígeno y materiales para transfusión se aplica o se computa desde cero (POR EVENTO), por cada vez que el paciente se interne sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina.  

Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de medicamentos, consultas, descartables u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.  

En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO.  

E) INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA:

Con cobertura inmediata, a partir de la firma del contrato, en todos los centros asistenciales habilitados por el oferente adjudicado, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante.   

Tiempo de internación por 25 (veinte y cinco) días, con cobertura total en pensión sanatorial, honorarios profesionales, equipos, cuidado de enfermería, y todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).  

Cobertura hasta Gs. 30.000.000.- (guaraníes treinta millones) de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, oxígeno, insumos personales imprescindibles y materiales para transfusión, inclusive para las cirugías de alta complejidad.  

En ningún caso, el Centro de Internación, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al BENEFICIARIO por la prestación de este servicio. Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada miembro del grupo familiar; es decir, el titular y cada uno de sus Adherentes.  

Así mismo, el tiempo de internación es de 25 (veinte y cinco) días por cada vez que el paciente ingrese al sanatorio (POR EVENTO), sin límites de cantidades en el año, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica, o por una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica, es decir, independientemente del diagnóstico que las origina.  

Debe entenderse que la cobertura de medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, oxígeno y materiales para transfusión se aplica o se computa desde cero (POR EVENTO), por cada vez que el paciente se interne sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina.  

Desde el primer día de internación, EL SANATORIO deberá proveer al grupo familiar, cada 24 horas, un extracto detallado de medicamentos, consultas, descartables u cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente.  

En el caso de que el paciente necesite Sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente. Todos los análisis correspondientes a la Sangre, plasma y/o derivados, así como transfusiones, deberán ser realizados sin costo alguno para EL BENEFICIARIO.  

  1. SERVICIOS DE URGENCIAS:

Estará integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, con la asistencia de médicos de la especialidad requerida para cada caso, las 24 (veinticuatro) horas y todos los días, aún domingos y feriados.  

Se dispondrá de ambulancias para todo tipo de traslado, incluyendo Unidad coronaria móvil. Estos servicios incluirán: los honorarios médicos y derechos de urgencia.  

El hospital proveerá atención médico-quirúrgica derivada de cualquier clase de accidente, hasta la total recuperación del accidentado, incluyendo los accidentes colectivos o quemaduras graves. La cobertura especifica en cada servicio, será hasta la estabilización del paciente en los servicios de urgencia sanatorial.  

La cobertura de medicamentos, incluyendo antibióticos, descartables y oxígeno para los servicios de urgencia será del 100% (cien por ciento), en los servicios dispuestos y habilitados por la Contratista.  

  1. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS INTEGRALMENTE

 Estarán cubiertos:

Los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, así como en cirugías menores que no requieran internación y se realicen en consultorios, que sean establecidos con cobertura en el presente pliego de bases y condiciones, la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor, monitor fetal, cuna térmica, torre de CVL.   

Las inyecciones, vacunaciones, nebulizaciones, servicio de enfermería, toma de presión arterial, ejercicios, fisioterapias en general (45 sesiones por año) y masaje terapéutico (45 sesiones por año), aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo, instrumentales, medicamentos y otros necesarios que pueda necesitar el asegurado en este servicio, tanto para casos de accidente, como para cualquier requerimiento de atención en este Servicio, tendrá una cobertura total sin costo e inmediata para el BENEFICIARIO. Las vacunas serán sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

El examen médico preventivo anual, la Inspección Médica en general solicitada por Profesional Médico, o a requerimiento del beneficiario, que incluya examen clínico, análisis de rutina, radiografía del tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP, mamografía, colposcopía, histeroscopia tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO. También incluirá para los casos de los niños en edad escolar, así como la emisión de certificados solicitados por sus colegios, y para los casos con chicos con problemas de salud que les impida la realización de ejercicios físicos y que deban demostrarse fehacientemente con dicho certificado expedido por el profesional médico. Los electrocardiogramas de reposo y de esfuerzo (ergometría), Holter, electroencefalograma, audiometrías, impedanciometria, logoaudiometría con cobertura total a cargo del Seguro.  

Para eventos y/o tratamientos clínicos o quirúrgicos estarán cubiertos además: procedimientos endoscópicos y/o con láser, con endoscopios rígidos (videolaparoscópios, uroscopios, etc.), y flexibles (fibroscopios),  histeroscopicos, con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, contraste y extracción de cuerpos extraños, cada vez que el paciente lo necesite, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina.  

Cobertura, mientras el paciente permanezca internado, en las INTERNACIONES CLÍNICAS en habitación normal, la cobertura es de Gs. 20.000.000.- (guaraníes, veinte millones) en concepto de: medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, oxígeno y materiales para transfusión. Los medicamentos y/o descartables no utilizados al alta del paciente, y que sirvan para continuar con el tratamiento en forma ambulatoria, serán incluidos dentro del monto indicado en el presente párrafo.   

Para las INTERNACIONES QUIRÚRGICAS en habitación normal, la cobertura es de Gs. 20.000.000.- (guaraníes, veinte millones) en concepto de: medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, oxígeno y materiales de osteosíntesis, protésicos y para transfusión. Los medicamentos y/o descartables no utilizados al alta del paciente, y que sirvan para continuar con el tratamiento en forma ambulatoria, serán incluidos dentro del monto indicado en el presente párrafo.   

La cobertura de los párrafos anteriores es por cada vez que el paciente lo necesite (POR EVENTO), sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos, cesáreas y servicio de urgencias, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes, sin importar que se trate o surja como consecuencia de una misma enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones o una nueva enfermedad clínica y/o quirúrgica o sus complicaciones, independientemente del diagnóstico que las origina.  

TODA LA COBERTURA SEÑALADA EN ESTE ÍTEM (G) RIGE IGUALMENTE  PARA LAS CIRUGÍAS MENORES QUE NO NECESITEN INTERNACIÓN.  

  1. VISITAS DOMICILIARIAS:

Visitas con carácter no urgente a cargo de un médico de un plantel compuesto por médicos para adultos y para niños, dentro de las tres (3) horas de recibido el llamado (indefectiblemente), mediante pago de un ticket moderador no mayor a Gs. 50.000.- (guaraníes cincuenta mil) a cargo del paciente. Estas visitas deberán realizarse en las ciudades de Asunción, San Lorenzo, Luque, Fernando de la Mora, Lambaré. También todas las demás del área metropolitana y el Dpto. Central. Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total.  

En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes fehacientemente comprobados con incapacidad de concurrir a los servicios.  

  1. CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR.

Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales, conforme al cuadro de Centros asistenciales solicitados. 

Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios, será idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.  

  1. OTRAS ESPECIALIDADES.

Las consultas en especialidades que no figuren en el punto B, con un arancel del 50% a cargo del seguro y 50% a cargo del beneficiario.  

  1. MÉDICOS CONSULTORES

Con especialistas a pedido del paciente, o del médico tratante hasta cinco (5) consultas por CADA INTERNACIÓN. Puede ser profesional que no pertenezca al plantel habilitado, pero deberá ser nacional o extranjero radicado en el país y los honorarios a cargo DEL OFERENTE ADJUDICADO. Si fuesen necesarias más de cinco (5) visitas, los gastos de honorarios serán abonados por el paciente. En el caso que el profesional no pertenezca al plantel de la prestadora de servicio, el arancel a cubrir por la cantidad de visitas (indicadas precedentemente) será conforme a lo establecido por la Sociedad Científica del Profesional.  

        L. INTERCONSULTAS CON MÉDICOS PARTICULARES

En internaciones se podrá requerir en interconsultas la opinión de un médico particular, pudiendo ser profesional que no pertenezca al plantel habilitado, pero deberá ser nacional o extranjero radicado en el país y los honorarios a cargo de DEL OFERENTE ADJUDICADO, hasta cinco (5) visitas. En el caso que el profesional no pertenezca al plantel de la prestadora de servicio, el arancel a cubrir por la cantidad de visitas (indicadas precedentemente) será conforme a lo establecido por la Sociedad Científica del Profesional. El mismo debe ser requerido por el médico tratante con su debida justificación taxativa.

        M. COBERTURA EN FARMACIAS

La prestadora deberá presentar un plan de cobertura con cadenas de farmacias para descuentos del 30% en la compra de medicamentos nacionales, 20% en la compra de medicamentos importados, 15% en preparados magistrales cubriendo las localidades con cobertura de centros asistenciales. 

  1. CONSULTORIO EN LA SEDE

La prestadora deberá habilitar un consultorio médico en la sede central y otra en la sede de la Ciudad de San Lorenzo de LA CONVOCANTE, para la atención como mínimo 2 (dos) días por semana (un día San Lorenzo y un día en la sede Central), todo con cargo por cuenta del oferente.

MEDICINA DE ALTA COMPLEJIDAD

La cobertura en este ítem será del 75% (setenta y cinco por ciento) (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta los valores de mercado) en concepto de honorarios médicos, para los casos de:  

    1. Internación en la U.T.I. después de los 25 (veinte y cinco) días cubiertos por contrato. A partir del día 26 hasta el día 40, tendrá una cobertura hasta el 75%;
    2. Quemaduras que superen el 30% de la superficie corporal. El traslado quedará a cargo de la prestadora del servicio, en el caso que fuera necesario que el evento sea tratado en una entidad pública o exclusiva para su atención;
    3. Cirugías cardiovasculares, por problemas congénitas o adquiridas; que no posean cobertura conforme al pliego de bases y condiciones
    4. Cirugía Neurológica S.N.C. (Cerebro);
    5. Colocación de marcapasos; no incluirá el costo del aparato;
    6. Litotripsia extracorpórea;
    7. Quimioterapia, Primera Sesión;
    8. Radioterapia y Cobaltoterapia, deberá incluir los medicamentos y descartables hasta Gs. 1.000.000.- (un millón de guaraníes), en la primera sesión;
    9. Laserterapia en los casos de: desprendimiento de retina, campimetría computarizada, facoemulsificación, implante de lente intraocular. El costo del lente intraocular, quedará a cargo del Asegurado, el implante quedará a cargo de la prestadora del servicio.
    10. Equipo de contrapulsaciónintraaórtica;
    11. Incubadora de transporte;
    12. Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventriculograma isotópico;
    13. Cirugía oftalmológica especializada; incluyendo el uso de equipos;
    14. Litotripsia ultrasónica.

Los derechos operatorios deberán estar cubiertos en su totalidad. Medicamentos (ya sean inyectables, suspensión, comprimidos, o en cualquier presentación), descartables, instrumentales, oxígeno y materiales de osteosíntesis, protésicos y para transfusión utilizados serán cubiertos hasta la suma de Gs. 30.000.000.- (guaraníes, treinta millones). Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales, (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes).  

En caso de vinculaciones o desvinculaciones de profesionales de la grilla médica propuesta luego de la firma del contrato, estas deberán comunicarse a la contratante por escrito en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la modificación.

MEDICINA POR IMÁGENES

Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, instrumentales, sustancias de contraste, a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.  

LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS

Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio forma programada o en casos de urgencias las 24 (veinticuatro) horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Se adjunta la lista de los exámenes contemplados en esta cobertura.  

ASISTENCIA DOMICILIARIA DE EMERGENCIAS

A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), sin costo para el paciente, incluido el traslado a un centro asistencial en caso que fuere necesario. Este servicio debe efectuarse durante las 24 (veinticuatro) horas del día durante todo el año y deberán realizarse hasta 50 km de los sanatorios habilitados por la oferente sin costo, más de 50 km con un arancel preferencial del 50%.  

TRASLADOS PROGRAMADOS

A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo, personal médico y paramédico, medicamentos y materiales descartables), desde y a cualquier punto del país, sin costo para el paciente, ya sea para estudios, altas sanatoriales, y otros.  

SERVICIOS SIN COBERTURAS

Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina pre-paga. No obstante la tendencia será el logro de aranceles con descuentos por vía de negociación.  

Se detallan a continuación:  

  1. Los casos de enfermedades o malformaciones congénitas (a excepción de hernias, fimosis, pie bot, que tendrán la cobertura total detallada en el presente Pliego para los eventos normales).
  2. Atención, internación y alimentación de los beneficiarios y su grupo familiar en caso de intento de autoeliminación y sus secuelas, ya sean físicas o mentales.
  3. Cirugía con fines estéticos (no reparadora).
  4. Malformaciones congénitas en adultos y niños (salvo cardiocirugía).
  5. Tratamiento médico-quirúrgico con fines de esterilidad.
  6. Enfermedades mentales crónicas, excepto acciones de prevención y mejoramiento de la salud mental y crisis agudas.
  7. Alcohólicos agudos y crónicos.
  8. Diálisis peritoneal, hemodiálisis en los casos crónicos, formolizaciones.
  9. Acupunturas, homeopatía y quiropraxia.
  10. Lipoaspiración
  11. Secuelas de quimioterapia y radioterapia.
  12. Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnicas de fertilización asistida.
  13. Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
  14. Trasplantes de órganos.

Las siguientes entidades clínicas y sus tratamientos, a pesar de ser crónicas, estarán cubiertos y tendrán los beneficios de cualquier evento normal: crisis hipertensivas; crisis asmática; anginas de pecho; infarto del miocardio; accidente cerebro vascular, dislipidemia y descompensaciones diabéticas.   

Así mismo, los eventos quirúrgicos para solucionar patologías adquiridas antes o durante la vigencia del contrato tendrán cobertura normal, por lo que no se podrá rechazar ni limitar la cobertura alegando preexistencia.

ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES

Todos los estudios de medicina por imágenes deberán tener una cobertura total, y en todos los casos es por persona y sin límites, siempre que provengan de una orden escrita del médico tratante

  1. Abdomen simple
  2. Angiofluresceinografia (ojos)
  3. Angiografía carótida h/8 placas 2 lados
  4. Angiografía carótida h/8 placas c-lado
  5. Angiografía de miembro 1 lado h/6 placas
  6. Angiografía de miembro 2 lados h/6 placas
  7. Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo
  8. Angioresonancia
  9. Antebrazo en todas las posiciones
  10. Aortografía lumbar o abdominal h/5 placas
  11. Apéndice
  12. Árbol urinario simple
  13. Arteriografía cerebral h/8 pl. 2 lados
  14. Arteriografía cerebral h/8 pl. c-lado
  15. Arteriografía selectiva (abdominal o tórax)
  16. Arteriografía selectiva dos arterias
  17. Arteriografía selectiva renal 1 lado
  18. Arteriografía selectiva renal 2 lados
  19. Biligrafina o colongiografía endovenosa
  20. Brazo en todas las posiciones
  21. Broncografía 2 lados
  22. Broncografía c/lados
  23. Cadera o pelvis en todas las posiciones
  24. Campo visual computarizado
  25. Cavum
  26. Cavum contrastado
  27. Cistografía
  28. Clavícula en todas las posiciones
  29. Codo en todas las posiciones
  30. Colangiografía endovenosa (biligrafina)
  31. Colangiografía operatoria
  32. Colangiografía pos-operatoria
  33. Colangiografía retrograda con papilotomía
  34. Colangiografía retrograda simple
  35. Colangiografíatrans-parientohepático
  36. Colecistografía oral
  37. Colon contrastado
  38. Colon doble contraste
  39. Colon por ingestión
  40. Colonoscopia
  41. Columna cervical en todas las posiciones
  42. Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones
  43. Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones
  44. Control radiológico en maniobras traumatológicas
  45. Costilla en todas las posiciones
  46. Cráneo en todas las posiciones
  47. Cráneo para ortodoncia
  48. Curva tensional
  49. Dedo 2 posiciones
  50. Densitometría
  51. Eco doppler (en general).
  52. Electroencefalograma
  53. Electromiograma (de miembros superiores e inferiores) en general
  54. Embarazo
  55. Espirometría
  56. Esófago
  57. Esternón en todas las posiciones
  58. Fistulografía h/2 placas
  59. Flebografía cada lado
  60. Galactografía bilateral previa mamografía
  61. Galactografía bilateral sin placa simple
  62. Galactografía c/lado c/previa mamografía
  63. Galactografía sin placa simple 1 lado
  64. Gonioscopia
  65. Histerosalpinografía.
  66. Histerosalpinografíaradiol. c/espec.
  67. Histeroscopia
  68. Hombro en todas las posiciones
  69. Intestino delgado o tránsito intestinal
  70. Laringografía contrastada
  71. Linfografía cada lado
  72. Linfografía dos lados
  73. Litotripsia por nefrostomía
  74. Litotripsia uretral
  75. Mama (pieza operatoria) p/placa
  76. Mama (reperage para biopsia) p/placa
  77. Mamografía en todos los lados
  78. Mano en todas las posiciones
  79. Mapeamiento de retina
  80. Mastoide en todas las posiciones
  81. Maxilar inferior en todas las posiciones
  82. Maxilar inferior c/ortopantomografía
  83. Mielografía s/ contraste ni especialista
  84. Muñeca en todas las posiciones
  85. Muslo o fémur en todas las posiciones
  86. Oclusión vascular retiniana
  87. Oclusión de vena central de retina
  88. Orbitas c/posición
  89. Ortopantomografía
  90. Otomicocopia
  91. OCT para Nervio Óptico
  92. Paquimetria corneal
  93. Perfil biofísico
  94. Pie en todas las posiciones
  95. Pielografía ascendente
  96. Pielografía endovenosa o riñón contraste
  97. Pierna en todas las posiciones
  98. Placa suplementaria
  99. Pruebas vestibulares en general (Electronistagmografía, Prueba calórica, Prueba rotatoria, Posturografía dinámica computarizada).
  100. Resonancia Magnética (Hasta 3 por año, por persona)
  101. Rodilla en todas las posiciones
  102. Saco lagrimal
  103. Saco lagrimal (radio. con especialista)
  104. Sacro-coxis en todas las posiciones
  105. Scopia como complemento de examen c/T.V.
  106. Scopia arco c por 1 hora
  107. Scopia arco c por más de 1 hora
  108. Senos faciales en todas las posiciones
  109. Sialografía en todos los lados
  110. Somnografía o Estudio del Sueño
  111. Spect perfusión Miocárdica
  112. Tobillo en todas las posiciones
  113. Topografia corneal
  114. Tórax en todas las posiciones
  115. Tránsito intestinal o intestino delgado
  116. Transparieto-hepática
  117. Uretrocistografía
  118. Urograma de excresión
  119. Vesícula simple
  120. Ecobiometría ambos ojos
  121. Magnificación

Ecocardiograma  

    1. Eco doppler en general
    2. Ecocar. c/doppler bidimensional
    3. Ecocardiograma sin doppler
    4. Eco-stress
    5. Eco-stress con dobutamina
    6. Mapa

Ecografía  

    1. Ecografía abdominal
    2. Ecografía cromosómica
    3. Ecografía de mamas
    4. Ecografía de tiroides
    5. Ecografía del bazo
    6. Ecografía ginecológica y obstetricia
    7. Ecografía morfológica
    8. Ecografía hígado-vias biliares-vesícula
    9. Ecografía intracavitaria c/residuo
    10. Ecografía intra-operatoria
    11. Ecografía oftálmica
    12. Ecografía pancefálica
    13. Ecografía prostática
    14. Ecografía prostática intracavitaria
    15. Ecografía renal
    16. Ecografía testicular
    17. Ecografía trasvaginal
    18. Ecografía tridimensional
    19. Ecografía de tejidos blandos
    20. Ecografía 3D y 4D
    21. Punciones con control ecográfico

Tomografía computada (Hasta 3 por año, por persona)  

    1. Tomografías MultiSlice (TCMS)
    2. Tomografía computada cráneo
    3. Tomografía computada miembros
    4. Tomografía computada tórax
    5. Tomografía computada abdomen inferior
    6. Tomografía computada abdomen superior
    7. Tomografía computada pelvis
    8. Tomografía computada columna cervical
    9. Tomografía computada columna dorsal
    10. Tomografía computada columna lumbar
    11. Tomografía computada de las vías urinarias
    12. Tomografías en general
    13. Tomografía con contraste (en general)

Medicina Nuclear (con descuento de 75%)  

    1. Camara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.)
    2. Centellografíaglandula salivar
    3. Centellografía sangrado intestinal
    4. Centellografía cerebral
    5. Centellografía de tiroides o mapeo
    6. Centellografía hepática
    7. Centellografíaosea
    8. Centellografía pulmonar
    9. Centellografía renal
    10. Centellografía testicular
    11. Centellografía (en general)
    12. Terapia cobalto (con 70% de descuento)
    13. Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo
    14. Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo
    15. Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo
    16. Carc. de lengua lesión gang. anexo
    17. Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad.gang.
    18. Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat.
    19. Carc. pene lesión sola co. irrad. p/campo
    20. Carc. pene mas campo anexo r. gang
    21. Carc. vejiga cobalto irrad. p/campo
    22. Carcinoma cutaneoepitel. d.t. 25 p/campo
    23. Carcinoma esofagico mas campo anexo
    24. Carcinoma esofagico lesión sola cobalto
    25. Carcinoma laringeo lesión sola cobalto
    26. Carcinoma laringeo mas campo anexo
    27. Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo
    28. Carcinoma oral mas campo anexo
    29. Carcinoma pulmonar cobalto
    30. Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto
    31. Carcinoma s/maxilar mas campo anexo
    32. Cicatriz queloide s/aplicación
    33. Huesos (tumores) co. irrad. por campo
    34. Linfomas co. irrad. nodal infodiaf.
    35. Linfomas co. irrad. nodal supradiaf.
    36. Linfomas co. irrad. nodal total
    37. Linfomas co. una región ganglionar
    38. Rodioterapiaantiimflam. prom. c/aplic.
    39. Seminoma co. rad. prof. d.t. 50 irrad. nod. tot.
    40. Tumores cerebrales en general co. irrad. camp.

ESTUDIOS ELECTROFISIOLOGICOS (EEF)     

       202. EEF en todas sus formas

TODOS LOS ESTUDIOS CITADOS EN EL LISTADO DE ANEXO DE MEDICINAS POR IMÁGENES, DEBEN SER REALIZADOS CON COBERTURA TOTAL Y SIN LIMITES DE CANTIDAD, SALVO AQUELLAS CON ESPECIFICACIONES PARTICULARES DE LIMITE.  

ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES:

  1. Todos los estudios laboratoriales serán sin límites y por persona.
  2. Acido cítrico
  3. AcidofenilPiruvico
  4. Acido Láctico
  5. Acido úrico
  6. AcidovanilMandelico (AVN)
  7. ACTH
  8. Addis. Recuento de
  9. Aglutinación de partículas de látex para:
  10. A. Escherichiacoli Ki
  11. A. Hemo-philusinfluenzae tipo b
  12. A. Legionellapneumofila
  13. A. Nesseriameningitidis grupo a
  14. A. Nesseriameningitidis grupo b
  15. A. Nesseriameningitidis grupo c
  16. A. StroptococusPheumoniae
  17. A. Stroptococus beta hemolítico grupo a
  18. A. Stroptocicus grupo b
  19. Aglutinas Anti a
  20. Aglutinas Anti b
  21. AIDS-ac
  22. Albúmina
  23. Alcohol
  24. Aldolasa
  25. Aldosterona
  26. Alergía-Tests: Ver RAST
  27. Alfa 1 antitripsina
  28. Alfafetoproteina (APF)
  29. A/G
  30. Amilasa
  31. Amonio
  32. ANA
  33. Androstenediona
  34. Anfetamina
  35. Antic. Anti.-Peroxidasa (tipo ac)
  36. Anti-CCP (anticuerpos, antipeptidos, citrulinados, coclicos)
  37. Antibiogramas para gérmenes aeróbicos
  38. Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos
  39. Ac. Anti nDNA
  40. Ac. Anti Microsomales
  41. Ac. Anti Mitocondriales
  42. Ac. Anti Musculo Liso (ASMA)
  43. Ac. Anti Nucleares
  44. Ac. Anti Tironglubinas
  45. Ac. Anti Tiroides
  46. Ac. Anti Toxoplasma IgG
  47. Ac. Anti Tripanosoma IgG
  48. Ac. Anti Tripanosoma IgM
  49. Ac. Anti VirusSinciciallRespiratorio (VSR) 50.            Ac. Heterofilos
  1. A.F.P.
  2. Anti EndomisioacIgA
  3. Anti EndomisioacIgG
  4. Antígeno Carcinoembrionario (CEA)
  5. Antígenos Febriles
  6. Antígeno Prostático específico (PAS)
  7. Antitrombina III
  8. Anticuerpos Anti-Tiroides
  9. Apolipoproteina b
  10. Aspegillus
  11. ASTO
  12. Autovacunas
  13. Azucares reductores
  14. Análisis para detección de avitaminosis, hipervitaminosis, o control
  15. BAAR
  16. Barbitúricos
  17. Bence-Jones
  18. Benedict, Reacción de
  19. Bicarbonato
  20. Billirubina total, directa e indirecta
  21. Bilis, cultivo
  22. Bioperfil fisiológico
  23. Bioquímica de plasma Seminal
  24. CA 123
  25. C 3
  26. C 4
  27. Calcio
  28. Calcitonina
  29. Calculo Urinario
  30. Campo oscuro
  31. Campylobacter
  32. Cannabinoides
  33. Carduilipina, anticuerpos IGM, sangre.
  34. Capacidad de fijación de hierro (TIBC)
  35. CEA
  36. Células LE
  37. Cetonemia
  38. Cetonuria
  39. Cetoferoides 17
  40. CH 50
  41. Chagas (Ac. Anti TrypanosomaIgG e IgM
  42. Chalamydia
  43. Citomegalovirus-ac-IgG
  44. Citomegalovirus-ac-IgM
  45. Ck
  46. Ck-mb
  47. Clearance de Creatinina
  48. Cloruros
  49. CMV-ac-IgG
  50. CMV-ac-IgM
  51. Creatinina
  52. Coagulograma
  53. Cobre
  54. Cocaína
  55. Coccidioidina
  56. Colesterol esterificado
  57. Colesterol HDL
  58. Colesterol-LDL
  59. Colesterol total
  60. Colesterol VLDL
  61. Colinesterasa
  62. Coloración de Giemsa
  63. Coloración de Gram
  64. Coloración de Ziehl
  1. Complemento hemolítico (CH 50)
  2. Coombs Directo
  3. Coombs Indirecto
  4. Coprocultivo
  5. Coprología Funcional
  6. Coproporfirinas
  7. Cortisol
  8. Crioglutininas
  9. Crioglobulinas
  10. Criptococus
  11. Cristales-Identificación
  12. Cuerpos Cetonicos
  13. Cultivo en Aerobiosis
  14. Cultivo en Anaerobiosis
  15. Cultivo en Thayer-Martin
  16. Cultivo para BAAR
  17. Cultivo para GC
  18. Cultivo para hongos
  19. Cultivo para listeria
  20. Cultivo para Mycoplasma
  21. Curva de tolerancia oral a la glucosa.
  22. Chikungunya
  23. Dehidroepitandrostenediona(DHEA-S04)
  24. Dehidrostestosterona
  25. Dengue, en todas sus determinaciones
  26. Densidad
  27. Difteria, Cultivo
  28. Digoxina
  29. DNA-ac
  30. Dióxido de carbono (CO2)
  31. Dosaje (en general)
  32. D-Xilosa
  33. EBV-EA-ac
  34. EBV-VCA-ac
  35. Electromiografía
  36. Electroforesis de hemoglobina
  37. Electroforesis de lipoproteínas
  1. Electroforesis de proteínas
  2. Electrólitos
  3. Eosinófilos
  4. Epstein-Barr Virus-ac
  5. Eritrosedimentación
  6. Escherichiacolienteropatogeno
  7. EscherichiacolikI. Látex
  8. Esperma, cultivo
  9. Espermograma
  10. Esputo. Coloración para BAAR
  11. Esputo. Cultivo para gérmenes comunes
  12. Esputo. Eosinofilos y mastocitos
  13. Estradiol
  14. Estriol libre
  15. Estrógenos totales
  16. Estudio capilar. Investigación de hongos
  17. Exceso de base
  18. Factor reumatoideo
  19. Fenilhidantoina
  20. Ferritina
  21. Fibrinogeno
  22. Fibrinolisis
  23. Formula leucocucocitaria
  24. Fosfatasa acida prostática (pap)
  25. Fosfatasa Acida total y prostática
  26. Fosfatasa alcalina
  27. Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico
  28. Fosfolipidos
  29. Fósforo
  30. Fragilidad osmótica de los hematíes
  31. Frotis de sangre periférica
  32. Fructosa
  33. FSH
  34. FTA-abs-IgG
  35. FTA-abs-IgM
  36. FTI
  37. Gamma Globulinas
  38. Gamma GT
  39. Garganta. Cultivo
  40. Gases arteriales
  41. Gastrina
  42. GC. Cultivo
  43. GH (Hormona de crecimiento)
  44. Gliadina, anticuerpos IGA, sangre
  45. Globulina
  46. Glóbulos blancos
  47. Glóbulos rojos
  48. Glucohemoglobina
  49. Glucosa
  50. Glucosa. Curva de tolerancia
  51. Glucosa pre y pos prandial
  52. Glucosuria
  53. GanadotrofinaCorionica (hCG)
  54. Gota gruesa
  55. GOT
  56. GPT
  57. Graham-Test
  58. Gravindex
  59. Grupo Sanguíneo
  60. Guayaco
  61. Ham-test
  62. Hmburger-test
  63. Hamber
  64. Haptoglobina
  65. HbA 1c
  66. Hdelta
  67. HAV-ac
  68. HAV-ac-IgM
  69. HBc-ac
  70. HBc-ac-IgM
  71. HBDH
  72. HBe-ac
  73. HBe-Ag
  74. HBs-ac
  75. HBs-Ag
  76. hCG-sub-unidad beta
  77. HDL-Colesterol
  78. Heces. Benedict
  79. Heces. Examen parasitologico
  80. Heces. Flora microbiana
  81. Heces. Frotis
  82. Heces. Hongos
  83. Heces. Microscopia Funcional
  84. Helicobacter Pylori
  85. Hematrocrito
  86. Hemocultivo en aerobiosis
  87. Hemocultivo en anaerobiosis
  88. Hemoglobina
  89. Hemoglobina. Electroforesis
  90. Hemoglobina fetal
  91. Hemoglobina. glucosilada (Hb A 1c)
  92. Hemograma
  93. Hemoparásitos
  94. Hemophilusinfluenzae tipo b. látex
  95. Hepatitis (ac y Ag) ver HAV y HB
  96. Herpes
  97. H.G.H.
  1. Hidatidosis-ac
  2. Hidroxicorticosteroides 17
  3. Hidroxi-Indol-Acetico 5 (5HIAA)
  4. Hierro serico
  5. Hisopado Faríngeo
  6. Histoplamina
  7. HIV-ac
  8. Hongos. Cultivo e identificación
  9. Hongos. Examen en fresco
  10. Hormona de crecimiento (hGh)
  11. Hormona Foliculo Estimulante (FSH)
  12. Hormona Lactogeno Placentaria (hP)
  13. Hormona Luteinizante (LH)
  14. IgA
  15. IgD
  1. IgE
  2. IgG
  3. IgM
  4. Inclusiones citomegalicas
  5. Índices hematimetricos
  6. Índice de Tiroxina Libre
  1. Influenza tipo A
  2. Influenza tipo A H1N1
  3. Influenza tipo B
  4. Inmunoelectroforesis
  5. Inmunoglobinas
  6. Insulina
  7. Klesbsiellapneumoniae
  8. Lactosa
  9. LAP
  10. Larvas de vermes
  11. Látex para
  12. Escherichiacoli k 1
  13. L. Haemophilusinfluenzae tipo b
  14. L. Neusseriameningitidis grupo A
  15. L. Neisseriameningitidis grupo B
  16. L. Neisseriameningitidis grupo C
  1. L. Strptococcuspneumonias
  2. L. Streptococcus beta hemoliticos grupo
  3. L. Streptococcus grupo B
  4. Lavado gástrico
  5. LCR. Citoquímico
  6. LCR. Cultivo
  7. LDH
  8. LDL-Colesterol
  9. LE
  10. Lecitina en líquido amniótico
  11. LegionellaPheumiphila. látex
  12. Lesión genital. Coloración de gram
  13. Lesión genital. Coloración de fontana
  14. Lesión genital. Estudio microbiológico
  15. Lesión en la piel. Cultivo para hongos
  16. Lesión de uñas. Cultivo para hongos
  17. LH
  18. Linfa cutánea. Coloración de Ziehl
  19. Lipasa
  20. Lípidos totales
  21. Líquido amniótico. Cultivo
  22. Líquido amniótico. Fosfaditil-glicerol
  23. Liquido articular. Citoquimico
  24. Liquido articular. Cristales
  25. Liquido articular. Cultivo
  26. Liquido ascítico. Cultivo
  27. Liquido gástrico-duodenal. Parásitos
  28. Liquido peritoneal. Cultivo
  29. Liquido pleural. Cultivo
  30. Listeria
  31. Litio
  32. Madurez Fetal (fosfatydil glicerol)
  33. Magnesio
  34. Magnesio eritrocitario
  35. Marcadores tumorales
  36. Marihuana
  37. Mastositos
  1. Mayaro
  2. Mapa (Holter)
  3. Metahemoglobina
  4. Metotrexate
  5. Micosis oportunistas
  6. Micosis profundas

329. Micosis subcutaneas

330.  Micosis superficiales

  1. Microalbuminuria
  2. Mioglobina
  3. Moco cervical
  4. Monotest
  5. Morfina
  6. Mucoproteínas
  7. Mycobacterium Tuberculosis
  8. Mycoplasma en secreción vaginal
  9. MicoplasmaHominis
  10. Neiseriae Gonorrea
  11. NeiseriaeMeninigitidis.GrupoA.latex
  12. NeiseriaeMeninigitidis.GrupoB.latex
  13. NeiseriaeMeninigitidis.GrupoC.latex
  14. N. 5 Nucleotidasa
  15. NTX
  16. Oído cultivo
  17. Opiáceos
  18. Orina, físico-químico y del sedimento
  19. Orina cultivo y/o automatizado
  20. Oxalato
  21. Oxiurius
  22. Parásitos. Investigación e identificación
  23. Parathormona (PTH)
  24. PAS (Antígeno prostático específico) Total y libre
  25. Paul-Bunell (presuntivo)
  26. PCR ULTRASENSIBLE
  27. PCR cuantitativa.
  1. Perfil Celiaco
  2. pOO2
  3. po2
  4. pDF
  1. Péptido C
  2. pH
  3. Phenistix
  4. Plaquetas
  5. Plasma seminal
  6. Porfobilinogeno
  7. Potasio
  8. PPD
  9. Preparación de células LE
  10. Productos de degradación de la fibrina
  11. Progesterona
  12. Prolactina
  13. Proteínas C reactiva
  14. Proteínas de Bence-Jones
  15. Proteínas Electroforesis
  16. Proteínas S
  17. Proteínas totales
  18. Proteinuria 24 horas
  19. Protomorfinas
  20. Protozoarios
  21. Prueba de concentración
  22. Prueba de dilución
  23. Prueba de lazo
  24. Prueba de tolerancia oral a la glucosa
  25. Prueba de tolerancia a la lactosa
  26. Prueba de Tzanck
  27. PTH
  28. Pus. Cultivo
  29. Punta de catéter Cultivo
  30. Quimiotripsina
  31. Quistes de protozoos
  32. Raspado de lengua. Cultivo para hongos
  33. Reacción de Huddleson
  34. Reacción de Widal
  35. Recuento de Addis
  36. Relación A/B
  37. Relación calcio/creatinina
  38. Reticulositos
  39. Retracción del coágulo
  40. Rh
  41. Rotavirus
  42. Rubeola IgG
  43. Rubeola IgM
  44. Sangre oculta
  45. Saturación de oxígeno
  46. Secreción conjuntival. Cultivo
  47. Secreción endocervical. Cultivo
  48. Secreción faríngea. Cultivo
  49. Secreción genital. Cultivo
  50. Secreción nasal. Cultivo
  51. Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos
  52. Secreción prostática. Cultivo
  53. Secreción purulenta. Cultivo
  54. Secreción traqueal. Cultivo
  55. Secreción uretral. Cultivo
  56. Secreción bulbar. Cultivo
  57. Sida-ac
  58. Sífilis
  59. Simis-Hunner - test
  60. Shigella. Cultivo
  61. SO2
  62. Sodio
  63. Somatomedina - c
  64. Staphylcoccusaureus
  65. Streptococcus. Cultivo
  66. Streptococcus. Beta hemolitico gr. A.latex
  67. Streptococcus. grupo B.latex
  68. Streptococcus. pneumoniae
  69. Streptonasa B
  70. Streptozima
  71. Swin up
  72. tTG
  73. T3 libre
  74. T3 total
  75. T3 uptake
  76. T4 libre
  77. T4 total
  78. Tacrolinemia
  79. Test de absorción a la xilosa
  80. Test de Coombs Directo
  81. Test de Coombs Indirecto
  82. Test de estimulación con ACTH
  83. Test de estimulación hormona de crecimiento
  84. T.* con ejercicios* con L-Dopa
  85. Test de estimulación con LH/RH
  86. Test de estimulación con TRH
  87. Test de Ham
  88. Test de supresión con dexametosona
  89. Test in vitro de penetración espermática en t. moco cervical
  90. Test de post-coital
  91. Test de Sims-Huner
  92. Test del Sudor
  93. TIBC (Capacidad de fijación del hierro)
  94. Tiempo de coagulación sangría
  1. Tiempo de Protrombina y coagulación
  2. Tiempo de tromboplastina parcial activada
  3. Timol
  4. Tine test
  5. Tzanck - Prueba de
  6. Tipificación
  7. Tiroglubina
  1. Testosterona libre
  2. Toxoplasmosis- acIgG, IgM
  3. Transferrina
  4. Transglutaminosa Tisular IgAIgG
  5. Trichomonasvaginalis
  6. Triglicéridos
  7. Trypanosomacruzi-ac
  8. Troponina I Cuantitativo
  9. TSH
  10. TTPa
  11. Ulcera genital. Cultivo
  12. Urea
  13. Ureaplasmaurealyticum
  14. Urobilina
  15. Urobilinogeno
  16. Urograma de excresion
  17. Van de Kamer
  18. Vandil - Mandelic - Acid (AVM)
  19. Vermes
  20. VDRL
  21. VIH-ac
  22. Vicent's Angina. Frotisri
  23. Virocitos
  24. VLDL Colesterol
  25. VSR ac
  26. Vitamina D ( 25 OH Vitamina D)
  27. Widal. Reacción de
  28. Xilosa. Test de absorción
  29. Zika
  30. Artritest
  31. CA-125
  32. anti-tTG, IgA - IgA total- anti-tTG, IgG- AGA, IgG (Pruebas de la enteropatía sensible a gluten)
  33. Se incluye centellografía y captación tiroidea.
  34. Troponina I Cualitativo
  35. CEA
  36. CA125
  37. CA15
  38. Emoglobina Glicada
  39. Prick test
  40. Urocultivo

TODOS LOS ESTUDIOS CITADOS EN EL LISTADO DE ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES, DEBEN SER REALIZADOS CON COBERTURA TOTAL Y SIN LÍMITES DE CANTIDAD. TODOS LOS ESTUDIOS NO CITADOS EN EL ANEXO DE ESTUDIOS LABORATORIALES, DEBEN SER REALIZADOS CON UNA COBERTURA DE ARANCEL PREFERENCIAL.

 OBS: LA PRESTACION DEL SERVICIO UNICAMENTE PODRA SER SUSPENDIDA EN CASO DE RESCISION DE CONTRATO.

SERVICIOS CONEXOS  

1- Asistencia al viajero 15 (quince) días por grupo familiar por año. No acumulable  

Detalles de la Cobertura:  

  • Consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos para casos de urgencias
  • Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad
  • Asistencia Médica en caso de Accidente o Enfermedad no preexistente hasta U$D 50.000
  • Odontología de urgencia (Max. U$D 150 por pieza) hasta U$D 500
  • Medicamentos ambulatorios, hasta U$D 1.000
  • Medicamentos en caso de hospitalización, incluido en el MMG -   Traslados, incluido
  • Repatriación (Sanitaria o funeraria) U$D 50.000
  • Regreso de acompañante del titular repatriado
  • Traslado de un familiar
  • Estancia de un familiar, por día U$D 100, hasta 4 (cuatro) días
  • Gastos de Hotel por convalecencia, por día U$D 150, hasta 5 (cinco) días
  • Acompañamiento de menores o mayores, incluido
  • Reembolso de gastos por vuelo demorado o cancelado hasta U$D 200
  • Regreso anticipado por siniestro grave en el domicilio, incluido
  • Diferencia de tarifa por viaje de regreso retrasado o anticipado, incluido
  • Asistencia Legal por responsabilidad en un accidente. Préstamo de hasta U$D 8.000
  • Anticipo de fondos para fianzas, Préstamo de hasta U$D 8.000
  • Transmisión de mensajes urgentes, incluido
  • Localización de equipajes, incluido
  • Asistencia en caso de robo o extravío de documentos, etc, incluido

NOTA:

  • El Monto Máximo Global de esta cobertura es hasta U$D 50.000 por persona
  • U$D Dólares Americanos
  • MMG Monto Máximo Global

2- Servicio de Sepelio

Detalle de la Cobertura:   

  • COBERTURA SIN COSTO:  
    • La cobertura comprenderá el GRUPO FAMILIAR establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, no se limitara la cantidad de hijos, pero solo contaran con cobertura los hijos menores de 25 años y los padres de los titulares solteros.

 -         COBERTURA CON COSTO:  

    • Los adherentes que no pertenezcan al GRUPO FAMILIAR, abonarán un costo unitario mensual de Gs. 50.000 (Guaraníes cincuenta mil), y su inclusión a la cobertura de sepelio será opcional para el titular.

 

    • Periodos de vigencia: la vigencia será inmediata, salvo en los casos de los padres del titular soltero que sea mayor a 60 años, los cuales deberán contar con una antigüedad de 5 meses. La cobertura para los adherentes con costo será inmediata, salvo los mayores de 60 años con una antigüedad de 5 meses.

COBERTURA

    • Ataúd, finamente lustrado, válvula de seguridad, depósito de formol, manijas cinceladas, herrajes e imagen religiosa
    • Sala velatoria climatizada. en la ciudad de asunción. Los beneficiarios del servicio que por el lugar de residencia no pueden usufructuar la sala velatoria climatizada, podrán solicitar los demás servicios para hacer prestados en las localidades que el prestador cuente con el servicio o en el domicilio del fallecido o de algún familiar del mismo
    • Formolización
    • Mortaja
    • Capilla ardiente
    • Traslado al lugar del Velatorio en vehículo especial
    • Carroza fúnebre
    • Álbum para firmas
    • Aviso en la prensa
    • Tramites Civiles
    • Servicio de cafetería y gaseosas
    • Dos Certificados de Defunción
    • Tarjetas de Agradecimiento

3- Cobertura Covid 19 y Post Covid 

Internación en el centro asistencial que indique la prestadora 

Excepcionalmente, tendrán cobertura los casos de diagnosticados como SARS COVID-19 Positivo, hasta un límite de 5(Cinco días) de internación y de hasta G. 2.000.000 (Guaraníes Dos Millones) para medicamentos, descartables y oxígeno, por titular por vigencia de contrato. 

Análisis Laboratoriales en Laboratorio que indique la Prestadora.: 

Hasta dos determinaciones de cada uno del listado detallado abajo para titulares 

Hemograma y plaquetas. 

Glicemia. 

Perfil renal. 

Perfil hepático. 

Electrolitos. 

Potasio. 

Magnesio. 

LDH. 

Crasis. 

Dímero D. 

Ferritina. 

PCR. 

Gasometría arterial 

IMÁGENES: En el Centro de Diagnóstico que indique la Prestadora 

Radiografía de Tórax simple. Hasta dos estudios para titulares 

Electrocardiograma. Hasta dos estudio para titulares 

Tomografía de tórax simple Hasta dos estudio para titulares 

NOTA: Se aclara que si bien está establecido en el apartado de Servicios Conexos (Asistencia al Viajero y Servicio de Sepelio), la Contratista no está obligada a presentar dichos servicios, ya que es algo opcional al servicio de cobertura médica. Así también podrá presentar a la Cobertura, algún servicio opcional a Criterio del Contratista.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Identificar el nombre,  cargo  y  la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Dirección de Administración y Finanzas, a tráves del Departamento Administrativo.
  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: es fundamental contar con un seguro médico que pueda brindar cobertura integral en materia de salud a los funcionarios públicos de la Institución, que pueda contemplar la asistencia en caso de enfermedades, accidentes, maternidad entre otros.
  • Justificar la planificación: el llamado se realiza de forma plurianual: de manera a garantizar la continuidad de la prestación de los servicios de salud. 
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas: las especificaciones técnicas fueron ajustadas a las necesidades de la Institución para los requerimientos en la cobertura de salud médica.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

No aplica 

Plan de entrega de los servicios

 

 

La Prestadora de Servicios deberá cubrir automáticamente a todos los asegurados de acuerdo a las EE.TT. de este PBC. 

Fiscalizaciones: en todas sus relaciones con el Contratista, durante la ejecución de los trabajos, el SENASA estará representado por el Jefe del Departamento Administrativo, o de la (s) persona (s) autorizada (s) por dicha Jefatura, la que se hará conocer por escrito al Contratista, quién tendrá a su cargo el encaminamiento de la solución de los problemas que se presenten. 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Órdenes de Servicio

Órdenes de Servicio

Conforme al Plan de Entregas.

 

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

 

1. Personas Físicas / Jurídicas

a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;

d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;

e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato.

2. Documentos. Consorcios

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.

b) Original o fotocopia del consorcio constituido.

c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.