El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Abg. Vanessa Iribas - Jefa de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación TICs.
La necesidad de contar con el servicio se debe a que son utilizados para diversas reuniones que son mantenidas en todos los niveles de la Institución y además es utilizada para reuniones internacionales, y/o para capacitaciones o eventos institucionales en los que no se requiera la presencia física.
La solicitud ser realiza por un periodo de un año, desde el inicio del contrato, para una mejor administración.
Las especificaciones técnicas se deben a que son necesarias algunos puntos mínimos para responder a las exigencias de las múltiples actividades de la institución, por facilitar la realización de eventos y reuniones virtuales, pero para una eficiente tarea se requiere la seguridad de que se cumplirán con los estándares actuales para videoconferencia.
La cantidad de usuarios para dar independencia de administración de reuniones de la Direcciones Generales, para mejor organización.
Muchas de las reuniones deben ser grabadas para archivo institucional y para publicación en medios oficiales de la institución.
El sistema de videoconferencia debe brindar seguridad en cuanto a su disponibilidad y su acceso, manteniendo una interfaz simple y amigable.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Descripción del Servicio |
Requisitos |
Cuentas de servicio de videoconferencia en la nube |
Duración de 12 meses |
10 cuentas en versión de 1 o más anfitriones |
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Las cuentan deben contar con servicios reuniones. |
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Capacidad de almacenamiento en la nube mínimo de 20 GB por cada cuenta |
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1 a 1000 participantes por sesión |
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Límite máximo de duración de reunión: 24 horas |
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Administración de usuario, Como administrador o dueño de cuenta, tiene controles de reuniones avanzados, como para habilitar o inhabilitar la grabación, el cifrado, el chat y las notificaciones. |
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Ejecute informes de uso para saber cuántas reuniones se están realizando en su organización, qué día, el número de participantes, la cantidad de minutos de la reunión y más. |
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ID personal de la reunión a medida |
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Asignar programador, le permite asignar a otra persona para que configure sus reuniones. |
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Mínimo 10 GB de grabación en la nube MP4 o M4A, Registre las reuniones en la nube, donde se puede descargar o transmitir el archivo desde un explorador, en formatos disponibles compatibles MP4 (video), M4A (audio) y txt (chat). |
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Video en HD, Voz en HD, Vista del Hablante, Vista de galería y pantalla completa, Compartir pantalla simultáneamente, Sala de espera |
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Funciones de Colaboración Web: Uso compartido de escritorio y aplicaciones, Identificación de sala o reunión personal, Reuniones instantáneas o programadas, Grabación local en MP4 o M4A, Mensajería privada y grupal. |
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Controles de anfitrión, Levantar la mano, envió de iconos de expresiones durante una reunión. Capacidad de conexión a un equipo de videoconferencia de una sala u oficina. |
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Seguridad: Cifrado por Secure Socket Layer (SSL), Cifrado por AES 256 bits |
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Compatibilidad con sistemas operativos Mac, Windows, Linux, iOS y Android. |
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Compatibilidad con navegadores basados en webkit y gecko. |
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Compatibilidad con protocolos SIP/H.323 |
Garantía y Certificaciones
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Servicio de Videoconferencias |
1 |
Evento |
Unidad Tics - SENACSA Sede Central - Ruta Mcal. Estigarribia Km 10 ½ - San Lorenzo, o dependencia designada por la administración de lunes a viernes de 08:00 a 12: 00 horas |
A partir de la fecha indicada en la Orden de prestación del servicio. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Comprobante del servicio de Software a nombre del SENACSA e informe de recepción |
Comprobante del servicio de Software a nombre del SENACSA e informe de recepción | Conforme fecha indicada en la Orden de prestación de servicios |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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