Fecha de Consulta: 04-10-2022
Consulta:
En el PBC EN MATERIAL DE CAPACIDAD DE PERSONAL, se establece..... Declaración jurada de que el 70% de la mano de obra será del municipio de la convocante, conforme lo establece la Ley 6225/11, para el efecto deberá presentarse el currículo del personal propuesto con los datos de contacto y su certificado de vida y residencia, la convocante se reserva el derecho a verificar los datos proporcionados, como mínimo deberá contar con 10 personales de obra...
Hemos constatado que la unica Ley 6225 es el años 2019, y la misma modifica el Presupuesto de la Nacion del Año 2018;
Existe El Decreto No 6225/2011 apoyo a la producción y empleo criterios para la realización de la Ley No 2051/2003 , que en su articulo 2do inc. c)En las
Contrataciones de Obras que realicen las Municipalidades y Gobiernos Departamentales, la Convocante podrá disponer que por lo menos el setenta por ciento (70%) de la mano de obra a ser empleadas de quienes resulten adjudicadas, deberán ser domiciliado en el territorio de la Convocante, y de la Gobernación de Central para la Municipalidad de Asunción. En caso de ser adjudicado el Oferente deberá presentar una Declaración Jurada con los datos del Personal a emplear con la ejecución del Contrato”....EL DECRETO ESTABLECE CLARAMENTE..EN CASO DE SER ADJUDICADA LA EMPRESA DEBE PRESENTAR UNA DECLARACION JURADA DEL PERSONAL QUE DEBE SER UN MINIMO DEL 70% DE LA ZONA!!!
Se solicita aclarar en que legislación o normativa legal se basaron para establecer los requisitos mencionados, considerando que la misma puede son limitante para todos los oferentes que deseen participar y favorecer a otras empresas, convirtiendo la licitación en una que va totalmente en contra de los principios de igualdad establecidos en la Ley de Contrataciones Publica.