Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Monto Mínimo:

Gs. 173.750.000 IVA Incluido

Monto Máximo:

Gs. 347.500.000 IVA Incluido

 

LOTE 1 - ARMAZONES DE ANTEOJOS CON ESTUCHES, CON CRISTALES MONOFOCALES

Ítem

Código de Catálogo

Descripción

Unidad de Medida

Presentación

Cantidad

ESFERICOS + Y -

1.1

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES ESFERICOS + Y - 0.00 al 2.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.2

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES ESFERICOS + Y - 2.25 al 4.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.3

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES ESFERICOS + Y - 4.25 al 6.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.4

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES ESFERICOS + Y - 6.25 al 8.00 y más.

UNIDAD

UNIDAD

1

CILINDRICOS 0.00 AL 2.00 CON ESFÉRICOS

1.5

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 0.00 AL 2.00 CON ESFÉRICOS 0.00 al 2.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.6

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 0.00 AL 2.00 CON ESFÉRICOS 2.25 al 4.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.7

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 0.00 AL 2.00 CON ESFÉRICOS 4.25 al 6.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.8

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 0.00 AL 2.00 CON ESFÉRICOS 6.25 al 8.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.9

42142902-001

Armazón de acetato o metálico, con estuche (medidas 48 - 56)
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 0.00 AL 2.00 CON ESFÉRICOS 8.25 al 12.00 y más.

UNIDAD

UNIDAD

1

CILINDRICOS 2.25 AL 6.00 CON ESFÉRICOS

1.10

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 2.25 AL 6.00 CON ESFÉRICOS 0.00 al 2.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.11

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 2.25 AL 6.00 CON ESFÉRICOS 2.25 al 4.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.12

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 2.25 AL 6.00 CON ESFÉRICOS 2.25 al 4.00

UNIDAD

UNIDAD

1

1.13

42142902-001

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 - 56),
CRISTALES MONOFOCALES CILINDRICOS 2.25 AL 6.00 CON ESFÉRICOS 6.25 al 8.00 y más.

UNIDAD

UNIDAD

1

 

Monto Mínimo:

Gs. 216.250.000 IVA Incluido.

Monto Máximo:

Gs. 432.500.000 IVA Incluido

 

LOTE 2 - ARMAZONES DE ANTEOJOS CON ESTUCHES, CON CRISTALES BIFOCALES

Ítem

Código de Catálogo

Descripción

Unidad de Medida

Presentación

Cantidad

ESFERICOS VISION LEJANA Y CERCANA

2.1

42142902-002

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 56),
CRISTALES BIFOCALES ESFERICOS VISION LEJANA Y CERCANA 0.00 a 03.00

UNIDAD

UNIDAD

1

2.2

42142902-002

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 56),
CRISTALES BIFOCALES ESFERICOS VISION LEJANA Y CERCANA 3.25 y más.

UNIDAD

UNIDAD

1

CILINDRICOS 0.00 AL 4.00 CON ESFÉRICO

2.3

42142902-002

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 56),
CRISTALES BIFOCALES CILINDRICOS 0.00 AL 4.00 CON ESFÉRICO 0.00 a 3.00

UNIDAD

UNIDAD

1

2.4

42142902-002

Armazón de acetato o metálico con estuche (medidas 48 56),
CRISTALES BIFOCALES CILINDRICOS 0.00 AL 4.00 CON ESFÉRICO 3.25 y más.

UNIDAD

UNIDAD

1

 

  1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
  1. Armazones y estuches:
  • Los armazones deben ser metálicos o de acetato. Medidas: 48, 50, 52, 54, 56, aro completo, patillas flexibles con forro.
  • Los armazones de acetato deberán poseer bisagra de metal.
  • Los armazones de metal deberán tener tornillos en el aro para montar los cristales y plaquetas reemplazables.
  • Los armazones deberán ser proveídos con estuches que permitan una excelente protección y evite el agrietamiento de los anteojos.
  • El proveedor adjudicado deberá entregar con cada anteojo una Garantía de Calidad, por el periodo de 6 (seis) meses, por desperfectos de fábrica, a cada Asegurado. El documento Garantía de Calidad deberá contener la siguiente información: nombre, apellido y número de cédula del asegurado, y características técnicas del anteojo (armazón y cristal) entregado; el mismo deberá tener el membrete del proveedor, nombre y número de licitación, número de contrato.

2. Cristales

  • Los cristales monofocales y bifocales serán procesados en material CR39 1.49 incoloro y protección UV 400 nm e Interpretando 100% la prescripción del Oftalmólogo.
  • El fabricante de los cristales deberá emitir un documento donde indique que la Óptica oferente tiene permiso para distribuir sus productos oficialmente, y con las características indicadas en el punto anterior.
  1. CAPACIDAD TÉCNICA DEL PROVEEDOR
  • El proveedor deberá tener la habilitación de la Dirección de Establecimientos de Salud, Afines y Tecnología Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social denominado Certificado de Registro y Habilitación Casa de Óptica en estado VIGENTE.
  • El proveedor deberá contar con laboratorio de Superficie y Montaje. El IPS tendrá la facultad de visitar a su conveniencia la casa de Óptica y el laboratorio de Superficie y Montaje durante la evaluación de las ofertas, para constatar la capacidad de cumplir con los asegurados.
  • El laboratorio óptico deberá contar con los equipamientos mínimos necesarios como ser: biseladora automática, lensómetro.
  • El proveedor deberá proveer en concepto de comodato fronto focometro digital por el tiempo del contrato.
  • El proveedor deberá proveer en concepto de comodato instrumental testeador de rayos UV.
  • El proveedor deberá contar con al menos un profesional del área de competencia dentro de su recurso humano como Lic. En Óptica y Contactología presentando la planilla de IPS, o contrato de trabajo con el carnet vigente que lo habilita (Copia de carnet autenticado por escribano).
  • Para la evaluación de ofertas deberán presentar muestras de los armazones, estuches  y cristales, de acuerdo a la planilla de precios, de todas las medidas solicitadas. Entrega en comodato.
  1. EMISIÓN DE ÓRDENES DE TRABAJO Y PLAZOS DE ENTREGA
  • El IPS proveerá una orden de trabajo, indicando el tipo de armazón, la medida del mismo, la receta médica y las características técnicas para la elaboración del cristal.
  • El plazo de entrega de los anteojos será de 48 horas desde la recepción de la orden de trabajo, emitida por el área de ÓPTICA dependiente del Dpto. Prestaciones Externas de la Dirección de Gestión Médica Gerencia de Salud.
  • El proveedor hará entrega los anteojos terminados, en área de ÓPTICA dependiente del Dpto. Prestaciones Externas de la Dirección de Gestión Médica Gerencia de Salud.
  • El IPS establecerá el horario de provisión de anteojos terminados y retiro de órdenes.
  • El registro de las provisiones realizadas a los pacientes se realizará en una plataforma web, la cual deberá ser proveída por el IPS. Para la utilización de dicha plataforma web, el proveedor deberá contar con acceso a internet para garantizar el servicio. En caso de falla en el acceso a la plataforma, se procederá al registro en formato físico, el cual deberá ser actualizado en la plataforma, una vez reestablecido el servicio.
  • El proveedor deberá disponer, además de conexión a internet, de todas las herramientas informáticas (hardware y software) necesarias para la digitalización de documentos y su posterior registro en la plataforma web
  • En dicha plataforma, el proveedor deberá adjuntar:
  • Receta emitida por el oftalmólogo
  • Fotocopia de cedula de identidad del asegurado
  • Orden emitida por la oficina de óptica
  1. CONTROL DE CALIDAD
  • Los anteojos entregados por el proveedor, serán sometidos a un control de calidad previo a la entrega al asegurado.
  • El IPS podrá establecer las sanciones que correspondan por incumplimiento de contratos en caso de que no se ajusten a lo adjudicado
  1. GARANTÍA DE CALIDAD
  • El proveedor adjudicado deberá entregar con cada anteojo una Garantía de Calidad por 6 meses, por desperfectos de fábrica a cada asegurado.
  • El documento de Calidad deberá contener; Nombre y Apellido del asegurado, Nº de cédula de identidad del asegurado, material del armazón, modelo del lente, material y protección UV 400 nm, firmado por el regente oficial de la Óptica adjudicada que figure en el Certificado de registro y Habilitación Casa de Óptica, emitido por la dirección de Establecimientos de Salud Afines y Tecnología Sanitaria, con sello del regente y sello de la Óptica.
  • El fabricante de los cristales deberá anexar al documento, documentación acreditando fehacientemente el cumplimiento de las normas de calidad en procesos de producción otorgada por la autoridad sanitaria competente en origen BPF, GMP o certificado de calidad internacional ISO, CE, UL, FDA, TUVF, o similares otorgado por la entidad certificadora en origen.
  • El IPS evaluará los desperfectos del anteojo, y si correspondiere notificará al proveedor de la ejecución de la garantía del anteojo. El proveedor deberá sustituir el producto, con las mismas características técnicas del pedido inicial, 48 horas posteriores a la notificación.
  • Si la Contratista, no subsana los defectos dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, el Instituto de Previsión Social tomará las medidas necesarias para corregir la situación por cuenta y cargo de la contratista, sin perjuicio de los derechos y acciones que pueda ejercer contra la misma en virtud del contrato y las leyes vigentes, pudiendo ser considerado como causal de rescisión de contrato por causa imputable al contratista. La subsanación de los defectos no exime a la Contratista de las multas y sanciones previstas en este contrato.
  • El IPS se reserva de derecho de auditar aleatoriamente la casa óptica y el laboratorio óptica, a fin de establecer las sanciones que correspondan por incumplimiento de contratos en caso de que no se ajusten a lo adjudicado.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Dirección de Gestión Médica, a través del Dpto. Prestaciones Externas y el Servicio de Oftalmología del Hospital Central.
  • Continuar con los bienes prestados a los asegurados activos y titulares del IPS país a fin de lograr dar respuesta a la necesidad de prótesis de trabajo, los cuales son necesarios para una mejor calidad de vida. Además, de no contar con la infraestructura ni los equipamientos necesarios para satisfacer la demanda de anteojos.
  • Se trata de un llamado sucesivo, y la planificación responde a la demanda histórica y de los contratos vigentes actualmente.
  • Las EETT establecidas hacen referencia a los criterios técnicos, profesionales y de infraestructura para la prestación del bien. Previo a la comprobación de derechos y la atención médica para la emisión de las recetas medicas.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

  • El IPS proveerá una orden de trabajo, indicando el tipo de armazón, la medida del mismo, la receta médica y las características técnicas para la elaboración del cristal.
  • El plazo de entrega de los anteojos será de 48 horas desde la recepción de la orden de trabajo emitida por el área de ÓPTICA dependiente del Dpto. Prestaciones Externas de la Dirección de Gestión Médica Gerencia de Salud.
  • El IPS establecerá el horario de provisión de anteojos terminados y retiro de órdenes.

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Durante la evaluación:

El Comité Técnico realizará la verificación in situ de la capacidad instalada de la empresa, conforme de todas las especificaciones técnicas y demás condiciones previstas en este Pliego de Bases y Condiciones.

El Comité Técnico labrará un acta con todo lo actuado durante el procedimiento al final del mismo, el documento debe ser refrendado con firma de los representantes tanto del IPS como de la empresa visitada. Y formará parte del informe de evaluación.

Durante la ejecución del contrato:

Las autoridades y/o funcionarios técnicos designados por el Administrador del Contrato tendrán la facultad de supervisar o fiscalizar, en cualquier etapa de la ejecución contractual, la correcta prestación objeto del presente llamado como así también el cumplimiento, por parte del prestador contratista, de todas las especificaciones técnicas y demás condiciones previstas en este Pliego de Bases y Condiciones.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE

PRESENTACIÓN

PREVISTA(*)

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

30 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

60 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

90 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

120 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

150DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

180 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

210 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

240 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

270 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

300 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

330 DÍAS

ACTA DE RECEPCION FINAL

ACTA DE RECEPCION FINAL

360 DÍAS

(*): Ésta columna presupone el mes de inicio de ejecución de Contrato, la misma está sujeta a modificación conforme la fecha de suscripción de dicho documento.

Criterios de Adjudicación

La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación;
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.