En el pliego de Bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ÍTEM N° 7- CINTAS LTO 8 ULTRIUM, dice:
“Compatibilidad: Completa y homologada para su uso en Tape Library IBM TS4300 con cabezales de R/W LTO 8”
Solicitamos a la institución excluir el requisito de Homologación para la marca IBM TS4300 considerando que esto limita y dirección a una única marca la cual es IBM, teniendo en cuenta que existen otras marcas que cuentan con compatibilidad completa con la marca solicitada y requerida, de mantenerse lo solicitado se estaría limitando la participación de potenciales oferentes.
En el pliego de Bases y condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ÍTEM N° 7- CINTAS LTO 8 ULTRIUM, dice:
“Compatibilidad: Completa y homologada para su uso en Tape Library IBM TS4300 con cabezales de R/W LTO 8”
Solicitamos a la institución excluir el requisito de Homologación para la marca IBM TS4300 considerando que esto limita y dirección a una única marca la cual es IBM, teniendo en cuenta que existen otras marcas que cuentan con compatibilidad completa con la marca solicitada y requerida, de mantenerse lo solicitado se estaría limitando la participación de potenciales oferentes.
Favor ajustarse a lo establecido en el PBC, el requerimiento es de compatibilidad completa y homologada para el uso en los Tape Library existentes y actualmente en producción en el BCP. Esto es fundamental para asegurar el correcto funcionamiento de las cintas requeridas con el equipo que actualmente se encuentra en el BCP, asegurando de esta manera la correcta compatibilidad con este equipamiento y por consecuencia el almacenamiento íntegro de los datos de Backups.
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ITEM 2 - CAMARAS WEB PARA VIDEOCONFERECIA
Según las especificaciones solicitado dice FORMATO DE CAPTURA DE VÍDEO ASF, “Este formato es independiente a la webcam. depende de la app. Es posible puedan aclarar este punto de la especificación solicitada.
Según las especificaciones solicitado dice FORMATO DE CAPTURA DE VÍDEO ASF, “Este formato es independiente a la webcam. depende de la app. Es posible puedan aclarar este punto de la especificación solicitada.
Favor ajustarse a la Adenda N° 1, la cual será publicada en el SICP en la brevedad.
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Especificacion Tecnica - Item Tablet 10"
Consultamos a la convocante si serán aceptados equipos con las siguientes características,
Memoria Interna con capacidad de 64 GB como mínimo
Tamaño de pantalla de 8" hasta 10".
Wifi: Wi‑Fi (802.11a/b/g/n/ac/qx); dual band (2.4GHz and 5GHz); HE80 with MIMO, 1024-QAM
Sistema operativo sea ANDROID.
De esta forma, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19
Consultamos a la convocante si serán aceptados equipos con las siguientes características,
Memoria Interna con capacidad de 64 GB como mínimo
Tamaño de pantalla de 8" hasta 10".
Wifi: Wi‑Fi (802.11a/b/g/n/ac/qx); dual band (2.4GHz and 5GHz); HE80 with MIMO, 1024-QAM
Sistema operativo sea ANDROID.
De esta forma, se estará posibilitando asimismo la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19
Con respecto a las características consultadas de Memoria interna, Tamaño de pantalla y Wifi, favor ajustarse a lo establecido en el PBC. Con respecto a lo consultado del Sistema Operativo, se puede ofertar indistintamente, ya que en el requerimiento se solicita "Especificar
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Especificacion Tecnica - Item Tablet 10"
Consultamos a la convocante si serán aceptados equipos con resistencia de nivel tipo IP 67 como mínimo, propia del equipo (Protección contra penetración de agua, humedad y polvo).
Consultamos a la convocante si serán aceptados equipos con resistencia de nivel tipo IP 67 como mínimo, propia del equipo (Protección contra penetración de agua, humedad y polvo).
En vista a que se solicita 45 dias para plazo de entregas, solicitamos encarecidamente a la convocante que la misma pueda ser extendida a 90 dias hábiles posterior a la firma del contrato. Es nuestro interés participar pero lastimosamente la cantidad solicitada no podremos entregar en el tiempo indicado. En pos de tener mayor participación en este llamado, aguardamos sea atendido este pedido.
En vista a que se solicita 45 dias para plazo de entregas, solicitamos encarecidamente a la convocante que la misma pueda ser extendida a 90 dias hábiles posterior a la firma del contrato. Es nuestro interés participar pero lastimosamente la cantidad solicitada no podremos entregar en el tiempo indicado. En pos de tener mayor participación en este llamado, aguardamos sea atendido este pedido.
En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Ítem 1 Micrófono y Pedestal, se solicita:
“Ruido inherente: 23 dB típico, ponderación A. “
Al respecto, se hace constar que dicho requerimiento no aparece en las especificaciones técnicas de la mayoría de los fabricantes de Micrófonos, y solo algunos lo citan para los modelos de micrófonos de solapa.
Considerando lo mencionado anteriormente, y que no se trata de una EETT estandarizada, solicitamos que este requerimiento sea eliminado a fin de que pueda ser ampliada la participación de potenciales oferentes, viéndose así la convocante beneficiada con una mayor cantidad de ofertas.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Ítem 1 Micrófono y Pedestal, se solicita:
“Ruido inherente: 23 dB típico, ponderación A. “
Al respecto, se hace constar que dicho requerimiento no aparece en las especificaciones técnicas de la mayoría de los fabricantes de Micrófonos, y solo algunos lo citan para los modelos de micrófonos de solapa.
Considerando lo mencionado anteriormente, y que no se trata de una EETT estandarizada, solicitamos que este requerimiento sea eliminado a fin de que pueda ser ampliada la participación de potenciales oferentes, viéndose así la convocante beneficiada con una mayor cantidad de ofertas.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Ítem 1 Micrófono y Pedestal, dice:
“Tipo de transductor: Soporta Volumen de Audio exagerado que no genere interferencia y distorsiones. “
Al respecto, solicitamos a la convocante que indique el tipo de micrófono que es requerido; de mano (para pedestal), de solapa, del tipo suspendido o de mesa, en vista que esta información se requiere a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante …” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Ítem 1 Micrófono y Pedestal, dice:
“Tipo de transductor: Soporta Volumen de Audio exagerado que no genere interferencia y distorsiones. “
Al respecto, solicitamos a la convocante que indique el tipo de micrófono que es requerido; de mano (para pedestal), de solapa, del tipo suspendido o de mesa, en vista que esta información se requiere a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante …” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Ítem 1 Micrófono y Pedestal, dice:
“Frecuencia Que el equipo tenga un selector de frecuencia.
Alimentación del micrófono: Batería tipo AA alkaline. “
Luego más abajo dice:
“Baterías y cables: Incluido todo lo necesario para su funcionamiento con tipo de conector xlr. “
Es así que se da a entender que el Sistema de Micrófono solicitado es del tipo inalámbrico pues se solicita un equipo con selector de frecuencia que es el que se utiliza para elegir el canal en qué trabajará el micrófono; así también se pide que el micrófono se alimente con baterías alcalinas. Sin embargo, la convocante luego solicita todo lo necesario para el funcionamiento del micrófono con un conector XLR, esto normalmente se refiere a un equipo cableado. Por tanto, solicitamos a la convocante que indique cual es el tipo de micrófono requerido; cableado o inalámbrico; esta información se requiere a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
“…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante …”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Ítem 1 Micrófono y Pedestal, dice:
“Frecuencia Que el equipo tenga un selector de frecuencia.
Alimentación del micrófono: Batería tipo AA alkaline. “
Luego más abajo dice:
“Baterías y cables: Incluido todo lo necesario para su funcionamiento con tipo de conector xlr. “
Es así que se da a entender que el Sistema de Micrófono solicitado es del tipo inalámbrico pues se solicita un equipo con selector de frecuencia que es el que se utiliza para elegir el canal en qué trabajará el micrófono; así también se pide que el micrófono se alimente con baterías alcalinas. Sin embargo, la convocante luego solicita todo lo necesario para el funcionamiento del micrófono con un conector XLR, esto normalmente se refiere a un equipo cableado. Por tanto, solicitamos a la convocante que indique cual es el tipo de micrófono requerido; cableado o inalámbrico; esta información se requiere a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
“…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante …”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Ítem 1 Micrófono y Pedestal, dice:
“Frecuencia Que el equipo tenga un selector de frecuencia.
Alimentación del micrófono: Batería tipo AA alkaline. “
Luego más abajo dice:
“Baterías y cables: Incluido todo lo necesario para su funcionamiento con tipo de conector xlr. “
Entonces, se da a entender que el Sistema de Micrófono solicitado es del tipo inalámbrico pues se solicita un equipo con selector de frecuencia que es el que se utiliza para elegir el canal en qué trabajará el micrófono; así también se pide que el micrófono se alimente con baterías alcalinas. No obstante, luego la convocante solicita todo lo necesario para el funcionamiento del micrófono con un conector XLR, esto normalmente se refiere a un equipo cableado. Por tanto, solicitamos a la convocante indique específicamente cuáles son los requerimientos necesarios que son pretendidos para el funcionamiento de los micrófonos con un conector XLR. Indicar si son requeridos, cables con fichas XLR y qué longitud deben tener las mismas, mezcladores de cuántos canales, amplificadores, etc.; esta información se requiere a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
“…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante …” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, Ítem 1 Micrófono y Pedestal, dice:
“Frecuencia Que el equipo tenga un selector de frecuencia.
Alimentación del micrófono: Batería tipo AA alkaline. “
Luego más abajo dice:
“Baterías y cables: Incluido todo lo necesario para su funcionamiento con tipo de conector xlr. “
Entonces, se da a entender que el Sistema de Micrófono solicitado es del tipo inalámbrico pues se solicita un equipo con selector de frecuencia que es el que se utiliza para elegir el canal en qué trabajará el micrófono; así también se pide que el micrófono se alimente con baterías alcalinas. No obstante, luego la convocante solicita todo lo necesario para el funcionamiento del micrófono con un conector XLR, esto normalmente se refiere a un equipo cableado. Por tanto, solicitamos a la convocante indique específicamente cuáles son los requerimientos necesarios que son pretendidos para el funcionamiento de los micrófonos con un conector XLR. Indicar si son requeridos, cables con fichas XLR y qué longitud deben tener las mismas, mezcladores de cuántos canales, amplificadores, etc.; esta información se requiere a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
“…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante …” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que en vista a que se pide 45 dias para plazo de entregas, demandamos que la misma pueda ser extendida a 90 dias hábiles posterior a la firma del contrato. En pos de tener mayor participación en este llamado, aguardamos sea atendido este pedido
Solicitamos respetuosamente a la convocante que en vista a que se pide 45 dias para plazo de entregas, demandamos que la misma pueda ser extendida a 90 dias hábiles posterior a la firma del contrato. En pos de tener mayor participación en este llamado, aguardamos sea atendido este pedido