Se solicita amablemente a la convocante extender el tiempo de consultas, debido a que la planilla de Especificaciones Técnicas es extensa y requiere de evaluación minuciosa para poder asegurar el cumplimiento de los equipos a proveer.
Se solicita amablemente a la convocante extender el tiempo de consultas, debido a que la planilla de Especificaciones Técnicas es extensa y requiere de evaluación minuciosa para poder asegurar el cumplimiento de los equipos a proveer.
La fecha tope de las consultas ya fueron establecidas previamente.
2
*- TIPO DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN”, Garantía de Mantenimiento de Oferta (*), se establece que:
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios".
Mientras que; en el SICP el tipo de Garantía solicitada es Póliza;
Solicitamos, a la convocante aclarar el tipo de garantía que será requerida para mantenimiento de oferta, teniendo en cuenta que existe una discrepancia en las exigencias solicitada entre el PBC y el SICP del llamado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección “REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN”, Garantía de Mantenimiento de Oferta (*), se establece que:
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios".
Mientras que; en el SICP el tipo de Garantía solicitada es Póliza;
Solicitamos, a la convocante aclarar el tipo de garantía que será requerida para mantenimiento de oferta, teniendo en cuenta que existe una discrepancia en las exigencias solicitada entre el PBC y el SICP del llamado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:, dice:
“El oferente deberá contar con al menos 1 técnico de nivel superior según la jerarquía de certificaciones de la marca ofertada. Ej.: CISCO CCNP, FORTINET NSE8, SONICWALL SNSA, ETC. “
Entendemos, que teniendo en cuenta la envergadura del proyecto y a fin de garantizar la correcta implementación y soporte de la solución a ser adquirida es necesario contar con un técnico del nivel indicado, sin embargo teniendo en cuenta las características y los requerimientos solicitados en el Pliego de Bases y condiciones, se observa que la dimensión del proyecto como tal ya puede ser bien administrado y cubierto por técnicos de nivel intermedio como NSE4, CCNA, etc. por lo que solicitamos que este punto sea solo OPCIONAL y no sea excluyente contar con 1 técnico de nivel superior o caso contrario solicitamos a la convocante que sean aceptada la inclusión de técnicos certificados subcontratados que cumplan con las certificaciones requeridas.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:, dice:
“El oferente deberá contar con al menos 1 técnico de nivel superior según la jerarquía de certificaciones de la marca ofertada. Ej.: CISCO CCNP, FORTINET NSE8, SONICWALL SNSA, ETC. “
Entendemos, que teniendo en cuenta la envergadura del proyecto y a fin de garantizar la correcta implementación y soporte de la solución a ser adquirida es necesario contar con un técnico del nivel indicado, sin embargo teniendo en cuenta las características y los requerimientos solicitados en el Pliego de Bases y condiciones, se observa que la dimensión del proyecto como tal ya puede ser bien administrado y cubierto por técnicos de nivel intermedio como NSE4, CCNA, etc. por lo que solicitamos que este punto sea solo OPCIONAL y no sea excluyente contar con 1 técnico de nivel superior o caso contrario solicitamos a la convocante que sean aceptada la inclusión de técnicos certificados subcontratados que cumplan con las certificaciones requeridas.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Es requerido que los oferentes cuenten con por lo menos un técnico de nivel superior, entiéndase con ello que se hace referencia a un rango, ejemplo: Cisco (CCIE o CCSP o CCNP o CCIP o CCDP ); Fortinet (NSE 7 o NSE 8); Sonicwall (SNSP)
4
*- Experiencia requerida:
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:, dice:
“El oferente deberá contar con al menos 3 técnicos de nivel medio según la jerarquía de certificaciones de la marca. Ej.: CISCO CCNA, FORTINET NSE4, SONICWALL SNSP, ETC. “
Entendemos, que teniendo en cuenta la envergadura del proyecto y a fin de garantizar la correcta implementación y soporte de la solución a ser adquirida, es necesario contar con un técnico del nivel indicado, sin embargo, teniendo en cuenta las características y los requerimientos solicitados en el Pliego de Bases y condiciones, se observa que la dimensión del proyecto como tal ya puede ser bien gestionado, mantenido y administrado por un técnico de nivel medio como NSE4, CCNA, etc. por lo que solicitamos que para este punto sea aceptado contar con 1 técnico de nivel medio en lugar de 3 o caso contrario solicitamos a la convocante que sean aceptada la inclusión de técnicos certificados subcontratados que cumplan con las certificaciones requeridas.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:, dice:
“El oferente deberá contar con al menos 3 técnicos de nivel medio según la jerarquía de certificaciones de la marca. Ej.: CISCO CCNA, FORTINET NSE4, SONICWALL SNSP, ETC. “
Entendemos, que teniendo en cuenta la envergadura del proyecto y a fin de garantizar la correcta implementación y soporte de la solución a ser adquirida, es necesario contar con un técnico del nivel indicado, sin embargo, teniendo en cuenta las características y los requerimientos solicitados en el Pliego de Bases y condiciones, se observa que la dimensión del proyecto como tal ya puede ser bien gestionado, mantenido y administrado por un técnico de nivel medio como NSE4, CCNA, etc. por lo que solicitamos que para este punto sea aceptado contar con 1 técnico de nivel medio en lugar de 3 o caso contrario solicitamos a la convocante que sean aceptada la inclusión de técnicos certificados subcontratados que cumplan con las certificaciones requeridas.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:, dice:
“Los técnicos deberán pertenecer al plantel estable de la compañía con una antigüedad no menor a 2 años. “
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante que con respecto a la antigüedad mínima de 2 años en la empresa del oferente sea anulada, y sean aceptados técnicos capacitados en carácter de subcontratación o bien, que los potenciales oferentes puedan presentar una Carta de compromiso de que los técnicos formaran parte del proyecto hasta el cumplimiento total de la garantía del proyecto y así asegurar la provisión de técnicos idóneos. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:, dice:
“Los técnicos deberán pertenecer al plantel estable de la compañía con una antigüedad no menor a 2 años. “
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la convocante que con respecto a la antigüedad mínima de 2 años en la empresa del oferente sea anulada, y sean aceptados técnicos capacitados en carácter de subcontratación o bien, que los potenciales oferentes puedan presentar una Carta de compromiso de que los técnicos formaran parte del proyecto hasta el cumplimiento total de la garantía del proyecto y así asegurar la provisión de técnicos idóneos. Hacemos este pedido, a fin de que se pueda favorecer la participación de un mayor número de potenciales oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Adecuarse a lo establecido en la Carta de Invitación.
6
EETT
Se solicita contar con al menos 1 técnico de nivel superior, consultamos amablemente si certificaciones como NSE7 son consideraras como nivel superior.
Se solicita contar con al menos 1 técnico de nivel superior, consultamos amablemente si certificaciones como NSE7 son consideraras como nivel superior.
Es requerido que los oferentes cuenten con por lo menos un técnico de nivel superior, entiéndase con ello que se hace referencia a un rango, ejemplo: Cisco (CCIE o CCSP o CCNP o CCIP o CCDP ); Fortinet (NSE 7 o NSE 8); Sonicwall (SNSP)
7
EETT
Se solicitan contar con al menos 3 técnicos de nivel medio, consultamos amablemente si serán aceptados al menos 2 técnicos certificados de nivel medio, entendiendo que la envergadura del proyecto no requiere instalación en simultaneo de múltiples sitios y considerando que la cantidad de técnicos solicitados sería mas bien para garantizar la disponibilidad de por lo menos un back up del mismo
Se solicitan contar con al menos 3 técnicos de nivel medio, consultamos amablemente si serán aceptados al menos 2 técnicos certificados de nivel medio, entendiendo que la envergadura del proyecto no requiere instalación en simultaneo de múltiples sitios y considerando que la cantidad de técnicos solicitados sería mas bien para garantizar la disponibilidad de por lo menos un back up del mismo
En el punto “4-Almacenamiento” se menciona “Deberá poseer una capacidad de Almacenamiento de al menos 400 GB en estado sólido” Consultamos amablemente si este requerimiento puede ser considerado como opcional, permitiendo una mayor participación de potenciales oferentes a presentar oferta.
En el punto “4-Almacenamiento” se menciona “Deberá poseer una capacidad de Almacenamiento de al menos 400 GB en estado sólido” Consultamos amablemente si este requerimiento puede ser considerado como opcional, permitiendo una mayor participación de potenciales oferentes a presentar oferta.
Adecuarse a lo establecido en las especificaciones técnicas solicitadas
9
EETT
En el punto “22- Garantía” se menciona “Se solicita por 5 ( cinco ) años. La misma empezara a regir desde la firma del Acta de Recepción Definitiva a ser emitida por la Dirección TIC- FPUNA una vez entregado y configurado en sitio todos los equipos.” Consultamos amablemente si el plazo de garantía podría ser nivelado a los 36 meses solicitados en el punto “17. Licencia”. La inconsistencia entre solicitud de 3 y 5 años, da confusión a lo realmente solicitado, y lo que debería de ofertarse
En el punto “22- Garantía” se menciona “Se solicita por 5 ( cinco ) años. La misma empezara a regir desde la firma del Acta de Recepción Definitiva a ser emitida por la Dirección TIC- FPUNA una vez entregado y configurado en sitio todos los equipos.” Consultamos amablemente si el plazo de garantía podría ser nivelado a los 36 meses solicitados en el punto “17. Licencia”. La inconsistencia entre solicitud de 3 y 5 años, da confusión a lo realmente solicitado, y lo que debería de ofertarse
Se solicita como plazo de entrega 45 días desde la recepción de la Orden de Compra. Consultamos amablemente sean considerados plazos de entrega de por los menos 90 días hábiles, teniendo en cuenta los acontecimientos mundiales que inciden en los plazos de fabricación y en la logística de entrega de equipos.
Se solicita como plazo de entrega 45 días desde la recepción de la Orden de Compra. Consultamos amablemente sean considerados plazos de entrega de por los menos 90 días hábiles, teniendo en cuenta los acontecimientos mundiales que inciden en los plazos de fabricación y en la logística de entrega de equipos.