Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 CONSULTA Siendo que el MAG afirma como válidas las cotizaciones recibidas para establecer sus precios referenciales, consultamos si todas y cada una de las empresas que están reflejadas en el “Sustento documental y justificación del dictamen precios de referencia” cuentan con permisos de taxi aéreo (CESA) con la flota requerida en el llamado, para que cada una de dichas cotizaciones constituya una fuente legitima, legal, ¿y con absoluto cumplimiento de las leyes y regulaciones vigentes? De toda esta legalidad el responsable del llamado da fe? 24-05-2022 25-05-2022
2 CONSULTA Referente a la estimación de costos, se puede visualizar que las empresas cotizan solo el servicio propiamente de traslado, no así incluido el pernocte.. cual fue el raciocinio utilizado por la convocante para incluir además del servicio por hora de vuelo el costo del pernocte? Además en uno de los presupuestos no se puede verificar si el mismo está dirigido efectivamente a la convocante, tampoco se visualiza la fecha del mismo por lo que pudiera existir alguna variación en los costos desde la posible emisión de ese presupuesto a la fecha actual. 24-05-2022 25-05-2022
3 CONSULTA Como AEROTAX S.A. es la única empresa que tiene habilitada una aeronave del tipo solicitado en el ITEM 2: “Servicio de Taxi Aéreo - Aeronave bimotores turbo hélice 9 pasajeros 1 tripulante - Pernocte Tripulación”, dentro de sus Habilitaciones Relativas a las Operaciones del CESA, se podría realizar una modificación en la Forma de Adjudicación, ya que el llamado es por el total, y esto limita a que otras empresas se presenten a la convocatoria de referencia. 24-05-2022 25-05-2022
4 CONSULTA En el PBC, Pagina 26, SECCION “ SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS” se menciona el modelo de la aeronave y luego el pernocte de la tripulación en todos los items Consulta: Si en este precio había que cotizar el costo por una hora del servicio de traslado e incluir el costo del pernocte de la tripulación por hora. Como se cotiza un solo número, en caso de volar dos horas o más horas, la convocante estará obligándose a pagar dos pernoctes, y así sucesivamente, pues el costo del pernocte no se separa del costo de la hora de vuelo, consultamos si se podría adendar y discriminar por el pernocte y por el servicio propiamente, para evitar un perjuicio monetario al Estado. 24-05-2022 25-05-2022
5 CONSULTA En el presente llamado no se requiere un documento crucial emitido por la DINAC, que son las “Habilitaciones Relativas a las Operaciones” del CESA. Este documento evidencia las aeronaves verdaderamente afectadas para operar como Taxi. Sin ese documento no se puede verificar si las aeronaves presentadas por el oferente están legalmente habilitadas para operar como taxi aéreo. Deja espacio al fraude, donde “parece” que se cumple todo, pero se dejó de lado el documento más importante. Consulta: La convocante podría subsanar esta situación con una adenda solicitando el mencionado documento faltante, para verdaderamente exigir la evidencia que le es legítima en la naturaleza de este llamado? 24-05-2022 25-05-2022
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