Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

No. De Artículo

Nombre de los Bienes o Servicios

Especificaciones Técnicas y Normas

1

Retroreflectometro vertical - según Norma ASTM D 4956

       

 

  • Angulo de entrada: -4° y 30°
  • Ángulos de observación: 0,2°, 0,5° y 1,0°
  • Adaptadores de 30°, 45°, 5°,0°
  •  Memoria de >32 mil mediciones.
  • Batería reemplazable y recargable
  • Transferencia de datos a la PC a través de USB
  • Cumple con las siguientes normas: ASTM D 4956, ASTM E 1809, ASTM E 2540 y EN 12899.
  • Estuche para transporte
  • Fácil de Transportar
  • Calibración de referencia
  • Dos baterías
  • Cargador de batería (220 V)
  • Extensión para toma de datos elevados
  • Manual de usuario
  • Memoria externa si fuera necesario para el almacenamiento de datos.

 

2

Aforador de Tráfico Portátil con medidor de velocidad

 

  • Velocidades detectables de entre 10 a 255 km/h
  • Conteo de vehículos en ambas direcciones de circulación o dos carriles
  • Clasificación de vehículos de al menos 4 categorías
  • Sistema de fijación
  • Temperatura de funcionamiento de -30 °C a +60 °C
  • batería incluida
  • Autonomía de al menos tres semanas
  • Frecuencia Banda K: 24.125 Ghz
  • Memoria de almacenamiento de al menos un millón de vehículos
  • Software Compatible con Windows 10 o superior, 512 MB de RAM como mínimo
  • velocidad: <100 km/h: +/-3 km/h y >100 km/h: 3 %
  • clasificación: +/-10 % (máx. 4 categorías de longitud)
  • recuento: +/- 3 %
  • Accesorios para montaje
  • Cargador para batería
  • Conectores para descarga de datos
  • Manuales e instaladores
  • Memoria externa si fuera necesario para el almacenamiento de datos.

 

  1. Justificación

Con la promulgación de la Ley 5016/14 Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, y su posterior reglamentación, se crea la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial cuya misión consiste en la prevención y el control de los accidentes de tránsito, colaborando con los organismos responsables en la reducción de la tasa de mortalidad y morbilidad ocasionada por los mismos, mediante la coordinación, promoción, monitoreo y evaluación de las políticas públicas de seguridad vial en el territorio nacional.

Así mismo, en el Artículo 38.- Infraestructura vial, se expresa que toda obra o dispositivo que se ejecute, instale o esté destinado a surtir efecto en la vía pública, debe ajustarse a las normas básicas de seguridad vial, propendiendo a la diferenciación de vías para cada tipo de vehículo.

El Plan Mundial por la Seguridad Vial de las Naciones Unidas, alienta a los países miembros a que dentro del marco jurídico de los gobiernos locales y nacionales ejecuten actividades de conformidad con cinco pilares o ejes principales de acción para la Seguridad Vial, donde el Pilar 2: Vías de tránsito y movilidad más seguras presenta un componente intrínseco de ingeniería destacado y requiere del sostén técnico apropiado y suficiente.

Las señales verticales y horizontales deben de ser visualizadas en todo momento. En periodos diurnos su visibilidad se logra con el adecuado contraste de la señalización mientras que, en el periodo nocturno, su visibilidad se logra por la propiedad de retroreflectividad especifica de cada tipo de señal.

Considerando que la retroreflectividad es una herramienta fundamental en relación a la seguridad vial, ya que una señal ordena el tráfico, informa y alerta sobre las condiciones de la vía, es importante garantizar que las mismas cumplan con requisitos mínimos establecidos en las normas paraguayas de Señalización Vertical y Horizontal. Los instrumentos capaces de medir esta retroreflectividad son el retroreflectómetro vertical y el retroreflectómetro horizontal.

Por otro parte, para el diagnostico y toma de decisión en cuanto a los puntos críticos es recomendable realizar un estudio del comportamiento del tránsito en dicho punto, analizando las velocidades con  las cuales transitan los conductores de vehículos, los tipos de vehículos que circulan en el tramo y el cumplimiento de lo indicado en las señales de tránsito presentes.

  1. Objetivo General
  • Suministrar un (1) Instrumento de alta precisión para la medición de la retroreflectividad de señales verticales de tránsito según Norma ASTM D 4956.
  • Suministrar un (1) Aforador de tráfico portátil para el conteo de tráfico, medición de velocidad y clasificación de vehículos.
  1. Finalidad

Los retroreflectómetros serán utilizados por técnicos especialistas de área de infraestructura vial principalmente para la medición en campo de la retroreflectividad de las señales de tránsito (verticales y horizontales) en análisis de inspección técnicas de puntos críticos para la seguridad vial.

El aforador será utilizado principalmente para la medición de velocidad, el conteo de tráfico y clasificación de vehículos, para estudio de comportamiento y volumen de tráfico en inspecciones técnicas en puntos críticos para la seguridad vial.

       4. Envio a fábrica

En caso de que el equipo necesite enviarse a fábrica para su inspección y reparación mientras dure la garantía, el adjudicatario se encargará de los trámites correspondientes y los gastos que conlleva dicho proceso, sin costo adicional para la ANTSV.

       5.Documentación

El adjudicatario deberá presentar toda la documentación relacionada con los insumos y sistemas proveídos con los correspondientes manuales en idioma español y/o inglés.

      6.Capacitación

El adjudicado deberá realizar al menos una capacitación sobre la utilización de los equipos a funcionarios de la Dirección de Estudios en Seguridad de Infraestructura Vial y del Automotor.

 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Ing Diego Jose Moran Ruiz Diaz, Director Interino de Direccion de Estudio en Seguridad de Infraestructura Vial y del Automotor de la Agencia Nacional de Transito y Seguridad Vial.
  • La necesidad que se pretende satisfacer en la Dirección de Seguridad Vial, es a los efectos de contar con los insumos ya que una señal ordena el tráfico, informa y alerta sobre las condiciones de la vía. Por otro parte, para el diagnostico y toma de decisión en cuanto a los puntos críticos es recomendable realizar un estudio del comportamiento del tránsito en dicho punto, analizando las velocidades con  las cuales transitan los conductores de vehículos, los tipos de vehículos que circulan en el tramo y el cumplimiento de lo indicado en las señales de tránsito presentes.
  • La planificación que se viene realizando con los tecnicos especialistas de Desiva de área de infraestructura vial principalmente para la medición en campo de la retroreflectividad de las señales de tránsito (verticales en este caso) y el aforador del trafico, responde a una necesidad de dotar de insumos con los que no cuenta el area misional de la ANTSV.

  • Las especificaciones técnicas se han realizado conforme a la necesidad de los equipos necesarios del area y con la mayor amplitud posible.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítem

Descripción del bien

Cantidad

Unidad de medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes

1

Retroreflectometro vertical - según Norma ASTM D 4956

  1

Unidad

Guido Spano 295 esq. 23 de Octubre - 1° piso

60 días corridos desde la recepcion de la orden de compra

2

Aforador de Tráfico Portátil con medidor de velocidad

  1

Unidad

Guido Spano 295 esq. 23 de Octubre - 1° piso

60 días corridos desde la recepcion de la orden de compra

 

 

 

Plan de entrega de los servicios

 

 

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

(Indicar el N°)

(Indicar la descripción de los servicios)

(Insertar la cantidad de rubros de servicios a proveer)

(Indicar la unidad de medida de los rubros de servicios

(Indicar el nombre del lugar)

(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)

 

 

 

 

 

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:

LA UNIDAD REQUIERENTE - DESIVA 

Realizara las inspecciones y pruebas en un plazo de 10 dias de modo a comprobar el funcionamiento de los equipos adquiridos. Esto tambien se realizara con el fin de verificar el siguiente punto:

 

 4. Envio a fábrica (en caso de necesidad resultante de dicha inspección y prueba)

En caso de que el equipo necesite enviarse a fábrica para su inspección y reparación mientras dure la garantía, el adjudicatario se encargará de los trámites correspondientes y los gastos que conlleva dicho proceso, sin costo adicional para la ANTSV.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

(se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

 en un plazo de 30 dias contados desde la recepción de la orden de compra

 

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

 

1. Personas Físicas / Jurídicas

a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;

d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;

e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato.

2. Documentos. Consorcios

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.

b) Original o fotocopia del consorcio constituido.

c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.