En apartado Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación punto 4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, numeral 1) Consorcios, sub clausula a.2) Servicios, consultamos:
¿Debe el certificado comprender expresamente las actividades licitadas, es decir SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO, Y DISPOSICIÓN, FINAL DE RESIDUOS BIOINFECCIOSOS, FARMACOLÓGICOS Y AFINES?
En apartado Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación punto 4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, numeral 1) Consorcios, sub clausula a.2) Servicios, consultamos:
¿Debe el certificado comprender expresamente las actividades licitadas, es decir SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO, Y DISPOSICIÓN, FINAL DE RESIDUOS BIOINFECCIOSOS, FARMACOLÓGICOS Y AFINES?
La Convocante aclara que se podrá describir indistintamente, considerando la principal finalidad de la presente Contratación.
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Consulta 2
En el apartado Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación en el punto experiencia requerida donde dice Demostrar la Experiencia mínima de 3 años en el rubro del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Bioinfecciosos, Farmacológicos y Afines con la presentación de facturaciones de venta y/o Contratos públicos y/o privados por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 años (2019,2020, 2021), consultamos cuanto sigue:
¿Será necesaria la presentación de al menos una factura por cada año establecido (2019,2020, 2021) o podrá admitirse la suma de facturación en dicho periodo independientemente a que existan facturas de todos los años requeridos?
En el apartado Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación en el punto experiencia requerida donde dice Demostrar la Experiencia mínima de 3 años en el rubro del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Bioinfecciosos, Farmacológicos y Afines con la presentación de facturaciones de venta y/o Contratos públicos y/o privados por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 años (2019,2020, 2021), consultamos cuanto sigue:
¿Será necesaria la presentación de al menos una factura por cada año establecido (2019,2020, 2021) o podrá admitirse la suma de facturación en dicho periodo independientemente a que existan facturas de todos los años requeridos?
Se aclara que se acepta la sumatoria de los tres periodos o indistintamente hasta alcanzar la totalidad de lo requerido.
3
Consulta 3
En el apartado Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación en el punto Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida, donde dice: Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio: Copias de Contratos y/o facturaciones, consultamos cuanto sigue:
¿Debe indefectiblemente la factura ir acompañada del contrato respectivo que la respalde? O, ¿Es suficiente la sola presentación de facturas o contratos independientemente estén o no vinculados? (ejemplo presentar un contrato con el MSPBS, sin las facturas y facturas sueltas emitidas al IPS, sin el contrato)
En el apartado Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación en el punto Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida, donde dice: Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio: Copias de Contratos y/o facturaciones, consultamos cuanto sigue:
¿Debe indefectiblemente la factura ir acompañada del contrato respectivo que la respalde? O, ¿Es suficiente la sola presentación de facturas o contratos independientemente estén o no vinculados? (ejemplo presentar un contrato con el MSPBS, sin las facturas y facturas sueltas emitidas al IPS, sin el contrato)
La Convocante aclara, es correcta su apreciación, se podrán presentar, Facturaciones por un lado y Contratos por el otro.
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Consulta 4
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, donde dice: f) El método de Tratamiento a ser utilizado por la Unidad Ejecutora Privada será conforme a lo estipulado en los Art. Nº 31, 32 y 33 de la Ley Nº 3361/07, consultamos cuanto sigue:
Tomando en consideración que la incineración es el mecanismo establecido por el artículo 33 de la Ley Nº 3361/07(*), resulta necesario que la convocante aclare (y en su caso modifique el PBC) de acuerdo a lo siguiente:
a) Los residuos comprendidos en las especificaciones técnicas ¿Incluyen residuos que requieran la incineración como método de tratamiento?
b) En caso afirmativo
b.1 La convocante deberá modificar el PBC, detallando las cantidades y lotes en los cuales existen este tipo de resiudos.
b.2 ¿No es necesario agregar requisitos relativos al método de tratamiento mediante incineración tales como: demostrar poseer incineradores en operación, experiencia en el tratamiento mediante incineración (facturas, contratos, etc.)?
b.3 Deben necesariamente cotizarse en forma separada en la planilla de precios los residuos que requieran la incineración como método de tratamiento, puesto que el costo de este mecanismo es notablemente superior.
(*) Artículo 33.- Métodos de tratamiento de residuos de sustancias químicas y farmacéuticas. Los residuos provenientes de sustancias químicas y farmacéuticas deberán ser incinerados con equipos de control de emisiones al ambiente, cuya eficiencia de remoción de contaminantes se ajuste a normas nacionales e internacionales vigentes.
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, donde dice: f) El método de Tratamiento a ser utilizado por la Unidad Ejecutora Privada será conforme a lo estipulado en los Art. Nº 31, 32 y 33 de la Ley Nº 3361/07, consultamos cuanto sigue:
Tomando en consideración que la incineración es el mecanismo establecido por el artículo 33 de la Ley Nº 3361/07(*), resulta necesario que la convocante aclare (y en su caso modifique el PBC) de acuerdo a lo siguiente:
a) Los residuos comprendidos en las especificaciones técnicas ¿Incluyen residuos que requieran la incineración como método de tratamiento?
b) En caso afirmativo
b.1 La convocante deberá modificar el PBC, detallando las cantidades y lotes en los cuales existen este tipo de resiudos.
b.2 ¿No es necesario agregar requisitos relativos al método de tratamiento mediante incineración tales como: demostrar poseer incineradores en operación, experiencia en el tratamiento mediante incineración (facturas, contratos, etc.)?
b.3 Deben necesariamente cotizarse en forma separada en la planilla de precios los residuos que requieran la incineración como método de tratamiento, puesto que el costo de este mecanismo es notablemente superior.
(*) Artículo 33.- Métodos de tratamiento de residuos de sustancias químicas y farmacéuticas. Los residuos provenientes de sustancias químicas y farmacéuticas deberán ser incinerados con equipos de control de emisiones al ambiente, cuya eficiencia de remoción de contaminantes se ajuste a normas nacionales e internacionales vigentes.
Favor considerar los términos ya establecidos en el PbyC.
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Consulta 5
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, donde dice: k) DIGESA eventualmente podrá solicitar los servicios especiales en casos Excepcionales o de Emergencia Sanitaria, previo acuerdo entre las partes, consultamos cuanto sigue:
a) ¿A qué se refieren estos servicios especiales?
b) ¿Cuál será la forma de cotizar y pagar estos servicios?
c) Estos servicios especiales ¿incluirían la recolección en dependencias no establecidas en el PBC?
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, donde dice: k) DIGESA eventualmente podrá solicitar los servicios especiales en casos Excepcionales o de Emergencia Sanitaria, previo acuerdo entre las partes, consultamos cuanto sigue:
a) ¿A qué se refieren estos servicios especiales?
b) ¿Cuál será la forma de cotizar y pagar estos servicios?
c) Estos servicios especiales ¿incluirían la recolección en dependencias no establecidas en el PBC?
Favor considerar los términos establecidos en la ultima versión del PbyC.
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I. Pag. 20/21 del PBC. CAPACIDAD FINANCIERA
I. Pag. 20/21 del PBC. CAPACIDAD FINANCIERA. En cuanto al requerimiento previsto en el punto: Para los consorcios: todos los integrantes del consorcio deberán cumplir los criterios de la capacidad financiera.
Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años. En caso de empresas que tengan menos años de antigüedad, el promedio se realizará teniendo en cuenta la cantidad de años de existencia. En todos los casos se utilizarán dos decimales.
Los oferentes con menos de 3 (tres) años de antigüedad, podrán presentar sus Balances Generales y Estados Financieros desde su existencia como empresa. (Para los consorcios, todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los criterios de capacidad financiera).
CONSULTA: De la lectura de este requerimiento surge que para calificar la situación financiera de los oferentes, en el caso de CONSORCIOS se requiere que cada miembro del consorcio reúna los parámetros/índices establecidos según el tipo de contribuyente del que se trate; a diferencia de lo establecido en el Llamado anterior para el mismo servicio, que consideraba que la capacidad financiera para el caso de CONSORCIOS en su conjunto deberían cumplir con el 100% del porcentaje solicitado-
En el entendimiento de que por la propia naturaleza de la figura jurídica del Consorcio, que es la unión/asociación de varias entidades que al compartir objetivos comunes, deciden aliarse en una estrategia conjunta, con un propósito: unir esfuerzos compartiendo y complementando los recursos de cada entidad en post de un objetivo común, es que el requerimiento respecto de la capacidad financiera debería ser que en su conjunto las empresas consorciadas deban cumplir con el 100 % del porcentaje solicitado y no en forma individual.-
Por lo que a fin de incentivar la participación, competencia, libre concurrencia, igualdad y transparencia, principios básicos contemplados en la Ley de Contrataciones Públicas, es que solicitamos tengan a bien modificar este requerimiento en el sentido de que para la calificación de la capacidad financiera de un oferente en consorcio, las empresas consorciadas en su conjunto deban cumplir con el 100% del porcentaje previsto según sea el tipo de contribuyente, proponiendo la siguiente redacción en el punto en cuestión: Para los consorcios: los integrantes del consorcio en conjunto deberán cumplir los criterios de la capacidad financiera.-
I. Pag. 20/21 del PBC. CAPACIDAD FINANCIERA. En cuanto al requerimiento previsto en el punto: Para los consorcios: todos los integrantes del consorcio deberán cumplir los criterios de la capacidad financiera.
Observación: para hallar el promedio de los 3 años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años. En caso de empresas que tengan menos años de antigüedad, el promedio se realizará teniendo en cuenta la cantidad de años de existencia. En todos los casos se utilizarán dos decimales.
Los oferentes con menos de 3 (tres) años de antigüedad, podrán presentar sus Balances Generales y Estados Financieros desde su existencia como empresa. (Para los consorcios, todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los criterios de capacidad financiera).
CONSULTA: De la lectura de este requerimiento surge que para calificar la situación financiera de los oferentes, en el caso de CONSORCIOS se requiere que cada miembro del consorcio reúna los parámetros/índices establecidos según el tipo de contribuyente del que se trate; a diferencia de lo establecido en el Llamado anterior para el mismo servicio, que consideraba que la capacidad financiera para el caso de CONSORCIOS en su conjunto deberían cumplir con el 100% del porcentaje solicitado-
En el entendimiento de que por la propia naturaleza de la figura jurídica del Consorcio, que es la unión/asociación de varias entidades que al compartir objetivos comunes, deciden aliarse en una estrategia conjunta, con un propósito: unir esfuerzos compartiendo y complementando los recursos de cada entidad en post de un objetivo común, es que el requerimiento respecto de la capacidad financiera debería ser que en su conjunto las empresas consorciadas deban cumplir con el 100 % del porcentaje solicitado y no en forma individual.-
Por lo que a fin de incentivar la participación, competencia, libre concurrencia, igualdad y transparencia, principios básicos contemplados en la Ley de Contrataciones Públicas, es que solicitamos tengan a bien modificar este requerimiento en el sentido de que para la calificación de la capacidad financiera de un oferente en consorcio, las empresas consorciadas en su conjunto deban cumplir con el 100% del porcentaje previsto según sea el tipo de contribuyente, proponiendo la siguiente redacción en el punto en cuestión: Para los consorcios: los integrantes del consorcio en conjunto deberán cumplir los criterios de la capacidad financiera.-
Favor considerar los términos ya establecidos en el PbyC.
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Pag. 21/22 Experiencia Requerida
II. Pag. 21/22 del PBC. En cuanto al requerimiento previsto en el punto Experiencia Requerida: Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la Experiencia mínima de 3 años en el rubro del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Bioinfecciosos, Farmacológicos y Afines con la presentación de facturaciones de venta y/o Contratos públicos y/o privados por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 años (2019,2020, 2021).
CONSULTA: Respecto de este requerimiento, se consulta el motivo por el cual se ha disminuido el porcentaje de experiencia a 25%, siendo que en el llamado anterior era de 50% ya sea para oferentes individuales como para los Consorciados en su conjunto.-
En este sentido, consideramos que para este tipo de servicios, en donde se encuentra en juego la salud pública, la de las personas afectadas a la prestación del servicio, resulta muy importante la experiencia, en razón de tratarse de residuos que podrían afectar a la salud de la población en general, por lo que la experiencia requerida debiera ser mínimamente del 50% del monto ofertado, asegurando de esta manera que las empresas y sus funcionarios o prestadores de servicios cuenten con la capacidad y conocimientos necesarios.
Por otro lado también solicitamos la modificación de este requerimiento en el sentido de que para la calificación de la experiencia de un oferente en consorcio, se tenga en cuenta en conjunto, o bien tratándose de un servicio específico, que la experiencia sea demostrada por la empresa integrante del consorcio que será la responsable de ejecutar el servicio licitado.-
II. Pag. 21/22 del PBC. En cuanto al requerimiento previsto en el punto Experiencia Requerida: Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: Demostrar la Experiencia mínima de 3 años en el rubro del Servicio de Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Bioinfecciosos, Farmacológicos y Afines con la presentación de facturaciones de venta y/o Contratos públicos y/o privados por un monto equivalente al 25% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 3 años (2019,2020, 2021).
CONSULTA: Respecto de este requerimiento, se consulta el motivo por el cual se ha disminuido el porcentaje de experiencia a 25%, siendo que en el llamado anterior era de 50% ya sea para oferentes individuales como para los Consorciados en su conjunto.-
En este sentido, consideramos que para este tipo de servicios, en donde se encuentra en juego la salud pública, la de las personas afectadas a la prestación del servicio, resulta muy importante la experiencia, en razón de tratarse de residuos que podrían afectar a la salud de la población en general, por lo que la experiencia requerida debiera ser mínimamente del 50% del monto ofertado, asegurando de esta manera que las empresas y sus funcionarios o prestadores de servicios cuenten con la capacidad y conocimientos necesarios.
Por otro lado también solicitamos la modificación de este requerimiento en el sentido de que para la calificación de la experiencia de un oferente en consorcio, se tenga en cuenta en conjunto, o bien tratándose de un servicio específico, que la experiencia sea demostrada por la empresa integrante del consorcio que será la responsable de ejecutar el servicio licitado.-
Favor considerar los términos ya establecidos en el PbyC.
8
CONSULTA
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, donde dice: k) DIGESA eventualmente podrá solicitar los servicios especiales en casos Excepcionales o de Emergencia Sanitaria, previo acuerdo entre las partes, consultamos cuanto sigue:
a) ¿A qué se refieren estos servicios especiales?
b) ¿Cuál será la forma de cotizar y pagar estos servicios?
c) Estos servicios especiales ¿incluirían la recolección en dependencias no establecidas en el PBC?
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, donde dice: k) DIGESA eventualmente podrá solicitar los servicios especiales en casos Excepcionales o de Emergencia Sanitaria, previo acuerdo entre las partes, consultamos cuanto sigue:
a) ¿A qué se refieren estos servicios especiales?
b) ¿Cuál será la forma de cotizar y pagar estos servicios?
c) Estos servicios especiales ¿incluirían la recolección en dependencias no establecidas en el PBC?
Favor considerar los términos ya establecidos en el PbyC, con las condiciones mínimas incluidas en ella para su correcta cotización.
9
CONSULTA
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, donde dice: e) DIGESA podrá solicitar a la Unidad Ejecutora Privada la realización de Servicios Especiales (Recolección de residuos Bioinfecciosos encontrados en la vía pública, en baldíos, Recolección de Residuos de Tipo V Residuos Químicos (medicamentos vencidos, reactivos y sustancias de laboratorios, producción de agentes biológicos y medicamentos de origen químico no radiológico o radioactivo, reactivos vencidos, envases que contienen sustancias y productos químicos, placas radiográficas, liquido fijador, termómetros rotos y amalgamas, tubos fluorescentes), fuera de los establecidos en el presente P.B.C, en caso de Riesgo a la Salud o Emergencia Sanitaria. En este caso la Unidad Ejecutora Privada se compromete a realizar los Servicios Especiales con los mismos precios establecidos en el contrato de acuerdo a la Distancia de los mismos, previo acuerdo entre las partes sobre la modalidad de Ejecución, plazos y modalidad de facturación y pago. La Empresa deberá atender el cumplimiento con las Ordenanzas Municipales que regulen este tipo de Servicio, consultamos cuanto sigue:
Atendiendo que los Residuos de Tipo V Residuos Químicos (medicamentos vencidos, reactivos y sustancias de laboratorios, producción de agentes biológicos y medicamentos de origen químico no radiológico o radioactivo, reactivos vencidos, envases que contienen sustancias y productos químicos, placas radiográficas, liquido fijador, termómetros rotos y amalgamas, tubos fluorescentes, no se encuentran expresamente previstos en el PBC y estos requieren un mecanismo de tratamiento especial, la incineración, cuyo costo es significativamente superior, no resulta posible que el servicio en estos casos sea realizado al mismo precio, razón por la cual solicitamos:
a) Sea eliminado este requisito, o en su defecto;
b) Se incluya en la planilla de precios, la cotización de la recolección, tratamiento y disposición final de este tipo de residuos, a fin de que sea tenido en cuenta en caso de requerirse el servicio especial.
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, donde dice: e) DIGESA podrá solicitar a la Unidad Ejecutora Privada la realización de Servicios Especiales (Recolección de residuos Bioinfecciosos encontrados en la vía pública, en baldíos, Recolección de Residuos de Tipo V Residuos Químicos (medicamentos vencidos, reactivos y sustancias de laboratorios, producción de agentes biológicos y medicamentos de origen químico no radiológico o radioactivo, reactivos vencidos, envases que contienen sustancias y productos químicos, placas radiográficas, liquido fijador, termómetros rotos y amalgamas, tubos fluorescentes), fuera de los establecidos en el presente P.B.C, en caso de Riesgo a la Salud o Emergencia Sanitaria. En este caso la Unidad Ejecutora Privada se compromete a realizar los Servicios Especiales con los mismos precios establecidos en el contrato de acuerdo a la Distancia de los mismos, previo acuerdo entre las partes sobre la modalidad de Ejecución, plazos y modalidad de facturación y pago. La Empresa deberá atender el cumplimiento con las Ordenanzas Municipales que regulen este tipo de Servicio, consultamos cuanto sigue:
Atendiendo que los Residuos de Tipo V Residuos Químicos (medicamentos vencidos, reactivos y sustancias de laboratorios, producción de agentes biológicos y medicamentos de origen químico no radiológico o radioactivo, reactivos vencidos, envases que contienen sustancias y productos químicos, placas radiográficas, liquido fijador, termómetros rotos y amalgamas, tubos fluorescentes, no se encuentran expresamente previstos en el PBC y estos requieren un mecanismo de tratamiento especial, la incineración, cuyo costo es significativamente superior, no resulta posible que el servicio en estos casos sea realizado al mismo precio, razón por la cual solicitamos:
a) Sea eliminado este requisito, o en su defecto;
b) Se incluya en la planilla de precios, la cotización de la recolección, tratamiento y disposición final de este tipo de residuos, a fin de que sea tenido en cuenta en caso de requerirse el servicio especial.
Favor considerar los términos iniciales ya establecidos en el PbyC para esta contratación.
10
CONSULTA
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, en el numeral 9) OBLIGACIONES EXTRAORDINARIAS Y POR ÚNICA VEZ, donde dice 1. La Unidad Ejecutora Privada que resultare adjudicada con la mayor cantidad de Lotes, proveerá a DIGESA dentro de los 3 (tres) primeros meses del Contrato, y por única vez, para ser distribuidos a los Diferentes establecimientos de Salud, los materiales que se detallan a continuación y donde dice En caso de existir más de un proveedor adjudicado, estas cantidades serán establecidas como sigue: La empresa que tiene el mayor porcentaje de adjudicación deberá proveer el 70% de los bienes.- La empresa que tiene el menor porcentaje de adjudicación deberá proveer el 30% de los bienes consultamos cuanto sigue:
Entendemos que existe una contradicción en el requerimiento, puesto que, en el punto 1) se establece que es obligación del adjudicado con la mayor cantidad de lotes proceder a la entrega de los bienes, o sea que únicamente la empresa adjudicada con mayor cantidad de lotes (independientemente del monto) será la obligada a entregar los bienes requeridos en este punto.
Sin embargo al final del requerimiento se establece que de existir más de un proveedor adjudicado, la entrega de los bienes será distribuida proporcionalmente entre los adjudicados, de acuerdo a su porcentaje de adjudicación.
En tal sentido, solicitamos a la convocante aclare y modifique el PBC, estableciendo cuál de los dos criterios será el utilizado para determinar quién o quiénes serán los obligados a la entrega de los bienes requeridos.
En caso de optarse por la distribución proporcional de acuerdo al porcentaje de adjudicación, favor aclarar:
a) si la determinación del mayor o menor porcentaje se hará a partir de la cantidad de lotes adjudicados o a partir del monto adjudicado.
b) Cuál será la distribución en caso de que existan más de dos adjudicados (hoy el PBC solamente contempla una distribución 70/30 entre dos potenciales adjudicados)
En apartado SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS en el punto Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, en el numeral 9) OBLIGACIONES EXTRAORDINARIAS Y POR ÚNICA VEZ, donde dice 1. La Unidad Ejecutora Privada que resultare adjudicada con la mayor cantidad de Lotes, proveerá a DIGESA dentro de los 3 (tres) primeros meses del Contrato, y por única vez, para ser distribuidos a los Diferentes establecimientos de Salud, los materiales que se detallan a continuación y donde dice En caso de existir más de un proveedor adjudicado, estas cantidades serán establecidas como sigue: La empresa que tiene el mayor porcentaje de adjudicación deberá proveer el 70% de los bienes.- La empresa que tiene el menor porcentaje de adjudicación deberá proveer el 30% de los bienes consultamos cuanto sigue:
Entendemos que existe una contradicción en el requerimiento, puesto que, en el punto 1) se establece que es obligación del adjudicado con la mayor cantidad de lotes proceder a la entrega de los bienes, o sea que únicamente la empresa adjudicada con mayor cantidad de lotes (independientemente del monto) será la obligada a entregar los bienes requeridos en este punto.
Sin embargo al final del requerimiento se establece que de existir más de un proveedor adjudicado, la entrega de los bienes será distribuida proporcionalmente entre los adjudicados, de acuerdo a su porcentaje de adjudicación.
En tal sentido, solicitamos a la convocante aclare y modifique el PBC, estableciendo cuál de los dos criterios será el utilizado para determinar quién o quiénes serán los obligados a la entrega de los bienes requeridos.
En caso de optarse por la distribución proporcional de acuerdo al porcentaje de adjudicación, favor aclarar:
a) si la determinación del mayor o menor porcentaje se hará a partir de la cantidad de lotes adjudicados o a partir del monto adjudicado.
b) Cuál será la distribución en caso de que existan más de dos adjudicados (hoy el PBC solamente contempla una distribución 70/30 entre dos potenciales adjudicados)