Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme a la carta de invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la carta de invitación”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
BIENES ASEGURADOS |
TIPO DE COBERTURA |
SUMA ASEGURADA |
FRANQUICIA |
Edificio DNA 1 |
Total |
G. 10.128.932.905.- |
N/A |
Equipos |
Total |
|
N/A |
Muebles |
Total |
G. 1.298.000.000.- |
N/A |
Siniestralidad: El Edificio DNA 1, inmueble que se pretende asegurar, se encuentra en la fase final de su construcción, consecuentemente, no posee información de siniestralidad. Sin embargo, se provee información de siniestralidad de los demás edificios de la Aduana, para que tengan información de la institución
PLANILLA DE SINIESTRALIDAD DE LOS ULTIMOS AÑOS | |||
CONCEPTO | 2019 | 2020 | 2021 |
Automotores | A cargo de Talleres | A cargo de Talleres | A cargo de Talleres |
Embarcación/casco | A cargo de Talleres | A cargo de Talleres | A cargo de Talleres |
Scanner | 0 | 0 | 0 |
Equipos informáticos - Riesgo Técnico | 0 | 2.645.455 | 13.990.000 |
Edificios y contenidos en bienes propios | 0 | 0 | 0 |
Contenido general en bienes de terceros | 0 | 0 | 0 |
UBICACION DE LOS BIENES: AVDA. JOSE A. FLORES (COSTANERA) CASI MONTEVIDEO
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
No. De Artículo |
Normas |
Art. 1548 |
Código civil (primer párrafo) |
EMISIÓN DE LAS POLIZAS
El Oferente adjudicado se obliga y compromete a entregar las Pólizas de Seguros dentro de los 10 (diez) días calendarios de la firma del contrato correspondiente. Presentará dichas Pólizas en el Departamento de Control e Inventarios de Bienes, la Institución dispondrá de 10 (DIEZ) días calendarios, contados a partir de dicha presentación para realizar las verificaciones correspondientes y establecer si dichas Pólizas contemplan todos y cada uno de los requerimientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, en caso de existir incongruencias entre el PBC y las Pólizas, se correrá traslado por escrito de las observaciones al proveedor, quien dispondrá de 3 (TRES) días calendario para la realización de las modificaciones pertinentes y entrega de la póliza.
El Oferente adjudicado, en las Pólizas presentadas, deberá incluir dentro de las Condiciones Particulares, que la vigencia se regirá conforme a lo establecido en el Art. 1548 del Código Civil (primer párrafo), en lo que respecta a la vigencia de la cobertura.
Si las Condiciones Generales de las Pólizas de Seguros se contraponen a las condiciones establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones, serán sin ningún valor.
B. PROHIBICIONES DE CEDER LA ADJUDICACIÓN
En ningún caso el oferente adjudicado, podrá ceder la totalidad o parte de las pólizas emitidas y tiene prohibido gravar, enajenar o transferir, en cualquier forma y manera, los derechos y obligaciones que adquiera por adjudicación en esta Licitación, salvo las Cesiones de Reaseguro.
C. RESPONSABILIDADES
El Oferente adjudicado será responsable de la correcta interpretación de las especificaciones y requerimientos de LA ADUANA, con respecto a tipos y modalidades de coberturas aplicados, según corresponda.
2. VALORES A ASEGURAR
Los bienes y valores a asegurar, serán confirmados al Oferente adjudicado, antes de la emisión de la póliza, dado que pueden existir causales imprevistas como bajas o incorporaciones en los listados de bienes, en cuyo caso se harán los ajustes de primas que correspondiesen.
Así mismo, durante la vigencia del contrato la Contratante podrá actualizar los listados de los bienes a asegurar, por las bajas o incorporaciones que se pueden generar, en cuyo caso la Empresa adjudicada deberá realizar los ajustes de primas que correspondan.
ITEM 1: EDIFICIOS Y CONTENIDOS EN BIENES PROPIOS SIN FRANQUICIA
Inicio de Vigencia: Desde la emisión de la Póliza, hasta 24 meses posteriores.
Fin de Vigencia: Desde la emisión de la Póliza, hasta 24 meses posteriores.
Sobre un edificio construido de material, ocupado por oficinas administrativas. Todo riesgo de pérdida o daño físico directo, incluyendo daños súbitos e imprevistos, con respecto a bienes muebles e inmuebles de cualquiera y toda descripción, de propiedad del asegurado o de otros por los que el asegurado fuera responsable o hubiera convenido asegurar y daño físico proveniente del siguiente listado ejemplificado y no limitativo.
a) Fuego, rayo, explosión, tumulto, huelga, vendaval, ciclón, tornado, damos por agua, incendio y daños por tumultos populares.
b) Seguros para cristales, vidrios, espejos.
c) Equipos electrónicos y de computación.
d) Robo y/o hurto y/o asalto a mano armada de valores, muebles y/o enseres y otros bienes.
e) Responsabilidad civil: extracontractual hacia terceros.
f) Daños por tumulto y/o alboroto popular
Para los casos de incendio y/o robo se deberán considerar los daños y pérdidas materiales causadas en los bienes asegurados por la acción directa del fuego, así como los producidos por las consecuencias inevitable del incendio, cuando este se origine por casos fortuitos, por mal querencia d extraños o por negligencia.
EN CASO DE ROBO, O DESTRUCCION TOTAL O PARCIAL DE MUEBLES Y/O ENSERES, LA POLIZA DEBERA CONTEMPLAR LA REPOSICION DE BIENES CON SIMILARES CARACTERISTICAS AL EQUIPO SINIESTRADO, SEGÚN INDICACIONES DE LOS RESPONSABLES DEL AREA A CUYO CARGO SE ENCONTRABA EL MISMO.
En caso de destrucción total o parcial de inmuebles. La póliza deberá contemplar la reconstrucción de inmueble siniestrado y/o si no puede realizarse la reconstrucción, la indemnización podrá ser abonada en efectivo.
RESPONSABILIDAD CIVIL
Lesiones Corporales a Terceras Personas:
Por toda la indemnización que el asegurado tuviera que pagar en concepto de lesiones o muerte causada a terceras personas, a consecuencia de un accidente ocurrido en el local asegurado hasta:
Lesiones o muerte de 1 (una) persona: G. 50.000.000 (guaraníes cincuenta millones).
Lesiones o muerte de 2 (dos) o más personas en conjunto hasta: G. 1.000.000.000 (guaraníes mil millones)
Gastos médicos por accidente hasta la suma máxima G.10.000.000 por persona, hasta 20 personas.
ITEM 2: EQUIPOS (SIN FRANQUICIA)
Inicio de Vigencia: Desde la emisión de la Póliza, hasta 24 meses posteriores.
Fin de Vigencia: Desde la emisión de la Póliza, hasta 24 meses posteriores.
Todo riesgo de pérdida o daño físico directo: INCENDIO (total o parcial), RAYO, EXPLOSION, TUMULTO POPULAR, HUELGA, VENDAVAL, CICLON, TORNADO, DAÑOS POR AGUA Y HUMEDAD, DAÑOS POR MOVIMIENTO DE TIERRAS, INCENDIO Y DAÑOS MATERIALES POR TUMULTOS POPULARES, SEGURO TECNICO DE ROTURA DE MAQUINARIAS, EQUIPOS ELECTRONICOS Y DE COMPUTACION, ROBO Y/O HURTO Y/O ASALTO A MANO ARMADA DE VALORES Y OTROS BIENES, ROBO.
EN CASO DE ROBO O DESTRUCCION TOTAL DE CUALQUIER EQUIPO SINIESTRADO, LA POLIZA DEBERÁ CONTEMPLAR LA REPOSICIÓN DE UN EQUIPO DE SIMILARES CARACTERISTICAS AL EQUIPO SINIESTRADO, SEGÚN INDICACIONES DE LOS RESPONSABLES DEL AREA A CUYO CARGO SE ENCONTRABA EL MISMO.
En caso de no se logre la reposición del equipo, la indemnización podrá ser abonada en efectivo, a través de un depósito bancario, a nombre de LA ADUANA y en la cuenta y entidad a ser indicada por la Institución.
ITEM 3: CONTENIDO GENERAL EN BIENES MUEBLES (SIN FRANQUICIA)
Inicio de Vigencia: Desde la emisión de la Póliza, hasta 24 meses posteriores.
Fin de Vigencia: Desde la emisión de la Póliza, hasta 24 meses posteriores.
RIESGOS ASEGURADOS
Todo riesgo de pérdida o daño físico directo, incluyendo daños súbitos e imprevistos, con respecto a los bienes muebles y enseres de cualquiera y toda descripción de propiedad del Asegurado o de otros por los que el Asegurado fuera responsable o hubiera convenido asegurar y daño físico proveniente del siguiente listado ejemplificativo y no limitativo, ubicados en las propiedades de la DNA.
La Aseguradora en compañía del Representante de la Dirección Nacional de Aduanas, realizara el inventario necesario para la emisión de las pólizas por el riesgo de incendio, contenido y robo.
Se deberá establecer un mecanismo para actualizar.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
NO APLICA
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño No. |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
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La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
Informe |
Desde la suscripción del contrato se deberá presentar informes anuales hasta el final del mismo |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3.Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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