El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Artículo |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
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[Insertar el N° del Artículo] |
[Indicar nombre] |
[Indicar ET y Normas] |
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1 |
Servicio de Desagote de Pozo ciego y Cámara Séptica. |
Extracción de líquido y residuos sólidos realizado con motobomba centrífuga |
El Ministerio de Desarrollo Social cuenta con una cámara de residuos que requiere desagote de manera periódica, por lo que requiere del Servicio de desagote con las siguientes dimensiones aproximadas: Profundidad: dos (2) metros, Largo: cuatro (4) metros, y Ancho: dos (2) metros.
El Pozo Ciego/Cámara Séptica es de origen exclusivamente cloacal, no contiene vidrios, basura, plásticos, etc.
Frecuencia del Servicio
El Desagote de Pozo ciego/ Cámara Séptica deberá realizar con una frecuencia diaria ante solicitud de la contratante, durante la ejecución del Contrato, siendo la cámara de residuos ubicada frente al Edificio del MDS en la ciudad de Fernando de la Mora Zona Norte, en la Avenida Mariscal López casi Coronel Pampliega (frente al Supermercado Súper 6).
El Horario de prestación del servicio deberá ser acordado con el Departamento de Servicios Generales de la Dirección Administrativa del MDS, previendo el oferente que en lo posible el servicio sea realizado en horario nocturno de manera a no quebrantar las labores de sus funcionarios y la tranquilidad de la población en general.
El adjudicado podrá realizar el servicio con unidades de baja o alta capacidad, en la cantidad de fletes o viajes que sean necesarios en cada evento.
Determinación de Costo del Servicio
El Departamento de Servicios Generales del MDS solicitará al Proveedor el Servicio en la frecuencia que sea necesaria, siendo el sistema de determinación de costos por el servicio realizado el siguiente.
Se cronometrará la cuantía de minutos de extracción de la motobomba centrífuga (x metros cúbicos por hora, donde x es la capacidad de la motobomba centrífuga de extracción en metros cúbicos por hora) del proveedor, de manera a determinar los m3 (metros cúbicos) extraídos, multiplicados por el precio unitario establecido en el contrato del costo del servicio de Desagote de Pozo ciego/ Cámara Séptica por m3, para cada extracción.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No Aplica.
_ La firma adjudicada deberá proveer los servicios ante cada pedido realizado por el Ministerio de Desarrollo Social, mediante las Órdenes de Servicio emitidas por la Dirección Administrativa, a ser gestionadas por parte del Departamento de Servicios Generales con el Proveedor.
_ Una vez recepcionadas las Órdenes de Servicio emitidas por la Dirección Administrativa del MDS, el proveedor deberá realizar los servicios de forma inmediata y en el Horario que el Administrador del Contrato solicite de los servicios.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Ordenes de Servicio / Acta de recepción | Ordenes de Servicio / Acta de recepción | Conforme a la necesidad Institucional y a partir de la recepción de la Orden de servicio correspondiente al periodo 2022. |
Ordenes de Servicio / Acta de recepción | Ordenes de Servicio / Acta de recepción | Conforme a la necesidad Institucional y a partir de la recepción de la Orden de servicio correspondiente al periodo 2023. |
Ordenes de Servicio / Acta de recepción | Ordenes de Servicio / Acta de recepción | Conforme a la necesidad Institucional y a partir de la recepción de la Orden de servicio correspondiente al periodo 2024. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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