Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.
La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.
Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.
Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.
La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:
Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme al pliego de bases y condiciones y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en el mismo. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en el PBC”.
La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.
ITEM |
MARCA |
MODELO |
CHAPA |
AÑO |
CHASSIS |
COD. PATRIMONIAL |
ESPECIFICACIONES |
MONTO ASEGURADO |
1 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 052 |
2020 |
MPATFS85JLT001955 |
12008-03-27-1124 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
2 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 050 |
2020 |
MPATFS85JLT001956 |
12008-03-27-1125 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
3 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 651 |
2021 |
MPATFS85JMT000479 |
12008-03-27-1145 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
4 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 048 |
2021 |
MPATFS85JMT000743 |
12008-03-27-1149 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
5 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 053 |
2020 |
MPATFS85JLT001962 |
12008-03-27-1130 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
6 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 397 |
2021 |
MPATFS85JMT000742 |
12008-03-27-1148 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
7 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 654 |
2020 |
MPATFS85JLT001637 |
12008-03-27-1121 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
8 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 665 |
2020 |
MPATFS85JLT000044 |
12008-03-27-1116 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
9 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 040 |
2020 |
MPATFS85JLT001959 |
12008-03-27-1128 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
10 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 049 |
2021 |
MPATFS85JMT000744 |
12008-03-27-1150 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
11 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 649 |
2020 |
MPATFS85JLT000340 |
12008-03-27-1119 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
12 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 046 |
2021 |
MPATFS85JMT000745 |
12008-03-27-1151 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
13 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 047 |
2021 |
MPATFS85JMT000226 |
12008-03-271141 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
14 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 042 |
2020 |
MPATFS85JLT000045 |
12008-03-27-1117 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
15 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 045 |
2020 |
MPATFS85JLT001958 |
12008-03-27-1127 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
16 |
ISUZU |
D-MAX |
AAJY 043 |
2020 |
MPATFS85JLT001636 |
12008-03-27-1120 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
17 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 652 |
2020 |
MPATFS85JLT000338 |
12008-03-27-1118 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
18 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 051 |
2021 |
MPATFS85JMT000131 |
12008-03-27-1131 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
19 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 650 |
2021 |
MPATFS85JMT000138 |
12008-03-27-1138 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
20 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 656 |
2021 |
MPATFS85JMT000135 |
12008-03-27-1135 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
21 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 401 |
2021 |
MPATFS85JMT000228 |
12008-03-27-1143 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
22 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 402 |
2021 |
MPATFS85JMT000225 |
12008-03-27-1140 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
23 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 662 |
2021 |
MPATFS85JMT000133 |
12008-03-27-1133 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
24 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 655 |
2020 |
MPATFS85JLT001856 |
12008-03-27-1122 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
25 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 663 |
2021 |
MPATFS85JMT000136 |
12008-03-27-1136 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
26 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 660 |
2021 |
MPATFS85JMT000137 |
12008-03-27-1137 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
27 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 404 |
2021 |
MPATFS85JMT000480 |
12008-03-271146 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
28 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 403 |
2021 |
MPATFS85JMT000481 |
12008-03-27-1147 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
29 |
ISUZU |
D- MAX |
IGK 679 |
2021 |
MPATFS85JMT000132 |
12008-03-27-1132 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
30 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 661 |
2021 |
MPATFS85JMT000134 |
12008-03-27-1134 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
31 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 664 |
2020 |
MPATFS85JLT001957 |
12008-03-27-1126 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
32 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 399 |
2020 |
MPATFS85JLT001960 |
12008-03-27-1129 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
33 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 657 |
2021 |
MPATFS85JMT000478 |
12008-03-27-1144 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
34 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 400 |
2020 |
MPATFS85JLT001857 |
12008-03-27-1123 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
35 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 041 |
2021 |
MPATFS85JMT000224 |
12008-03-27-1139 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
36 |
ISUZU |
D- MAX |
AAJY 659 |
2021 |
MPATFS85JMT000227 |
12008-03-27-1142 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
37 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 652 |
2021 |
MPATFS86JMT000449 |
12008-03-27-1098 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
38 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 613 |
2021 |
MPATFS86JMT000857 |
12008-03-27-1102 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
39 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 674 |
2021 |
MPATFS86JMT001095 |
12008-03-27-1108 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
40 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 673 |
2021 |
MPATFS86JMT000073 |
12008-03-27-1104 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
41 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 671 |
2021 |
MPATFS86JMT000074 |
12008-03-27-1105 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
42 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 667 |
2021 |
MPATFS86JMT000075 |
12008-03-27-1110 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
43 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 666 |
2021 |
MPATFS86JMT000856 |
12008-03-271103 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
44 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 680 |
2021 |
MPATFS86JMT000448 |
12008-03-27-1107 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
45 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 677 |
2021 |
MPATFS86JMT000855 |
12008-03-27-1106 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
46 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 656 |
2021 |
MPATFS86JMT000860 |
12008-03-27-1113 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
47 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 657 |
2021 |
MPATFS86JMT0000859 |
12008-03-27-1096 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
48 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 654 |
2021 |
MPATFS86JMT001094 |
12008-03-27-1097 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
49 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 649 |
2021 |
MPATFS86JMT000450 |
12008-03-27-1099 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
50 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 647 |
2021 |
MPATFS86JMT000451 |
12008-03-27-1100 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
51 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 644 |
2021 |
MPATFS86JMT000452 |
12008-03-27-1101 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
52 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 658 |
2021 |
MPATFS86JMT000858 |
12008-03-27-1112 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
53 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 670 |
2021 |
MPATFS86JMT000854 |
12008-03-27-1111 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
54 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 662 |
2021 |
MPATFS86JMT000852 |
12008-03-27-1109 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
55 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 664 |
2021 |
MPATFS86JMT000851 |
12008-03-27-1114 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
56 |
ISUZU |
D- MAX |
AAHX 611 |
2021 |
MPATFS86JMT000853 |
12008-03-27-1115 |
CAMIONETA |
227.697.600 |
Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:
RIESGOS A SER CUBIERTOS
ESPECIFICACIONES TECNICAS SEGUROS DE VEHICULOS
TIPO DE COBERTURA: CONTRA TODO RIESGO (CTR) RIESGO A CUBRIR:
Responsabilidad Civil: Por toda indemnización que el asegurado tuviera que pagar en concepto de daños personales y/o materiales causados a terceros no transportados y ocasionados por el vehículo asegurado o por la carga transportada por el mismo vehículo y de acuerdo a los siguiente:
a. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de dos o más personas.
b. Por la indemnización en concepto de lesiones corporales o muerte de dos o más personas.
c. Por toda indemnización en concepto de daños o roturas causados a cosas de terceros, ocasionados por el vehículo asegurado, por cada accidente.
DESCRIPCIÒN
MUERTE POR ACCIDENTE DE TRANSITO POR PERSONAS: GS. 50.000.000.-
INCAPACIDAD PERMANENTE POR CADA PERSONA: GS. 50.000.000.-
ASISTENCIA MÉDICA PARA CADA PERSONA HASTA: GS. 20.000.000.-
DAÑOS A COSAS DE TERCEROS: GS. 60.000.000
OBSERVACION: la empresa adjudicada deberá prever en la póliza los requisitos que serán necesarios presentar en la denuncia del siniestro, los cuales deberán guardar la debida razonabilidad. La aseguradora deberá pronunciarse acerca del derecho el asegurado, incluyendo el monto de la indemnización según lo dispuesto en el artículo 1597 del código civil el asegurador debe pronunciarse acerca del derecho asegurado, dentro de los treinta (30) días de recibida la información complementaria prevista para la denuncia del siniestro. La omisión de pronunciarse importa aceptación.
En los seguros de personas el pago se hará dentro de los (10) días de notificado el siniestro, o de acompañada la información complementaria prevista para efectuarse la denuncia del siniestro.
Daños materiales por accidentes, tumultos y/o alboroto popular y robo.
INCENDIO Y ACCIDENTE:
El asegurador se obligara a indemnizar hasta el 100% ( cien por ciento) del valor de la suma aseguradora por la pérdida o daño parcial y total del vehículo, daños materiales parciales o totales ocasionados al vehículo por la acción directa del fuego, ignición, explosión, rayo, granizos, vuelcos, despeñamiento, inmersión, roce, choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo u ajeno al mismo vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía publica, garaje, taller deposito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.
ROBO Y/O HURTO
El asegurador se obligara a indemnizar el 100% (CIEN POR CIENTO) del valor de la suma asegurada por la pérdida total por robo y/o hurto del vehículo, objeto de este seguro o el de sus partes componentes y accesorios incluidos. Cobertura incluye: los daños causados al vehículo asegurado como consecuencia del robo o su tentativa, o mientras se encuentre en podes de extraños por el robo del mismo debidamente comprobado mediante denuncia formulada ante la autoridad policial.
DAÑOS POR TUMULTO Y/O ALBOROTO POPULAR Y/O HUELGA:
Cuando estos hayan caudados directamente por personas que tomen parte de un tumulto, alboroto popular o huelga que revista tales caracteres, como si también por personas que tomen parte de disturbios obreros o por la acción de cualquier autoridad legalmente constituida por reprimir o defenderse de cualquiera de estos hechos.
REINTEGRO O INDEMINIZACION:
La empresa aseguradora adjudicada deberá reparar, reintegrar o reemplazar los daños según el siguiente detalle:
a. Incendio: 100% según detalle.
b. Daños materiales: 100% según detalle.
c. Acondicionador de aire: G. 5.000.000.
d. Robo parcial, robo total y robo parcial al amparo de robo total: 100% según detalle.
e. La reposición del logotipo es considerada como un objeto del contrato.
3. Accidentes personales a ocupantes de vehículo:
La póliza debe cubrir el pago de las indemnizaciones, en el caso de que los ocupantes (conductor y acompañantes) del vehículo asegurado sufran lesiones corporales, invalidez total o parcial o muerte, como consecuencia de un accidente que involucre al vehículo asegurado.
A los efectos de esta cobertura se entiende por:
Ocupante: es la persona física que viaja transportada en los lugares habilitados reglamentariamente para la ubicación del chofer y acompañantes, en el vehículo automotor
Descripcion
Gs. |
CONDUCTOR |
ACOMPAÑANTE |
|
Muerte por accidente de transito |
Gs. |
60.000.000 |
60.000.000 |
Muerte por robo y/o asalto |
Gs. |
60.000.000 |
60.000.000 |
Asistencia mèdica para cada ocupante hasta |
Gs. |
20.000.000 |
20.000.000 |
Incapacidad permanente por cada ocupante |
Gs. |
50.000.000 |
50.000.000 |
Inhabilitación temporaria hasta 180 días para c/ocupante por día. |
Gs. |
70.200 |
70.200 |
Amputaciones |
Gs. |
15.000.0000 |
15.000.000 |
Accidente: se considera accidente cubierto a todo vuelco, despeñamiento o inmersión, incendio, roce o choque con otros vehículos, personas, animales o por la acción repentina de cualquier otro agente externo, que involucre al vehículo mientras circule, sea transportado en la via publica, garaje, taller, deposito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.
Se tendrá en cuenta los siguientes:
OBSERVACION: Los vehículos siniestrados deberán ser entregados dentro de los 30 /treinta) días hábiles en que el vehículo se encuentre a disposición de la Aseguradora para su reparación. La reparación del logotipo es considerada como un objeto del contrato.
En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características.
Servicio de grúa las veinte y cuatro ((24) horas, siete (7) días a la semana, incluye en días feriados, con cobertura nacional. La grúa deberá acudir hasta el lugar donde se encuentre el vehículo a ser transportado como máximo en tres (3) horas luego de realizado el reclamo.
Servicio de auxilio (mecánica ligera): acople de batería, cambio de cubierta, reposición de combustible. Los reclamos deberán ser atendidos como máximo hasta dos (2) horas después de realizada el reclamo.
Ambulancia 24 horas o los reembolsos por servicios de ambulancia.
Asesoría legal en siniestros
FRANQUICIA:
Las empresas deberán presentar su oferta sin franquicia y a primer riesgo absoluto para el conjunto de bienes a ser asegurados.
Lista de talleres que trabajan con la empresa asegurada:
(*) En esta columna se deberá detallar las/s marca/s en la/s que están especializadas los talleres, según el listado detallado.
El traslado de los vehículos siniestrados será realizado por las grúas de la empresa asegurada.
La cobertura de seguro abarcaría:
[1] Si corresponde.
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.
Director Administrativo, dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
Asegurar los rodados que forman parte del patrimonio de la Institución, así como también, ocupantes de los rodados y terceros en casos de siniestros.
Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)
Se trata de un llamado sucesivo, realizado con el fin de salvaguardar el patrimonio de la Institución, ocupante y tercero en caso de siniestros, por lo cual se debe contar con cobertura de seguro para vehículos.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas.
Las EE.TT. están fundadas en los datos que deberán tener en cuenta los oferentes para la cotización y cobertura por cada vehículo del MSPBS a ser asegurado.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
NO APLICA.
La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.
Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Informe 1 |
Informe |
Mayo xx |
Informe 2 |
Informe |
Junio xx |
Informe 3 |
Informe |
Julio xx |
Informe 4 |
Informe |
Agosto xx |
Informe 5 |
Informe |
Septiembre xx |
Informe 6 |
Informe |
Octubre xx |
Informe 7 |
Informe |
Noviembre xx |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Empresas coaseguradoras. |
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