El Instituto de Previsión Social, (en lo sucesivo Instituto, I.P.S., Contratante) regido por el Decreto Ley Nº 1.860/50, ratificado por Ley Nº 375/56, modificado por las Leyes 537/58, 430/73, 1.286/87 y 98/92, domiciliado en Constitución esq. Herrera de la ciudad de Asunción, República del Paraguay, representado para este acto por su Presidente, el Dr. Vicente Mario Bataglia Araujo, con C.I. N° 728.836 (art. 15º de la Ley 427/73), nombrado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 4975 de fecha 10 de marzo de 2021, suscribe el acto en cumplimiento a la decisión adoptada por el Consejo de Administración del Instituto y denominado en adelante el Contratante, por una parte, y por la otra, la firma ., con RUC Nº ., domiciliada en la calle Nº .. c/ (.. Paraguay), representada por el Señor , con Cédula de Identidad Nº ., de acuerdo a la Escritura Pública Nº , de fecha , pasada ante el/la Escribano/a ., inscripta en el Registro Público Sección Poderes y/o Contratos, denominada en adelante la Contratista, denominadas en conjunto "Las Partes", e individualmente, "Parte", acuerdan celebrar el presente Contrato para la ADQUISICIÓN DE MEDIOS DE CONTRASTES PARA EL IPS Contrato Abierto el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El objeto del presente Contrato es el Suministro de los bienes para la ADQUISICIÓN DE MEDIOS DE CONTRASTES PARA EL IPS, cuyas características y cantidades se describen en la Planilla de Precios y en las Especificaciones Técnicas
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 414.180
El contrato es el resultado del procedimiento de LPN SBE N° 19/2022, convocado por la ____________. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______.
Item | Cod. (SIH) | Material | Codigo de Catalogo DNCP | Descripcion de Material DNCP | Especificaciones Tecnicas | Unidad de Medida | Presen-tacion | Presentacion para la entrega | Cantidad Minima | Cantidad Maxima |
Precio Unitario IVA INCLUIDO (GS.) |
Precio Total IVA incluido (GS.) |
La vigencia del presente contrato será:
25 (VEINTE Y CINCO ) MESES DESDE LA SUSCRIPCION DEL PRESENTE CONTRATO.
Los bienes deben ser entregados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas del Pliego de Bases y Condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
Dirección de Logística de Suministros de Salud
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.