21. Módulo de gases integrado al equipo, para medición de capnografia, oximetría y agentes
anestésicos (MAC concentración mínima alveolar) en la pantalla del ventilador.
¿La medición de la oximetría se puede considerar en el monitor multiparamétrico y/o el módulo de gases?
21. Módulo de gases integrado al equipo, para medición de capnografia, oximetría y agentes
anestésicos (MAC concentración mínima alveolar) en la pantalla del ventilador.
¿La medición de la oximetría se puede considerar en el monitor multiparamétrico y/o el módulo de gases?
Las especificaciones son las mínimas exigidas, Favor ajustarse a la ultima versión del PBC
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Especificaciones Técnicas #26
26. Vaporizadores para Isoflurano y Sevoflurano. Con dispositivo de bloqueo que evite la apertura
simultánea de más de un vaporizador. Calibrado con escala en el dial entre 0,2 y 8%. Dependiendo del tipo de gas anestésico.
¿Se pueden cotizar equipos que no requieran calibración, según la tecnología del fabricante?
26. Vaporizadores para Isoflurano y Sevoflurano. Con dispositivo de bloqueo que evite la apertura
simultánea de más de un vaporizador. Calibrado con escala en el dial entre 0,2 y 8%. Dependiendo del tipo de gas anestésico.
¿Se pueden cotizar equipos que no requieran calibración, según la tecnología del fabricante?
Las especificaciones son las mínimas exigidas, Favor ajustarse a la ultima versión del PBC
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Datos de la Licitación – Autorización del Fabricante
En la sección Datos de la Licitación dice:
Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: NO APLICA
Sin embargo, en la sección CRITERIOS DE EVALUACIÓN – CAPACIDAD TÉCNICA, en los criterios de capacidad técnica y en la documentación para acreditar la capacidad técnica, solicita:
“Documentos que acrediten que el Oferente es fabricante del producto que oferta. Tratándose de Agente, Distribuidor o Representante para el Paraguay, deberá presentar la documentación expedida por el fabricante o Agente Regional, debidamente inscripta en el Registro Público de Comercio, Sección Representaciones, con certificado de vigencia del fabricante”.
Favor aclarar si la autorización del fabricante es requerida o no, porque existe una contradicción entre los datos de la licitación y la capacidad técnica.
19-07-2023
25-07-2023
Datos de la Licitación – Autorización del Fabricante
En la sección Datos de la Licitación dice:
Los productos a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: NO APLICA
Sin embargo, en la sección CRITERIOS DE EVALUACIÓN – CAPACIDAD TÉCNICA, en los criterios de capacidad técnica y en la documentación para acreditar la capacidad técnica, solicita:
“Documentos que acrediten que el Oferente es fabricante del producto que oferta. Tratándose de Agente, Distribuidor o Representante para el Paraguay, deberá presentar la documentación expedida por el fabricante o Agente Regional, debidamente inscripta en el Registro Público de Comercio, Sección Representaciones, con certificado de vigencia del fabricante”.
Favor aclarar si la autorización del fabricante es requerida o no, porque existe una contradicción entre los datos de la licitación y la capacidad técnica.
La redacción del criterio de experiencia dice:
“Demostrar la experiencia en provisión de EQUIPOS MÉDICOS Y/O DISPOSITIVOS MÉDICOS a través de copias de Contratos y/o Facturaciones de Ventas…”
Por otro lado, en el requisito documental solicita lo siguiente:
“Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia…”
Como se puede observar, existe una discrepancia entre la redacción del criterio y del requisito documental para acreditarlo: en el criterio menciona contratos y facturas y en el requisito documental facturas y recepciones finales.
Se solicita aclarar si serán aceptados los contratos para acreditar el criterio, y en caso afirmativo, favor unificar la redacción del criterio y el requisito documental.
La redacción del criterio de experiencia dice:
“Demostrar la experiencia en provisión de EQUIPOS MÉDICOS Y/O DISPOSITIVOS MÉDICOS a través de copias de Contratos y/o Facturaciones de Ventas…”
Por otro lado, en el requisito documental solicita lo siguiente:
“Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia…”
Como se puede observar, existe una discrepancia entre la redacción del criterio y del requisito documental para acreditarlo: en el criterio menciona contratos y facturas y en el requisito documental facturas y recepciones finales.
Se solicita aclarar si serán aceptados los contratos para acreditar el criterio, y en caso afirmativo, favor unificar la redacción del criterio y el requisito documental.
Criterios de evaluación – Otros criterios que la convocante requiera
Solicitan:
Planilla de Datos Garantizados (Formulario Adicionales)
No se visualiza el documento entre los formularios adicionales. Se sugiere excluir el requisito considerando que se trata un documento requerido para adquisición de medicamentos e insumos.
19-07-2023
25-07-2023
Criterios de evaluación – Otros criterios que la convocante requiera
Solicitan:
Planilla de Datos Garantizados (Formulario Adicionales)
No se visualiza el documento entre los formularios adicionales. Se sugiere excluir el requisito considerando que se trata un documento requerido para adquisición de medicamentos e insumos.
En la redacción se observa la siguiente información:
“Los precios reajustados, solo tendrán incidencia sobre los bienes aún no proveídos; y, no tendrán ningún efecto retroactivo respecto a los que ya fueron proveídos antes de la verificación del reajuste”
Por otro lado, una de las variables de la fórmula de reajuste para los bienes importados es el siguiente:
Cmc= Tipo del cambio del mercado abierto comprador (emitido por el B.C.P.) guaraní / Dólar Americano, del último día hábil del mes anterior a la presentación de la factura.
Como se puede observar, no es posible aplicar la fórmula de reajuste sin haber facturado, lo que significa que ya se entregaron los bienes, en contraposición a la condición para el reajuste que indica: “Los precios reajustados, solo tendrán incidencia sobre los bienes aún no proveídos”
Favor informar en qué momento debe presentarse la solicitud de reajuste, para que no sea rechazado, porque como se explica en los párrafos precedentes, indefectiblemente deberá presentarse en forma posterior a la entrega de los bienes.
En la redacción se observa la siguiente información:
“Los precios reajustados, solo tendrán incidencia sobre los bienes aún no proveídos; y, no tendrán ningún efecto retroactivo respecto a los que ya fueron proveídos antes de la verificación del reajuste”
Por otro lado, una de las variables de la fórmula de reajuste para los bienes importados es el siguiente:
Cmc= Tipo del cambio del mercado abierto comprador (emitido por el B.C.P.) guaraní / Dólar Americano, del último día hábil del mes anterior a la presentación de la factura.
Como se puede observar, no es posible aplicar la fórmula de reajuste sin haber facturado, lo que significa que ya se entregaron los bienes, en contraposición a la condición para el reajuste que indica: “Los precios reajustados, solo tendrán incidencia sobre los bienes aún no proveídos”
Favor informar en qué momento debe presentarse la solicitud de reajuste, para que no sea rechazado, porque como se explica en los párrafos precedentes, indefectiblemente deberá presentarse en forma posterior a la entrega de los bienes.
Favor indicar cuántos decimales serán utilizados para la aplicación de la fórmula, y si el redondeo debe ser hacia el número próximo más alto o al próximo más bajo
Favor indicar cuántos decimales serán utilizados para la aplicación de la fórmula, y si el redondeo debe ser hacia el número próximo más alto o al próximo más bajo