Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

  1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ITEM

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

COTIZACION

PRESENTACION

1

PAQUETES DE CORTES LA RUEDA

INCLUYE LOS SIGUIENTES CORTES:

CARNAZA BLANCA (NALGA DE AFUERA), INCLUYE PECETO: entre 8 a 9 kg.

CARNAZA NEGRA (NALGA DE ADENTRO): entre 7 a 8 kg.

BOLA DE LOMO: entre 7 a 8 kg.

Carnes limpias, frescas y conservados en buen estado, como mínimo 24 hs. de reposo posterior al faenamiento vacuno, de tipo exportación. ENVASADO AL VACIO

Una excelente calidad de carne se caracteriza por un color rojo claro brillante, terneza, jugosidad, atractivo aroma, buen contenido de músculo y algo de grasa de color blanco nacarado o blanco cremoso.

Transportado en vehículos habilitados por la autoridad competente y conforme a las normas exigidas para el transporte, acompañado de una copia de la fecha de retiro del embarque del frigorífico.

Cotizar por kilo.

Por kilo.

Caja de hasta 25 kg

2

PUCHERO DE 1RA.

Puchero de 1ra. Calidad.

Presentación: cortes de hueso entre 3 y 5 cm., en bolsas de hasta 30 kilos, fresco como mínimo 24 hs de reposo posterior al faenamiento vacuno, de tipo exportación, trasportado en vehículos habilitados por la autoridad competente y conforme a las normas exigidas para el transporte, acompañado de copia de la fecha de retiro del embarque del frigorífico.

Una excelente calidad de carne se caracteriza por un color rojo claro brillante, terneza, jugosidad, atractivo aroma, buen contenido de musculo y algo de grasa de color blanco nacarado o blanco cremoso con un porcentaje de carne del 60% y hueso 40%.

Cotizar por kilo.

Por kilo.

Bolsa de hasta 30 kg

3

CHORIZO DE VIENA

Chorizo de viena sin picante, fresco, en buen estado de conservación, no casero.

R.E. vigente RSPA vigente

Certificación de la planta elaboradora del producto ofertado en carácter de declaración jurada de que cuenta con los siguientes requisitos: Registros sanitarios vigente y los registros municipales vigente (presentar documentaciones). Deberá presentar documentación que acredite que es la empresa autorizada a ofertar el bien ofertado y su exclusividad para el mencionado llamado.

Cotizar por kilo.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

El oferente deberá contar con vehículos propios o tercerizados habilitados por SENACSA, para su transporte.

Por kilo.

Bolsa de hasta 20 kg

4

POLLO ENTERO

Pollo entero congelado, sin menudencias, limpio, libre de contusiones, que presente color blanco, ligeramente amarillento, de olor característico. Si contiene grasa, que ésta presente color y olor fresco. Rótulo con la fecha de vencimiento impresa, no inferior a 10 días, nombre del establecimiento y R.E., R.S.P.A. Se recibirá únicamente carne limpia. Temperatura no superior a 2°C, manteniendo la cadena de frío.

Transporte en vehículos apropiados, destinados exclusivamente a éste objeto, habilitado por SENACSA, debiendo mantenerse en todo momento en perfectas condiciones de higiene y seguridad.  Además la provisión deberá estar acompañada por el certificado expedido por las autoridades competentes (copia de la fecha de retiro del embarque del frigorífico).

Envasado individualmente con bolsas de plásticos, impresa en la misma, lote, fecha de producción, código de barra.

Cotizar por kilogramo, presentación en bolsa de hasta 6 unidades

Autorización del fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Bolsa de hasta 6 unidades

5

ACEITE DE GIRASOL

Conforme a lo establecido en el documento anexo de la circular N° 11/14,  en archivo aparte que forma parte del PBC.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por Litro.

a)    900 ml a 1 (un) litro; y

 b)    4,5 litros a 5 litros.

6

ACEITE DE SOJA

Conforme a lo establecido en el documento anexo de la circular N° 11/14,  en archivo aparte que forma parte del PBC.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por litro

a)    900 ml a 1 (un) litro; y

 b)    4,5 litros a 5 litros.

7

AZUCAR

Azúcar blanco, es el producto que se define como sacarosa purificada y cristalizada, con una polarización no menor de 99,5ºS.

Características del producto general:

El azúcar deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) VIGENTE.

Cotizar por kilogramo

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Paquetes de 2 a 5 kilogramos.

8

FIDEO SURTIDO

Con la denominación genérica de Pastas alimenticias o Fideos, se entienden los productos no fermentados obtenidos por el empaste y amasado mecánico de: sémolas o semolín o harinas de trigo ricos en gluten o harinas de panificación o por sus mezclas, con agua potable, con o sin la adición de substancias colorantes autorizadas a este fin, con o sin la adición de otros productos alimenticios de uso permitido para esta clase de productos. Elaborado con harina tipo 000, sin mezcla de sustancias extrañas o elaboradas con harina mezcla permitido por el Ministerio de Industria y Comercio en forma oficializada con normas establecidas por el INTN.

Características Generales:

El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano. Se presentarán en distintas formas: moñito, mostacholi, spaghetti, tallarín, siendo estas solo enunciativas y no limitativas.

Deberá tener un buen sabor y aroma después de la cocción.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) VIGENTE.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Paquete de 3 a 5 kilogramos.

9

YERBA

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

Es el producto formado exclusivamente por las hojas mezcladas o no con fragmentos de ramas jóvenes, pecíolos, pedúnculos florales y semillas de la planta Ilexparaguariensis Saint Hillairie (Aquifoliaceae), sometida a proceso de sapecado, secado y a proceso de zarandeo y molienda.

CARACTERÍSTICAS GENERALES

La yerba mate elaborada no debe contener productos extraños o estar ardida, alterada, agotada o coloreada artificialmente. La yerba que se tenga en existencia en los depósitos, que se exhiba o expenda y que no se ajusten a las presentes especificaciones se considerará como inepto para el consumo.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) VIGENTE.

Presentación en paquete de 1 y 5 kilogramos. Cotizar por kilogramo

Autorización de fabricante, representante o distribuidor

Por kilo.

Paquete de 1 y 5 kg.

10

YERBA MEDICINAL

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

Yerba mate compuesta medicinal. Es el producto formado exclusivamente por las hojas mezcladas o no con fragmentos de ramas jóvenes, pecíolos, pedúnculos florales y semillas de la planta Ilexparaguariensis Saint Hillairie (Aquifoliaceae), sometida a proceso de sapecado, secado y a proceso de zarandeo y molienda.

CARACTERÍSTICAS GENERALES

La yerba mate elaborada no debe contener productos extraños o estar ardida, alterada, agotada o coloreada artificialmente. La yerba que se tenga en existencia en los depósitos, que se exhiba o expenda y que no se ajusten a las presentes especificaciones se considerará como inepto para el consumo.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) VIGENTE.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor

Por kilo.

Paquete de 500 a 1000 gr.

11

SAL FINA

DEFINICIÓN DEL PRODUCTO

Con la denominación de Sal yodada, Fina, convenientemente molida o cristalizada, se entiende la sal de consumo humano adicionada de yodato de potasio, en el nivel establecido en la legislación vigente sobre enriquecimiento de sal.

Características generales

El producto deberá ser inocuo y apropiado para el consumo humano.

Características organolépticas y fisicoquímicas

Deberá presentarse bajo la forma de cristales blancos, incoloros, solubles en el agua y de sabor salino franco.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) VIGENTE.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor

Por kilo.

Paquete de 1 kilogramo.

12

CONCENTRADO SIMPLE DE TOMATE

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

Se entiende por Concentrado simple de tomate, extracto simple de tomate, puré de tomate, el producto obtenido por concentración del jugo y pulpa que normalmente contienen en sus proporciones naturales los tomates frescos, maduros, sanos, limpios, tamizados y envasados en recipientes bromatológicamente aptos, cerrados herméticamente y sometidos a esterilización industrial.

Características Generales:

Los productos deben ser inocuos y adecuados para el consumo humano.

Estarán libres de fragmentos de piel, semillas, restos de fruto o de la planta de tomate observables a simple vista, libres de pulpa o fragmentos de otras frutas o plantas observables a simple vista y microscópicamente.

Estarán libres de sustancias extrañas, colorantes agregados, estabilizantes, espesante.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) VIGENTE.

Presentación en pote de tetra brick de entre 500 y 550 gr. y/o entre 1000 y 1100 gr.

Cotizar por kilogramo

Autorización del fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Pote de tetra brick de entre 500 y 550 gr. y entre 1000 y 1100 gr.

13

HUEVO

Entero en su cascara que sea mantenido refrigerado o en lugar fresco, de gallina, tipo B que no presenten cascaras fisuradas o rotas, signos de putrefacción, manchas de sangre y mohos. El producto deberá cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en el Reglamento Técnico Brasilero. Determinaciones y tolerancias microbiológicas para muestra  indicativa: Salmonella sp/25g: Ausencia.

Por Unidad.

Plancha de 30 unidades.

14

MARGARINA VEGETAL (MANTECA PARA PANADERIA)

En buen estado para
 el consumo y con fecha de vencimiento impresa en cada caja, con un plazo de entrega mínimo de seis meses antes de su vencimiento de manera clara y visible la fecha de vencimiento, con la marca impresa en cada pote.

Envase: Perfectamente limpio, sano, libre de contaminación, inviolables N° de: R.E., R.S.P.A., R.HAB.MAG
.

Cotizar por kg.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor
.

Por kilo.

Caja de 10 kilogramos.

15

QUESO PARAGUAY

Producto fresco que se obtiene por separación parcial del suero de la leche, coagulados por la acción física, del cuajo, de enzimas específicas, de bacterias específicas, de ácidos orgánicos, solos o combinados, todos de calidad apta para uso alimentario, con o sin el agregado, aditivos específicamente indicados.

Se entiende por queso fresco el que está listo para el consumo poco después de su fabricación.

El producto no debe tener agregado de grasa y/o proteínas de origen no lácteo.

El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, debe ser procesado, envasado, almacenado y transportado en condiciones que no produzcan, desarrollen o agreguen sustancias físicas, químicas o biológicas que pongan en riesgo la salud del consumidor.

Deberá ser de origen nacional.

Cotizar por kg.

Autorización del fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Unidad de 1 a 4 kilogramos.

16

POROTO ROJO

Granos enteros, lustrosos, secos, sin picaduras, en buen estado de conservación, cosecha del año especialmente el tipo de poroto criollo, sin mezcla con otros tipos de las mismas especies, con humedad de 13/14, sin vestigio de mohos o insectos (gorgojos), sin sustancias extrañas contaminantes.

Fresco y natural, de tamaño mediano a grande, de color uniforme, sin sustancias contaminantes, no deberá estar en estado de descomposición, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color).

Cotizar por kg.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Paquete de 1 a 5 kilogramos.

17

ARROZ

Grano Largo fino Glaseado Tipo I

Descripción del Producto

Con la denominación de Arroz Glaseado se entiende el grano entero de Oryza Sativa L., que se presenta sin pericarpio ni aleurona, y que se abrillanta por fricción con aceite, glucosa y/o talco.

Características del Producto

El producto deberá corresponder a la característica del Arroz Largo Fino Tipo I; deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano; libre de impurezas y parásitos.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) vigente.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Paquete de 1 a 5 kilogramos. 

18

GALLETITA DULCE

SEGÚN PLANTILLA DEL SICP.

 

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

 Paquete de 3 kilogramos como mínimo (conforme se establece en la Plantilla del SICP)

19

HARINA DE TRIGO

La Harina de Trigo enriquecida con Hierro y Vitaminas del tipo tres ceros (000), es el producto obtenido a partir de la molienda gradual y metódica del endospermo del grano de trigo al cual se le ha adicionado vitaminas y minerales. Características Generales:

El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, sin sustancias extrañas macro y/o microscópicas. La harina de trigo deberá estar adicionada de hierro y de las vitaminas en los niveles establecidos en la legislación nacional vigente sobre enriquecimiento de harina.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) VIGENTE.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Bolsa de 1 a 50 kilogramos.

20

LECHE ENTERA LIQUIDA UHT

SEGÚN PLANTILLA DEL SICP.

  • Deberá ser de origen nacional.
  • Autorización del fabricante, representante o distribuidor
  • Especificaciones del Envase:
  1. Envase individual: El envase individual primario deberá ser de tetrabrick.
  2. Envase secundario: La caja contenedora del alimento debe ser de cartón corrugado o de otro material que no permita el deterioro del envase individual, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando la total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos. La caja contenedora deberá ser resistente al apilamiento, según instrucciones del fabricante.
  • Control de Calidad: Cuando la Contratante así lo requiera, podrá solicitar al INTN (Instituto Nacional de Tecnología, Normas y Metrología), tomar muestras significativas en forma aleatoria de cualquier punto de recepción del producto, para su posterior análisis (informe técnico sobre muestra ensayada) de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas. Los gastos derivados del ensayo realizado sobre la muestra, correrán por cuenta de la empresa adjudicada.

Por litro.

TETRABRICK de 1 litro.

21

YOGURT ENTERO CHICO

Cremoso, de frutas, elaborado con leche entera, sin edulcorantes artificiales, en buen estado, limpio e integro con fecha de vencimiento vigente por un mínimo de 15 días.

Deberá ser de origen nacional

Debe contar  con el RE y RSPA vigente.

Transporte refrigerado, manteniendo la cadena de frio.

El fabricante deberá poseer Certificación HACCP

El oferente deberá contar con vehículos propios o tercerizados habilitados por SENACSA para su transporte.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor

unidad

Potes de 180 gramos hasta 200 gramos 

22

AJO

Cabezas de ajo de tamaño mediano 50 g, no deberá estar en estado de descomposición en el momento de la recepción, deberá estar exenta de brotes.-

Por kilo.

Presentación en bolsas de 1 a 3 kilogramos.

23

BANANA

Variedad karapé y otras, deben estar en buen estado para el consumo, madurez 3/4 sin contaminación y que puedan mantenerse en buen estado por un mínimo de 7 días, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color).

Por kilo.

Presentación en bolsa de 500 gramos a 1 kilogramo.

24

CEBOLLA

De tamaño mediano, no deberá estar estado de descomposición, deberán estar exentas de brotes, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color).

Por kilo.

Presentación en bolsas de 5 a 15 Kilogramos.

25

LOCOTE

De tamaño mediano, de color verde o rojo con una maduración aproximada del 70 %, no deberá estar en estado de descomposición, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color).

Por kilo.

 Presentación en bolsa de 2 a 5 kilogramos.

26

NARANJA

Deben estar en buen estado para el consumo, maduras, sin  contaminación,  y que puedan mantenerse en buen estado durante un mínimo de 7 días, que  mantengan sus características organolépticas propias (olor, color).

Por kilo.

Presentación en bolsas de 5 a 20 kilogramos.

27

PAPA

Deberá ser negra, de tamaño mediano, no deberá estar en estado de descomposición, sin contaminación de sustancias extrañas, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color), sin brotes, sin exceso de arena.

Por kilo.

Presentación en bolsa de 5 a 25 kilogramos.

28

TOMATE

Tipo perita, tamaño mediano, en buen estado de conservación, sin contaminación de sustancias extrañas, con una maduración y color uniforme y sin tumores, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color).

Por kilo.

Bolsa de hasta 20 kilogramos.

29

ZANAHORIA

De tamaño mediano, color uniforme, con una maduración uniforme, no deberá estar en estado de descomposición, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color)

Por kilo.

Presentación en bolsa de 5 a 20 kilogramos.

30

ZAPALLO

De tamaño mediano a grande, de color verde, no deberá estar en estado de descomposición, que mantengan sus características organolépticas propias (olor, color).

Por kilo.

Presentación en bolsa de 5 a 20 kilogramos.

31

LOCRO

Con el nombre de locro se entiende a los trozos pelados provenientes de granos limpios, sanos y bien conservados de Zea mays L (blanco).

Características del Producto. Características Generales y organolépticas

El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano y debe responder a sus características organolépticas normales, estar exento de insectos o partes de insectos y de sustancias extrañas al maíz.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) Vigente.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Paquete de 1 a 5 kilogramos.

32

HARINA DE MAIZ

Se denomina Harina de maíz precocida al producto obtenido de los granos de maíz, Zea mays L., totalmente maduros, sanos, no germinados, sometido a tratamiento térmico con agua caliente, sometido a un proceso de molienda durante el cual se pulveriza el grano hasta que alcance un grado apropiado de finura.

  • Características Generales

El producto deberá ser inocuo y apropiado para el consumo humano. Deberá estar exento de:

- sabores y olores extraños;

- suciedad (impurezas de origen animal, incluidos insectos).

No contendrá harinas de otros cereales, ni cuerpos extraños al maíz.

  • Características Organolepticas

Color: amarillo o dorado.

Sabor y Olor característico, suave y agradable, exenta de sabores y olores extraños, sin fermentación

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) vigente.

Autorización del fabricante, representante o distribuidor

Por kilo.

Paquete de hasta 30 kilogramos.  

33

LEVADURA

Levadura para panificación es el producto obtenido de la propagación industrial de levaduras del género Saccharomyces en medios de cultivos adecuados.

La levadura deberá presentarse en forma prensada o filtrada, que corresponde a la levadura que ha sido centrifugada, prensada o filtrada, de manera que su humedad no sea mayor de 75% en peso.

Características del Producto

  • Características Generales

El producto deberá ser inocuo y adecuado para el consumo humano, sin presencia de sustancias extrañas. Debe estar constituida por células en su mayor parte vivas.

  • Características Organolépticas

Debe presentarse como una masa uniforme de consistencia firme, pastosa, de olor sui generis.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) vigente.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Paquete de 500 gramos

34

GALLETA SECA

Elaborada con Harina de Trigo Tipo 000, anís, manteca y sal, En buen estado de conservación, sin sustancias extrañas, libres de insectos o gorgojos y sin olor ni sabor desagradable.

Deberá presentar la habilitación correspondiente del INAN (RE y RSPA) vigente.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Bolsa de polietileno de 5 kilogramos 

35

ANÍS

Seco, natural de color uniforme, en perfecto estado de conservación y sin contaminación de sustancias extrañas. Con la inscripción de la marca contratada en cada paquete.

Por kilo.

 Paquete de 1 a 5 kilogramos. 

36

ORÉGANO

Seco, natural de color uniforme, en perfecto estado de conservación y sin contaminación de sustancias extrañas. Con la inscripción de la marca contratada en cada paquete.

Por kilo.

Paquete de 1 a 5 kilogramos.  

37

JUGO ELABORADO EN POLVO

Presentación en sobres para rendimiento de 8 lts., como mínimo, con azúcar incluido, sabor naranja, piña y frutilla.

R.E. y RSPA vigentes.

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por sobre.

Sobre de hasta 8 litros. 

38

PREPARADO DE CEREAL/CEREALES

PREPARADO DE CEREAL

Producto elaborado de cereales de maíz y/o trigo y/o arroz y/o avena; preparados con los granos limpios, liberados de su tegumento por medios mecánicos o por tratamiento alcalino, cocinados con la adición de extracto de malta, jarabe de sacarosa o dextrosa y sal, secado, aplastados y tostados

Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto

 

Mínimo

Máximo

Energía (calorías)

325

421

Proteínas (g)

4

10

Grasas (g)

0,5

1

Hidratos de carbono (g), de los cuales:

Azucares (g)

76

93

5

23

PRESENTACION DE 4 KILOS

R.E. y RSPA: Vigente

Autorización de fabricante, representante o distribuidor

Por kilo.

Paquete  de hasta 4 kilos

39

CHUPETIN

Chupetines dulces sabores frutales. Con fechas de vencimiento como mínimo 10 meses, a la fecha de entrega, con la marca impresa en cada paquete de la empresa que envasa o elabora dicho producto.

R.E. y RSPA Vigente

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

Por kilo.

Paquetes como mínimo de 500 gramos y como máximo de 1000 gramos. 

40

DULCE DE MANI

Dulce de maní, bien conservados.

Tabla 1: Aporte de nutrientes por 100 g de producto

 

Mínimo

Máximo

Proteínas (g)

376

607

Grasas (g)

13

19

Hidratos de carbono (g)

 

20

35

Azucares (g)

36

54

R.E. y RSPA Vigente

Autorización de fabricante, representante o distribuidor.

unidad.

Panes de entre 65 a 75 grs. 

41

Mate Cocido Soluble

Mate Cocido Soluble instantáneo Extracto soluble de Yerba Mate mezclado con azúcar y leche entera en polvo. Autorización del fabricante, representante o distribuidor.

R.E. y RSPA Vigente

Por kilo.

Paquetes de 5 a 7 kgr. 

 

Se requerirá la presentación de muestras de los productos no perecederos ofertados.

 

 

Para los ítems 15 (queso), 20 (leche entera liquida) y 21 (yogurt ) se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley N° 5264/2014 FOMENTO DE LA CADENA LÁCTEA FORTALECIMIENTO DE LA PRODUCCIÓN NACIONAL Y PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE PRODUCTOS LÁCTEOS, que en su artículo 6 establece: en los procedimientos de contratación pública para la adquisición de productos lácteos (UAT, en polvo, vitaminada, deslactosada, fortificada y enriquecida) y derivados (yogurt, queso y dulce de leche), que realicen los Organismos, Entidades del Estado y Municipalidades serán de origen nacional, cumpliendo los procedimientos establecidos para el efecto en la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas, sus modificaciones y reglamentaciones vigentes

 

GENERALIDADES

 

Todos los productos citados más arriba deberán reunir las características técnicas y normas exigidas por el Ministerio de Industria y Comercio, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (INAN) el Ministerio de Agricultura y Ganadería, SENAVE, SENACSA y Ordenanzas Municipales para la distribución y ventas de alimentos al consumidor, caso contrario serán rechazados.

 

REQUISITO DE COMPRA DE PRODUCTOS HORTÍCOLAS Y OTROS A LOS PRODUCTORES DE LA AGRICULTURA FAMILIAR

 

Los productos ITEM: 13, 15, 16, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 31 y 32, objetos de la presente Licitación deberán ser adquiridos de los productores, asociaciones o familias que hayan recibido asistencia por parte del Gobierno Nacional como el Ministerio de Agricultura y Ganadería u otras instituciones, en un porcentaje mínimo del 20% (veinte por ciento) con relación a las cantidades totales adjudicadas.

 

Solo para el porcentaje de productos a ser adquiridos de Productores, Asociaciones o familias no será exigencia la presentación de Certificados y Habilitaciones del INAN (RSPA, RE), SENAVE y SENACSA, ni el cumplimiento de las Resoluciones del Mercosur en cuanto a especificaciones de envases, rotulados en general y etiquetas, establecidas en la SECCIÓN III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS.

 

Durante la ejecución del contrato la empresa adjudicada deberá acreditar la compra de esos productos a los grupos mencionados, mediante documentos donde consten todos los datos de la transacción. Este documento será exigido al momento de la presentación de las solicitudes de pagos correspondientes.

 

ENVASES:

Todos los productos deberán estar contenidos en envases aptos para estar en contacto con los alimentos; que confieran protección contra la contaminación del producto, y salvaguarden las cualidades higiénicas, nutricionales, tecnológicas y organolépticas del alimento, con tapa o cierre inviolables y deberán cumplir con la Resolución del MERCOSUR GMC 03/92 Reglamento técnico de criterio generales de envases y equipamientos alimentarios vigente.

 

El producto deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM PARA ROTULADO DE ALIMENTOS ENVASADOS, la Resolución GMC 46/03 Para rotulado nutricional de alimentos envasados, 47/03 Porciones de alimentos envasados a los fines del rotulado nutricional,  Resolución MERCOSUR GMC 22/02 RTM Para expresar la indicación cuantitativa del contenido neto de los productos premedidos y con lo establecido con el decreto 1635/99 que reglamenta el artículo 175 de la Ley número 836/80 (Código Sanitario)

 

De acuerdo a las reglamentaciones arriba citadas las etiquetas de los envases deberán estar impresas de forma clara e indeleble y deberá presentar la siguiente información:

 

1. Denominación del alimento.

2. Peso neto

3. Datos del establecimiento elaborador.

4. Lote

5. Fecha de vencimiento.

6. Datos del importador, en caso de productos importados.

7. Instrucciones de preparación del alimento, cuando corresponda.

8. Condiciones de conservación, cuando corresponda.

9. Información nutricional.

10. Número de registro de productos (RSPA N°) y establecimiento (RE N°), otorgados por el

INAN-MSP y BS.

11. Número de habilitación vigente de SENACSA.

 

El envase contenedor de los alimentos en los casos que se aplique, deberá ser de material resistente al peso contenido en ella, que no permita el deterioro del envase individual, resistente al apilamiento según indicaciones del fabricante, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ellos contenidos.

Los alimentos no perecederos cotizados deberán estar envasados de origen, es decir envasados en fábrica, no se aceptarán productos envasados a granel por el oferente.

 

PRODUCTOS PERECEDEROS

Hortalizas de bulbos y tallo: enteros, sanos, limpios en perfecto estado de conservación con piel firme, seco, turgentes, pesados. Bien formadas y desarrolladas con un tamaño adecuado y no muy chico.

 

Hortalizas de hojas: hojas sanas, frescas, crujientes, sin semillas, sin hojas amarillas, deshidratadas o secas, con color característico según corresponda. Libre de lesiones, manchas, insectos o cualquier sustancia extraña.

 

Frutas: sanas, frescas con color característico según corresponda. Libre de lesiones, manchas, insectos o cualquier sustancia extraña.

 

El oferente deberá presentar el resultado de SENAVE vigente.

 

El transporte deberá ser en camiones o carros cerrados, los que en todo momento deben encontrarse en perfectas condiciones de higiene y seguridad, refrigerados, habilitado con número SENACSA.

 

El envase preferentemente en cajas (Tomate), redecillas de plástico y/o bolsas plásticas, apropiadas al producto y selladas adecuadamente de acuerdo a la característica de cada producto.

 

PRODUCTOS NO PERECEDEROS

Todos los productos no perecederos deberán cumplir con las especificaciones técnicas expuestas más arriba.

 

MEDIOS DE TRANSPORTE PARA PRODUCTOS CARNICOS

Para la provisión de productos cárnicos, los transportes deberán ser adecuados para el traslado, cerrados que cumplan con las condiciones de estructura, que garanticen una adecuada higiene y refrigeración con un máximo de 0° a 4° C, los productos cárnicos de manera a no cortar la cadena de frio. Además la estructura debe permitir un adecuado lavado, desinfección, desagüe y circulación de aire en su interior: según lo establecido en el conjunto de normas sobre calidad y gestión de calidad establecida por la Organización Internacional de Normalización los cuales deberán estar debidamente habilitados por SENACSA

COSTO DEL TRASLADO

El costo del traslado de los bienes adjudicados a los lugares de entregas correrá exclusivamente por cuenta de la empresa proveedora.

 

OBS: Las cantidades adjudicadas están sujetas a la disponibilidad presupuestaria y criterio de la Convocante.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

El presente llamado se realiza en atención a la solicitud del Sr. Miguel Benítez Gómez, Director Administrativo del Ministerio de Justicia.

Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

La importancia de proveer de alimentos a las personas privadas de libertad que se encuentran en las Penitenciarias y Centros de Reclusión del País a cargo del Ministerio de Justicia.

Justificar la Planificación

La planificación del proceso es de caracter anual.

Justificar las Especificaciones Técnicas.

Las especificaciones técnicas corresponden al estándar utilizado para la selección de los mejores productos.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

1. Plan de Entrega (Bienes)

1.1 PLAZOS

Los bienes a ser proveídos deberán ser entregados por la empresa adjudicada en un plazo Máximo de 5 (cinco) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la recepción efectiva de la Orden de Compra por parte del proveedor.

La empresa adjudicada deberá retirar sus Órdenes de Compra en un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas, contados a partir desde que la Dirección Administrativa le comunique vía correo electrónico que fueron emitidas las mismas, si no retirara en el plazo establecido, se consideran como retiradas las órdenes de compras, y los plazos para la entrega empezarán a computarse.

Las entregas de los productos alimenticios se realizarán de acuerdo a lo detallado en la descripción de la Orden de Compra emitida por la Convocante, la cual será emitida en forma quincenal, y en casos especiales cuando así se lo requiera.

Día y Horarios de Entrega de los bienes: de lunes a viernes de 07:00 a 15:00 hs.

1.2 LUGARES de ENTREGA

Penitenciaria Nacional 24 Proyectadas y Caballero Asunción
Centro Penitenciario De Mujeres Casa Del Buen Pastor Choferes del Chaco y Mcal. López Asunción
Centro Educativo Itauguá Km. 27 1/2 - Itauguá - Dpto. Central
Centro de Rehabilitación Itauguá Km. 27 1/2 - Itauguá - Dpto. Central
Hogar Virgen De Caacupé Compañía Cañadita B° Tres Fronteras de Itaugua - Dpto. Central
Centro Educativo La Esperanza Km. 27 1/2 - Itaugua - Dpto. Central
Centro Educativo Virgen De Fátima Choferes del Chaco y Mcal. López Asunción
Penitenciaria Regional De Emboscada Km. 42 1/2 Barrio Primera Compañía Minas Emboscada
Penitenciaria Regional Padre De La Vega Km. 42 1/2 Barrio Primera Compañía Minas Emboscada
Penitenciaria Regional de Emboscada - Condenados Km 42  1/2 Barrio Primera Compañía Minas - Emboscada
Granja ItaPora Km. 42 1/2 Barrio Primera Compañía Minas Emboscada
Granja KoePyahu 24 Proyectadas y Caballero Asunción
Hogar Nueva Oportunidad Choferes del Chaco y Mcal. López Asunción
Unidad Penitenciaria Industrial Esperanza México y 28 Proyectadas Asunción
Centro Educativo De Ciudad Del Este Ciudad del Este -  Dpto. de Alto Paraná
Centro Educativo Sembrador Cerro Porteño y Benjamín Aceval. Barrio San Blas - Villarrica
Penitenciaria Regional De Ciudad Del Este Avda. Rogelio Benítez. B° Boquerón - Ciudad del Este - Dpto. de Alto Paraná
Centro Penitenciario De Mujeres Juana María De Lara B° Boquerón - Ciudad del Este - Dpto. de Alto Paraná
Penitenciaria Regional De Coronel Oviedo Compañía Saro Karo - Coronel Oviedo - Dpto. de Caaguazú
Centro Penitenciario De Mujeres Serafina Dávalos Compañía Saro Karo - Coronel Oviedo - Dpto. de Caaguazú
Penitenciaria Regional De Villarrica  Benjamín Aceval y Cerro Porteño. Barrio San Blas Villarrica
Centro Educativo Kambyreta Ruta 6ta. Km. 6. Distrito de Kambyreta - Dpto. de Itapúa
Penitenciaria Regional De Encarnación Ruta 6ta. Km. 6. Distrito de Kambyreta - Dpto. de Itapúa
Penitenciaria Regional De Misiones Gral. Eugenio A. Garay c/ Víctor Z. Romero - Misiones - Dpto. de Misiones
Centro Educativo De Concepción Carlos A. López c/ Julio D. Otaño -  Concepción - Dpto. de Concepción
Penitenciaria Regional De Concepción Km. 4 1/2. Ruta 5 - Concepción - Dpto. de Concepción 
Centro Educativo De Pedro Juan Caballero Pedro Juan Caballero - Dpto. de Amambay
Penitenciaria Regional De Pedro Juan Caballero Barrio Centro Iturbe e/ Carlos A. López - Pedro Juan Caballero - Dpto. de Amambay
Penitenciaria Regional De San Pedro Ruta Juana María de Lara (Ruta 11) - San Pedro - Dpto. de San Pedro

1.3 PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE BIENES:

El Proveedor debe entregar en tiempo y forma los bienes requeridos y entregar por cada partida una nota de Remisión de los bienes entregados.

La Dirección General de Establecimientos Penitenciarios (DGEP) y la Dirección General del Servicio Nacional de Atención al Adolescente Infractor (SENAAI), deberán comunicar a la Dirección General de Administración y Finanzas, el nombre del responsable de la recepción de los bienes en cada dependencia.

Una vez que se realicen los controles pertinentes y se certifique adecuadamente que el suministro se ajusta a la Especificaciones Técnicas y demás documentos del Contrato, en cuanto a la cantidad, calidad, origen, procedencia (con excepción de los productos adquiridos de las asociaciones, productores  y  familias que son asistidas por el Gobierno Nacional en el porcentaje correspondiente), se elaborará un Acta de Recepción de Bienes, conforme al modelo abajo indicado, debiendo completar todos los campos. La persona que entrega los bienes por parte de las empresas proveedoras deberá a su vez refrendar el acta de recepción. Este documento es el que habilitará al Proveedor a solicitar el pago por la entrega efectuada.

Si se comprueba la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatándose deficiencia o alteraciones de calidad, se notificara al Proveedor en un tiempo razonable de dicha irregularidad, y el Proveedor está obligado a sustituir el bien en cuestión, en un plazo de tres (3) días corridos contados a partir de la recepción de la notificación. Dicho Plazo no será considerado como prórroga para la entrega, por lo que al Proveedor que incurra en tal situación será pasible de la aplicación de la penalidad establecida en las CGC 27.

Además al momento de la recepción se verificará si el vehículo transportador está habilitado, conforme a las Especificaciones Técnicas establecidas, cuando correspondiere. En caso de no estarlo, será rechazado el vehículo con toda la mercadería de transporte.

1.4 MODELO DE RECEPCIÓN DE BIENES

ACTA DE RECEPCIÓN DE BIENES
Fecha:  
Dependencia Receptora:  
Responsable/s de la Recepción  
Nota de Remisión N°  
Matrícula del Transporte N°:   
N° de Ítem Descripción de los Ítems Cantidad
     
     
     
     
     
No habiendo otro punto a considerar, siendo las hs., en prueba de conformidad, se firma esta Acta de Recepción en dos ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto

1.5 CONTROL DE CALIDAD.

Cuando la Contratante así lo requiera, podrá solicitar al INTN (Instituto Nacional de Tecnología, Normas y Metrología), tomar muestras significativas en forma aleatoria de cualquier punto de recepción de los productos, para su posterior análisis (informe técnico sobre muestra ensayada) de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas. Los gastos derivados del ensayo realizado sobre la muestra, correrán por cuenta de la empresa adjudicada.

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión / Acta de recepción de bienes

Nota de Remisión / Acta de recepción de bienes

Conforme a la orden de compra emitida

Criterios de Adjudicación

La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación;
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.