Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 EXPERIENCIA REQUERIDA En donde dice: Con el fin de respaldar y garantizar la provisión de los alimentos para las instituciones educativas, la convocante solicita el Certificado de Buen Cumplimiento de los servicios prestados de todos los contratos adjudicados correspondientes a los años citados Solicitamos a la Convocante modificar este punto, que el mismo estipule, QUE LAS EMPRESAS OFERENTES presenten el CERTIFICADO DE BUEN CUMPLIMIENTO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS DE LOS CONTRATOS PRESENTADOS DENTRO DE SU OFERTA. 05-07-2022 11-07-2022
12 EXPERIENCIA REQUERIDA En donde dice: El oferente deberá acreditar referencias comerciales como mínimo con 2 (dos) clientes distintos con contrataciones de almuerzo escolar para instituciones públicas en el año 2021, indicando el nombre del responsable, dirección, número de teléfono Solicitamos a la Convocante modificar este punto, que el mismo estipule, QUE EL OFERENTE ACREDITE REFERENCIAS COMERCIALES COMO MÍNIMO, CON 2 (DOS) CLIENTES DISTINTOS DE CONTRATACIONES DE ALMUERZO ESCOLAR o PROVISIÓN DE KITS DE ALIMENTOS PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS EN EL AÑO 2021. (DEBIDO A QUE EXISTE LA Res. Del MEC N° 351/2020 que estipula que durante la pandemia, se autoriza a las INSTITUCIONES AL CAMBIO DE MODALIDAD, DE LA PROVISIÓN DE ALMUERZO ESCOLAR por la PROVISIÓN DE KITS DE ALIMENTOS) 05-07-2022 11-07-2022
13 Capacidad Financiera lA Adenda modificatoria establece: Los oferentes deberán demostrar que cuentan con Activo Liquido: Rubro Disponibilidades (excluidos los fondos bancarios a plazo, fondos retenidos, recaudación a depositar, y/o similares) del balance general presentado ante la SET del periodo fiscal 2020; como mínimo por un monto de guaraníes un mil millón demostrando la solvencia para ejecutar el presente contrato, en caso de retraso de pago por parte de la municipalidad según lo establecido en las condiciones contractuales. En el caso de consorcios, el socio líder deberá cumplir el presente requisito. Consultamos a la convocante cual es el criterio tecnico valido en el que se fundamenta para solicitar que el oferente dedio haber tenido en el año 2020, al cierre del ejercicio por lo menos un mil millones de guaranies en disponibilidades? Como piensa la convocante que eso puede demostrar que el oferente es SOLVENTE? Acaso la convocante no sabe que ese rubro es volatil ? Que el oferente pudo haber tenido ese monto y que al pagar deudas, realizar inversiones hoy dia ya nos lo tiente? o por el contrario que al cierre del ejercicio 2020 no poseia dicho monto en disponibilidades y hoy dia los posee? Es dificil entender que la convocante mida la solvencia de una empresa con disponibilidades de casi hace 2 años. Por que la convocante no solicita en todo caso CAPITAL OPERATIVO (Activo corriente - Pasivo corriente), que son los recursos con que la empresa cuenta para hacer frente a sus obligaciones en el CORTO PLAZO, entiendase UN AÑO, el presente llamado es solo por aproximadamente 5 meses (la mitad del tiempo) entiendase que si el oferente cuenta con un capital operativo de 2 mil millones puede hacer frente a este contrato 2 VECES. 10-07-2022 11-07-2022
14 CAPACIDAD FINANCIERA Solicitamos a la Convocante que para el análisis correspondiente a la capacidad Financiera sean considerados los Balances Generales y Estados de Resultados de los periodos 2019-2020-2021, teniendo en cuenta que en fecha 30 de Junio del año 2022, ya se cumplió la fecha de presentación de los Balances Generales y Estados de Resultados del año 2021. Por tanto todas las empresas ya cuentan con dicha documentación a la fecha de hoy. Considerando que la metodología de la Convocante para dicho análisis, es la utilización de los balances generales y estados de resultados de los 3 últimos años; el balance general y estado de resultado del año 2018 (SOLICITADO EN EL PBC) ya se encuentra en estado obsoleto., por tanto ya no puede ser utilizado en el análisis respectivo. 05-08-2022 05-08-2022
15 CAPACIDAD FINANCIERA - ACTIVO LÍQUIDO Solicitamos a la Convocante que para el análisis correspondiente a la capacidad Financiera específicamente en el análisis del Activo Liquido, sea considerado el Balance General presentado ante la SET del periodo fiscal 2021, teniendo en cuenta que en fecha 30 de Junio del año 2022, ya se cumplió la fecha de presentación del Balance General y Estado de Resultado del año 2021. Por tanto todas las empresas ya cuentan con dicha documentación a la fecha de hoy. Dicha solicitud la hacemos teniendo en cuenta que el balance general presentado ante la SET del periodo fiscal 2020 (solicitado en el PBC), ya no puede ser considerado, debido a que ya han pasado 2 años de la Solvencia establecida en el Balance General correspondiente al año 2020 y por ende el monto establecido en ese entonces ya fue utilizado a la fecha de hoy por las empresas, por tanto los datos correspondientes al año 2020 ya no pueden considerarse válido a la fecha de hoy para demostración de la Solvencia para ejecutar el contrato a firmar en este periodo. 05-08-2022 05-08-2022
16 CAPACIDAD FINANCIERA. CONSULTA 14 Y 15 EN LA FECHA DE HOY HEMOS REALIZADO LA CONSULTA 14 Y 15 Y NOS CONTESTARON LO SIGUIENTE: Buenas tardes. En virtud a su consulta solicitamos que se adecue a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, teniendo en cuenta que el presente llamado fue aprobado por la Junta Municipal antes del vencimiento del ejercicio fiscal 2021, razón por la cual se han solicitado los años mencionados. Cabe resaltar que modificar dicho apartado implicaría una nueva aprobación por parte de la Junta Municipal y por ende prórroga de plazo, plazo con el cuál la convocante ya no cuenta, ya que los plazos para la provisión del almuerzo escolar finalizan cuando culminan las clases, y dicha fecha ya se encuentra próxima. Aguardando haber evacuado su consulta, aprovechamos la ocasión para para saludarlo cordialmente. Muchas gracias. TENIENDO EN CUENTA SU CONTESTACIÓN, LE COMUNICAMOS QUE DENTRO DE SUS DOCUMENTACIONES ADJUNTAS A ESTE LLAMADO NO HEMOS ENCONTRADO NINGUNA RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE LA ADENDA N° 4, NI DE PARTE DE LA INTENDENCIA, NI DE PARTE DE LA JUNTA MUNICIPAL, POR TANTO, SI LA ADENDA N° 4 FUE PUBLICADA SIN AUTORIZACIÓN DE LA INTENDENCIA NI DE LA JUNTA MUNICIPAL, NO VEMOS EL PROBLEMA DE QUE EMITAN UNA ADENDA N° 5 DONDE INCLUYAN LAS MODIFICACIONES SOLICITADAS EN LA CONSULTA 14 Y 15. SI LA PUBLICACIÓN DE LA ADENDA 5 SE REALIZARÁ EL LUNES, EL MARTES YA ESTARÍA PUBLICADO, POR TANTO NO HABRIA MAYORES INCONVENIENTES EN REALIZAR LA APERTURA EL DÍA PACTADO EN LA PUBLICACIÓN DE HOY. A LO MÁXIMO SE PODRÍA DAR EL CASO DE PRORROGAR 1 DÍA MAS SI CORRESPONDIESE. HACIENDO LUGAR A NUESTRA SOLICITUD, LOGRARÁ UNA MAYOR PARTICIPACIÓN EN LA APERTURA DE SOBRES. AGUARDAMOS DICHA MODIFICACIÓN, MEDIANTE LA ADENDA 5, MUCHAS GRACIAS 05-08-2022 09-08-2022
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