Para la evaluación y comparación de las ofertas, la convocante utilizará los siguientes criterios:
De conformidad al artículo 34, penúltimo párrafo de la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, las ofertas se aceptarán siempre que provengan de personas físicas o jurídicas que cuenten con la solvencia técnica, económica y legal suficiente para responder a los compromisos asumidos frente al Estado Paraguayo y que su actividad comercial o industrial se encuentre vinculada con el tipo de bienes, servicios u obras a contratar.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado de la obra, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República: NO APLICA CONFORME A LO DISPUESTO EN LA LEY 6919/2022. |
6.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
8. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
|
|
|
9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
|
|
|
9.3. Oferentes en Consorcio. |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*) |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*) |
c) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
|
d) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
|
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
|||
Oferente Individual |
Consorcios |
||||
Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
|||
|
Debe cumplir con el requisito.
|
|
Debe cumplir con el requisito.
|
|
Completar el Formulario N° 5 |
|
Debe cumplir con el requisito.
|
|
Debe cumplir con el requisito. |
|
Completar el Formulario N° 5 |
Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución. Este mínimo de activos líquidos que constituirá el capital operativo, debe ser el resultado de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente. Puede ser complementado con líneas de crédito otorgadas por entidades financieras. |
Debe cumplir con el requisito.
|
Debe cumplir con el requisito.
|
Debe cumplir por lo menos con el 25% del requisito mínimo |
Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo |
Completar el Formulario N° 5 |
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
|
|
|
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
|||
Oferente Individual |
Consorcios |
||||
Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
|||
El promedio del volumen anual de negocios se define como el total de las facturas legales correspondientes a obras en ejecución o terminadas por el oferente, dividido el número de (5) años señalado en el párrafo precedente. |
Debe cumplir con el requisito.
|
Debe cumplir con el requisito.
|
Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formulario N° 2 y 3.
|
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
|||
Oferente Individual |
Consorcios |
||||
Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
|||
|
Debe cumplir con el requisito.
|
Debe cumplir con el requisito.
|
Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formulario N° 4 |
|
Debe cumplir con el requisito.
|
|
Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos. |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar los Formulario N° 2 y 5 |
A modo de garantizar la correcta ejecución y entrega en tiempo y forma de las obras.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
|
|
3. Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato. |
4. Copias de Contratos ejecutados en obras civiles de los últimos 10 años cuyo monto sea igual o superior al 50 % del monto máximo de la presente licitación. Se admitirán sumas de contratos para la obtención de la cantidad del porcentaje, dentro de los años mencionados |
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos mínimos |
Requisitos de cumplimiento |
Documentación requerida |
|||
Oferente individual |
Consorcios |
||||
Todas las partes combinadas |
Cada socio |
Socio líder |
|||
Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos clave: Administrador del Contrato (Arquitecto o Ingeniero Civil para Supervisor General de Obras): 5 años mínimo de experiencia Jefe de Obra (Arquitecto o Ingeniero Civil, residente de obra): 5 años mínimo de experiencia Capataz de Obra (maestro mayor de obra) Encargado de hormigón Encargado de plomería Encargado de herrería Encargado de electricidad y señales débiles (telefonía e informática) Encargado de PCI Encargado de refrigeración y calefacción Encargado maquinista y chofer Encargado de revestimientos (piso/azulejos) Encargado de pintura b) Designar un profesional Ingeniero Civil o Arquitecto, para Jefe de Obras. El mismo deberá encontrarse permanentemente en la Zona de Obras durante la ejecución de los trabajos, y no podrá delegar sus funciones sin autorización de la Convocante. Su ausentismo ocasional de la obra deberá registrarse en el libro de obras, con la justificación correspondiente. c) Demostrar la experiencia del profesional Ingeniero Civil o Arquitecto designados, mediante la presentación de su Curriculum vitae , fotocopia simple del título universitario. d) Demostrar estar al día con la Patente Municipal y registro profesional del Ingeniero Civil o Arquitecto, designado. El jefe de Obra debe encontrarse permanentemente en el sitio de obras. El personal debe encontrarse en relación de dependencia. La inscripción en el IPS y los aportes correspondientes a la seguridad social del personal dependiente deberán estar al día antes de la fecha de apertura de las ofertas. El Ingeniero / Arquitecto Residente jefe de Obra comprendido dentro del Art. 23 del Código Laboral, estará sujeto a dicha normativa. Observación: Observación: Estos requisitos son los mínimos para calificar en materia de personal, el oferente deberá tener en cuenta el alcance de la obra y el plazo de ejecución para cumplir con el Contrato. Como mínimo deberá contar con un Jefe o Superintendente de Obras con 5 años de experiencia en obras de naturaleza y complejidad similares. |
Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir con el requisito |
|
|
Completar el formulario N° 6 |
1. Completar el Formulario N° 6 y presentar los documentos que se indiquen en el mismo. |
2. Lista de funcionarios que ocuparán los cargos principales Administrador del Contrato, y jefe de Obra, Los nombres de los mismos deberán corresponderse con la lista de la Planilla de Control de Pagos del IPS. Con una antigüedad Mínima de 12 meses. |
3. Nota del profesional Ingeniero Civil o Arquitecto designado para la fiscalización de obras (Jefe de Obra) donde se compromete a prestar servicios para la firma Oferente en caso de resultar adjudicada, debidamente rubricada por el mismo, y por el Representante Legal Administrador del Contrato de la firma oferente.- |
4. Declaración Jurada de que el profesional Ingeniero Civil o Arquitecto designado para la fiscalización de obras (jefe de Obra) se encontrará permanentemente en la Zona de Obras durante la ejecución de los trabajos, y no delegará sus funciones sin autorización de la Convocante, y que su ausencia ocasional de la obra se registrará en el Libro de Obra, con la justificación correspondiente, suscrito por el mismo y por el Administrador del Contrato de la firma oferente.- |
5. Fotocopia simple del título universitario del profesional Ingeniero Civil o Arquitecto designado para la fiscalización de obra, Registro del MOPC y Patente Municipal al día.- |
6.Declaración Jurada de que todo el personal utilizará uniformes con el distintivo de la empresa, casco y zapatón de seguridad durante todo el tiempo de ejecución de los trabajos, así como otros equipos de seguridad según las tareas que esté ejecutando.- |
7. El oferente deberá contar en su nómina como mínimo con 15 (quince) personales los últimos 12 (doce) meses. Para el efecto, deberá presentar las planillas de IPS correspondiente a los últimos 12 (doce) meses anteriores a la fecha de Apertura de ofertas.- |
8. Certificado expedido por la Secretaria de la Funcion Publica que acredite que ni el representante legal ni los miembros del consorcio, ni las personas citadas en la lista de personal propuesto para la obra son funcionaros publicos (si fuese el caso). |
9. La empresa deberá contar con la siguiente infraestructura mínima:
● Una oficina comercial equipada con equipos de comunicación (línea baja de COPACO, correo electrónico de la empresa, línea celular para contactar), de informática (impresora, computadoras en general). ● Personal a su cargo: Un recepcionista, un auxiliar administrativo que cumplan horario laboral y un personal técnico encargado de certificados. El Comité de Evaluación podrá realizar una visita in situ a fin de constatar la veracidad de la información. |
10. Certificado laboral expedido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).- |
Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
|||
Oferente Individual |
Consorcios |
||||
Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
|||
|
Debe cumplir con el requisito.
|
Deben cumplir con el requisito.
|
Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos |
Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos. |
Completar el Formulario N° 7 y 8 |
|
|
|
|
|
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.
Si la mora en el pago por parte de la contratante fuere superior a sesenta (60) días, el proveedor, consultor o contratista, tendrá derecho a solicitar por escrito la suspensión de la ejecución del contrato por causas imputables a la contratante.
La solicitud deberá ser respondida por la contratante dentro de los 10 (diez) días calendario de haber recibido por escrito el requerimiento. Pasado dicho plazo sin respuesta se considerará denegado el pedido, con lo que se agota la instancia administrativa quedando expedita la vía contencioso administrativa.
1. El proveedor deberá proporcionar los datos de identificación de sus subproveedores, así como de las personas físicas por medio de las cuales propone cumplir con las obligaciones del contrato, dentro de los treinta días posteriores a la obtención del código de contratación, y con anterioridad al primer pago que vaya a percibir en el marco de dicho contrato, con las especificaciones respecto a cada una de ellas. A ese respecto, el proveedor deberá consignar dichos datos en el Formulario de Información del Personal (FIP) y en el Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS), a través del SIPE.
2. Cuando ocurra algún cambio en la nómina del personal o de los subcontratistas propuestos, el proveedor o contratista está obligado a actualizar el FIP.
3. Como requerimiento para efectuar los pagos a los proveedores o contratistas, la contratante, a través del procedimiento establecido para el efecto por la entidad previsional, verificará que el proveedor o contratista se encuentre al día en el cumplimiento con sus obligaciones para con el IPS.
4. La contratante podrá realizar las diligencias que considere necesarias para verificar que la totalidad de las personas que prestan servicios personales en relación de dependencia para la contratista y eventuales subcontratistas se encuentren debidamente individualizados en los listados recibidos.
5. El proveedor o contratista deberá permitir y facilitar los controles de cumplimiento de sus obligaciones de aporte obrero patronal, tanto los que fueran realizados por la contratante, como los realizados por el Instituto de Previsión Social, y por funcionarios de la DNCP. La negativa expresa o tácita se considerará incumplimiento del contrato por causa imputable al proveedor o contratista.
6. En caso de detectarse que el proveedor o contratista o alguno de los subcontratistas, no se encontraran al día con el cumplimiento de sus obligaciones para con el IPS, deberán ser emplazados por la contratante para que en diez (10) días hábiles cumplan con sus obligaciones pendientes con la previsional. En el caso de que no lo hiciera, se considerará incumplimiento del contrato por causa imputable al proveedor o contratista.