ESPECIFICACIONES TECNICAS
1. Desbroce, limpieza y despeje
En este ítem se efectuará el desbroce, limpieza y despeje constituirá en la reducción o eliminación total de cualquier vegetación que exista en el camino, dejándolo a ras del terreno natural, lo cual incluye el retiro de tocones, maleza, broza, maderas caías, etc., incluida basuras, escombros, etc., de manera a evitar incendios y la invasión de maleza y lograr un mejor aprovechamiento del camino.
2. Relleno y compactación en zona muy afectadas
Este ítem comprende la provisión, colocación y compactación de suelos provenientes de préstamos o de otras excavaciones aprobadas por la fiscalización, necesarios para la preparación del área destinada a la ampliación y terraplén sobre zanas muy afectadas en un todo de acuerdo con estas Especificaciones y en conformidad a las alineaciones, cotas, secciones transversales y dimensiones indicadas en los Planos.
El Contratista estará obligado a utilizar la totalidad de los materiales aprobados provenientes de las excavaciones a ser realizadas para las obras y luego complementar con material proveniente de yacimientos.
PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE.
A los efectos de disminuir el impacto ambiental producido como consecuencia de la ejecución de este ítem, el Contratista deberá seguir las indicaciones señaladas en las ETAGs y las dispuestas por el FISCAL antes de iniciar las tareas, así como también deberá tomar las precauciones para evitar la contaminación de cualquier tipo.
MATERIALES
Suelos
Todos los materiales excavados que cumplan los requisitos especificados en esta sección, podrán ser empleados como materiales para la construcción de los rellenos, con las siguientes restricciones:
De ningún modo se aceptará la colocación de material que contenga fango, tierra turbosa, desperdicios, raíces, maleza u otros materiales orgánicos.
No se colocará material que, a juicio de la Fiscalización, sean inadecuados por su calidad o tamaño, incluyendo rocas y peñascos.
EQUIPOS
Para la ejecución del relleno y la compactación se llevará en consideración la utilización racional de equipos apropiados, que cumplan con las necesidades locales y tengan la producción necesaria para cumplir con los plazos de construcción. Se podrán utilizar tractores de lámina, traíllas, moto-traíllas, palas cargadoras, camiones volquetes, motoniveladoras, compactadores estáticos o vibratorios, lisos o pata de cabra, de neumáticos, tractores agrícolas con rastras de discos etc.
El Contratista empleará el número suficiente de equipo, apropiado para las operaciones de esparcido y compactación del material aprobado, a fin de obtener capas parejas y uniformemente compactadas hasta la densidad especificada.
El equipo de compactación deberá satisfacer los requisitos individuales de construcción relativos al tipo, peso y cualquier otra característica específica requerida para el trabajo a ejecutar. Deberá presentar características y condiciones técnicas adecuadas para producir la compactación y densidad exigidas, sin causar exfoliaciones, desplazamientos, surcos, y empujes adversos.
El equipo usado para estos trabajos deberá ser previamente aprobado por el FISCAL, el cual podrá exigir el cambio o retiro de las unidades que no resulten aceptables.
PROCEDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS
Mediciones previas
Previo a todo trabajo comprendido en esta sección, el Contratista comunicará al FISCAL con la debida antelación el comienzo del mismo. El Contratista, bajo la supervisión del FISCAL, deberá efectuar todos los trabajos de topografía necesarios para determinar las secciones transversales originales del terreno existente (Nivelación Previa) así como otras mediciones necesarias.
2. Limpieza preliminar
Antes de proceder a la Nivelación Previa para la colocación del material para rellenos en cualquier área de trabajo, se debe concluir todo el trabajo de limpieza de acuerdo a lo especificado en el Ítem Desbroce, limpieza y despeje.
Preparación del asiento del relleno:
Las áreas a ser rellenadas deben presentar una superficie relativamente horizontal en forma previa a recibir el material de relleno, y deberá removerse cualquier material que a juicio del FISCAL sea considerado inadecuado como asiento del relleno.
Cuando las características del suelo, profundidad de excavación, utilización de equipos y procedimiento operativo sean las previstas en Ítem Perfilado de suelo, las excavaciones en profundidades mayores a 0.20 m serán consideradas y pagadas como Relleno y compactación.
Previa a cualquier excavación, deberán efectuarse los trabajos de nivelación y mediciones necesarios para poder determinar lo volúmenes excavados y sujetos a pago.
En los trechos en cortes que presenten áreas de material inadecuado, también serán removidos, sí así lo indica el FISCAL, con las interpretaciones arriba mencionadas para la clasificación del tipo de excavación.
Todas las excavaciones serán rellenadas y compactadas de acuerdo a los procedimientos previstos en este Ítem. Los volúmenes de relleno serán iguales a los volúmenes excavados y pagados bajo el Ítem: "Relleno y compactación".
Previo a la colocación del material de relleno, la superficie de trabajo existente, y siempre que no se presente inestable (material inadecuado), deberá ser escarificada suficientemente para lograr como mínimo una capa de 20 cm. de espesor compactado y, si fuera necesario, humedecida o aireada a fin de obtener una buena ligazón entre material viejo y nuevo.
Las áreas existentes constituidas de materiales de calidad aceptable, que requieren un alteo inferior a 0,30 m, y los trechos en corte con material de calidad aceptable a nivel de la parte inferior del mejoramiento de la sub-rasante, deberán ser escarificados si así lo indica la Fiscalización, en un espesor de 0,30 m, desmenuzado el material, aflojado, humedecido, o aireado según sea necesario, y compactado hasta la densidad requerida.
Sí el Contratista prefiere agregar material nuevo aceptable, a fin de facilitar la compactación, podrá hacerlo pero no se hará pago adicional para ello.
No recibirá, en ningún caso, pago directo el trabajo de compactación de suelos del lugar, incluso su escarificado, considerándose una obligación subsidiaria del Ítem: Relleno y compactación.
Cuneteo de camino
En los ensanches de áreas de relleno, el talud existente, cuando sea más escarpado que 2:1 (dos horizontal: 1 vertical), deberá ser cortado en escalones, distanciados verticalmente a no más de 0,30m a medida que el ensanche se vaya elevando por capas horizontales sucesivas.
La superficie horizontal del área cortada, así como el material cortado y el material agregado, serán compactados a la densidad requerida.
Para prevenir la tendencia al desplazamiento de los macizos de ensanche, se procederá a arar surcos de una profundidad de 0,30m en el área de asiento comprendida entre el pié del talud existente y el pié del talud del ensanche proyectado.
Colocación del material.
Los materiales para el relleno deberán ser colocados en capas horizontales sucesivas de no más de 0,20 m de espesor suelto. A criterio del FISCAL, se podrán colocar capas de espesores mayores de acuerdo al tipo de suelo y equipo de compactación disponibles.
Aquel espesor máximo será reducido a lo que se estipula específicamente para ubicaciones especiales. Las capas deberán ser distribuidas en todo su ancho, incluyendo márgenes si los hubiera.
El desplazamiento del equipo de transporte y distribución del material deberá ser regulado de manera que utilice todo el ancho de cada una de las capas de material colocado. Cada capa deberá emparejarse y alisarse por medio de motoniveladoras y compactadas según se especifica más adelante.
Los trabajos, materiales así como cualesquiera otros gastos en las operaciones adicionales de escalonamiento de taludes y compactación de la capa superior de terraplenes existentes, donde fuera necesario, serán considerados supletorios, subsidiarios e incluidos en el trabajo descripto en este Ítem y amparados por el precio unitario contractual respectivo.
Compactación
Proceso constructivo.
Excepto cuando se especifique de otra manera, el relleno será construido en capas horizontales en todo lo ancho de la sección y en longitudes que estén en función del equipo dimensionado de acuerdo a lo especificado, haciendo factible los procesos de homogeneización, riego, secado, perfilado y compactación.
Cada capa de material suelto será regada o aireada hasta alcanzar la humedad requerida para su compactación. El material luego de humedecido será homogeneizado por medio de motoniveladoras, rastras, discos u otros equipos que sean aprobados por el FISCAL.
El material con humedad en exceso, deberá ser aireado hasta disminuir la humedad a la requerida. Este proceso podrá ser acelerado por el uso del equipo arriba indicado para la homogeneización.
La selección del tipo de equipo a ser empleado será de entera responsabilidad del Contratista, a los fines de obtener tanto la perfecta ligación del material existente con el nuevo, como las densidades requeridas en esta Especificación.
Compactación de áreas junto a estructuras.
No será permitido el uso de equipo pesado de compactación o de movimiento de tierras a distancias menores de 1,20 m de canales o alcantarillas.
El relleno y compactación de este espacio se hará con materiales seleccionados, colocados en capas de espesor suelto no mayor que 0,15m, y compactados hasta obtener la densidad requerida por medio del empleo de compactadores mecánicos operados manualmente.
Los taludes existentes o dejados en el relleno en construcción, deberán ser cortados en escalones con superficies horizontales y verticales a fin de evitar el efecto de cuña sobre las estructuras del relleno.
Código de Catálogo | mantenimiento de camino de Puerto Casado a Riacho paku | km. | 28,9 | |
72131701-011 | Desbroce, limpieza y despeje | KM | 28,90 | |
72131701-011 | Relleno y compactación en zona muy afectadas | M3 | 1.447,00 | |
72131701-011 | Perfilado de suelo | KM | 28,90 | |
72131701-011 | Cuneteo de Camino | ML | 38.555,00 | |
Código de Catálogo | Mantenimiento de Camino Riacho Mosquito a Machete Vaina y hasta Com Indigena San Isidro Km 39 | Km. | 31,7 | |
72131701-011 | Desbroce, limpieza y despeje | KM | 31,70 | |
72131701-011 | Relleno y compactación en zona muy afectadas | M3 | 1.587,16 | |
72131701-011 | Perfilado de suelo | KM | 31,70 | |
72131701-011 | Cuneteo de Camino | ML | 42.290,54 | |
Código de Catálogo | Mantenimiento de Camino de Machete Vaina hasta acceso Camino Puerto Casado - Ruta Bioceanica | Km | 12,3 | |
72131701-011 | Desbroce, limpieza y despeje | KM | 12,30 | |
72131701-011 | Relleno y compactación en zona muy afectadas | M3 | 615,84 | |
72131701-011 | Perfilado de suelo | KM | 12,30 | |
72131701-011 | Cuneteo de Camino | ML | 16.409,26 |
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 “ACCESIBILIDAD – Subcomité Accesibilidad al Medio Físico”, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo “Marco Legal/Documentos de Interés”, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 “Accesibilidad”, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
NO APLICA - YA QUE SON MANTENIMIENTO DE CAMINOS EXISTENTES-.
El presente llamado se realiza en atención a la solicitud efectuada por el Señor Adolfo Villalba , Secretario de Obras Publicas Departamental de la Gobernación de Alto Paraguay.
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.
La importancia de realizar los mantenimientos y reparaciones de caminos, surge de la necesidad de mejorar el acceso a las comunidades de los pueblos originarios del departamento, no solo para su locomoción sino para lograr mejorar las condiciones de vida de los mismos.
Justificar la Planificación
El llamado es periódico
Justificar las Especificaciones Técnicas.
Las especificaciones técnicas son acordes a las exigencias de la tipografía de suelo del chaco.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
Lista de Planos o Diseños |
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Plano o Diseño N° |
Nombre del Plano o Diseño |
Propósito |
TRAMO 1 |
CAMINO PUERTO CASADO - PUENTE PAKU |
Ubicar el tramo |
TRAMO 2 |
RIACHO MOSQUITO - CASTILLA- SAN ISIDRO |
Ubicar el tramo |
TRAMO 3 | MACHETE VAINA - CAMINO CASADO BIOCEÁNICA | Ubicar el tramo |
PLANO | PLANO DE TERRAPLÉN | Diseño del Terraplén |
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
Lo obra será ejecutada en un plazo de 60 (dias) contados a partir de la Orden de inicio, emitido por la Secretaria de Obras Departamental.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
El oferente deberá incluir en su oferta una descripción preliminar del método de trabajo y cronográmas específicos, incluyendo gráficos y diseños. El Cronograma de actividades deberá ser elaborado en base al diagrama de Grantt con el desarrollo de todos los ítems de trabajo, en el cual se indique la fecha de inicio, duración, porcentaje de ejecución previsto para cada mes y la fecha de terminación de los trabajo.
Es obligación del oferente cumplir con el cronograma una vez adjudicado, el cual será estrictamente fiscalizado por la contratante.
El proponente deberá preparar y presentar en porcentaje la curva de avance financiero, sin indicar montos, correspondiente al Cronograma de Ejecución, que debe señalar los desembolsos porcentuales previstos para cada mes y el acumulado.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Certificado 1 |
Certificado de Obra |
Junio 2022 |
Certificado 2 |
Certificado de Obra |
Julio 2022 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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