El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
OBJETIVO
Contar con una plataforma de gestión y administración de facturación electrónica integrada al Core bancario del BNF, la plataforma deberá permitir la emisión, recepción y conservación de los DTE, y de sus eventos asociados. Con dicha implementación se debe lograr una Gestión Optimizada de Comprobantes Fiscales, Supervisión de Transacciones a Distancia, mejorar la experiencia de compras, mejor control de flujo de cajas, mayor transparencia y la integración con sistemas de nuestra institución.
Una factura electrónica es un documento electrónico en formato XML que cuenta con validez jurídica para todos los fines (tributario, comercial y financiero) y está firmado digitalmente por el emisor garantizando la autoría, integridad y no repudio. Este documento electrónico es aprobado por la SET mediante la plataforma SIFEN.
Factura Electrónica: Se entenderá́ por factura electrónica al comprobante electrónico de pago que deberán emitir los Proveedores de Bienes y Servicios por vía electrónica a distancia a quienes realicen transacciones comerciales con ellos. La factura electrónica emitida por los Proveedores de Bienes y Servicios tendrá́ la misma validez contable y tributaria que la factura convencional, siempre que cumplan con las normas tributarias y sus disposiciones reglamentarias.
Objetivos generales de la facturación electrónica.
ESPECIFICACIONES TECNICAS
La solución tecnológica para la gestión, emisión, recepción e inutilización de los documentos fiscales electrónicos, debe contar con el acompañamiento de todos los requisitos emitidos por SET, desde el inicio del proyecto de la Factura Electrónica y debe integrarse con el sistema de gestión.
La solución ofertada debe contar con las funcionalidades exigidas en el Manual 150 del SIFEN, de forma que ser capaz de funcionar con o sin integración al Core Bancario del BNF, sincronizando la información cuando se encuentren en línea.
La solución ofertada deberá estar basada en el Manual Técnico de Sistema de Facturación Electrónica Nacional de SIFEN y en la Guía Paso a Paso - Solicitud y Habilitación de Facturadores Electrónicos.
La solución ofertada deberá permitir registrar al menos 5 (cinco) profesionales técnicos que brindarán soporte concurrente y constante a los usuarios finales del banco en horario de oficina, lo podrá realizar de forma remota a través de un call center o un registro tipo Jira o in situ cuando sea necesario.
Deberá Soportar como mínimo 5.000 (cinco mil) transacciones por día, sin límite en el máximo.
El periodo de licenciamiento debe ser perpetuo, con capacidad de soporte de la marca de por lo menos 1 (un) año, donde estarán incluidas, las modificaciones y/o actualizaciones necesarias para su correcto funcionamiento.
Deberá soportar al menos los siguientes sistemas operativos: Windows Server 2012 2016, Windows 7/8/10, RHEL 8 o superior, Ubuntu 14.0 o superior, os/400. También debe ser compatible con cualquier tipo de navegador de Internet en sus diversas versiones
Deberá ser compatible con al menos las siguientes bases de datos: MS SQL 2010 - 2017 y Postgress, DB2 400.
El oferente deberá considerar con su oferta 10 (diez) horas de soporte técnico mensual, durante 12 (doce) meses, que abarque, inconvenientes con la implementación de la solución presentada, cualquier cambio en el Manual Técnico de SIFEN o cualquier otro cambio que pudiese agregar la SIFEN, incluidos los acompañamientos de procesos contables para garantizar la implementación exitosa de la plataforma con las operaciones del banco.
El oferente es responsable de la implementación de la plataforma un plazo no mayor a los 45 (cuarenta y cinco) días corridos a partir de la firma del contrato. Los costos de esta implementación deben ser incluidos en la oferta.
El oferente debe incluir en la oferta 20 horas de capacitación oficial de la solución en idioma español a mínimamente a 5 (cinco) funcionarios del área responsable y a 4 (cuatro) técnicos del área de tecnología informática de la convocante. A ser realizadas en la Casa Matriz del Banco Nacional de Fomento.
La solución ofertada deberá permitir el intercambio de información con aplicaciones y servicios de terceros que utilicen Web Services o cualquier formulario web.
Queda a cargo del proveedor realizar la integración de la plataforma de facturación electrónica con el Core Bancario, en ambas direcciones, de manera a llevar a cabo una unión integral con la plataforma, garantizando el buen funcionamiento de la misma.
La solución deberá disponer de reportes que estén predefinidos o personalizados para visualizar gráficamente el estado actual de las facturas en sus diversos estados.
Documentos exigidos. - Factura Electrónica. - Factura Electrónica de Exportación. - Factura Electrónica de Importación. - Auto factura. - Nota de crédito electrónica. - Nota de débito electrónica. - Nota de remisión electrónica. - Comprobante de retención electrónico. Además de contar con una infraestructura necesaria, para nuevas exigencias del MH.
El oferente deberá entregar la documentación de la solución, Cronograma de implementación y puesta en marcha del proyecto, teniendo en cuenta los tiempos de respuesta de la SET para la guía de prueba de SIFEN, Acta de Constitución del Proyecto o Documento Inicial del Proyecto, Análisis y Requerimiento Funcional o Análisis Funcional, Actas de Reuniones o Minutas de Reunión, Formulario de Pruebas y/o Casos de uso, Aprobación del Usuario o Registro de Aceptación de Entregable, Informe Final o Acta de Cierre del Proyecto, Acta de Entrega del Módulo, así como los manuales de usuario con los criterios aplicados, manual de instalación, manual de configuración, manual de operación e implementación, y manual de procedimientos de integración construidos.
La solución ofertada debe contar con configuraciones personalizadas, transformando la gestión laboral mucho más práctica y moderna.
El oferente debe contar con configuraciones personalizadas, transformando la gestión laboral mucho más práctica y moderna.
La solución ofertada debe ser capaz de emitir los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) y realizar los nuevos eventos de la facturación electrónica:
Documentos necesarios para el BNF son:
El software de facturación electrónica, deberá poder gestionar los demás documentos tributarios de comunicación obligatoria:
1. Nota de débito,
2. Nota de remisión
Eventos de emisor:
Eventos de receptor:
Funciones necesarias:
Nuestra entidad podría empezar este proceso en forma gradual, con algunas facturas al mes en el año 2022 e ir creciendo hasta llegar al total de las facturas para enero del año 2023.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Nº |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de Medida del Bien |
Lugar de prestación del Bien |
Fecha Final de Ejecución del Bien |
1 |
ADQUISICION DE SOFTWARE DE GESTIÓN Y FACTURACIÓN ELECTRÓNICA |
1 (uno) |
UNIDAD |
Independencia Nacional y 25 de mayo, Casa Matriz |
El oferente es responsable de la implementación de la plataforma en un plazo no mayor a los 45 (cuarenta y cinco) días corridos a partir de la firma del contrato. |
No aplica
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Será presentado: 1 (un) acta de recepción.
Frecuencia: única vez.
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
|
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |