Teniendo en cuenta la envergadura y el alcance del proyecto, el cual abarca desde el diseño, además de todos los puntos consultados de inconsistencias en las EETT los cuales siguen sin respuesta y que son vitales para el correcto estudio, diseño y cotización, se solicita una prórroga de 30 dias, desde la ultima modificación del pliego atendiendo a la envergadura del llamado.
Teniendo en cuenta la envergadura y el alcance del proyecto, el cual abarca desde el diseño, además de todos los puntos consultados de inconsistencias en las EETT los cuales siguen sin respuesta y que son vitales para el correcto estudio, diseño y cotización, se solicita una prórroga de 30 dias, desde la ultima modificación del pliego atendiendo a la envergadura del llamado.
En la visita tecnica se establecio el lugar y la disposición
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Iluminación y pavimentación en Estacionamiento
Que tipo de Iluminación se requiere para el estacionamiento? Tendidos aéreos, o subterraneos?
Por otro lado, consultamos que tipo de pavimento se debe proyectar/presupuestar? para que todos los oferentes trabajemos bajo los mismos términos ya que no esta especificado en el PBC.
Que tipo de Iluminación se requiere para el estacionamiento? Tendidos aéreos, o subterraneos?
Por otro lado, consultamos que tipo de pavimento se debe proyectar/presupuestar? para que todos los oferentes trabajemos bajo los mismos términos ya que no esta especificado en el PBC.
El estacionamiento planteado para el Centro Ambulatorio, debe tener un acceso independiente con un nuevo Portico de entrada para controlo de entrada y salida? O se debe canalizar a traves de la entrada existente? lo cual aumentaria la cola que se forma para entrar y salir al predio de INCAN actualmente
El estacionamiento planteado para el Centro Ambulatorio, debe tener un acceso independiente con un nuevo Portico de entrada para controlo de entrada y salida? O se debe canalizar a traves de la entrada existente? lo cual aumentaria la cola que se forma para entrar y salir al predio de INCAN actualmente
De manera a aclarar el punto en relacion a la EXPERIENCIA ESPECIFICA EN OBRAS se consulta lo siguiente donde dice:
"Participación en calidad de contratista o integrante de un Consorcio durante los últimos 10 (diez) años bajo la modalidad de diseño Y/O construcciones de 1 (un) centro hospitalario de al menos 7.200 m2" se entiende que se puede calificar teniendo la construcción por una parte y el diseño por otra parte en forma independiente y no en forma conjunta.
Sin embargo más abajo dice:
"Donde se haya proyectado Y ejecutado instalaciones especiales: ......"
Se solicita aclarar si se considera "Donde se haya proyectado Y/O ejecutado instalaciones especiales:...."
De manera a aclarar el punto en relacion a la EXPERIENCIA ESPECIFICA EN OBRAS se consulta lo siguiente donde dice:
"Participación en calidad de contratista o integrante de un Consorcio durante los últimos 10 (diez) años bajo la modalidad de diseño Y/O construcciones de 1 (un) centro hospitalario de al menos 7.200 m2" se entiende que se puede calificar teniendo la construcción por una parte y el diseño por otra parte en forma independiente y no en forma conjunta.
Sin embargo más abajo dice:
"Donde se haya proyectado Y ejecutado instalaciones especiales: ......"
Se solicita aclarar si se considera "Donde se haya proyectado Y/O ejecutado instalaciones especiales:...."
En el PMA no figuran Ascensores entre niveles sin embargo se mencionan las características que deben cumplir en las especificaciones técnicas? Se consulta si es obliglatorio proyectarlos y proveerlos en esta etapa
En el PMA no figuran Ascensores entre niveles sin embargo se mencionan las características que deben cumplir en las especificaciones técnicas? Se consulta si es obliglatorio proyectarlos y proveerlos en esta etapa
En la consulta 70 se indica: esto quiere decir que si uno de los consorciados tiene una obra de diseño y/o construcciones de 1(un) centro hospitalario de 4000 m2 y el otro consorciado de 4000 m2 o lo justo para llegar a 7200 m2 cumplen con el requerimiento establecido? Es correcta mi interpretación?
A lo que la convocante responde: sí, es correcta la interpretación.
Sin embargo, dicha respuesta va en contra de lo establecido en el PBC, pues el pliego no habilita al cumplimiento porcentual, sí establece que cualquiera de los miembros puede cumplir, es decir, cualquiera puede presentar un hospital de 7200m2 para avalar el cumplimiento, y este entendimiento va acorde a los requisitos documentales para avalar la experiencia específica, pues en la misma se indica: presentar Certificado de Obras sobre la superficie de 7200 m2 como mínimo.
Además el criterio es explicito al indicar que debe ser un centro hospitalario de al menos 7200m2.
Solicitamos a la convocante que tenga la atención necesaria en el momento de responder las consultas de manera a evitar contradicciones con su PBC y a su vez aumentar los riesgos de protestas.
En la consulta 70 se indica: esto quiere decir que si uno de los consorciados tiene una obra de diseño y/o construcciones de 1(un) centro hospitalario de 4000 m2 y el otro consorciado de 4000 m2 o lo justo para llegar a 7200 m2 cumplen con el requerimiento establecido? Es correcta mi interpretación?
A lo que la convocante responde: sí, es correcta la interpretación.
Sin embargo, dicha respuesta va en contra de lo establecido en el PBC, pues el pliego no habilita al cumplimiento porcentual, sí establece que cualquiera de los miembros puede cumplir, es decir, cualquiera puede presentar un hospital de 7200m2 para avalar el cumplimiento, y este entendimiento va acorde a los requisitos documentales para avalar la experiencia específica, pues en la misma se indica: presentar Certificado de Obras sobre la superficie de 7200 m2 como mínimo.
Además el criterio es explicito al indicar que debe ser un centro hospitalario de al menos 7200m2.
Solicitamos a la convocante que tenga la atención necesaria en el momento de responder las consultas de manera a evitar contradicciones con su PBC y a su vez aumentar los riesgos de protestas.
en la última adenda, la convocante ha señalado a los documentos que avalan que el oferente cuenta con el personal mínimo para ejecutar el proceso como documentos sustanciales, al respecto, nos permitimos en señalar que el Decreto n° 2992/2019 en su art. 61 indica: e. Los documentos que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), disponga como sustanciales en los pliegos estándar o reglamentaciones.
Por tanto, la convocante se encuentra en transgresión de la normativa.
en la última adenda, la convocante ha señalado a los documentos que avalan que el oferente cuenta con el personal mínimo para ejecutar el proceso como documentos sustanciales, al respecto, nos permitimos en señalar que el Decreto n° 2992/2019 en su art. 61 indica: e. Los documentos que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), disponga como sustanciales en los pliegos estándar o reglamentaciones.
Por tanto, la convocante se encuentra en transgresión de la normativa.
Son documentos sustanciales para la evaluación del criterio de capacidad en materia del personal, no en el momento de presentanción de ofertas
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ACLARACION CAPACIDAD DE PRODUCCIÓN DE OXÍGENO PSA
En el ítem 31. INSTALACIONES DE GASES MEDICINALES del PBC, en su apartado e) se especifica textualmente que la “capacidad proyectada de acuerdo con la capacidad en Nm3/hora, a 5 bar de presión y 95% de pureza”, sin especificar la capacidad de producción de la planta en Nm3/hora.
Teniendo en cuenta que según se menciona en el primer párrafo, que las instalaciones de gases medicinales “cumplen funciones vitales y que ante cualquier eventualidad pone en riesgo la vida y son consideradas como críticas” se solicita una aclaración DE FORMA ESPECÍFICA CON UN VALOR NUMÉRICO respecto a la capacidad a ser considerada en Nm3/hora, atendiendo no sólo al nivel de importancia que cumplen estas instalaciones, sino que también el papel preponderante que cumplen en la cotización de esta planta.
En el ítem 31. INSTALACIONES DE GASES MEDICINALES del PBC, en su apartado e) se especifica textualmente que la “capacidad proyectada de acuerdo con la capacidad en Nm3/hora, a 5 bar de presión y 95% de pureza”, sin especificar la capacidad de producción de la planta en Nm3/hora.
Teniendo en cuenta que según se menciona en el primer párrafo, que las instalaciones de gases medicinales “cumplen funciones vitales y que ante cualquier eventualidad pone en riesgo la vida y son consideradas como críticas” se solicita una aclaración DE FORMA ESPECÍFICA CON UN VALOR NUMÉRICO respecto a la capacidad a ser considerada en Nm3/hora, atendiendo no sólo al nivel de importancia que cumplen estas instalaciones, sino que también el papel preponderante que cumplen en la cotización de esta planta.