Consideraciones generales

Considerando la complejidad técnica del servicio del seguro, para llevar a cabo de manera eficaz la contratación del mismo, la convocante deberá tomar las medidas necesarias para contar con una política de administración del riesgo y conocer básicamente los riesgos a asegurar. Deberá abarcar como mínimo, una descripción clara de los bienes, personas y locales.

La cobertura tiene como objetivo proporcionar suficiente información para que los oferentes puedan preparar sus ofertas eficientemente y con precisión. La lista de precios que se constituye en un anexo del formulario de ofertas, y éste último, deberán ser descargados del SICP, formando ambos un solo documento.

Los plazos deberán ser previstos cuidadosamente, teniendo en cuenta que la fecha y hora establecidas determinarán el momento desde el cual empiezan las obligaciones del asegurador.

Las coberturas licitadas deberán establecerse por lotes o ítems. Excepcionalmente, si la convocante adoptara el sistema de adjudicación por el total, ésta deberá contar con una justificación donde se exponga las razones de la conveniencia de adoptar dicho sistema.

La convocante deberá incluir en esta sección, mínimamente, información acerca de:

  1. Los riesgos a asegurar, incluyendo una descripción clara de los bienes, personas y/o locales, que serán asegurados y de las demás medidas de seguridad con que cuentan para mitigar los riesgos;
  2. El monto del capital o de los capitales a ser asegurados;
  3. La vigencia de cobertura solicitada (se determinará desde una fecha y hora de inicio hasta una fecha y hora de finalización).
  4. Tipo de cobertura que requiere (en cuanto corresponda a prorrata, o a primer riesgo absoluto).
  5. Base ocurrencia o base reclamo (en éste último caso se debe definir claramente el periodo de retroactividad de todo el contrato o de cada cobertura si es el caso).
  6. Formas de coparticipación que ofrece: limites globales de cobertura, franquicias, carencias, exclusiones toleradas.

Las pólizas emitidas por la adjudicada, deberán incluir una cláusula que rezará cuanto sigue: “La cobertura de la póliza se regirá conforme a la carta de invitación y puntualmente a las especificaciones técnicas establecidas en la misma. En caso de diferencias con las estipulaciones establecidas en la póliza, endosos u otros instrumentos de cobertura emitidos por la aseguradora, prevalecerá lo establecido en la carta de invitación”.

La inserción de dicha cláusula se funda en lo establecido en los Arts. 669, 674, 715 y 1555 del Código Civil Paraguayo, el que establece la posibilidad de acordar condiciones particulares en los contratos.

Capital de cobertura

BIENES ASEGURADOS

TIPO DE COBERTURA

SUMA ASEGURADA

FRANQUICIA

4 (CUATRO) Vehículos
Cedidos a MITIC

Seguro de Vehículos
(contra todo riesgo de
responsabilidad civil,
incendio, accidentes,
robo, y otros)

818.586.000

SIN FRANQUICIA

Resumen de los requisitos

Las aseguradoras deberán cumplir con las siguientes normas:

Ítem Código Catálogo Descripción del Bien Unidad de Medida Presentación Cant Capital a ser asegurado
1 84131503-001 Seguro de vehículos/Seguro de Vehículos (contra todo riesgo de responsabilidad civil, incendio, accidentes, robo, y otros) Mes UNIDAD 24  
1.1   Camioneta Chevrolet Captiva Año 2013 Chapa BNB 865  UNIDAD 24 207.483.000
1.2 Camioneta Chevrolet Captiva Año 2013 Chapa BNB 925 UNIDAD 24 207.483.000
1.3 Camioneta Hyundai Santa Fe Año 2011 Chapa BHY 159 UNIDAD 24 149.910.000
1.4 Automóvil Renault Año 2016 Chapa VEL 019 UNIDAD 24 253.710.000

 

LEY 827/96 DE SEGUROS
LEY 3899/09

Ley Nº 3899 / REGULA A LAS SOCIEDADES CALIFICADORAS DE RIESGO, DEROGA LA LEY Nº 1056/97 Y MODIFICA EL ARTICULO 106 DE LA LEY Nº 861/96 GENERAL DE BANCOS, FINANCIERAS Y OTRAS ENTIDADES DE CREDITO Y EL INCISO D) DEL ARTICULO 61 DE LA LEY Nº 827/96 DE SEGUROS

LEY 6873

APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN DEL EJERCICIO FISCAL 2022

OBJETO DEL SEGURO: Contra Todo Riesgo de Responsabilidad Civil, incendio, accidentes, vuelco, robo en garaje y la vía pública, accidentes al chofer, radio, aire acondicionado, tumulto y/o vandalismo, de los vehículos de MITIC.

-Incluye cobertura daño total o parcial por granizo.

-Carta Verde sin costo

-Carta RC Carretero Internacional Accidente a Pasajero (sin costo).

-La cotización del riesgo deberá ser SIN FRANQUICIA

Nota: La Cotización de la Póliza se realizará a primer riesgo absoluto.

RIESGOS A CUBRIR

Responsabilidad Civil

  • Muerte o lesiones de una persona hasta G. 60.000.000. (Guaraníes Sesenta Millones)

  • Muerte o lesiones de más de una persona, hasta G. 120.000.000, (Guaraníes Ciento Veinte Millones) (Máximo Cinco).

  • Daños a cosas de terceros, hasta G. 50.000.000. (Guaraníes Cincuenta Millones)

Accesorios

  • Total de Accesorios hasta G. 7.000.000. (Guaranies Siete Millones). RADIO/MP3/CD, ANTENA DE RADIO, FAROS, BUSCA HUELLAS, TASAS, ESPEJOS, RUEDA DE AUXILIO, AIRE ACONDICIONADO.

Incendio - Accidente

  • Total del vehículo, y Robo 100% (CIEN POR CIENTO); del valor consignado para el vehículo.

Conductor y acompañante

  • Muerte por accidente de tránsito; hasta G. 35.000.000 (para cada ocupante).

  • Asistencia médica; hasta G. 10.000.000 (para cada ocupante).

  • Incapacidad permanente; G. 50.000.000 (para cada ocupante).

  • Servicio Grúa sin límite a nivel nacional (accidente y desperfectos mecánicos), ambulancia para todos los ocupantes del vehículo, sin costo. Cambio de Cubiertas, Acople de Batería, Servicio de Reposición de Combustible.

CAPACIDAD DE TRANSPORTACIÓN DE LOS VEHÍCULOS

AUTOMÓVILES Y CAMIONETAS: Conductor más 4 (cuatro) pasajeros.

OBSERVACIONES:

  • La Carta Verde será solicitada por el MITIC cuando así sea requerido y la vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.

  • La Carta RC Carretero Internacional Accidente a Pasajero será solicitada por el MITIC cuando sea requerido un viaje internacional de uno de los Minibuses detallados. La vigencia de la misma será conforme al plazo del viaje al extranjero del vehículo. En ningún caso la vigencia de esta carta podrá ser mayor al plazo de vigencia de la póliza del vehículo.

  • Los vehículos siniestrados deberán ser entregados dentro de los treinta días hábiles en que el vehículo se encuentre a disposición de la Aseguradora para su reparación. La reposición del logotipo es considerado como un objeto del contrato;

  • En caso de siniestro o robo total del vehículo, el asegurador deberá indemnizar al tomador, con otra unidad de idénticas características, quedando a cargo exclusivo del asegurador los pagos de gastos de transferencia, R.U.A. y otros accesorios necesarios al efecto.

  • Ocupante: es la persona física que viaja transportada, en los lugares habilitados reglamentariamente para la ubicación del chofer y acompañantes, en el vehículo automotor.

  • Accidente: se considera accidente cubierto a todo vuelco, despeñamiento o inmersión, incendio, roce o choque con otros vehículos, personas, animales o por la acción repentina de cualquier otro agente externo, que involucre al vehículo, mientras circule, sea transportado o esté estacionado en la vía pública, garaje, taller, depósito u otros lugares apropiados en cualquier punto de la República del Paraguay.

  • Las indemnizaciones deberán abonarse en un plazo máximo de 30 días contados a partir de la denuncia de cualquier siniestro.

LA/S PÓLIZA/S A SER EMITIDA/S TENDRÁ/N UNA VIGENCIA DE 24 (VEINTICUATRO) MESES.-

OBSERVACIÓN 1: La entrada en vigencia de la cobertura a ser prestada por la aseguradora, será desde las 12:00 hs. del día siguiente de la Notificación de Adjudicación realizada por la convocante, debiéndose contemplar dicha fecha y hora en la póliza de seguro, ésta determinación se realiza de conformidad con lo estipulado en la Ley Nº 1183/85 Código Civil del Paraguay, Artículo 1548 En el contrato de seguro los derechos y obligaciones de las partes, empiezan desde que se ha celebrado la convención, aún antes de emitirse la póliza. La propuesta del contrato, cualquiera sea su forma, no obliga al asegurado ni al asegurador. La propuesta puede subordinarse al conocimiento previo de las condiciones generales. La propuesta de prórroga del contrato se considera aceptada por el asegurador si no la rechaza dentro de los quince días de su recepción. Esta disposición no se aplica a los seguros de personas.

OBSERVACIÓN 2: Teniendo en cuenta lo señalado en el punto anterior, la empresa aseguradora deberá entregar una nota de cobertura provisoria al día siguiente de la notificación de adjudicación realizada por la convocante (aplica días inhábiles).


[1] Si corresponde.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Área solicitante: Lic. Luis Gauto, Director Administrativo, dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas del MITIC.
  • Justificación de la necesidad: La presente licitación surge de la necesidad de cumplir con la normativa vigente respecto a la custodia y resguardo de los intereses patrimoniales del Estado Paraguayo. (Ley N.º 1535/99; Ley N.º 2880/2006 y sus reglamentaciones)
  • Justificación de la Planificación: el presente llamado corresponde a planificación regular para cobertura de seguro de bienes. Periodicidad ANUAL.-
  • Justificación EE.TT.: la configuración de las EE.TT. Corresponde a cobertura de Seguro integral para vehículos, con requerimientos especiales por ser bienes del Estado.

Inspecciones y Pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

 

No aplica

Planos o diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

NO APLICA.

Lista de Planos o Diseños

Plano o Diseño No.

Nombre del Plano o Diseño

Propósito

 

 

 

 

 

 

Capacitación

La aseguradora que haya ganado la licitación, dentro del plazo de 30 días corridos desde la emisión de la póliza, deberá realizar una capacitación al área encargada de gestionar el contrato de seguros, explicando de qué se trata el riesgo cubierto, las cargas del asegurado, medios de comunicaciones aplicados para la agravación del riesgo y la denuncia del siniestro, plazos legales y condiciones contractuales establecidos por las partes.

Esta capacitación deberá realizarse en el lugar indicado por la convocante, tener una duración de entre 40 a 120 minutos (De una a tres horas cátedras) y al finalizar quedará constancia de ella en un documento comprobatorio (Acta o certificado y lista de asistencia).

Indicadores de cumplimiento de contrato

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

Planificación de indicadores de cumplimiento: Acta de recepción total e informe de conformidad/correspondencia de los términos de la Póliza.

Serán presentados -1 (UNA) ORDEN DE SERVICIOS (ADMINISTRADOR DEL CONTRATO/PROVEEDOR)

                             -1 (UN) INFORME DE CONFORMIDAD (ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)

Frecuencia: ÚNICA VEZ

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Orden de Servicios/emisión de póliza

Orden 

Por evento

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3.Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación a presentar acompañando la póliza emitida

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la emisión de la póliza.

       2. Documentos. Empresas coaseguradoras.

  • Cada empresa integrante del coaseguro deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en el apartado precedente.
  • Contrato de coaseguro cumpliendo las disposiciones establecidas en la reglamentación emitida por la Superintendencia de Seguros relativa a las operaciones en coaseguros. El contrato debe estar formalizado por instrumento privado con certificación de firmas por escribano público.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.