El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Moneda de la oferta y moneda de pago
La moneda de la oferta y pago será: En DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA para todos los oferentes
La cotización en moneda diferente de la indicada en este apartado será causal de rechazo de la oferta.
OBSERVACION: LO ESTABLECIDO EN MONEDA DE LA OFERTA Y PAGO DE "DATOS DE LA LICITACION" NO APLICA
Garantías: instrumentación, plazos y ejecución.
1. La garantía de mantenimiento de oferta deberá expedirse en un monto en DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA que no deberá ser inferior al porcentaje especificado en el SICP. El oferente puede adoptar cualquiera de las formas de instrumentación de las garantías dispuestas por las normativas vigentes.
OBSERVACION: LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 1 DE "GARANTÍAS: INSTRUMENTACIÓN, PLAZOS Y EJECUCIÓN" DE "DATOS DE LA LICITACION" NO APLICA
PLANILLA DE ITEMS
Ítem |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Presentación |
Cantidad |
1 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: QUIJARRO/SUAREZ/AGUIRRE - DESTINO: VILLA ELISA |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
2 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: SAN NICOLAS -DESTINO: VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
3 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: SAN LORENZO - DESTINO: VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
4 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: RAMALLO - DESTINO VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
5 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: DOCK SUD - DESTINO VILLA ELISA |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
6 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: KM. 171/ZARATE/CAMPANA - DESTINO: VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
7 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: KM. 171/ZARATE/CAMPANA - DESTINO: ENCARNACION |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
8 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: KM. 171/ZARATE/CAMPANA - DESTINO: TRES FRONTERAS |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
9 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: NUEVA PALMIRA URUGUAY - DESTINO: VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
10 |
FLETE FLUVIAL DE NAFTAS Y/O GASOLINAS., ORIGEN: YBYCUI - DESTINO: VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
11 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: QUIJARRO/SUAREZ/AGUIRRE - DESTINO: VILLA ELISA |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
12 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: KM 171/ZARATE/CAMPANA - DIRECTO: TRES FRONTERAS |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
13 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: KM 171/ZARATE/CAMPANA - DIRECTO: ENCARNACION |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
14 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: SAN NICOLAS - DESTINO: VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
15 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: SAN LORENZO - DESTINO: VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
16 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: RAMALLO - DESTINO: VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
17 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: DOCK SUD - DESTINO VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
18 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: KM 171/ZARATE/CAMPANA - DESTINO VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
19 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: NUEVA PALMIRA URUGUAY - DESTINO VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
20 |
FLETE FLUVIAL DE GASOIL, ORIGEN: YBYCUI - DESTINO VILLA ELISA y/o 50 km a la redonda de PETROPAR |
Metros cúbicos |
EVENTO |
1 |
Monto máximo |
USD. 29.996.000 |
Monto mínimo |
USD. 14.998.000 |
La capacidad mínima de la flota deberá ser de 80.000 m3, se considerará el volumen de las tablas de calibración de cada barcaza a un calado de 11 pies. A este efecto se considerará la capacidad total calificada por PETROPAR en base a un viaje por mes.
Las embarcaciones al servicio de PETROPAR deberán estar operando con bandera paraguaya.
La capacidad mínima nominal por unidad de transporte será de 1.000 m3 a excepción de buques tanques.
Las barcazas deben ser las aceptadas previamente por PETROPAR durante el tiempo de vigencia del contrato celebrado como resultado del presente llamado. La incorporación de nuevas barcazas, con posterioridad al resultado del presente llamado, estará sujeta al cumplimiento de toda la normativa legal, técnica y aduanera vigente en la materia, por parte de la ARMADORA, y a la aceptación de PETROPAR.
La ARMADORA se compromete a disponibilizar las cargas en el Sistema VUI y a remitir vía correo electrónico, una copia escaneada de todos los documentos de transporte que requiera la CONTRATANTE(manifiesto de carga y conocimientos de embarque y/o su equivalente) para solicitar las Licencias Previas de Importación.
Esta gestión deberá estar finiquitada como mínimo 5 días hábiles antes del ETA de las barcazas para su descarga en destino. Si la ARMADORA no cumpliese este trámite en tiempo y en forma, PETROPAR tendrá el derecho de no habilitar muelle para la descarga.
Los oferentes deberán presentar, en carácter de Declaración Jurada, listado de las embarcaciones, buques tanque, barcazas autopropulsadas o no y remolcadores disponibles al servicio de PETROPAR, las cuales podrán ser propias, con contratos de arrendamiento o leasing, o cualquier otra figura que permita la individualización actual y asegure la disponibilidad de las embarcaciones al inicio de la ejecución del contrato. La ARMADORA deberá presentar los documentos que acrediten la propiedad de las embarcaciones, los contratos o documentos legales pertinentes.
1. Certificados estatutarios emitidos por la Prefectura General Naval Paraguaya.
Obs: Todas estas documentaciones son emitidas por la DGMM
Declaración Jurada de que las embarcaciones cuentan con Pólizas de Seguros vigentes durante el periodo de vigencia de contrato de casco y máquina, póliza de seguro de protección e indemnidad PANDI (Protection and Indemnity) con cobertura para daños ecológicos en caso de derrame de hidrocarburos y cualquier otro seguro exigido para la navegación fluvial en cumplimiento a la Ley N° 269/93 y otras disposiciones legales vigentes.
Por cada una de las embarcaciones presentadas para la realización del servicio solicitado, deberá presentarse un Certificado de Clasificación vigente, otorgado por una Sociedad de Clasificación asociada a la International Association of Classification Societies (IACS) o asociada a una organización internacional de sociedades de clasificación.
La Flota presentada deberá cumplir con las exigencias básicas indicadas a continuación:
No deben existir anormalidades estructurales ni fisuras que permitan la fuga de gases ni productos. Las bocas de escotilla y de sondeo, y los registros, contarán con cierres herméticos y serán de materiales adecuados. Los mismos deberán estar provistos de dispositivos apropiados (orejetas cerradas y dispuestas en forma diametralmente opuesta) que garanticen un precintado seguro, además de una fácil colocación de los precintos. Los cofferdams, piques y doble fondo deben permanecer durante el servicio (antes de la carga, durante el transporte y hasta la finalización de la descarga) limpios, secos y estancos.
Deberán estar en perfectas condiciones de operabilidad. Las cañerías deberán tener válvulas de bloqueo y comandos sobre cubierta que faciliten las maniobras en las cargas y descargas. Todo el sistema de cañerías (bridas, válvulas, cañerías, mangueras) deberán ser sometidas a test a presión de diseño, los resultados de estas pruebas deberán ser certificados por organismos acreditados para el efecto.
Los equipos de bombeos para la descarga deberán estar correctamente instalados en las embarcaciones de manera a evitar riesgos, no presentar pérdidas ni dejar remanente y estar adecuadamente acondicionados para el fácil manejo y control de las descargas.
Los espárragos que fijan las válvulas, acoples, bridas y otros accesorios a las cañerías deberán estar provistos de dispositivos apropiados que garanticen un precintado seguro, además de una fácil colocación de los precintos. Asimismo, la tuerca que asegura los volantes de todas las válvulas sobre cubierta deberá contar con orejetas cerradas dispuestas en forma diametralmente opuesta para garantizar un precintado seguro en las mismas. Por otro lado, todos los accesorios como manómetros, termómetros, niples con tapones sobre cubiertas y/o del sistema de re-achique final, deberán contar con un sistema que posibilite la colocación en forma segura y fácil de los precintos de forma a eliminar la posibilidad de la violación de la carga durante la navegación.
Las cisternas deberán estar provistas de un sistema de venteo dimensionado de acuerdo con los volúmenes máximos de operación, con válvulas de alivio de presión y vacío (calibradas, certificadas por el organismo correspondiente) y rejillas arresta llamas. Los mismos, deberán estar provistos de dispositivos apropiados que garanticen un precintado seguro, además de una fácil colocación de los precintos.
Cada embarcación deberá poseer una instalación propia de extinción de incendio, en buenas condiciones de funcionamiento, y extintores portátiles de polvo químico seco para uso general y de CO2, u otros equipos y accesorios destinados para la lucha contra incendio. En el caso de buques tanque, la embarcación deberá poseer una instalación de bombeo propia, en buenas condiciones de funcionamiento, capaz de abastecer suficientemente al sistema de refrigeración y extinción de incendio referido. En caso de no disponer del Sistema de Refrigeración, la embarcación deberá poseer una instalación de bombeo propia, en buenas condiciones de funcionamiento, capaz de abastecer suficientemente al sistema de extinción de incendio existente.
Las embarcaciones tendrán instaladas sobre cubierta bocas de sondeo de producto, ubicadas correctamente de manera tal que la medición efectuada desde esos puntos permita la exacta cuantificación del volumen mediante las tablas de calibración, con una dimensión mínima apropiada para los elementos estándar de cuantificación y de diámetro uniforme de 3 (tres) pulgadas de diámetro en toda su extensión, con ranuras o perforaciones y libre en la base para no alterar el nivel real del producto en la cisterna. Deberán estar provistos de tapas herméticas y dispositivos apropiados para un precintado seguro, deberá estar indicado a que cisterna pertenece y la altura de referencia deberá estar correctamente visualizada, debiendo coincidir con la medición en la barcaza y la tabla de calibración de cada cisterna de la embarcación.
Estos elementos deberán estar perfectamente acondicionados con tapas y mallas arresta llamas. Deberán estar provistos de dispositivos apropiados para un precintado seguro. Las bocas de inspección deberán estar diseñadas de manera a facilitar la toma de muestras y los controles que fueran necesarios, así como un cierre hermético y seguro para el transporte del producto.
Las embarcaciones que dispongan de compartimientos de bombas de descarga de productos, deberán tenerlos convenientemente iluminados sin sombras ni penumbras ocasionadas por los equipos y ventilados y con todos los elementos de seguridad que dichos ambientes requieran.
Todas aquellas embarcaciones con instalaciones eléctricas de iluminación y/o fuerza, deberán responder a las normas de seguridad establecidas para equipos e instalaciones antiexplosivos.
Todas las embarcaciones deberán encontrarse en buen estado en cuanto a su conservación y mantenimiento se refiere, y presentar condiciones de seguridad en todas sus partes componentes, estructurales y de instalación para garantizar un servicio eficiente y seguro. Deberán también garantizar la prestación de servicios regulares y continuos en cualquier época y en las diferentes condiciones de navegabilidad del río.
La capacidad mínima individual de cada remolcador debe ser de 5 toneladas de carga neta por HP. La capacidad de remolque no debe ser inferior a lo requerido para transportar la máxima bodega ofertada.
Cada remolcador deberá poseer una instalación de bombeo propia, en buenas condiciones de funcionamiento, capaz de abastecer suficientemente al sistema de refrigeración y extinción de incendio de las barcazas remolcadas, y extintores portátiles de polvo químico seco para uso general y de CO2, u otros equipos y accesorios destinados para la lucha contra incendio.
Las instalaciones eléctricas de iluminación y/o fuerza del remolcador, deberán responder a las normas de seguridad establecidas para equipos e instalaciones antiexplosivas.
Todos los remolcadores deberán encontrarse en buen estado en cuanto a su conservación y mantenimiento se refiere, y presentar condiciones de seguridad en todas sus partes componentes, estructurales y de instalación para garantizar un servicio eficiente y seguro. Deberán también garantizar la prestación de servicios regulares y continuos en cualquier época y en las diferentes condiciones de navegabilidad del río.
En caso de utilización de barreras de contención propiedad de PETROPAR, cualquier daño o perjuicio ocasionado a las mismas será de exclusiva responsabilidad de la ARMADORA, debiendo la misma reemplazar dicho equipamiento por otro de mejor o igual calidad.
Documentos a ser presentados por el Adjudicado
El proveedor adjudicado deberá presentar los siguientes documentos por Mesa de Entrada de Petropar sito en Avda. Defensores del Chaco y Américo Picco, Planta de Petropar en la Ciudad de Villa Elisa, nota mediante con atención a la Gerencia de Comercio Exterior dentro del plazo de 10 (diez) días contados a partir de la fecha de suscripción del contrato:
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Gerencia de Comercio Exterior
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: Se solicita el inicio del llamado a los efectos de contar con empresas que realicen el servicio de Flete Fluvial de Hidrocarburos para el transporte fluvial de productos derivados del Petróleo.
Justificar la planificación: se trata de un llamado periódico
Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas fueron elaboradas en base a las particularidades de las necesidades a satisfacer y la envergadura del llamado, teniendo en cuenta el servicio principal y complementos inherentes, considerando la universalidad posible de factores que deben ser observados para poder llevar adelante este tipo de llamado licitatorio. En el presente llamado las especificaciones se encuentran estipuladas con criterios suficientemente claros, objetivos e imparciales y son en base a los requisitos técnicamente indispensables, considerando las especificaciones, plazos y demás requisitos, con la mayor amplitud posible proyectando contar con la mayor concurrencia probable, de modo a que se satisfagan las necesidades con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
NO APLICA
El requerimiento de servicio de transporte fluvial estará siempre condicionado a las necesidades mensuales de importación, a la capacidad de almacenaje de la convocante y a las políticas de suministro propias de la misma.
El volumen por transportar durante la vigencia del contrato será de un promedio estimativo mensual mínimo de 20.000 m3 (veinte mil metros cúbicos) y máximo de 80.000 m3 (ochenta mil metros cúbicos) conforme a la distribución del sistema de abastecimiento simultaneo.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
PETROPAR realizará todos los controles efectivos necesarios para la prestación óptima y eficiente del Servicio, basado en las Especificaciones Técnicas establecidas en el Contrato de Prestación de Servicio. El incumplimiento de uno o varios puntos del mismo, facultará al Administrador del Contrato a tomar las medidas correctivas pertinentes y/o a multar o sancionar al PROVEEDOR por incumplimiento del Contrato.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Informe de Realización de los Servicios
Serán presentados 1 Informe de Realización de los Servicios por cada nominación realizada.
Frecuencia: Según la necesidad
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Informe de Realización de los Servicios |
Informe |
Por cada nominación realizada |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |