El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
LOTE 1 FILADELFIA, LOTE 2 LOMA PLATA, LOTE 3 NEULAND
El Hospital Prestador pondrá a disposición del Instituto de Previsión Social, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico, paramédico y administrativo.
En caso que el asegurado carezca de su Cédula de Identidad por extravío, hurto o robo, podrá presentar la contraseña original de la Solicitud de Renovación del Documento u otro documento personal identificatorio, suficiente a criterio del funcionario del sector administrativo de la contratista.
En caso de presentarse Cédula de Identidad vencida, se proveerá la atención o el ingreso hospitalario, siempre que el vencimiento no anteceda en 1 (un) año a la fecha de solicitud de atención.
El Hospital de la Contratista entregará dentro de los 15 días corridos posterior a la firma del presente Contrato, a la Dirección de Gestión Médica, Dpto. Prestaciones Externas, la nómina de Director Médico, Coordinador Médico, Administrador y plantel médico, además de sus respectivos registros Médicos y Planilla de firmas en copia autenticada. El listado deberá ser actualizado cuando ocurrieren cambios, y remitidos en el plazo máximo de 72 horas.
El Prestador pondrá a disposición del Instituto de Previsión Social, el Hospital de su responsabilidad, con la estructura edilicia, el personal médico, paramédico, administrativo y la capacidad necesaria de camas instaladas en ella, para la atención de los asegurados del IPS.
Los servicios son los que se describen en la planilla de precios, conforme al siguiente detalle;
Ítems con procedimientos quirúrgicos, las cotizaciones se incluirán sin ser limitativos, los siguientes conceptos deberán ser proveídos por el prestador e incluidos dentro del precio ofertado:
Consideraciones:
En el caso de intervenciones en donde se realicen más de un procedimiento en el mismo acto, las consideraciones para la cobertura por parte de IPS será la siguiente:
Los procedimientos que se incluyen en los costos por la sala de internación.
La Habitación Hospitalaria incluirá lo siguiente:
Observación:
Procedimientos de Enfermería
Servicio de Hotelería
Por estudios laboratoriales de rutina se entienden los siguientes:
1. Hemograma;
2. Glicemia
3. Urea;
4. Creatinina;
5. Colesterol;
6. Triglicéridos;
7. Ácido úrico;
8. Heces vermes y protozoario;
9. Orina simple y sedimento.
Observación: El IPS no proveerá en carácter de insumos los reactivos concernientes a los estudios laboratoriales, es decir, el hospital contratista debe incluir en su precio todos los insumos requeridos para prestar el servicio.
Ejemplo: 1) Traslado desde el Hospital Contratista de Filadelfia al Hospital Central del IPS Asunción: 470 Km.
El Instituto tendrá a su cargo los estudios de diagnóstico y tratamiento de alta complejidad, tales como estudios Laboratoriales complejos, estudios de Hemodinámica, cirugías mayores de alta complejidad, tratamientos de terapia intensiva, tratamientos complejos y crónicos que requieran más de 8 (ocho) días de Rehabilitación.
Por cada prestación médica (consulta, laboratorio, internación, retiro de medicamentos, etc.) el asegurado o el acompañante deberá firmar una Planilla donde se registrarán el nombre del paciente, Nº de cédula de identidad y fecha de atención del paciente, certificando los servicios recibidos.
Que, los médicos que forman parte del plantel de la empresa que sea adjudicada por el IPS para la prestación de servicios médicos tercerizados, podrán expedir reposos con sus correspondientes certificados médicos (membrete propio), siendo reconocidos como válidos para la tramitación y cobro de subsidios en el sistema informático BCP (Beneficio a Corto Plazo) del IPS, siempre que contengan la firma y sello del Director del Servicio y del Médico tratante, diagnóstico acorde al Baremo Institucional del IPS, y fecha de inicio y fin del reposo.
La empresa que sea adjudicada deberá remitir para la suscripción del contrato, la nómina de médicos autorizados a expedir reposos, a fin de ingresar en el sistema informático (beneficio a corto plazo) del IPS para la validación de los mismos como médicos tratantes.
En cada prestación otorgada el Asegurado o Familiar debe firmar un Comprobante de Prestación del Servicio, conforme modelo siguiente:
Dependencia: |
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Comprobante de Prestación de Servicios |
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Asegurado Cotizante: |
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Cédula de Identidad Nº |
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Asegurado Beneficiario : |
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Cédula de Identidad Nº |
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PACIENTE (corresponde la identificación del que recibe la prestación) |
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Dirección del Domicilio: |
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Cantidad |
Descripción del Servicio |
Precio Unitario |
Precio Total |
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TOTAL GS. |
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Firma de Conformidad: |
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Asegurado o Familiar: |
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Cédula de Identidad Nº: |
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Si el Hospital Proveedor no se encontraré al día en el pago de las imposiciones correspondientes, el IPS retendrá el pago hasta la regularización por parte de la Contratista.
El Hospital proveedor deberá garantizar la prestación permanente del servicio, la cual no deberá ser interrumpida por ningún motivo de contingencia.
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Dirección de Gestión Médica, a través del Dpto. Prestaciones Externas (Dr. José María García Avila - Director de Gestión Médica de la Gerencia de Salud)
Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: Continuar con los servicios médicos prestados a los asegurados del Chaco Central. El IPS no cuenta con un establecimiento propio en la zona de influencia.
Justificar la planificación: Se trata de un llamado sucesivo, y la planificación responde a la demanda histórica y de los contratos vigentes actualmente.
Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las EETT establecidas hacen referencia a los criterios técnicos para la provisión de servicios médicos a los asegurados del IPS, en la zona de influencia, relacionados a la comprobación de derechos previa a la atención médica, los servicios a prestar como ser atenciones de urgencias, consultas ambulatorias, cirugías menores o mayores solo en caso de urgencias, internaciones, estudios de diagnóstico por imágenes y laboratorio. Se establece además como requisito que deben garantizar el acceso a internet, a fin de poder acceder a una plataforma web a ser disponibilizada por el IPS, para el registro de las prestaciones en tiempo real, esto responde a la necesidad de transparentar las prestaciones otorgadas a nuestros asegurados y tener la ejecución contractual al día, asi como optimizar los tiempos y recursos de la institución.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
NO APLICA
El inicio de la prestación será inmediato 2 (dos) días posterior a la firma del contrato y el servicio será realizado por el plazo de 24 (veinte y cuatro) meses.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
DE LA FISCALIZACIÓN Y AUDITORÍA MÉDICA Y ADMINISTRATIVA:
El IPS dispondrá de un equipo de Fiscalizadores, quiénes se encargarán de la Fiscalización en Terreno de los servicios brindados a los pacientes, quedando el Contratista comprometido en brindar a los mismos toda la información que sea necesaria y un fácil acceso a la documentación clínica para una mejor evaluación de los pacientes hospitalizados. De igual manera, el IPS dispondrá de un equipo de Auditores Médicos quiénes podrán actuar las veces que se considere necesario.
El Fiscalizador médico podrá ordenar el traslado del paciente al IPS o el alta del mismo, en caso de que la situación clínica del paciente lo amerite, el Fiscalizador médico, en estos casos, será responsable del alta o traslado y de las implicancias que emerjan de la misma.
El IPS podrá designar sus Recursos Humanos médicos y no médicos, para una fiscalización permanente en los centros contratados.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado. Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Informes mensuales, rubricados por el Jefe Médico del Prestador del Servicio, el Fiscalizador Médico Designado. |
Acta de Conformidad |
cada 30 días |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |