Fecha de Consulta: 10-10-2022
Consulta:
Considerando que las ofertas en este proceso deben hacerse a través del Módulo de Ofertas Electrónicas, queremos re-confirmar que los documentos pueden ser firmados con firma electrónica cualificada (o firma “digital”) y presentados de esa manera. Al respecto, favor considerar lo que dice el articulo 45 del Decreto 2992/2019: ‘Art. 45.- Formato y firma de la oferta. Las ofertas deberán ser redactadas en forma clara. El formulario de oferta y la lista de precios, y otros documentos considerados como sustanciales según se indique en el presente reglamento, serán firmados, física o electrónicamente, según corresponda por el Oferente o por las personas debidamente facultadas para firmar en nombre del Oferente.’ Favor también considerar que la Guía de Oferta Electrónica para Oferentes de la DNCP establece que el oferente podrá firmar digitalmente, o de forma manuscrita, a su discreción.